Obtención de Certificado de Aptitud Ambiental « Volver
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Secretaría: SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO URBANO
Subsecretaría: Ordenamiento Urbano
Dirección: Dirección de Evaluación y Control Ambiental
- Costo
- Duración del trámite
- Presentación del trámite
- Lugar de atención
- Horarios de atención
- Documento que se obtiene
- Descripción del Trámite
- ¿Quién lo puede realizar?
- Requisitos
- Cantidad de veces que debe asistir al Organismo
- Vigencia
- Organismo Responsable
- Respaldo Legal
- Observaciones
Costo
Sin costo.
Duración del trámite
Presentada toda la documentación necesaria, luego de pasar por una evaluación técnica municipal e inspección del establecimiento, se podrá obtener el CAAP o CAA, según corresponda, en un plazo de 30 días.
Presentación del trámite
Habilita a que la industria pueda estar en actividad
Lugar de atención
Subsecretaría de Ambiente, sito en D. F. Sarmiento 1551, San Miguel.
Horarios de atención
- Lunes a Viernes de 09 a 14hs, con previo turno.
- Solicitándolo a industrias@msm.gov.ar o por tel: 6091-7100 int 6132/6133
Documento que se obtiene
Certificado de Aptitud Ambiental (Fase III - CAA), y/o el Certificado de Aptitud Ambiental de Proyecto (Fase II - CAAP).
Descripción del Trámite
Presentarse el día del turno asignado en la Subsecretaría de Ambiente, con la documentación requerida.
¿Quién lo puede realizar?
Industrias que han sido clasificadas por el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires en Primera o Segunda Categoría, según Decretos Reglamentarios.
Requisitos
Solicitar los requisitos al correo institucional industrias@msm.gov.ar
Cantidad de veces que debe asistir al Organismo
Una
Vigencia
El Certificado de Aptitud Ambiental (Fase III) tiene una vigencia de 4 años, mientras que la vigencia del Certificado de Aptitud Ambiental de Proyecto (Fase II - CAAP) será determinada por la Autoridad de Aplicación según el caso.
Organismo Responsable
- Subsecretaría de Ambiente
- Dirección de Evaluación y Control Ambiental
Respaldo Legal
- Ley Provincial 11.459 de Radicación Industrial
- Decreto Reglamentario OPDS 531/19
- Decreto 973/20
- Ley Provincial 11.720 de Residuos Especiales
- Resolución OPDS 592/00 – Disposición Transitoria de Residuos Especiales
- Ley 5.9 65 de Protección de Agua y Atmósfera
- Decreto Reglamentario 1074/18 (Licencia de Emisiones Gaseosas a la Atmósfera
- Resolución ADA 2222/19 (Prefactibilidad Hídrica, Aptitud de Obra, y Permisos )
Observaciones
Toda la documentación e información presentada para la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental o el Certificado de Aptitud Ambiental de Proyecto, será considerada en carácter de Declaración Jurada. El CAA es requisito obligatorio para el funcionamiento de establecimientos industriales en toda la provincia de Buenos Aires.