WP_Post Object
(
    [ID] => 35762
    [post_author] => 177
    [post_date] => 2020-09-21 10:58:36
    [post_date_gmt] => 2020-09-21 13:58:36
    [post_content] => 
    [post_title] => Evaluación de impacto ambiental | Ambiente, Industria
    [post_excerpt] => 
    [post_status] => publish
    [comment_status] => closed
    [ping_status] => closed
    [post_password] => 
    [post_name] => evaluacion-de-impacto-ambiental
    [to_ping] => 
    [pinged] => 
    [post_modified] => 2021-04-28 13:12:36
    [post_modified_gmt] => 2021-04-28 16:12:36
    [post_content_filtered] => 
    [post_parent] => 0
    [guid] => https://www.msm.gov.ar/?post_type=guia-tramite&p=35762
    [menu_order] => 0
    [post_type] => guia-tramite
    [post_mime_type] => 
    [comment_count] => 0
    [filter] => raw
)
Evaluación de impacto ambiental | Ambiente, Industria - Municipalidad de San Miguel

Evaluación de impacto ambiental | Ambiente, Industria « Volver

Para buscar un trámite puede filtrar por secretaría o directamente escribir una palabra en el campo de búsqueda.

Evaluación de impacto ambiental | Ambiente, Industria

Secretaría: SECRETARIA DE DESARROLLO LOCAL Y AMBIENTE

Subsecretaría: Ordenamiento Urbano

Dirección: Subsecretaría de Ambiente

Duración del trámite

Una vez ingresado el expediente a la Subsecretaria de Ambiente, la misma tendrá un plazo máximo de 30 días para solicitar las adecuaciones necesarias al Estudio.
Una vez cumplimentado la totalidad de dichas adecuaciones la Subsecretaria de Ambiente, podrá someter el EsIA a un proceso de Participación Ciudadana (Consulta o Audiencia Pública), por lo cual la emisión de la Declaración de Impacto Ambiental podrá demorarse entre 10 y 60 días adicionales.

Lugar de atención

Subsecretaría de Ambiente, .
D. F. Sarmiento 1551

Presentación del trámite

Es un proceso técnico administrativo al que deben someterse de forma previa a su ejecución todos aquellos proyectos o emprendimientos que de acuerdo al Art. 10 de la Ley Provincial 11.723, sean susceptibles de generar un impacto negativo en el ambiente.

Pueden realizarlo personas físicas o jurídicas titulares de proyectos y/o profesionales a cargo del proyecto que se encuentra sometido a EIA

Requisitos

Requisitos:
1. Estudio de Impacto Ambiental, elaborado y firmado en todas sus hojas por los profesionales intervinientes, los cuales a su vez deberán estar inscriptos en los Registros Profesionales correspondientes.
2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Profesionales Ambientales y Administrador de Relaciones (RUPAYAR) del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, por parte de los profesionales intervinientes.
3. Constancia de inscripción vigente, en el Registro Municipal de Profesionales Ambientales (ReMPA, por parte de los profesionales intervinientes.
4. Nota de Solicitud de Declaración de Impacto Ambiental, firmada por el titular y/o apoderado en la que conste el nombre el proyecto, su localización y nombre o razón social del titular.
5. Copia del Acta constitutiva de la Empresa o proponente
6. Registro de Contribuyente (CUIT/CUIL)
7. Copia certificada del Poder, en caso de que intervenga un apoderado.

Descripción del trámite

1. Solicitar un turno para atención mediante correo electrónico a la dirección evaluacion.ambiental@msm.gov.ar
2. Con los requisitos mínimos solicitados, acercarse a la oficina de la Subsecretaría de Ambiente, en la fecha y horario del turno indicado.
3. Una vez controlada la documentación por el personal de la Subsecretaría, se emitirá la boleta de pago de Tasa de Inicio de Expediente.
4. Abonar la Tasa de Inicio de Expediente y presentar en Mesa de Entradas toda la documentación junto con el comprobante de pago de dicha Tasa, para iniciar el expediente.
5. Una vez evaluado el Expte por la Subsecretaría de Ambiente, y previo a la emisión de la Declaración de Impacto Ambiental, se deberá abonar la tasa de Aptitud Ambiental.

Vigencia del documento obtenido

365 días en caso que la obra no se materialice, caso contrario no pierde vigencia.

Observaciones

El EsIA deberá ser elaborado respetando el contenido mínimo según lo establecido en la Ley Provincial 11.723 y normativas complementarias según el tipo de proyecto. A su vez, todos los estudios complementarios (análisis de calidad de aire, estudios de suelo e hidrológicos, etc.) deberán contar con los respectivos Certificados de Cadena de Custodia, Protocolos Oficiales y haber sido analizados por Laboratorios habilitados por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible.

Horarios de atención

lunes a viernes de 9hs a 16hs.


Accesos directos


Guía de Trámites

Conocé los pasos, requisitos y costos

Reclamos On Line

Gestioná tus reclamos On Line
Reclamos On Line Municipalidad de San Miguel