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Consulta técnica de conformidad de proyecto (PREFACTIBILIDAD)
Presentación del trámite

Es requisito obligatorio la tramitación de la Consulta Técnica de Conformidad (la Prefactibilidad de un Proyecto de obra) nueva a comercios, industrias, campos de deportes y todo emprendimiento inmobiliario con destino a vivienda unifamiliar o multifamiliar, y se cumpla alguna de las siguientes condiciones:

  • Parcela/s Urbanas superiores a 3000m2.
  • Parcela Rural (sin importar su superficie).
  • La superficie de la parcela/s del proyecto > 50% del macizo o manzana.

El cierre del trámite en forma positiva concluye la Consulta Técnica de Conformidad requerida y habilita la presentación de la obra para su aprobación definitiva. En ningún caso, ese informe autoriza a iniciar el desarrollo de una obra.

¿Cuáles son los requisitos?
  1. Ser el o los titulares del dominio, apoderados o poseedores a título de dueños fehacientemente acreditados, adjuntado el informe de dominio.
  2. Definir un profesional responsable actuante registrado en el Municipio.
  3. Presentar la información y documentación solicitada en tiempo y forma.
  4. Pagar las tasas que sean requeridos durante el trámite.
¿Cuál es el respaldo legal?

1. Código de Zonificación (Ordenanza 14/2012 y modificatorias).

2. Ordenanza 619/82 3. Resolución Municipal 7/2016

¿Hay alguna observación importante que deba tener en cuenta?

Descripción del trámite

  1. Ingresar al Portal de Trámites
  2. Seguir los pasos que indica el sistema para poder registrarse en la web y obtener usuario y clave.
  3. Una vez registrado en el sistema, seleccionar la opción “Cambio de Titular o Destinatario TSM”.
  4. En caso de ser titular de la Obra, contando con toda la documentación requerida, se deberán completar los datos solicitados en la web y cargar los documentos requeridos. Una vez que el titular haya cargado la información solicitada, debe marcar en el botón guardar, y luego en el botón confirmar. De esta forma, la Dirección de Planeamiento podrá comenzar a analizar la factibilidad del proyecto y notificar al interesado sobre el mismo.

Quien lo puede realizar:

El trámite es siempre iniciado por el o los titulares del dominio, apoderados o poseedores a título de dueños fehacientemente acreditados. Una vez iniciado podrá designar a otra persona como gestor del trámite. En el inicio del trámite se deberá informar cuál es el profesional responsable de la obra, el mismo asumirá como su nombre lo indica las responsabilidades técnicas del proyecto. El titular del dominio podrá designar al mismo profesional responsable de la obra como gestor del trámite, en este caso será el profesional quién interactuará en línea con el Municipio.

 

Costo del trámite:

El costo de un trámite de expediente de obra se establecerá de acuerdo con la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente

¿Dónde puedo realizarlo?

Trámite online ingresar aquí Portal de Trámites

¿Cuáles son los horarios de atención?