Acta – Escritura (En marco de esta Ley) inscripta en el registro de la Propiedad de la Provincia de Bs As
- No debe poseer otro inmueble, el bien requerido debe ser vivienda única, familiar y permanente
- Exposición Civil (MSM/ Negativa de ANSES)
- Boleto de compra/ venta (Anterior al 31/12/2005)
- N.I. de los titulares y el grupo familiar conviviente con los domicilios actualizados
- U.I.L/ C.U.I.T. de los titulares
- Acta de matrimonio de los solicitantes (si son casados)
- Impuesto municipal (años correlativos)
- Impuesto provincial- ARBA- (años correlativos)
- Planos reglamentados de mensura/ instalaciones
- Servicios de luz, gas, teléfono, boletas oficiales, etc., que demuestren posesión efectiva y permanente (2 por año de los últimos 10 años)
10 años. Una vez cumplido ese tiempo, el vecino se debe acercar a la oficina para Consolidar la Escritura a Titulo Perfecto (ley 25797)
¿Cuál es el respaldo legal?- Regularización Dominial en el Marco de Interés Social – Ley 24.374
- Subsecretaría de Hábitat de la Comunidad – Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Provincia de Bs As.
Descripción del trámite:
Presentarse en Oficina 19 de Subsecretaría de Tierras, Vivienda y Urbanismo.
Documento que se obtiene:
Acta de Escritura.
¿Quién lo puede realizar?:
A todas aquellas familias que por distintas circunstancias y/o razones, a la fecha, no han podido regularización su vivienda.
¿Cómo recibo el resutado del trámite?:
Mediante notificación al domicilio del vecino, citándolo para retirar la Escritura.
Costo del trámite:
Pago único de tasa provincial (Banco Provincia) del 1% sobre la tasación real del inmueble, que se abonara oportunamente según instrucciones del R.N.R.D. interviniente.