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Declaración Jurada Anual, para conservar la condición de exento de IIBB mediante la Ley Alas (Exención de pago)
Presentación del trámite
PRESENTACIÓN DEL TRÁMITE

Para conservar la condición de exento de IIBB se deberá realizar de manera anual una Declaración Jurada. Esta permite cumplir con el requisito y seguir estando exento del pago de dicho tributo.

¿Cuáles son los requisitos?
  • Clave CIT activa
  • Facturación mensual de los últimos 12 meses, según facturación AFIP
  • Credencial de UEALASS
¿Cuánto tiempo tarda en completarse?

El tiempo aproximado de aprobación de la Declaración Jurada es de una semana.

 

¿Por cuánto tiempo es válido el documento que obtengo?

Un año

¿Cuál es el respaldo legal?

Ley Provincial 13.136

¿Hay alguna observación importante que deba tener en cuenta?

Descripción del trámite:

Acercarse a la oficina con la documentación requerida.

¿Quién lo puede realizar?:

A todos los Monotributistas sociales y Monotributistas Hasta la categoría D (excepto profesionales), que estén adheridos a la LEY ALAs.

Costo del trámite:

Sin costo.

¿Dónde puedo realizarlo?

Presencial: Primera Junta 3349, San Miguel. Centro de Iniciativa - Dirección De Desarrollo Emprendedor Por e-mail: Con fotos legibles o escaneadas. A: sanmiguelemprende@msm.gov.ar

¿Cuáles son los horarios de atención?

De lunes a viernes de 9:00 a 15:00 hs. Con previo turno, enviando whatsapp al 15 2859-4565