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Baja de comercio o cese parcial - Municipalidad de San Miguel

Baja de comercio o cese parcial « Volver

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Baja de comercio o cese parcial

Secretaría: SECRETARÍA DE GOBIERNO

Subsecretaría:

Dirección:

Horarios de atención

De 8:00 a 14:00 hs para consultas presenciales en la oficina de Sarmiento 1686.
CONTACTO:
WhatsApp de Ayuda en Línea: 11-3884-9649.

Lugar de atención

El trámite se realiza de manera virtual a través del portal web de Ventanilla Única:
https://ventanillaunica.msm.gov.ar/PortalTramites/Account/Login

Presentación del trámite

El trámite de cese total de actividad comercial consiste en dar de baja la cuenta de Seguridad e Higiene, siempre y cuando haya cesado la actividad comercial.

Costo

● Gratuito para rubros de impacto bajo.
● Para rubros de impacto alto o con una superficie comercial mayor o igual a 200 m², se cobrará la Tasa por Derecho de Habilitación según la Ordenanza Tarifaria fiscal y vigente. Este monto se abona al presentar el trámite.
Se abona Inicio de Expediente - Según Tarifaria

Duración del trámite

● 24 horas hábiles para rubros de impacto bajo.
● 3 semanas aproximadamente para rubros de impacto alto.

Documento que se obtiene

● Resolución de Habilitación.
● Certificado de Habilitación Comercial.

Descripción del Trámite

El Cese Parcial de Rubro se realiza cuando se modifica parcialmente el rubro previamente habilitado.

Quien lo puede realizar

● Personas físicas mayores de 18 años.
● Personas jurídicas que deseen modificar el rubro de un comercio o servicio en el Partido de San Miguel.

Requisitos

1. Documentación básica:
○ Certificado de Factibilidad Aprobada o Resolución de Radicación.
○ Solicitud de Habilitación (declaración jurada).
○ Formulario de Activos Fijos.
○ Estatuto de Sociedad (para personas jurídicas).
○ Poder legal (si aplica).
○ Contrato de Locación o Comodato Timbrado.
○ Escritura o Informe de Dominio.
○ Constancia de inscripción en AFIP/ARCA con actividad y domicilio comercial actualizados.
○ Constancia de inscripción en Ingresos Brutos (si aplica).
○ Plano de Obra Aprobado con Destino Comercial.
○ Certificado o Resolución de Habilitación anterior.
○ Declaración Jurada Anual de la Tasa de Seguridad e Higiene (últimos 5 años).
○ Estado de Deuda o Libre Deuda de la Tasa de Seguridad e Higiene.
2. Documentación adicional (si aplica):
○ Para superficies comerciales ≥200 m² o rubros de impacto alto:
■ Plano e Informe Antisiniestral aprobado por la Dirección General de Bomberos.
■ Certificado de Aptitud de Instalaciones Eléctricas (C.A.I.E).

¿Cómo recibo el resultado del trámite?

● Resolución de Habilitación: Disponible para descarga en el portal de Ventanilla Única (sección "documentación").
● Certificado de Habilitación Comercial: Se informará al titular la fecha y lugar para retirarlo.

Vigencia del documento obtenido

Definitiva

Organismo Responsable

Subsecretaría de Control y Ordenamiento Urbano, Dirección General de Habilitaciones Comerciales.

Pasos a seguir

1. Presentar la documentación completa: Subir los archivos requeridos al portal de Ventanilla Única.
2. Evaluación técnico-administrativa: Se analiza la documentación presentada.
3. Coordinación de inspección: Se acuerda una Inspección Final con el titular.
4. Creación de cuentas y liquidaciones:
○ Para rubros de impacto bajo, se crea la cuenta de Seguridad e Higiene y el trámite se deriva al área de Tasas Comerciales.
○ Para rubros de impacto alto, se genera la cuenta comercial y se cobra el Derecho de Habilitación antes de continuar con la Resolución de Habilitación.
5. Pago de Seguridad e Higiene: El titular recibirá la primera boleta de pago en la Ventanilla Única y deberá registrarse en el portal de Autogestión para continuar con los pagos mensuales.
6. Finalización del trámite:
○ Para rubros de impacto bajo: El Certificado de Habilitación estará disponible una vez realizado el pago inicial.
○ Para rubros de impacto alto: Después de completar la Resolución de Habilitación, se informará cuándo retirar el Certificado de Habilitación.


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