DECFC-2025-2739-MSM-INT
01/10/2025
VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024; y CONSIDERANDO; QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente N.º 16546/2025 y en concordancia al Art. 38 inc. B, de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024. Corresponde la devolución por PAGO EQUIVOCADO, DOMINIO KZZ-269.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébese la devolución de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL TREINTA Y DOS CON SIETE CTVOS ($260.032,07.-) al contribuyente LAPORTE MARTIN EMMANUEL de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO EQUIVOCADO.
ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2740-MSM-INT
01/10/2025
VISTO el expediente GDE 24524/2022; y
CONSIDERANDO:
QUE en la Ordenanza Fiscal Vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, se establecieron los requisitos y condiciones para el otorgamiento de exenciones por el pago de las Tasas por Servicios Municipales, Seguridad y Optimización del parque Lumínico y Tasa de Bomberos.
QUE en el art. 71 inc. b) en la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, se encuentran los requisitos que deberán cumplimentar los jubilados y pensionados para hacerse acreedores de la exención hasta un cien por ciento (100%) cuando sus ingresos no superen dos haberes mínimos previsionales, de hasta el setenta y cinco por ciento (75%) cuando sus ingresos no superen en 2.25 veces el haber mínimo previsional, y de hasta un cincuenta por ciento (50%) cuando el ingreso fuese hasta 2.50 haberes mínimos previsionales.
QUE asimismo en el art. 71 último párrafo de la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, establece “El poder ejecutivo podrá condonar a aquellos contribuyentes incluidos en el presente artículo, que, reuniendo los requisitos para la eximición, no hayan presentado oportunamente la solicitud, por las obligaciones vencidas de los años no prescriptos.”
QUE el art. 51 de la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, establece “Podrá el departamento ejecutivo proceder a la renovación de oficio, mientras no se modifiquen las condiciones por las cuales se le otorgaron las mismas, quedando facultado a realizar las verificaciones oportunas cuando así lo considere…”
QUE la Secretaria de Economía y Finanzas y la Dirección General de Asuntos Legales se expiden en forma favorable al otorgamiento de la exención solicitada por considerar que se encuentra encuadrado en lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, en su art. 71 inc. b).
QUE este Departamento Ejecutivo compartiendo dicho criterio, considera procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: EXIMASE en un porcentaje del 100% el pago de las Tasas por Servicios Municipales, Seguridad, de Optimización del Parque Lumínico y Tasa Cuerpo de Bomberos de Gral. Sarmiento y SAME, por el año 2025 de la Partida 241192 al contribuyente DI LAUDO ELBA.
ARTICULO 2º: NOTIFIQUESE al solicitante del tenor del presente.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el Señor Secretario de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHÍVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2741-MSM-INT
01/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4302/2025 por el cual se tramita el alquiler de oficinas móviles a utilizar en la Unidad Táctica de Operaciones Inmediatas, 4° trimestre 2025, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma BASANI S.A. y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 5/25, del 02 de Enero de 2025, este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 3 meses, “… 2 (DOS) módulos habitacionales y 1 (UNO) módulo sanitario necesarios para alojar a personal perteneciente a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, en la Zona de Barrio Mitre, calle Pardo y Maestro Ferreyra, por un período de 3 (tres) meses, renovable automáticamente mediante orden de compra….”
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la seguridad, cuidado y optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados,
QUE, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a la Cláusula Primera del COMODATO registrado bajo Convenio B N° 5/25, del 02 de Enero de 2025, al proveedor BASANI S.A, la contratación del alquiler de oficinas móviles a utilizar en la Unidad Táctica de Operaciones Inmediatas, 4° trimestre 2025, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Once millones doscientos treinta mil catorce con 00/100 ($11.230.014,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Seguridad.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-2742-MSM-INT
01/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16865/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 107/25 SEGUNDO LLAMADO por reemplazo de switches, dependientes de Jefatura de Gabinete – Subsecretaria de Modernización, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio ´´… ítem 3 no será adjudicado ya que la oferta económica más baja supera ampliamente el monto de la cotización oficial…´´, QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de Jefatura de Gabinete – Subsecretaria de Modernización, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº107/25 segundo llamado, a la firma FIBERCO SRL por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por reemplazo de switches, dependientes de Jefatura de Gabinete – Subsecretaria de Modernización, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera: FIBERCO SRL: por mejor precio los ítems 1.2.4 en la suma total de Pesos sesenta y cuatro millones ciento setenta y un mil ($64.171.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Jefatura de Gabinete.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2025-2743-MSM-INT
01/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16229/25 solicitud de pedido N° 2608/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 53/25 destinado a la obra Hospital Larcade, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 53/25, a la firma PIUTERRA SA., por resultar ésta las más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO Nº1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, destinado a la obra Hospital Larcade, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera: 1. PIUTERRA SA, por menor precio en la suma total de Pesos cuatro mil trescientos dos millones quinientos sesenta y cuatro mil novecientos veintinueve ($4.302.564.929,00).
Condición de pago anticipo financiero del 30% y certificados dentro de los 10 días recepción factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y Finanzas, de Gobierno y de Obras y Espacios Públicos.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-2744-MSM-INT
02/10/2025
VISTO que resulta de sumo interés la participación de la Municipalidad de San Miguel en el programa “Con Voz Propia” dictado por la Universidad Católica Argentina a desarrollarse durante el mes de agosto y septiembre del corriente año; y
CONSIDERANDO:
Que el programa busca impulsar el liderazgo de las mujeres en los ámbitos políticos a partir del reconocimiento de las barreras, la incorporación de herramientas teórico-prácticas para el fortalecimiento de su conocimiento sobre el Estado y la política y de su capacidad de incidencia y acción;
Que mediante un enfoque teórico-práctico se facilita la implementación de soluciones efectivas a desafíos reales en el ámbito político y social;
Que el liderazgo reviste una enorme relevancia, de cara a la formación de nuestros equipos erigidos en base a los valores que compartimos;
Que la formación de ejecutivos y directivos es más que el conocimiento per sé, sino que aquel crecimiento buscado, redunda en el impacto en las políticas empleadas y, consecuentemente, en las vidas de los ciudadanos de nuestro Distrito;
Que, resulta necesario encomendar la participación de las funcionarias del Distrito.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal la asistencia de las funcionarias pertenecientes al Municipio en el programa “Con Voz Propia” dictado por la Universidad Católica Argentina a desarrollarse durante el mes de agosto y septiembre del corriente año.
ARTICULO 2°: El gasto que demande la realización de los actos antes mencionados, será imputado la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Jefatura de Gabinete, de Gobierno y Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2025-2745-MSM-INT
02/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4307/2025 por el cual se tramita la contratación del servicio de soporte técnico y mantenimiento del aplicativo Ventanilla Única, para configurador de trámites online –Período Septiembre/diciembre 2025, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención haciendo referencia en encuadrar la contratación, dentro de los términos del art. 156° inc. 1 de la L.O.M;
QUE, en virtud de lo expuesto por la Unidad Ejecutora, que expresa: “… Por medio de la presente la Unidad Ejecutora solicita la contratación del servicio de mantenimiento y soporte al portal web y al configurador de trámites online (Ventanilla única), perteneciente a la Dir. Gral. De Servicios Informáticos provisto por la empresa Synvelt S.R.L. El fundamento principal es que ésta es la firma que durante el mes de diciembre del año 2022 comenzó a brindar el servicio, por orden de compra nro. 4400/2022 mostrando un desempeño óptimo y, por consiguiente, debe ser administrado por un único proveedor que garantice el correcto funcionamiento del dispositivo, además de ser los que poseen los derechos de autor y el patentamiento del software en uso. Durante el año 2024, se realizó la contratación del servicio a través de la OC n° 2964 y durante el año 2025 la contratación por 6 servicios, en el período Marzo/Agosto a través de la OC nº1052. En consecuencia, son ellos los únicos que pueden prestar el servicio y realizar los ajustes necesarios. Por lo tanto, solicitamos encuadrar dicha contratación en los términos del Art. 156 inc. 1 de la Ley Orgánica Municipal”, y los antecedentes mencionados, se expone que la empresa es quien ha desarrollado el sistema, resultando la única empresa en contar con las herramientas para su mejora y actualización.
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la seguridad, cuidado y optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados,
QUE, dado la conformidad de la Subsecretaria de Modernización, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a lo dispuesto en el rt. 156 inc. 1° de la L.O.M., al proveedor SYNVELT S.R.L, la contratación del servicio de soporte técnico y mantenimiento del aplicativo Ventanilla Única, para configurador de trámites online –Período Septiembre/diciembre 2025, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Doce millones trescientos once mil doscientos con 00/100 ($12.311.200,00). Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2025-2746-MSM-INT
02/10/2025
VISTO el Decreto DECFC-2025-2177-E-MSM-INT; y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se ha incurrido un error material en la referencia y en cuerpo del mencionado Decreto
Que se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente a fin de subsanar el error antes descripto.
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Modificase la Referencia, Visto y Articulo N°1 el Decreto DECFC-2025-2177-E-MSM-INT de fecha 04 de agosto de 2025, en los siguientes términos: La referencia y Visto donde dice: Ampliación Obra “Construcción de nave deportiva multipropósito” – Licitación Privada N° 56/2024. Debe decir: Ampliación Obra “Construcción de nave deportiva multipropósito” – Licitación Pública N° 56/2024. ARTICULO 1° donde dice: Licitación Privada N° 56/2024. Debe decir: Licitación Pública N° 56/2024.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2747-MSM-INT
02/10/2025
VISTO la Ordenanza N° 10, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de septiembre de 2025, y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 108º inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROMULGASE la Ordenanza N° 10, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de septiembre de 2025.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2748-MSM-INT
02/10/2025
VISTO la Ordenanza N° 09, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de septiembre de 2025, y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 108º inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROMULGASE la Ordenanza N° 09, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de septiembre de 2025.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2749-MSM-INT
02/10/2025
VISTO la Ordenanza N° 08, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de septiembre de 2025, y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 108º inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROMULGASE la Ordenanza N° 08, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de septiembre de 2025.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2750-MSM-INT
02/10/2025
VISTO la Ordenanza N° 07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de septiembre de 2025, y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 108º inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROMULGASE la Ordenanza N° 07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de septiembre de 2025.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2751-MSM-INT
02/10/2025
VISTO la Ordenanza N° 06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de septiembre de 2025, y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 108º inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROMULGASE la Ordenanza N° 06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de septiembre de 2025.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2752-MSM-INT
02/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4595/2025 solicitando ayuda económica al Jardín de Infantes N°923 de San Miguel, por insumos y pintura; Y
CONSIDERANDO:
Que la Escuela ha solicitado elementos y pintura para espacios fundamentales de la Institución;
Que las paredes de la Institución se encuentran deterioradas por humedad y falta de mantenimiento adecuado; Que se hace necesario garantizar un ambiente saludable para el desarrollo de las actividades pedagógicas y el contenido curricular;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de hasta $ 300.699,97 (Pesos Trescientos mil seiscientos noventa y nueve con noventa y siete centavos) al Jardín de Infantes N° 923 de San Miguel, siendo su directora la Sra. Salomone, Paula Carolina con para ser aplicado a pintura y elementos para realizar el trabajo de pintura en la Institución.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a la Entidad Beneficiaria.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Educación y Trabajo y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-2753-MSM-INT
02/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4640/2025 solicitando ayuda económica a la Escuela Educación Secundaria Nº 17 “Crucero General Belgrano” de San Miguel, por la adquisición de Pizarrones;
CONSIDERANDO:
Que la Escuela ha solicitado doce (12) Pizarrones fundamentales para la Institución;
Que la adquisición de los mismos contribuye a garantizar condiciones de igualdad educativa entre estudiantes, al asegurar recursos básicos y actualizados para para el desarrollo de las actividades pedagógicas y el contenido curricular;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de hasta $ 2.205.000,00. (Pesos Dos millones doscientos cinco mil) a la Escuela Educación Secundaria Nº 17 “Crucero General Belgrano” de San Miguel, siendo su director el Sr. Fernández, Franco Ezequiel por la adquisición de doce (12) pizarrones.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a la Entidad Beneficiaria.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Educación y Trabajo y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-2770-MSM-INT
03/10/2025
VISTO la nota remitida por la Coordinación de Prensa y Comunicaciones, mediante la cual solicita se declare de interés municipal la Feria Expo Mate los días 8 y 9 de noviembre de 2025; y
CONSIDERANDO:
Que dicho evento se realiza en el marco del Día de la Tradición, que se celebra todos los 10 de noviembre de cada año, en conmemoración del poeta José Hernandez;
Que pretende destacar las costumbres gauchescas, dando identidad a nuestras costumbres;
Que se realizara la Feria Expo Mate con el objetivo de seguir fortaleciendo el sentido de pertenencia de la comunidad del Distrito
Que este Departamento Ejecutivo considera procedente declararlo de Interés Municipal, y dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARASE de Interés Municipal la Feria Expo Mate, a realizarse los días 8 y 9 de noviembre de 2025, en el Corredor aeróbico; por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2º: El gasto que demande la realización del evento antes referido, será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVESE.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2776-MSM-INT
03/10/2025
VISTO la realización del evento del Día de la Familia; y
CONSIDERANDO:
Que el ámbito familiar ofrece un ambiente seguro y de apoyo en el que los niños pueden expresarse, construir autoestima y confianza, y aprender habilidades como la empatía y la resiliencia;
Que se ratifica el compromiso en el fortalecimiento de la institución familiar, la cual resulta crucial en el desarrollo cognitivo, emocional y social de los niños, además de ser un ámbito en el que aprenden valores y construyen un sentido de pertenencia;
Que desde el Estado corresponde erigir políticas, programas y asistencia apropiados para que la familia pueda asumir adecuadamente esta responsabilidad, y para que los padres asuman, en igualdad de condiciones, sus responsabilidades y obligaciones;
Que el Departamento Ejecutivo considera procedente dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. DECLARAR de Interés Municipal la realización del evento del Día de la Familia a realizarse en el mes de octubre del corriente año en el Observatorio de Física Cósmica de San Miguel.
ARTICULO 2º. El gasto que ocasione la realización del evento aludido en el artículo precedente será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Secretaria de Infancia y Familia.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-2777-MSM-INT
03/10/2025
VISTO las actividades programadas por las Olimpiadas Estudiantiles de Nivel Primario; y
CONSIDERANDO
Que las Olimpiaditas es un evento destinado a fomentar la participación y práctica de actividades culturales por parte de los estudiantes de nivel primario del Distrito, incentivando la integración, creatividad y desarrollo cultural de la comunidad educativa;
Que se pretende fomentar espacios que impulsen la creatividad, el conocimiento y la expresión artística en los estudiantes, así como la participación activa de las instituciones educativas en actividades que enriquezcan el ámbito escolar y la comunidad en general;
Que las “Olimpiaditas Culturales” representan una oportunidad para que los estudiantes de nivel primario de todas las escuelas del distrito se integren, expresen y desarrollen sus habilidades en diversas disciplinas culturales, tales como artes plásticas, teatro, danza, música, entre otras;
Que es compromiso de esta Municipalidad promover actividades y eventos educativos y culturales; Que este Departamento Ejecutivo considera procedente declarar estos actos de interés municipal.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°. DECLARAR de Interés Municipal el evento de Olimpiadas Estudiantiles de Nivel Primario, que se llevará a cabo en el Multiespacio Fábrica del Arte, sito en Madre Camila Rolón 1249, Localidad de Muñiz.
ARTICULO 2°. El gasto que demande la realización de los actos antes mencionados, será imputado a través de la Secretaría de Gobierno y Economía y Finanzas, a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo. ARTICULO 4°. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-2780-MSM-INT
06/10/2025
VISTO lo solicitado mediante nota de requerimiento por la Secretaria de Obras y Espacio Público a la empresa Transporte Panizza SRL, prestadora del servicio de higiene urbana adjudicataria de la Licitación Pública Nº 42/2021; y
CONSIDERANDO:
QUE, manteniéndose las condiciones manifestadas en los Decretos Municipales N° DECFC-2025-1120-EMSM-INT y N° DECFC-2025-1886-E-MSM-INT, en que se expresa y manifiesta la detección de situaciones excepcionales de acumulación de residuos y desperdicios en grandes magnitudes en diversos puntos del distrito que afectan la salubridad pública.
QUE, en la Parte 3 CONDICIONES PARTICULARES – CONDICIONES TENICAS PARTICULARES, en el Art. 13 del CAPITULO 3 se establece: “El contratista deberá dar cumplimiento a todos los requerimientos de servicios adicionales que disponga la Secretaria de Espacio Público y Atención Ciudadana, ya sea por cuestiones de trabajos especiales, operativos de limpieza y/o situaciones dispuestas por dicha dependencia, previa notificación fehaciente con una antelación no inferior a las 48 horas. Dichos servicios adicionales deberán ser abonados conjuntamente con los servicios del mes en curso …”, permitiendo el requerimiento a la empresa de los adicionales necesarios para dar solución a la problemática detectada.
QUE, ante la continuidad de situaciones de excepción que exceden los puntos relevados al momento de la contratación del servicio y manteniéndose la necesidad de fomentar la erradicación y evitar la formación de nuevos puntos de acopio de residuos y desechos en la vía pública, resulta indispensable reforzar los servicios contratados por licitación mediante la incorporación de 3 equipos adicionales de trabajo diarios por un nuevo plazo de 3 meses.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Requiérase la ejecución de adicionales del servicio de limpieza de basurales dinámicos/crónicos de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 13 del Capítulo 3 – Parte 3 Condiciones Particulares – Condiciones Técnicas Particulares, de la Licitación Pública Nº 42/2021, Expte. 4130- 2331/2021.
ARTICULO 2º: Dispóngase la ejecución de dichos adicionales por el plazo de 3 meses abonándose dichos servicios al valor que surja de los términos de la Licitación Pública Nº 42/2021.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-2809-MSM-INT
07/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16994/25 por el que tramita la Licitación Privada N°114/25 por la provisión de soluciones, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio ´´… ítem 3 no será adjudicado por resultar oneroso para el estado municipal…´´,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº114/25, a las firmas LUMEDIC SA y GLAMAMED SA por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por la provisión de soluciones, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
LUMEDIC SA: por menor precio los ítems 1.2.4 en la suma total de Pesos trece millones seiscientos treinta mil ochocientos ($13.630.800,00).
GLAMAMED SA: por menor precio el ítem 5.6, en la suma total de Pesos sesenta y cuatro millones novecientos setenta y cinco mil cincuenta ($64.975.050,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-2812-MSM-INT
13/10/2025
VISTO la nota presentada por la Coordinación de Comunicación Prensa y Comunicación, mediante la cual solicita se declare de interés municipal el “Corredor Gastronómico”; y
CONSIDERANDO:
Que, la presente iniciativa se realizará los días 18 y 19 de octubre del corriente año, con el objetivo de promover la gastronomía local y fortalecer la cultura culinaria de nuestra comunidad;
Que, se prevé la instalación de aproximadamente 40 food trucks, con el fin de promover y fortalecer a los emprendedores del partido, brindándoles la posibilidad de exhibición y comercialización de sus productos;
Que, además, el evento permitirá a los vecinos del partido disfrutar de una oferta variada y de calidad en un espacio destinado al encuentro social y al esparcimiento comunitario;
Que, este Departamento Ejecutivo considera procedente declarar estos actos de interés municipal.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. DECLARAR de Interés Municipal el evento “Corredor Gastronómico”, a realizarse los días 18 y 19 de octubre de 2025, en el Corredor Aeróbico de Bella Vista que se ubica sobre la Avenida Francia y Santa Fe, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°. El gasto que ocasione la realización de los actos aludidos en el artículo precedente será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2813-MSM-INT
13/10/2025
VISTO la solicitud de ayuda de la Fundación Nano, para la peregrinación anual de enfermos a Lujan que se realizará el día 25 de octubre del 2025; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una Institución que tiene como propósito realizar prevención y tratamiento de rehabilitación de ceguera desde hace ya treinta (30) años;
Que uno de sus objetivos principales es el de promover el mejoramiento de la calidad visual, acompañada de un fomento a la socialización de las personas con discapacidad para no solo incluirlos en la vida en sociedad, sino también promover el mantenimiento de un cuerpo sano y repleto de vitalidad;
Que participarán treinta (30) personas y diez (10) empleados de la Fundación quienes acompañarán y asistirán a los participantes;
Que en el corriente año la Fundación se ve imposibilitada a cubrir los gastos concernientes al traslado correspondiente, por lo que requieren asistencia para poder participar en dicha peregrinación;
Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar un subsidio, dictando para ello el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio a la Fundación Oftalmológico Hugo D Nano de $280.000,00.- (Pesos doscientos ochenta mil) siendo su Directora Gral. Lic. María Eugenia Nano, con domicilio de la Sede Administrativa en la calle Sarmiento de San Miguel, para el gasto que demande el traslado ida y vuelta a la peregrinación de Enfermos a Lujan a realizarse el día 25 de octubre de 2025, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Gobierno y Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2814-MSM-INT
13/10/2025
Visto el Expte. administrativo Nº 17140/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, para la obra “Refacción y ampliación CDIF Huellitas (Barrio Mitre)”, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Doscientos diecisiete millones quinientos ochenta y un mil trescientos cuarenta y ocho con 67/100 ($217.581.348,67), mediante solicitud de pedido N° 4384/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 77/25, por la obra “Refacción y ampliación CDIF Huellitas (Barrio Mitre)”, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel. Valor del pliego $ 239.339,49 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Infancia y Familia.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-2815-MSM-INT
13/10/2025
Visto el Expte. administrativo Nº 17232/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, para la obra “Reacondicionamiento eléctrico en EEST N° 01”, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Ciento cuarenta y cuatro millones doscientos veintidós mil novecientos cuarenta y tres con 50/100 ($144.222.943,50), mediante solicitud de pedido N° 4653/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 78/25, por la obra “Reacondicionamiento eléctrico en EEST N° 01”, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel. Valor del pliego $ 158.645,23 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-2816-MSM-INT
13/10/2025
Visto el Expte. administrativo Nº 17233/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, para la obra “Adecuación instalación eléctrica en escuelas del partido de San Miguel”, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Quinientos sesenta millones seiscientos treinta y un mil seiscientos ochenta y dos con 57/100 ($560.631.682,57), mediante solicitud de pedido N° 4530/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 79/25, por la obra “Adecuación instalación eléctrica en escuelas del partido de San Miguel”, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel. Valor del pliego $ 616.694,85 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-2817-MSM-INT
13/10/2025
VISTO la solicitud de pedido N° 4803/2025 a través de la cual la Sra. Garzon, Viviana madre del nadador Ferreira, Gabriel Paul, solicita un subsidio para afrontar los gastos que demande la participación de su hijo en el Torneo Swimming World Series Lima 2025 a desarrollarse en Lima, Perú; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado deportista representará al Municipio de San Miguel en el Torneo internacional de Swimming World Series Lima 2025 a llevarse a cabo del 19 al 26 de octubre de 2025;
Que es intención destacar la competencia y la participación de nuestros jóvenes en las distintas disciplinas del deporte;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $400.000 (Pesos cuatrocientos mil) al Sr. Ferreira, Gabriel Paul con domicilio en el partido de San Miguel, para solventar los gastos de traslados, hospedaje, alimentos y la indumentaria que demande la participación en el Torneo Swimming World Series Lima 2025, a realizarse en Lima, Perú, llevarse a cabo del 19 al 26 de octubre de 2025.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Partida correspondiente del presupuesto en vigencia. ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2818-MSM-INT
13/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4567/2025 por el cual se tramita la adquisición de guías de descartables para bombas de infusión, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, de acuerdo a lo manifestado por la Unidad Ejecutora: “… solicito a usted tenga bien a dar curso al suministro 4567 para la adquisición de guías descartables para las bombas de infusión, utilizadas para la administración de medicamentos a los pacientes. Teniendo en cuenta que las bombas de infusión que se utilizan en los Hospitales son entregadas en comodato bajo el convenio n° 000102B/2022…”, es necesaria la contratación requerida a fin de velar por el correcto funcionamiento de los elementos recibidos en los términos del comodato suscripto con la firma ICU MEDICAL ARGENTINA S.R.L. QUE, en virtud del Comodato suscripto entre dicha firma y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 102/22, del 02 de Marzo de 2022, este municipio ha recibido en comodato, y por el término indefinido, “… el comodante entrega al Comodatario gratuitamente las Bombas de Infusión, para que el comodatario haga de ellos el uso exclusivo previsto en este Contrato…” Asimismo, en la cláusula 5 (Obligaciones del Comodatario), punto 5.4, el Municipio se compromete a: “…Cuidar y mantener las Bombas de Infusión, respondiendo por todo daño o deterioro…”.
QUE, a fin de dar cumplimiento con las disposiciones de dicho contrato, y siendo necesario efectuar la contratación requerida, la firma ICU MEDICAL ARGENTINA S.R.L. expresa que “… el distribuidor EXSA S.R.L., con CUIT 30- 69769605-5, es el único autorizado a cotizar los productos marca “ICU MEDICAL” para las instituciones de Pcia. de Buenos Aires; de igual forma cuenta con nuestra autorización para el manejo de equipos dentro de las instituciones ya sea para recambio y/o reparación…”
QUE, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 1º de la L.O.M. y términos del Comodato registrado bajo Convenio B N° 102/22, al proveedor EXSA S.R.L, la adquisición de guías descartables para bombas de infusión, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Cincuenta y Cinco Millones Cuatrocientos Setenta Mil Seiscientos con 00/100 ($55.470.600,00.-). Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-2819-MSM-INT
13/10/2025
VISTO, la solicitud de pedido Nº 4546/2025 por el cual se tramita la contratación de trabajos de Reparación de muro y retiro de árboles, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, según Convenio Urbanístico 0420/2024 y en virtud de la nota incorporada por la Unidad Ejecutora en que solicita el encuadre de la contratación bajo los lineamientos de la ley Nacional 20337 y Decreto Ley 6769/58 en que expresa: “… Se informa que la Solicitud de Pedido N° 4546/25 para la contratación de trabajos de: “REPARACION DE MURO Y RETIRO DE ARBOLES”; responde a los lineamientos del Decreto/Ley 6769/58 dispuestas en su Art. 156 inc. 11) y la ley Nacional 20337 respecto de la constitución, conformación actividades que regulan a las Cooperativa, de las cuales se desprende el tratamiento que deben recibir en cuanto a los procedimientos para su contratación y desarrollo….;
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, y dado la conformidad del Secretario de Obras y Espacio Público, se considera que debe darse el tratamiento requerido;
QUE, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO Nº1: Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a los lineamientos de ley Nacional 20337 y Decreto Ley 6769/58, al proveedor COOPERATIVA DE TRABAJO PUNTANOS LIMITADA, la contratación de trabajos de reparación de muro y retiro de árboles, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Ochenta y tres millones ochocientos sesenta y un mil cuatrocientos sesenta y dos con 40/100 ($83.861.462,40).
Condición de pago: 30 días fecha recepción factura.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Espacio Público, de Economía y Finanzas y de Gobierno. ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-2820-MSM-INT
13/10/2025
VISTO el expediente Nº 4130 16655/2025; y
CONSIDERANDO:
Que la ex agente de esta comuna Leal Ángel Dolores se le abone las 6 (seis) mensualidades como asignación especial de acuerdo a lo previsto en el artículo 29 inc. “f” de la Ordenanza Municipal 30/15, para los agentes que al momento del cese para jubilarse contaran como mínimo con treinta años de servicio.
Que el mismo a la fecha de baja para acogerse a los beneficios jubilatorios, contaba con los años requeridos para acceder a tal beneficio.
Por ello:
EL NTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: ABÓNESE a la ex agente de esta comuna Leal Ángel Dolores (seis) mensualidades en concepto de Asignación especial de acuerdo a lo establecido en el Artículo 29 inc. “f” de la OM 30/15.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2821-MSM-INT
13/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16791/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 73/25, por el aprovisionamiento de Tiras reactivas de glucosa, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar por menor precio a la firma Laboratorio Igaltex SRL… ya que los insumos ofertados responden a las necesidades del área…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 73/25, a la firma Laboratorio Igaltex S.R.L.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, por menor precio, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el aprovisionamiento de Tiras reactivas de glucosa, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a la firma IGALTEX S.R.L., en la suma total de Pesos Dieciséis millones cien mil ($16.100.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Economía y Finanzas y de Gobierno. ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-2891-MSM-INT
16/10/2025
VISTO la nota presentada por la Secretaria de Infancia y Familia, solicitando se declare de interés municipal el Proyecto de Evaluación de Impacto de los CDIF en el municipio de San Miguel a realizarse a lo largo de los años 2025 a 2027; y
CONSIDERANDO:
Que los Centros de Desarrollo Infanto-Familiar (CDIF) se abocan al cuidado y acompañamiento de niños desde los 45 días hasta los 3 años, sus familias y la comunidad de barrios en situación de vulnerabilidad del distrito de San Miguel.
Que el sistema familiar es el primer contexto en que se inserta la persona. Esos primeros intercambios dejan una impronta perdurable en el proceso de constructividad corporal, modelando tempranamente los modos de las relaciones, matriz sobre la cual la persona construirá sus futuros vínculos. En los CDIF se considera fundamental el fortalecimiento del vínculo de los niños con sus respectivas familias, ya que éstas son quienes cumplen el rol primario de contención y cuidado de los mismos.
Que también se busca fortalecer y crear lazos entre los miembros de la comunidad, ya que la responsabilidad sobre el cuidado de la infancia es compartida entre los adultos que componen la familia, la comunidad y el Estado.
Que los CDIF son espacios de socialización, crecimiento, formación y cuidado, donde niños descubren aptitudes que serán esenciales en su vida, ya sea para vincularse con su entorno, interactuar con sus pares, comunicarse, incorporar el desarrollo matemático, potenciar la creatividad o la imaginación.
Que la política pública de espacios de cuidado para la primera infancia de San Miguel tuvo sus orígenes en el año 2010.
Que se ha concertado una propuesta con el CONICET y la Universidad Austral para la evaluación de impacto de la política pública de los CDIF en el municipio de San Miguel. Que la evaluación consta de dos partes. En primer lugar, se realizará un diagnóstico descriptivo de las trayectorias y condiciones de los niños y sus familias al ingresar y egresar de los CDIF, utilizando el Índice de Vulnerabilidad Infantil (IVI) y las guías educativas. En una segunda etapa, se prevé realizar una evaluación de impacto del paso por los CDIF sobre el desarrollo infantil y la salud, mediante un diseño cuasiexperimental con grupo control, utilizando la Escala Bayley III aplicada en tres mediciones (cognitiva; lenguaje receptivo y expresivo; motricidad gruesa y fina).
QUE atento la importancia que reviste dicho programa, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal el Proyecto de Evaluación de Impacto de los CDIF en el Municipio de San Miguel a desarrollarse durante los años 2025 a 2027.
ARTICULO 2º: El gasto que demande la realización de los actos aludidos en el artículo precedente, será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia. ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-2892-MSM-INT
16/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16136/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 52/25, por el servicio de aprovisionamiento de Descartables especiales y quirófano, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar: Por menor precio a la firma:
HM BIOMEDIC SRL – Ítem nº4. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 41. 42. 43. 67. 87. 99. 113.
ZARATE CLAUDIO – Ítem nº19. 20. 21. 22. 23. 24. 27. 28. 32. 37. 84. 98. 114. 138. 139.
DCD PRODUCTS SRL – Ítem nº34. 39. 40. 46. 52. 53. 64. 73. 74. 75. 79. 81. 82. 83. 90. 91. 92. 101. 102. 103. 105. 107. 108. 109. 111. 119. 120. 121. 122. 123. 124. 132. 137. 140.
SEDESA S.A. – Ítem nº125. 126. 127. 133. 134. 135. 136. Por calidad a la firma: HM BIOMEDIC SRL – Ítem nº1. 2. 3. 25. 45. 49. 50. 85. 95. 141.
ZARATE CLAUDIO – Ítem nº15. 16. 17. 36. 104. 106. 130. 131. SEDESA S.A. – Ítem nº26. 30. 31. 35.
DCD PRODUCTS SRL – Ítem nº44. 48. 56. 57. 58. 59. 60.
Respecto a los ítems nº5. 12. 13. 14. 18. 29. 33. 38. 47. 51. 54. 55. 61. 62. 63. 65. 66. 68. 69. 70. 71. 72. 76. 77. 78. 80. 86. 88. 89. 93. 94. 96. 97. 100. 110. 112. 115. 116. 117. 118. 128. 129 y 142 esta Unidad Ejecutora indica su no adjudicación, ya que resultan onerosos para el estado municipal…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 52/25, a las firmas HM Biomedic S.A., Claudio Zarate, DCD Products S.R.L., y Sedesa S.A.,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Descartables especiales y quirófano, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 HM BIOMEDIC S.R.L.,
por menor precio Ítem N°: 4. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 41. 42. 43. 67. 87. 99. 113.
por calidad Ítem N°: 1. 2. 3. 25. 45. 49. 50. 85. 95. 141.
En la suma total de Pesos Sesenta y cuatro millones ciento cincuenta y nueve mil quinientos ochenta y dos con 51/100 ($64.159.582,51).
1.2 CLAUDIO ZARATE,
por menor precio Ítem N°: 19. 20. 21. 22. 23. 24. 27. 28. 32. 37. 84. 98. 114. 138. 139.
por calidad Ítem N°: 15. 16. 17. 36. 104. 106. 130. 131.
En la suma total de Pesos Veintitrés millones setecientos treinta y un mil cuatrocientos noventa y cuatro ($23.731.494,00).
1.3 DCD PRODUCTS S.R.L.,
por menor precio Ítem N°: 34. 39. 40. 46. 52. 53. 64. 73. 74. 75. 79. 81. 82. 83. 90. 91. 92. 101. 102. 103. 105. 107. 108. 109. 111. 119. 120. 121. 122. 123. 124. 132. 137. 140.
por calidad Ítem Nº: 44. 48. 56. 57. 58. 59. 60.
En la suma total de Pesos Cuarenta millones cuatrocientos cuarenta mil seiscientos veintinueve con 21/100 ($40.440.629,21).
1.4 SEDESA S.A.
por menor precio Ítem N°: 125. 126. 127. 133. 134. 135. 136.
por calidad Ítem Nº: 26. 30. 31. 35.
En la suma total de Pesos Tres millones trescientos ochenta y un mil quinientos uno con 22/100 ($3.381.501,22).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido,
ARCHIVAR Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-2893-MSM-INT
16/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16985/25 por el que tramita la Licitación Privada N°113/25 segundo llamado, por la adquisición de drones DDJJ, dependientes de la Secretaria de Seguridad, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Seguridad, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 113/25 segundo llamado, a la firma VANTAC SAS, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por la adquisición de drones DDJJ, dependientes de la Secretaria de Seguridad, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: VANTAC SAS: por menor precio en la suma total de Pesos cuarenta millones ochocientos mil ($40.800.000,00).
Condición de pago: 15 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Seguridad
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-2894-MSM-INT
16/10/2025
VISTO los expedientes administrativos N.º 4130-16764/25; 16852/25; 16854/25; 16926/25; y
CONSIDERANDO:
QUE por Ordenanza Nº 02/2024 el Municipio se adhiere a la ley 15394, la cual establece que los Municipios podrán disponer la condonación de las deudas cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas;
QUE en el ejercicio de tal delegación se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108º, inc. 16º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROCEDASE a condonar las deudas, por las razones expuestas en los considerandos del presente, por la Tasa de Servicios Municipales de las partidas y períodos que a continuación se detallan:
PARTIDA 064456, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 197859, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 241567, deuda al año/cuota 16/12
PARTIDA 158239, deuda al año/cuota 16/12
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la secretaria de Gobierno y a la secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2895-MSM-INT
16/10/2025
VISTO, el Decreto DECFC-2025-2333-E-MSM-INT; y
CONSIDERANDO:
QUE, se ha incurrido en un error consignado en el monto a devolver indicado en el artículo primero;
QUE, se hace necesario reparar el error, a efectos de ordenar la gestión administrativa,
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo,
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Modificase el Artículo 1° del DECFC-2025-2333-E-MSM-INT, de fecha 18 de agosto de 2025, en los siguientes términos;
ARTICULO 1° donde dice: Pesos cincuenta mil quinientos noventa y tres con cuarenta y ocho centavos ($50.593,48) debe decir: Pesos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y nueve con noventa centavos ($48.589,90).
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2896-MSM-INT
16/10/2025
VISTO los expedientes administrativos Nº 4130-17070/25; 17133/25; 17135/25; 17139/25; 17153/25; 17159/25; y
CONSIDERANDO:
QUE por Ordenanza Nº 02/2024 el Municipio se adhiere a la ley 15394, la cual establece que los Municipios podrán disponer la condonación de las deudas cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas;
QUE en el ejercicio de tal delegación se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108º, inc. 16º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROCEDASE a condonar las deudas, por las razones expuestas en los considerandos del presente, por la Tasa de Servicios Municipales de las partidas y períodos que a continuación se detallan:
PARTIDA 013564, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 197269, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 020435, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 145672, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 195670, deuda al año/cuota 13/12
PARTIDA 213996, deuda al año/cuota 18/12
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la secretaria de Gobierno y a la secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2897-MSM-INT
16/10/2025
VISTO los expedientes administrativos Nº 4130-16991/25; 16998/25; 16999/25; 17000/25; 17006/25; 17041/25; y
CONSIDERANDO:
QUE por Ordenanza Nº 02/2024 el Municipio se adhiere a la ley 15394, la cual establece que los Municipios podrán disponer la condonación de las deudas cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas;
QUE en el ejercicio de tal delegación se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108º, inc. 16º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROCEDASE a condonar las deudas, por las razones expuestas en los considerandos del presente, por la Tasa de Servicios Municipales de las partidas y períodos que a continuación se detallan:
PARTIDA 051948, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 245040, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 143947, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 098244, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 245317, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 181848, deuda al año/cuota 18/12
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la secretaria de Gobierno y a la secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2928-MSM-INT
17/10/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 17287/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la obra “Hidráulica de Araucano y de Defensa”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Cuatrocientos treinta millones cuatrocientos mil ($430.400.000,00) mediante solicitud de pedido N° 4263/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 80/25, por la obra “Hidráulica de Araucano y Defensa”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público. Valor del pliego $473.440,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-2929-MSM-INT
17/10/2025
VISTO la nota presentada por la Coordinación de Comunicación Prensa y Comunicación, mediante la cual solicita se declare de interés municipal la realización de “La Noche de Libros”, a realizarse en el mes de diciembre de 2025 en el Corredor Aeróbico Municipal”; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un evento cuya intención es fomentar la lectura y el acercamiento del lector y la obra;
Que es un estímulo a la práctica de la lectura, sumando distintas propuestas artísticas y culturales;
Que se llevará a cabo en el corredor aeróbico, en la intersección de la Avenida Francia y Moine;
Que, para realizarlo, se contratarán diversos artistas; y diferentes elementos de sonido, entre otros;
Que por todo lo expuesto se cavila pertinente declarar de Interés Municipal dicho evento;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal la realización de “La Noche de Libros” a desarrollarse en el mes de diciembre de 2025, en el Corredor Aeróbico Municipal, por los motivos expuestos en el presente Decreto.
ARTICULO 2°: El gasto que demande la realización de los actos antes mencionados, será imputado la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2930-MSM-INT
17/10/2025
VISTO el expediente administrativo N° 17258/2025 en el que se solicita la contratación de personal idóneo para llevar a cabo la capacitación en “VMware VSPHERE: Install, Configure, Manage [V8]” para desarrollar habilidades avanzadas para configurar y mantener una infraestructura de red virtual altamente disponible y escalable; y
CONSIDERANDO:
Que la Jefatura de Gabinete, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializado;
Que, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
Que la Jefatura de Gabinete, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2025-2932-MSM-INT
17/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 17055/25 por el que tramita la Licitación Privada N°116/25, por el servicio integral, digitalización e inventario de la red de fibra óptica, dependientes de Jefatura de Gabinete – Subsecretaria de Modernización, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la jefatura de gabinete – Subsecretaria de Modernización, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº116/25, a la firma PLETTAC ELECTRONICS ARGENTINA SA por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por el servicio integral, digitalización e inventario de la red de fibra óptica, dependientes de jefatura de gabinete – Subsecretaria de Modernización, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: PLETTAC ELECTRONICS ARGENTINA SA: por menor precio en la suma total de Pesos cincuenta y tres millones quinientos mil ($53.500.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, Jefatura de Gabinete
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2025-2933-MSM-INT
17/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16953/25 por el que tramita la Licitación Privada N°109/25, por provisión de alimentos destinados al Hospital San Miguel Arcángel, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio …´´no adjudicar el ítem 45 por resultar oneroso´´…
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 109/25, a las firmas TUX SA, PANIFICADORA JOSE C PAZ SA, DISALAR SRL, FORAIN SA, DISTRIBUIDORA HERMAR SRL, DISTRIBUIDORA COFEX SRL por resultar éstas las más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión de alimentos destinados al Hospital San Miguel Arcángel, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
TUX SA: por menor precio los ítems 1.11.13.14.18.23.33.35.37.38.42.51.52.53.58.61.65.69 y por calidad el ítem 68 en la suma total de Pesos doce millones cuatrocientos veinticuatro mil doscientos dieciocho con 84/100 ($12.424.218, 84).
PANIFICADORA JOSE C PAZ SA: por menor precio los ítems 2.3.4.6.10.19.20.21.32.34.60.66 y por calidad ítem 17 en la suma total de Pesos veintiocho millones doscientos cincuenta y ocho mil seiscientos treinta y siete con 50/100 ($28.258.637,50).
DISALAR SRL: por menor precio los ítems 5.7.8.27.67 en la suma total de Pesos veintidós millones doscientos cinco mil ochocientos veinticinco ($22.205.825,00).
FORAIN SA: por menor precio los ítems 36.43.50.63.34 en la suma total de Pesos un millón ciento cincuenta y ocho mil cientos ochenta y cuatro con 50/100 ($1.158.184,50).
DISTRIBUIDORA HERMAR SRL: por menor precio los ítems 9.12.15.16.24.39.40.41.46.47.48.49.54.55.56.57.59 y por calidad ítem 44 en la suma total de Pesos tres millones cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta y siete ($3.058.757,00).
DISTRIBUIDORA COFEX SRL: por menor precio los ítems 22.25.28.29.30.31.62.70 en la suma total de Pesos un millón ciento sesenta mil trescientos cuarenta ($1.160.340,00).
Condición de pago: 15 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Salud
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-2934-MSM-INT
17/10/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 17289/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la obra “Accesibilidad peatonal a puntos de interés comunitarios”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Quinientos dos millones setecientos cuarenta mil ($502.740.000,00) mediante solicitud de pedido N° 4547/25,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 83/25, por la obra “Accesibilidad peatonal a puntos de interés comunitarios”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público.
Valor del pliego $553.014,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-2935-MSM-INT
17/10/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 17362/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la obra “Veredas en Centros comerciales”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Seiscientos millones trescientos doce mil seiscientos veinticuatro ($600.312.624,00) mediante solicitud de pedido N° 4624/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 84/25, por la obra “Veredas en Centros comerciales”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público. Valor del pliego $660.343,88 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-2936-MSM-INT
17/10/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 17288/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la obra “Renovación de plazas Juan D. Perón, 17 de octubre, 4 Héroes de Malvinas, Mujeres Argentinas, Los Paraísos”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Dos mil ciento noventa y ocho millones quinientos nueve mil doscientos noventa y uno ($2.198.509.291,00) mediante solicitud de pedido N° 4487/25,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 82/25, por la obra “Renovación de plazas Juan D. Perón, 17 de octubre, 4 Héroes de Malvinas, Mujeres Argentinas, Los Paraísos”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público. Valor del pliego $2.418.360,22 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público. ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-2937-MSM-INT
17/10/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 17285/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la obra “Repavimentación asfáltica”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Mil millones setecientos cincuenta mil ($1.000.750.000,00) mediante solicitud de pedido N° 4349/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 81/25, por la obra “Hidráulica de Araucano y Defensa”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público.
Valor del pliego $1.100.825,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-2943-MSM-INT
20/10/2025
VISTO el expediente GDE 28326/2023
CONSIDERANDO:
QUE en la Ordenanza Fiscal Vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, se establecieron los requisitos y condiciones para el otorgamiento de exenciones por el pago de las Tasas por Servicios Municipales, Seguridad y Optimización del parque Lumínico y Tasa de Bomberos.
QUE en el art. 71 inc. b) en la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, se encuentran los requisitos que deberán cumplimentar los jubilados y pensionados para hacerse acreedores de la exención hasta un cien por ciento (100%) cuando sus ingresos no superen dos haberes mínimos previsionales, de hasta el setenta y cinco por ciento (75%) cuando sus ingresos no superen en 2.25 veces el haber mínimo previsional, y de hasta un cincuenta por ciento (50%) cuando el ingreso fuese hasta 2.50 haberes mínimos previsionales.
QUE asimismo en el art. 71 último párrafo de la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, establece “El poder ejecutivo podrá condonar a aquellos contribuyentes incluidos en el presente artículo, que, reuniendo los requisitos para la eximición, no hayan presentado oportunamente la solicitud, por las obligaciones vencidas de los años no prescriptos.”
QUE el art. 51 de la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, establece “Podrá el departamento ejecutivo proceder a la renovación de oficio, mientras no se modifiquen las condiciones por las cuales se le otorgaron las mismas, quedando facultado a realizar las verificaciones oportunas cuando así lo considere…”
QUE la Secretaria de Economía y Finanzas y la Dirección General de Asuntos Legales se expiden en forma favorable al otorgamiento de la exención solicitada por considerar que se encuentra encuadrado en lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, en su art. 71 inc. b). – QUE este Departamento Ejecutivo compartiendo dicho criterio, considera procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: EXIMASE en un porcentaje del 100% el pago de las Tasas por Servicios Municipales, Seguridad, de Optimización del Parque Lumínico y Tasa Cuerpo de Bomberos de Gral. Sarmiento y SAME, por el año 2025 de la Partida 208786 al contribuyente URUENA LUIS GUILLERMO.
ARTICULO 2º: NOTIFIQUESE al solicitante del tenor del presente.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el Señor Secretario de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHÍVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2946-MSM-INT
20/10/2025
VISTO el expediente GDE 157708/2022 y;
CONSIDERANDO:
QUE en la Ordenanza Fiscal Vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, se establecieron los requisitos y condiciones para el otorgamiento de exenciones por el pago de las Tasas por Servicios Municipales, Seguridad y Optimización del parque Lumínico y Tasa de Bomberos.
QUE en el art. 71 inc. b) en la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, se encuentran los requisitos que deberán cumplimentar los jubilados y pensionados para hacerse acreedores de la exención hasta un cien por ciento (100%) cuando sus ingresos no superen dos haberes mínimos previsionales, de hasta el setenta y cinco por ciento (75%) cuando sus ingresos no superen en 2.25 veces el haber mínimo previsional, y de hasta un cincuenta por ciento (50%) cuando el ingreso fuese hasta 2.50 haberes mínimos previsionales.
QUE asimismo en el art. 71 último párrafo de la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, establece “El poder ejecutivo podrá condonar a aquellos contribuyentes incluidos en el presente artículo, que, reuniendo los requisitos para la eximición, no hayan presentado oportunamente la solicitud, por las obligaciones vencidas de los años no prescriptos.”
QUE el art. 51 de la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, establece “Podrá el departamento ejecutivo proceder a la renovación de oficio, mientras no se modifiquen las condiciones por las cuales se le otorgaron las mismas, quedando facultado a realizar las verificaciones oportunas cuando así lo considere…”
QUE la Secretaria de Economía y Finanzas y la Dirección General de Asuntos Legales se expiden en forma favorable al otorgamiento de la exención solicitada por considerar que se encuentra encuadrado en lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, en su art. 71 inc. b). – QUE este Departamento Ejecutivo compartiendo dicho criterio, considera procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º EXIMASE en un porcentaje del 100% el pago de las Tasas por Servicios Municipales, Seguridad, de Optimización del Parque Lumínico, Tasa Cuerpo de Bomberos de Gral. Sarmiento y SAME, por el año 2025 a la entidad “CONGREGACIÓN DEL SANTISIMO REDENTOR” titular de las Partidas 6667 y 104662.
ARTICULO 2º: NOTIFIQUESE al solicitante del tenor del presente.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el Señor Secretario de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHÍVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2971-MSM-INT
21/10/2025
VISTO el expediente Nº 4130 16737/2025; y
CONSIDERANDO:
Que la ex agente de esta comuna Terragno Monica Adriana Legajo solicita se le abone las 6 (seis) mensualidades como asignación especial de acuerdo a lo previsto en el artículo 29 inc. “f” de la Ordenanza Municipal 30/15, para los agentes que al momento del cese para jubilarse contaran como mínimo con treinta años de servicio.
Que el mismo a la fecha de baja para acogerse a los beneficios jubilatorios, contaba con los años requeridos para acceder a tal beneficio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: ABÓNESE a la ex agente de esta comuna Terragno Monica Adriana (seis) mensualidades en concepto de Asignación especial de acuerdo a lo establecido en el Artículo 29 inc. “f” de la OM 30/15.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2973-MSM-INT
21/10/2025
VISTO el expediente administrativo 4130-13084/2024; y
CONSIDERANDO
QUE el proceso de regularización dominial del inmueble comprendido, resulta de interés social, teniendo en cuenta el nivel económico de los adquirientes y la necesidad de otorgar seguridad a la titularidad de dominio sobre los mismos;
QUE atento a la ordenanza N° 07 se encuentra sancionada por el Honorable Consejo Deliberante con fecha 13 de junio del 2018, en donde, faculta al departamento ejecutivo a disponer mediante el acto administrativo correspondiente, según lo establecido por la ley 24.320 (artículos 1° y 2°) los bienes privados que, por distintas circunstancias ingresen al dominio municipal y que posteriormente sean otorgados, excluyentemente, en el marco de “Interés Social-vivienda única y familiar-, a quienes habitan los mismos;
QUE el Decreto 1.424 del 21 de junio de 2018 refrenda la ordenanza 07 del 13 de junio el 2018;
QUE según los dispuesto por el Artículo 4° Inciso d) de la ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra facultada para intervenir en casos como los que se presentan;
QUE este Departamento Ejecutivo considera conveniente declarar dicha escrituración de interés social;
QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108°, de la ley Orgánica de los Municipalidades.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARASE de INTERES social la escrituración NO ONEROSA del inmueble cuyos datos catastrales se consignan a continuación: Expediente: 4130-13084/2024 BENEFICIARIO: CARDOZO, MIRTA LILIANA. Datos Catastrales: Circ.: II – Sección: F -Manz.: 7 -Parc.: 10C Partida Provincial: N°
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno y de Planeamiento y Desarrollo Urbano.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. María de los Milagros Richards.
DECFC-2025-2976-MSM-INT
21/10/2025
VISTO el Expte. administrativo Nº 17381/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por el servicio de aprovisionamiento de Alimentos a granel frescos y secos, destinados a CDIF’S, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Ciento ochenta y cuatro millones setecientos veintinueve mil doscientos setenta y seis ($184.729.276,00), mediante solicitud de pedido N° 4871/24,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 85/25 por el servicio de aprovisionamiento de Alimentos frescos y secos, destinados a CDIF’S, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel.
Valor del pliego $203.202,20 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Infancia y Familia.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-2977-MSM-INT
21/10/2025
VISTO los expedientes administrativos N.º 4130-17078/25; 17091/25; 17123/25; 17128/2025; y
CONSIDERANDO:
QUE por Ordenanza Nº 02/2024 el Municipio se adhiere a la ley 15394, la cual establece que los Municipios podrán disponer la condonación de las deudas cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas;
QUE en el ejercicio de tal delegación se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108º, inc. 16º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROCEDASE a condonar las deudas, por las razones expuestas en los considerandos del presente, por la Tasa de Servicios Municipales de las partidas y períodos que a continuación se detallan:
PARTIDA 057770, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 213964, deuda al año/cuota 11/02
PARTIDA 167721, deuda al año/cuota 16/12
PARTIDA 107268, deuda al año/cuota 13/12
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2978-MSM-INT
21/10/2025
VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 028/2024; y
CONSIDERANDO:
QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 17210/2025 y en concordancia al Art. 38 inc. b, de la Ordenanza Fiscal Nº 028/2024. corresponde la devolución por PAGO EN EXCESO, DE LA PARTIDA MUNICIPAL N° 272202;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébese la devolución de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO CON SETENTA CENTAVOS. ($891.878,70.) al contribuyente CORBERA YAMIL EZEQUIEL, de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO EN EXCESO.
ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2979-MSM-INT
21/10/2025
VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 28/24; y
CONSIDERANDO:
QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 17359/2025 y en concordancia al Art. 38 inc. b, de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024. Corresponde la devolución por PAGO DE MAS.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébese la devolución de PESOS DOCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL. ($12.730.000,00) al contribuyente BULONERA MITRE S.A. C.U.I.T.: 30-71054868-0 de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO EQUIVOCADO.
ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la cuenta correspondiente y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2980-MSM-INT
21/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 17056/25 por el que tramita la Licitación Privada N°117/25 segundo llamado, por contratación de consultoría destinado al nuevo proyecto del Biocorredor con eje central de la Av. Santa Fe, dependientes de la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 117/25 segundo llamado, a la firma MARTINEZ EZEQUIEL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por contratación de consultoría destinado al nuevo proyecto del Biocorredor Santa Fe, dependientes de la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
MARTINEZ EZEQUIEL: por menor precio en la suma total de Pesos cincuenta y un millones ($51.000.000,00).
Condición de pago: 07 días, recibida la documentación y facturación correspondiente por etapas.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Planeamiento y Desarrollo Urbano
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. María de los Milagros Richards
DECFC-2025-2981-MSM-INT
21/10/2025
VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 28/24, y CONSIDERANDO: QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 15432/2025 y en concordancia al Art. 38 inc. b, de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024. Corresponde la devolución por PAGO DE MAS; y
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébese la devolución de PESOS CUATROSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SIETE CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS. ($457.007,38) al contribuyente ETCHANIQUE FEDERICO PABLO de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO DUPLICADO.
ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la cuenta correspondiente y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar, y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2982-MSM-INT
21/10/2025
VISTO la emergencia habitacional de la familia conformada por la Sra. Vázquez Garay Lilian y su grupo familiar, perteneciente al Barrio Obligado; y
CONSIDERANDO:
QUE el grupo familiar se encuentra en situación de precariedad habitacional, y el ambiente en general se encuentra en absoluto riesgo sanitario;
QUE la estructura habitacional se encuentra lindante al arroyo, con proliferación de todo tipo de animales;
QUE para el resguardo de la familia es necesario la relocalización a un ambiente optimo garantizando la disponibilidad de agua potable y condiciones habitacionales adecuadas para el grupo familiar;
QUE, del informe socioeconómico realizado, surge la necesidad de otorgar lo solicitado a efectos de mejorar la calidad de vida de los integrantes de la familia; Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTORGAR, un subsidio de $55.000.000.- (Pesos cincuenta y cinco millones), a la señora Vázquez Garay, Lilian María con domicilio en la ciudad de Bella Vista, Partido de San Miguel, para solventar los gastos que demande la relocalización de su vivienda.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto de Gasto vigente.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la secretaria de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la secretaria de Gobierno y a la secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2987-MSM-INT
21/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4609/2025 solicitando ayuda económica a la Escuela Primaria N°34 “Mariano Acosta” de San Miguel, por insumos y pintura;
CONSIDERANDO:
QUE la Escuela ha solicitado elementos y pintura para espacios fundamentales de la Institución;
QUE las paredes de la Institución se encuentran deterioradas por humedad y falta de mantenimiento adecuado;
QUE se hace necesario garantizar un ambiente saludable para el desarrollo de las actividades pedagógicas y el contenido curricular;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el CORRESPONDIENTE acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de hasta $ 221.499,98 (Pesos Doscientos veintiún mil cuatrocientos noventa y nueve con noventa y ocho centavos) a la Escuela Primaria N° 34 “Mariano Acosta” de San Miguel, siendo su directora la Sra. Zarate Marina Isabel para ser aplicado a pintura y elementos para realizar el trabajo de pintura en la Institución.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a la Entidad Beneficiaria.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Educación y Trabajo y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-2987-MSM-INT
21/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 17126/25 por el que tramita la Licitación Privada N°118/25, por provisión de materiales para reingeniería destinado al Hospital Larcade, dependientes Secretaria de Salud, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 118/25, a las firmas FIBERCO SRL y LOPEZ PUCCIARELLI GUIDO, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión de materiales para reingeniería destinado al Hospital Larcade, dependientes Secretaria de Salud, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
FIBERCO SRL: por menor precio los ítems 6.7.8.12.17.18.20.21.22.26.27.28.31.33.34.35.40.42 y por calidad los ítems 11.13.19.38.41en la suma total de Pesos cuarenta y tres millones ochocientos cuarenta mil seis con 72/100 ($43.840.006,72).
LOPEZ PUCCIARELLI GUIDO: por menor precio los ítems 1 al 5.9.10.14.15.16.23.24.25.29.30.32.36.37.39 en la suma total de Pesos doce millones trescientos noventa y nueve mil novecientos cuarenta y cuatro con 33/100 ($12.399.944,33).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-3009-MSM-INT
23/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4850/2025 a favor de la Sra. Díaz, Paola del Valle; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia que, debido a un siniestro causado por un incendio de grandes dimensiones, su vivienda sufrió daños parciales y no cuentan con los ingresos suficientes para la reconstrucción de su hogar;
Que oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-1065-E-MSMINT;
Que se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.129.583,33.- (Pesos un millón ciento veinte nueve mil quinientos ochenta y tres con treinta y tres centavos) a la Sra. Díaz, Paola del Valle con domicilio en Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3010-MSM-INT
23/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4949/2025 de ayuda económica a favor del Sra. Delimia, Ángela Victoria en representación de la menor Delimia, Iona Dariana, para solventar los insumos de la operación y la internación en el Hospital Malvinas Argentinas; y
CONSIDERANDO:
Que la menor padece diversas patologías y el grupo familiar carece de los recursos económicos suficientes, para la adquisición de los insumos para su operación;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente, dado que cuenta con problemas económicos;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 607.343,75.- (Pesos seiscientos siete mil trescientos cuarenta y tres con setenta y cinco centavos) para la Sra. Delimia, Ángela Victoria en representación de la menor Iona Dariana con domicilio en el Partido de San Miguel, destinado a solventar los insumos de la operación y a cubrir los gastos de internación en el Hospital Malvinas Argentinas. El pago deberá efectuarse en la cuenta de la Asociación Civil Cooperadora del Sistema de Salud de Malvinas Argentinas.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3°: Dejase establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada por el monto otorgado, ante la Contaduría, Secretaría de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3011-MSM-INT
23/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4814/2025 a favor de la Sra. Correa Andrea Noemi; y CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia monoparental, a cargo de cuatro menores y una persona mayor que padece afecciones de salud;
Que conviven en una situación de hacinamiento y no cuentan con los recursos necesarios para ampliar y mejorar las condiciones de su hogar
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente.
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.188.100,00.- (Pesos un millón ciento ochenta y ocho mil cien) a la Sra. Correa Andrea Noemi con domicilio en Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3017-MSM-INT
23/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 17229/25 por el que tramita la Licitación Privada N°123/25, por parquización de Gaspar Campos y Rio II, estación de Bella Vista y rotondas de Busco dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 123/25, a la firma MARTINEZ DE AGUIRRE EZEQUIEL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por parquizacion de Gaspar Campos y Rio II, estación de Bella Vista y rotondas de Busco, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera: MARTINEZ DE AGUIRRE EZEQUIEL: por menor precio en la suma total de Pesos setenta y tres millones setecientos veintiocho mil cien ($73.728.100,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-3018-MSM-INT
23/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 17127/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 120/25 por la provisión de insulina, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 120/25, a la firma DNM FARMA SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por la provisión de insulina, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera:
DNM FARMA SA: por mejor precio los ítems 1.2 en la suma total de Pesos setenta y un millones ciento treinta y ocho mil ($71.138.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-3022-MSM-INT
28/10/2025
VISTO el evento “Santa Cecilia” a realizarse en Casa Madre; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un evento cuya intención es conmemorar el Día de Santa Cecilia, patrona de la música y de los músicos;
Que cada 20 de noviembre se celebra el Día de la Música, en virtud de aquel día del año 230 en el que Cecilia le cantó alabanzas a Dios y fue luego condenada a muerte;
Que, para realizarlo, se contratarán diversos artistas; y diferentes elementos de sonido, entre otros;
Que por todo lo expuesto se cavila pertinente declarar de Interés Municipal dicho evento;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal el evento “Santa Cecilia” que se desarrollará el día jueves 20 de noviembre del corriente año en la Parroquia San Francisco Solano, Localidad de Bella Vista, por los motivos expuestos en el presente Decreto.
ARTICULO 2°: El gasto que demande la realización de los actos antes mencionados, será imputado la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-3023-MSM-INT
28/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4790/2025 solicitando ayuda económica a la Escuela Educación Especial Nº 502 de San Miguel, por materiales didácticos e insumos y pintura; y
CONSIDERANDO:
Que la Escuela ha solicitado elementos y pintura para espacios fundamentales de la Institución y materiales didácticos indispensables para el trabajo pedagógico con los estudiantes;
Que las paredes de la Institución se encuentran deterioradas por humedad y falta de mantenimiento adecuado;
Que se hace necesario garantizar un ambiente saludable para el desarrollo de las actividades pedagógicas y el contenido curricular;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de hasta $ 2.145.519,00 (Pesos Dos millones ciento cuarenta y cinco mil quinientos diecinueve) a la Escuela de Educación Especial Nº 502 de San Miguel, siendo su directora la Sra. Sanz Laura Romina con para ser aplicado a materiales didácticos, pintura y elementos para realizar el trabajo de pintura en la Institución.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a la Entidad Beneficiaria.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Educación y Trabajo y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-3051-MSM-INT
29/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 17230/25 por el que tramita la Licitación Privada N°121/25, por la obra: instalación eléctrica en el Servicio Local, dependientes de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Infancia y Familia, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 121/25, a la firma G2M SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por la obra: instalación eléctrica en el Servicio Local, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
G2M SRL: por menor precio en la suma total de Pesos treinta millones ($30.000.000,00). Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3052-MSM-INT
29/10/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº17423/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por el servicio de aprovisionamiento de Cajas de asistencia alimentaria, para asistir a vecinos de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Novecientos setenta y ocho millones seiscientos mil ($978.600.000,00), mediante solicitud de pedido N° 4859/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 86/25 por el servicio de aprovisionamiento de Cajas de asistencia alimentaria, para asistir a vecinos de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel.
Valor del pliego $ 1.076.460,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Infancia y Familia.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3053-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 5001/2025 a favor del Sr. Niz, Gustavo Daniel, para gastos de vivienda; y
CONSIDERANDO:
Que el solicitante es una persona adulta mayor que no cuenta con vivienda propia ni dispone de recursos económicos para afrontar los gastos inherentes a la vivienda;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio económico al Sr. Niz, Gustavo Daniel, con domicilio en la localidad de Muñiz, Partido de San Miguel, por la suma total de Pesos ciento sesenta mil ($160.000,00), pagadero en dos (2) cuotas mensuales, consecutivas y no acumulativas, de Pesos ochenta mil ($80.000,00) cada una, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3°: Dejase establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada por el monto otorgado, ante la Contaduría, Secretaría de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3054-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 5076/2025 a favor de la Sra. Roa Mascareño, Doris; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia monoparental a cargo de cuatro (4) niños menores, uno de ellos padece afecciones a su salud;
Que conviven en una situación de hacinamiento y no cuentan con los recursos necesarios para ampliar y mejorar las condiciones de su hogar;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.452.723,38.- (Pesos un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos veintitrés con treinta y ocho centavos) a la Sra. Roa Mascareño, Doris con domicilio en Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3055-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4874/2025 a favor de la Sra. Dane, Emilia Beatriz Isabel; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia monoparental que, debido a un siniestro causado por un incendio de grandes dimensiones, su vivienda sufrió daños parciales ocasionando peligro de derrumbe y no cuentan con los ingresos suficientes para la reconstrucción de su hogar;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $885.094,15.- (Pesos ochocientos ochenta y cinco mil noventa y cuatro con quince centavos) a la Sra. Dane, Emilia Beatriz Isabel domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3056-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4564/2025 a favor de la Sra. Insfran, Elizabeth Belen; y
CONSIDERANDO:
Que Se trata de una familia nuclear en la que la solicitante y su hijo menor padecen afecciones de salud, que conviven en un hogar con filtraciones severas, por lo que la vivienda requiere remiendos para resguardar la salud de ambos;
Que no pueden acceder a los recursos necesarios para mejorar la calidad de la estructura edilicia en la cual convive la familia toda;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente.
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia.
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $3.661.877,33.- (Pesos tres millones seiscientos sesenta y un mil ochocientos setenta y siete con treinta y tres centavos) a la Sra. Insfran, Elizabeth Belen con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3057-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 5108/2025 a favor de la Sra. Durand, Micaela; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia extensa, donde varios integrantes presentan discapacidad cud con pensión y afecciones de salud graves, que viven en situación de déficit sanitario, precariedad y riesgo habitacional;
Que oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-2197-E-MSMINT;
Que se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.596.000,00.- (Pesos un millón quinientos noventa y seis mil) de la Sra. Durand, Micaela, con domicilio en el Pdo. de San Miguel
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3058-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 5046/2025 a favor del Sr. Leiva, Daniel Facundo; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia monoparental, a cargo de dos (2) niños menores, uno de ellos presenta discapacidad con CUD;
Que no disponen de un baño propio; por ello, se considera pertinente la ampliación y la reparación de la estructura edilicia en la que residen junto a su núcleo familiar.
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por el recurrente.
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia.
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.197.026,85.- (Pesos un millón ciento noventa y siete mil veintiséis con ochenta y cinco centavos) a favor del Sr. Leiva, Daniel Facundo, con Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3059-MSM-INT
29/10/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº 17478/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por el servicio de aprovisionamiento de Medicamentos, 210 días, ejercicio 2026, destinadas a Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Mil cuatrocientos veintisiete millones trescientos noventa y nueve mil trescientos veinticinco con 30/100 ($1.427.399.325,30), mediante solicitud de pedido N° 4999/25,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº87/25 por el servicio de aprovisionamiento de Medicamentos – Insulinas, ejercicio 2026, 210 días, destinadas a Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel.
Valor del pliego $1.570.139,25 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-3060-MSM-INT
29/10/2025
VISTO, el Decreto DECFC-2025-2739-E-MSM-INT; y
CONSIDERANDO:
QUE, se ha incurrido en un error consignado en el monto a devolver indicado en el artículo primero;
QUE, se hace necesario reparar el error, a efectos de ordenar la gestión administrativa,
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Modificase el Artículo 1° del DECFC-2025-2739-E-MSM-INT, de fecha 01 de octubre de 2025, en los siguientes términos;
ARTICULO 1° donde dice: Pesos doscientos sesenta mil treinta y dos con siete centavos ($260.032,07) debe decir: Pesos doscientos veintiún mil siento treinta y cinco con ochenta y un centavos ($221.135,81).
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-3061-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4570/2025 a favor de la Sra. Freytes, Yesica Soledad; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia nuclear, a cargo de cinco (5) menores que conviven en una situación de hacinamiento y precariedad habitacional;
Que, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la familia, se ordena la ampliación y adaptación de la vivienda, de acuerdo con las necesidades del grupo familiar.
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $3.153.189,58.- (Pesos tres millones ciento cincuenta y tres mil cientos ochenta y nueve con cincuenta y ocho centavos) a la Sra. Freytes, Yesica Soledad con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3062-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 5016/2025 a favor del Sr. Correa, Miguel Héctor, para gastos de vivienda; y
CONSIDERANDO:
Que el solicitante es una persona adulta mayor que no cuenta con vivienda propia ni dispone de recursos económicos para afrontar los gastos inherentes a la vivienda;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio económico al Sr. Correa, Miguel Héctor, con domicilio en la localidad de Muñiz, Partido de San Miguel, por la suma total de Pesos ciento sesenta mil ($160.000,00), pagadero en dos (2) cuotas mensuales, consecutivas y no acumulativas, de Pesos ochenta mil ($80.000,00) cada una, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3°: Dejase establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada por el monto otorgado, ante la Contaduría, Secretaría de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3063-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 5012/2025 a favor del Sr. Guzmán, Juan de Dios, para gastos de vivienda; y
CONSIDERANDO:
Que el solicitante no cuenta con vivienda propia ni dispone de recursos económicos para afrontar los gastos inherentes a la vivienda;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio económico al Sr. Guzmán, Juan de Dios, con domicilio en la localidad de Muñiz, Partido de San Miguel, por la suma total de Pesos ciento sesenta mil ($160.000,00), pagadero en dos (2) cuotas mensuales, consecutivas y no acumulativas, de Pesos ochenta mil ($80.000,00) cada una, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3°: Dejase establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada por el monto otorgado, ante la Contaduría, Secretaría de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3064-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4615/2025 de ayuda económica presentada por distintos beneficiarios, para solventar la compra de anteojos; y
CONSIDERANDO:
Que los solicitantes no cuentan con recursos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda la adquisición de anteojos recetados;
Que, del informe socioeconómico realizado, y de las solicitudes presentadas por los recurrentes, surge la necesidad de otorgar lo solicitado;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $144.000,00 (Pesos Ciento cuarenta y cuatro mil), cuyos beneficiarios serán: Leiva Alegre, Brenda Carolina, Leiva Alegre y Brandon Daniel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a los beneficiarios.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3065-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4746/2025 a favor de la Sra. Gonzalez, Melina Paola; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia monoparental que convive en una situación de hacinamiento, con filtraciones y fallas eléctricas en las paredes, lo cual resulta perjudicial para los menores del grupo familiar;
Que no cuentan con los ingresos suficientes para la reconstrucción de la estructura edilicia en la cual convive la familia toda;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.432.400,00 (Pesos un millón cuatrocientos treinta y dos mil cuatrocientos) a la Sra. Gonzalez, Melina Paola con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3066-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 4869/2025 a favor de la Sra. Muñoz, Sandra Cristina Maria; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia extensa que, debido a un siniestro causado por un incendio de grandes dimensiones, su vivienda sufrió daños parciales ocasionando peligro de derrumbe y no cuentan con los ingresos suficientes para la reconstrucción de su hogar;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.300.000,00.- (Pesos un millón trescientos mil) a la Sra. Muñoz, Sandra Cristina María con domicilio en Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
DECFC-2025-3067-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la nota presentada por la Secretaría de Seguridad mediante la cual se solicita se declare de interés las conmemoraciones que se realizarán por la Semana de la Policía Federal Argentina y de la Policía de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
Que es loable destacar la tarea de los agentes de policía en su entrega y esfuerzo en lograr que los ciudadanos se sientan seguros tanto en el Distrito como en el país en su totalidad;
Que la trascendencia que implica la conmemoración de este día, se erige en la gran importancia que adquiere la Policía en el día a día de los vecinos no solo del Municipio de San Miguel, sino también de la provincia de Buenos Aires en su conjunto;
Que, se contará con la presencia de autoridades Policiales de las Comisarías 1°, 2° y 3°, como así autoridades Municipales;
Que por todo lo expuesto se cavila pertinente declarar de Interés Municipal las actividades a realizarse por la semana de la Policía Federal Argentina y de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°. DECLARAR de Interés Municipal los actos programados para conmemorar la Semana de la Policía Federal Argentina y de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, que se llevará a cabo durante el mes de noviembre del año 2025.
ARTICULO 2°. El gasto que demande la realización de lo mencionado en el artículo precedente, será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Seguridad, de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-3069-MSM-INT
29/10/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº 17475/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por el servicio de aprovisionamiento de Psicofármacos, 210 días, ejercicio 2026, destinados a Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Cuatrocientos treinta y dos millones ciento ocho mil setecientos cuarenta y dos con 20/100 ($432.108.742,20), mediante solicitud de pedido N °4981/25,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 90/25 por el servicio de aprovisionamiento de Psicofármacos, 210 días, ejercicio 2026, destinados a Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel. Valor del pliego $ 475.319,61 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-3070-MSM-INT
29/10/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº 17473/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por el servicio de aprovisionamiento de Insumos para Esterilización, 210 días, ejercicio 2026, destinados a Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Doscientos veintiocho millones doscientos cuarenta y seis mil cientos treinta y cinco con 90/100 ($228.246.135,90), mediante solicitud de pedido N°4837/25,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 92/25 por el servicio de aprovisionamiento de Insumos para Esterilización, 210 días, ejercicio 2026, destinados a Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel.
Valor del pliego $ 251.070,74 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-3071-MSM-INT
29/10/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº 17474/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por el servicio de aprovisionamiento de Soluciones, 210 días, ejercicio 2026, destinadas a Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Trescientos noventa y cuatro millones trescientos seis mil veinte ($394.306.020,00), mediante solicitud de pedido N°4906/25,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 91/25 por el servicio de aprovisionamiento de Soluciones, 210 días, ejercicio 2026, destinados a Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel. Valor del pliego $433.736,62 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-3072-MSM-INT
29/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16632/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 70/25 Segundo llamado, por la adquisición de un tomógrafo helicoidal computarizado, destinado al Hospital Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…la oferta presentada por la firma… cumple con todas las especificaciones técnicas requeridas para dicho tomógrafo, conforme a lo solicitado por la Secretaría de Salud y el Sector de Imágenes, garantizando la calidad, funcionalidad y prestaciones necesarias para el adecuado funcionamiento del servicio… por lo expuesto esta Secretaría sugiere adjudicar por menor precio a la firma GE HEALTHCARE ARGENTINA S.A., por cuanto los insumos ofertados responden a las necesidades del área, resultado, por lo tan, la opción más conveniente para el Municipio…”
QUE, conforme a lo estipulado en el pliego licitatorio “…ARTICULO Nº 26: ADJUDICACIÓN: El análisis de la documentación técnica / económica, estará a cargo de la Unidad Ejecutora. Analizadas las ofertas, la adjudicación podrá ser determinada por precio y/o calidad. En este caso, la adjudicación se efectuará en pesos de curso legal aclarándose su valor equivalente en dólares, declarado al momento de la apertura. La orden de compra será emitida en pesos de curso legal y se aclarará su monto equivalente en dólares, tal como surja del Decreto de Adjudicación…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 70/25 segundo llamado, a la firma GE Healthcare Argentina S.A.,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, por menor precio, a la firma GE HEALTHCARE ARGENTINA S.A., según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la adquisición de un tomógrafo helicoidal computarizado GE Healthcare, destinado al Hospital Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, en la suma dólares U$S 169.065.- Condición de pago: según artículo 12° del pcp la Municipalidad abonará contra la presentación de facturas debidamente conformadas e intervenidas por la Unidad ejecutora de modo inmediato, una vez instalado, configurado y en marcha. Al momento del pago el Municipio abonará el monto equivalente en pesos, del valor en dólares adjudicado y estipulado en la respectiva orden de compra, conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-3073-MSM-INT
29/10/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº17476/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por el servicio de aprovisionamiento de Descartables especiales y quirófano, 210 días, ejercicio 2026, destinados a Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Trescientos cuarenta millones setecientos sesenta y cinco mil ochocientos cuarenta y cuatro con 81/100 ($340.765.844,81), mediante solicitud de pedido N°5135/25,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 89/25 por el servicio de aprovisionamiento de Descartables especiales y quirófano, 210 días, ejercicio 2026, destinados a Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel. Valor del pliego $374.842,42 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-3074-MSM-INT
29/10/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº17477/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por el servicio de aprovisionamiento de Descartables generales, 210 días, ejercicio 2026, destinadas a Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, y CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Seiscientos ochenta millones doscientos sesenta y un mil quinientos setenta y ocho con 46/100 ($680.261.578,46), mediante solicitud de pedido N° 5009/25,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 88/25 por el servicio de aprovisionamiento de Descartables generales, 210 días, ejercicio 2026, destinadas a Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel.
Valor del pliego $ 748.287,73 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-3075-MSM-INT
29/10/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 17466/2025 por el que se tramita en compra directa la provisión de oxígeno ejercicio 2026, primer semestre, (oxigeno liquido medicinal, oxigeno gas cal. Medicinal, oxigeno medicinal cilindro de 1 m3, oxigeno aire gas cal medicinal, oxigeno anhídrido carb gas cal. Medicinal, alquiler de cilindros 6/7 m3, alquiler de cilindros 1m3), destinados a los Hospitales Raúl F. Larcade, San Miguel Arcángel y Santa María, dependientes de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Salud informando: “…es necesaria la continuidad de la provisión de oxígeno líquido, oxígeno gaseoso, aire gaseoso, anhidrido carbónico, todos ellos en calidad medicinal, más el alquiler de los cilindros, tratándose de un servicio esencial para el normal funcionamiento del Hospital Raul F. Larcade, el Hospital San Miguel Arcángel, Hospital Santa María y dependencias autorizadas, por cuanto compromete la salud de los pacientes y que el mismo no ha sido interrumpido por el actual prestador, que lo viene realizando en forma satisfactoria en estos años, además de tener en comodato los respectivos tanques criogénicos que el mismo instaló en los 3 (tres) hospitales, esta Secretaría sugiere la continuidad de la contratación del mencionado servicio que presto la empresa Linde (Praxair Argentina S.R.L). Por el periodo de enero a junio de 2026. en los términos del art. 156, inc. 1O de la L. 0. M., ya que los importes presupuestados guardan relaci6n con los valores corrientes de plaza…”
QUE, mediante la solicitud de pedido Nº 5057/25 se solicita cubrir primer semestre 2026;
QUE, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones médicas de los Sectores involucrados, sin comprometer la salud de los pacientes,
QUE, la Unidad Ejecutora, ha tomado intervención informando que la firma Praxair, ha presupuestado con valores que guardan relación con los precios corrientes de plaza, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º 10º, de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo,
POR ELLO:
INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, a la firma PRAXAIR ARGENTINA S.R.L., en forma directa, conforme al art. 156º inc. 10º de la L.O.M., primer semestre 2026, de la siguiente manera destinados a los Hospitales Raúl F. Larcade, San Miguel Arcángel y Santa María, dependientes de la Secretaría de Salud, en la suma total de pesos Mil cuarenta y dos millones seiscientos setenta y cinco mil setecientos sesenta y uno con 15/100 ($1.042.675.761,15).
Condición de pago: mensual dentro de los 30 días fecha factura.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-3076-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la situación habitacional de la familia, cuya vivienda se encuentra emplazada sobre el camino de sirga del río Reconquista perteneciente al Barrio Obligado, dentro del Partido de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1974 del Código Civil y Comercial de la Nación establece la existencia del camino de sirga como una franja de terreno contigua a los cauces de agua de dominio público, destinada a la circulación y uso común;
Que dicha franja tiene carácter de uso público, por lo cual no puede ser objeto de ocupación o construcción permanente de carácter privado;
Que la vivienda mencionada se encuentra implantada dentro de dicho espacio público, configurando una situación de ocupación irregular e inadecuada desde el punto de vista urbano, ambiental y de seguridad;
Que la permanencia de estructuras habitacionales en el camino de sirga afecta la libre circulación, la integridad del sistema hídrico y la seguridad de las personas, especialmente en situaciones de crecida o mantenimiento de cauces;
Que resulta competencia del Municipio velar por el ordenamiento territorial, la protección de los bienes de dominio público y la seguridad de los vecinos, promoviendo soluciones habitacionales adecuadas para quienes se encuentren en condiciones de vulnerabilidad;
Que, en este marco, y conforme la intervención de la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano, a través de su Subsecretaria de Tierras, Vivienda y Urbanismo Social se ha evaluado la necesidad de proceder a la relocalización de la familia afectada hacia un espacio urbano que reúna condiciones de habitabilidad, infraestructura y seguridad adecuadas;
Que la medida propuesta se fundamenta en criterios de equidad social, protección ambiental y cumplimiento de la normativa vigente, garantizando a su vez el derecho a una vivienda digna reconocido en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1: Derogase el DECFC-2025-2982-E-MSM-INT.
ARTICULO 2: Otorgar, un subsidio de $55.000.000 (pesos cincuenta y cinco millones) , a la señora Vazquez Garay , Lilian Maria, con domicilio en la ciudad de Bella Vista, Partido de San Miguel, para solventar los gastos que demande la relocalización de su vivienda.
ARTICULO 3: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gasto vigente.
ARTICULO 4: Dejase establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la secretaria de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 5: El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, y por los secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 6: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-3090-MSM-INT
29/10/2025
VISTO el Expte. 17500/25 por el cual se solicita la adquisición de 2 Citroën furgón berlingo HDI furgón BUSINESS, Incluyen equipamiento completo para pasajeros flete, formularios, patentamiento y alistamiento, dependiente de la Secretaria de Coordinación Comunicación Prensa y Eventos de la Municipalidad de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, se ha consultado presupuesto para vehículos Citroën, Peugeot, Renault;
QUE, el área requirente ha emitido la solicitud de pedido Nº 5059/25 tomando como referencia para sus necesidades operativa el furgón Citroën;
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención, produciendo el respectivo informe de adjudicación a la firma AUTOMOBILES LYON SA;
QUE, los precios de las unidades, se encuentran dentro de los valores corrientes de plaza, encuadrándose para la contratación, dentro de los términos del art. 156° inc. 10 de la L.O.M.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, en forma directa conforme al art. 156° inc. 10 de la L.O.M de dos (2) Citroën furgón berlingo HDI furgón BUSINESS, Incluyen equipamiento completo para pasajeros flete, formularios, patentamiento y alistamiento, dependiente de la Secretaria de Prensa y Comunicación de la Municipalidad de San Miguel a la empresa: AUTOMOBILES LYON SA en la suma total setenta y tres millones quinientos mil ($73.500.000,00)
Condición de pago: Contado, contra entrega. Plazo de Entrega: a convenir.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, Economía y finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-3099-MSM-INT
29/10/2025
VISTO la nota presentada por el Consejo Escolar de San Miguel, mediante la cual solicita se otorgue ayuda económica para el servicio de transporte escolar en el Distrito; y
CONSIDERANDO:
Que la ayuda económica será aplicada a la contratación del servicio de transporte escolar, a fin de asegurar la prestación del mismo;
Que los fondos asignados por la Provincia de Buenos Aires, resultan insuficientes para cubrir los costos básicos del servicio;
Que la no prestación del servicio afecta a la escolarización de alumnos de escuelas especiales;
Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $22.000.000,00- (Pesos veintidós millones) al Consejo Escolar de San Miguel, para ser destinado a la contratación del servicio de transporte en escuelas especiales del Distrito, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: Las Entidad beneficiaria deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaria de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-3126-MSM-INT
31/10/2025
VISTO el expediente administrativo N°17361/2025, en el que se solicita la contratación de especialistas en Neumología; y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Salud, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializado;
Que, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
Que la Secretaría de Salud, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y de Salud.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-3149-MSM-INT
31/10/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 5145/2025 a favor del Sr. Mendoza, Victor Hugo; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un señor que padece afecciones a su salud;
Que, debido a un siniestro causado por un incendio de grandes dimensiones, su vivienda sufrió daños parciales ocasionando peligro de derrumbe y no cuenta con los ingresos suficientes para la reconstrucción de su hogar;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $2.597.000,00.- (Pesos dos millones quinientos noventa y siete mil) al Sr. Mendoza, Victor Hugo con domicilio en Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3150-MSM-INT
31/10/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº17516/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por el servicio de aprovisionamiento de Alimentos a granel frescos y secos, destinados a CDIF’S, cuatrimestre, 2026, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Trescientos setenta y dos millones novecientos noventa y ocho mil cientos sesenta y ocho con 10/100 ($372.998.168,10), mediante solicitud de pedido N° 5246/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 99/25 por el servicio de aprovisionamiento Alimentos frescos y secos, destinados a CDIF’S, cuatrimestre, 2026, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel. Valor del pliego $410.297,98 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Infancia y Familia.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-3151-MSM-INT
31/10/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 17290/25 por el que tramita la Licitación Privada N°125/25, por el servicio de tendido y conectividad la red de fibra óptica para refuerzo de cuadricula Don Alfonso y Parque San Miguel, dependientes de la secretaria de Seguridad, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Seguridad, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 12525, a la firma FIBERCO SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por el servicio de tendido y conectividad la red de fibra óptica para refuerzo de cuadricula Don Alfonso y Parque San Miguel, dependientes de la Secretaria de Seguridad, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: FIBERCO SRL: por menor precio en la suma total de Pesos ciento seis millones cien mil ($106.100.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Seguridad
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi