Certificado Urbanístico « Volver
Para buscar un trámite puede filtrar por secretaría o directamente escribir una palabra en el campo de búsqueda.
Secretaría: SECRETARÍA GENERAL
Subsecretaría:
Dirección:
- Duración del trámite
- Costo
- Lugar de atención
- Presentación del trámite
- Horarios de atención
- Quien lo puede realizar
- Descripción del Trámite
- Requisitos
- Respaldo legal
Duración del trámite
10 días hábiles.
Presentación del trámite
El trámite consiste en la solicitud de un certificado que se limita a la transcripción de la norma aplicable en cuánto la Zonificación (Área – Sub área – Zona, restricciones, indicadores numéricos y morfológicos) y otras normas municipales concurrentes de ordenamiento territorial físico y de usos.
El certificado extendido tiene vigencia de un año, por lo que, ante cambios normativos, la Administración respeta lo oportunamente informado hasta la caducidad de este. Esto brinda seguridad jurídica a los proyectos en cuanto a lo oportunamente certificado, no obstante, no ser una aprobación de ésos ya que deben someterse a los trámites correspondientes. Por lo cual, no siendo obligatorio, se recomienda que previo a decidir una inversión y/o encarar un proyecto, se considere la solicitud de un certificado urbanístico
Horarios de atención
Lunes a Viernes de 08 a 14.
Quien lo puede realizar
Lo puede gestionar el/los titular/es de dominio por sí o por intermedio de sus apoderados o gestores cuando se desea conocer qué normativa urbanística se aplica concretamente a su parcela.
Descripción del Trámite
- Ingresar al link que figura en esta descripción.
- Seguir los pasos que indica el sistema para poder registrarse en la web y obtener usuario y clave.
- Una vez registrado en el sistema, se debe seleccionar en la sección Certificados, el botón “Certificado Urbanístico”
- En caso de ser titular, contando con toda la documentación requerida, se deberán completar los datos solicitados en la web y cargar los documentos requeridos. Una vez que el titular haya cargado la información solicitada, debe marcar en el botón guardar, y luego en el botón confirmar. De esta forma, las direcciones de Catastro, primero, y la de Planeamiento, luego, darán inicio al trámite, cotejarán la información suministrada, expedirán el certificado y notificarán al interesado contra pago de la tasa correspondiente.
- El titular podrá designar a un gestor como responsable de dicho trámite, esta acción se puede llevar a cabo desde la solapa “Otros”.
Requisitos
- Ser titular del dominio o apoderado.
- Completar la información y documentación solicitada en tiempo y forma.
- Que la parcela no posea deuda. En tal caso deberá cancelar la misma previo retiro del Certificado Urbanístico.
Respaldo legal
- Código de Zonificación (Ord. 14/2012 y modificatorias – T.O. Dto. Municipal 806/2020).
- Resoluciones Municipales 14/2015, 13/2015 y 23/2015.