Registro de Generadores de Aceite Vegetal Usado « Volver
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Secretaría: SECRETARIA DE DESARROLLO LOCAL Y AMBIENTE
Subsecretaría: Ordenamiento Urbano
Dirección: Subsecretaría de Ambiente
- Costo
- Respaldo legal
- Observaciones
- Requisitos
- Duración del trámite
- Vigencia del documento obtenido
- Documento que se obtiene
- Descripción del Trámite
- Horarios de atención
- Quien lo puede realizar
- Lugar de atención
- Presentación del trámite
Costo
Sin costo
Respaldo legal
Ordenanza Municipal 39/2012
Observaciones
La empresa recolectora asignada entregará sin costo un recipiente para el almacenamiento transitorio del AVU para su retiro.
Requisitos
Tener los datos del comercio o establecimiento, solicitados en el formulario electrónico:
- Dirección
- Rubro
- Nombre de los titulares
- Horarios de atención
- Formas de contacto
- Datos vinculados a la generación de aceite vegetal usado.
Duración del trámite
Una vez enviado el formulario electrónico, la Subsecretaría de Ambiente enviará la Constancia de Registro de Generador de AVU en un plazo máximo de 72hs.
Vigencia del documento obtenido
El registro tiene vigencia ilimitada, siempre que se mantengan la condición de Razón Social y de generación de AVU.
Documento que se obtiene
Constancia de Registro de Generador de AVU / Declaración Jurada de Establecimiento No Generador de AVU
Descripción del Trámite
- Ingresar a http://encuestas.msm.gov.ar/index.php/369497?newtest=Y y completar con todos los datos solicitados y enviar.
- Una vez recibido, se le enviará Numero Único de Generador y se lo contactará con la empresa recolectora de AVU que se encuentra habilitada para el retiro.
Horarios de atención
Durante las 24hs
Quien lo puede realizar
Comedores de hoteles, comedores escolares y de hospitales o establecimientos geriátricos, comedores comunitarios e industriales;
Restaurantes, confiterías y bares, locales de comidas rápidas, rotiserías y todo establecimiento que genere residuos de aceites comestibles que han sufrido un tratamiento térmico de desnaturalización, todo el territorio del partido de San Miguel.
Presentación del trámite
Al poseer un comercio gastronómico o establecimiento donde se genere Aceite Vegetal Usado (AVU) es necesario inscribirse en el Registro Obligatorio de Generadores de AVU, y a partir de ello disponer correctamente de este residuo, de acuerdo a la Ordenanza 39/2012.
A partir de dicha Ordenanza se crea el Programa Convertir Aceite, que tiene como objetivo recuperar el AVU para producir Biocombustible y al mismo tiempo evitar la contaminación de las napas o el suelo, la obstrucción de cloacas, la afectación de la salud de las personas o su reutilización para consumo humano, por un manejo incorrecto de este residuo.
Si tiene un establecimiento gastronómico, pero no genera Aceite Vegetal Usado se deberá realizar una Declaración Jurada, a través de formulario electrónico.