Acta de Escritura- Ley 24.374 « Volver
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Secretaría: SECRETARÍA GENERAL
Subsecretaría: Legal y Técnica
Dirección: Subsecretaría de Tierras, Vivienda y Urbanismo Social
- Lugar de atención
- Duración del trámite
- Costo
- Horarios de atención
- Presentación del trámite
- Documento que se obtiene
- Descripción del Trámite
- ¿Quién lo puede realizar?
- Requisitos
- Cantidad de veces que se debe asistir al organismo
- ¿Cómo recibo el resultado del trámite?
- Vigencia
- Organismo Responsable
- Respaldo Legal
Lugar de atención
Subsecretaria de Tierras, Vivienda y Urbanismo Social, Oficina 19 dentro del edificio municipal (Sarmiento 1551, San Miguel)
Duración del trámite
Costo
Pago único de tasa provincial (Banco Provincia) del 1% sobre la tasación real del inmueble, que se abonara oportunamente según instrucciones del R.N.R.D. interviniente.
Horarios de atención
- Lunes a Viernes de 8 a 14 hs.
- Teléfono: 6091-7185 int. 6812
Presentación del trámite
Acta – Escritura (En marco de esta Ley) inscripta en el registro de la Propiedad de la Provincia de Bs As
Documento que se obtiene
Acta de Escritura
Descripción del Trámite
Presentarse en Oficina 19 de Subsecretaría de Tierras, Vivienda y Urbanismo.
¿Quién lo puede realizar?
A todas aquellas familias que por distintas circunstancias y/o razones, a la fecha, no han podido regularización su vivienda
Requisitos
- No debe poseer otro inmueble, el bien requerido debe ser vivienda única, familiar y permanente
- Exposición Civil (MSM/ Negativa de ANSES)
- Boleto de compra/ venta (Anterior al 31/12/2005)
- N.I. de los titulares y el grupo familiar conviviente con los domicilios actualizados
- U.I.L/ C.U.I.T. de los titulares
- Acta de matrimonio de los solicitantes (si son casados)
- Impuesto municipal (años correlativos)
- Impuesto provincial- ARBA- (años correlativos)
- Planos reglamentados de mensura/ instalaciones
- Servicios de luz, gas, teléfono, boletas oficiales, etc., que demuestren posesión efectiva y permanente (2 por año de los últimos 10 años)
Cantidad de veces que se debe asistir al organismo
1 con la documentación pertinente
¿Cómo recibo el resultado del trámite?
Mediante notificación al domicilio del vecino, citándolo para retirar la Escritura.
Vigencia
10 años. Una vez cumplido ese tiempo, el vecino se debe acercar a la oficina para Consolidar la Escritura a Titulo Perfecto (ley 25797)
Organismo Responsable
- Secretaria General
- Subsecretaria de Tierras, Vivienda y Urbanismo Social
Respaldo Legal
- Regularización Dominial en el Marco de Interés Social – Ley 24.374
- Subsecretaría de Hábitat de la Comunidad – Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Provincia de Bs As.