Final de Obra Nueva Unifamiliar – Permiso de Obra Gestionado Digitalmente « Volver
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Secretaría: SECRETARÍA GENERAL
Subsecretaría:
Dirección:
- Duración del trámite
- Costo
- Lugar de atención
- Presentación del trámite
- Horarios de atención
- Documento que se obtiene
- Descripción del Trámite
- ¿Quién lo puede realizar?
- Requisitos
- ¿Cómo recibo el resultado del trámite?
- Organismo Responsable
- Respaldo Legal
Duración del trámite
La duración de cada trámite será variable en función a la complejidad de cada caso en particular.
Presentación del trámite
Una vez concluida la obra para la cual se obtuvo el correspondiente permiso de construcción, el profesional responsable deberá presentar una declaración jurada de Construcción Finalizada (se presenta en el trámite de informes de avance e inspecciones).
Luego de esa declaración jurada y dentro de los 30 días siguientes debe efectuarse este trámite de “Final de Obra”.
Horarios de atención
Documento que se obtiene
Certificado Final de Obra
Descripción del Trámite
El trámite debe iniciarlo el titular de la parcela, quien debe realizar los siguientes pasos:
- Ingresar al link del Portal de Trámites Online.
- Loguearse con clave AFIP o con clave ANSES
- Seleccionar en la sección Obra Unifamiliar, el botón “Final de obra nueva Unifamiliar- Permiso de obra gestionado digitalmente”
- Seleccionar el botón “Iniciar trámite”
- Deberá seleccionar al profesional al cual encomendó la tramitación de la lista desplegable. El profesional debe haber efectuado el trámite de “Registro profesional” previamente.
- Debe hacer click en el botón guardar. Le aparecerá la solapa “Designar gestor/otros”, a la cual ingresará y podrá seleccionar como gestor del trámite al mismo profesional designado. Luego hacer click en el botón confirmar.
A partir de este momento, el gestor del trámite continuará con los siguientes pasos:
- Ingresar al Portal de Trámites Online.
- Loguearse con clave AFIP o con clave ANSES
- Debe hacer click en el ícono naranja que indica “Para ver todos sus trámites, hacer click aquí”
- Debe ingresar al trámite, que estará en estado “Borrador”, y completar la información y documentación requerida.
- Debe hacer click en “Guardar” y luego en “Confirmar”. De esta forma, el trámite se envía al Municipio y se podrá comenzar a analizar la factibilidad del proyecto y notificar al interesado sobre el mismo.
¿Quién lo puede realizar?
El trámite es siempre iniciado por el titular del dominio o quien sustente un boleto de compra -venta. Una vez iniciado, podrá designar a otra persona como gestor del trámite (ver abajo la figura del gestor). En el inicio del trámite se deberá informar cuál es el profesional responsable de la obra, el mismo asumirá como su nombre lo indica las responsabilidades técnicas del proyecto. El titular del dominio podrá designar al mismo profesional responsable de la obra como gestor del trámite, en este caso será el profesional quién interactuará en línea con el Municipio.
Requisitos
- Ser titular del dominio o quien sustente un boleto de compra - venta y haber obtenido previamente el correspondiente permiso de obra.
- Definir un profesional responsable actuante (registrado en el Municipio).
- Presentar la información y documentación solicitada en tiempo y forma.
- Pagar las tasas y derechos que sean requeridos durante el trámite.
- Poseer el libre deuda de las partidas involucradas en el trámite.
- Que la obra esté concluida y el profesional responsable haya presentado la “Declaración Jurada de Fin de Construcción”.
- Que no existan objeciones técnicas que impliquen un rechazo de la solicitud.
- En caso de que haya existido una unificación o división parcelaria debe haberse completado el trámite de aprobación del nuevo plano de mensura en Arba.
¿Cómo recibo el resultado del trámite?
El titular recibirá los resultados en forma de documentos adjuntos a través de la web. Todo avance, solicitud de corrección o rectificación de documentos será notificada a través del Portal de Trámites Online, y del correo electrónico de los usuarios del sistema.
Organismo Responsable
- Secretaría General
- Dirección General de Obras Particulares
Respaldo Legal
- Ordenanza Nº 14/2012 / Código de zonificación
- Ordenanza Nº 595/82 / Reglamento de construcciones
- Ordenanza 41/17 / Arbolado
- Ordenanza 28/16 / Cercos y Veredas
- Ordenanza 735/93 / Anexo Quinchos
- Ordenanza Fiscal y tarifaria vigente