División de lote según plano original para la creación de parcelas catastralmente independientes, con apertura de Partidas (Provincia- MSM) a partir de Acciones Posesorias en el marco de la Ley 24.374
- No debe poseer otro inmueble, el bien requerido debe ser tu vivienda única, familiar y permanente
- Exposición Civil (MSM/ Negativa de ANSES)
- Boleto de compra/ venta
- N.I. de los titulares y el grupo familiar conviviente con los domicilios actualizados
- U.I.L/ C.U.I.T. de los titulares
- Acta de matrimonio de los solicitantes (si son casados)
- Servicios de luz, gas, teléfono, boletas oficiales, etc., que demuestren posesión efectiva y permanente
- Firma del Convenio Marco MSM
El documento público no caduca, vigencia perpetua. Se modifica al pedido del titular
¿Cuál es el respaldo legal?- Regularización Dominial en el Marco de Interés Social
- Ordenanza 000007/2020
- Ley 24.374
Descripción del trámite:
Presentarse en Oficina 19 de Subsecretaría de Tierras, Vivienda y Urbanismo.
Documento que se obtiene:
Aprobación definitiva del plano de Mensura con la división de la parcela y apertura de partidas.
¿Quién lo puede realizar?:
Vecinos de San Miguel que tengan la posesión de su vivienda sobre un porcentual de suelo donde haya que realizar la división de lote, según plano original, para la creación de parcelas catastralmente independiente con las correspondientes partidas inmobiliarias.
¿Cómo recibo el resultado del trámite?
Mediante teléfono, correo electrónico y notificación al domicilio para retirar el mismo.
Costo del trámite:
Pago único de tasa fija sobre derechos de Mensura Social-no subvencionable- (Recursos Tributarios-MSM), abonar una vez generada la nueva parcela, según fiscal y tarifaria vigente.