DECFC-2025-1880-MSM-INT
01/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 3235/2025 producido por la Subsecretaria de Eventos del Municipio de San Miguel, por el cual se tramita el servicio de refrigerio para la realización del Foro San Miguel Sos Parte 2025 conforme al DECFC-2025-806-MSM-INT; y
CONSIDERANDO:
QUE, de acuerdo a lo manifestado por la Unidad Ejecutora: “… se detalla la necesidad de contratar servicios de refrigerio y alquilar el salón de actos del Colegio Máximo para la realización de los Foros San Miguel por la capacidad de dicho espacio… “. Con respecto al refrigerio es importante mencionar que el Colegio Máximo no permite la contratación de servicios de refrigerio externos, por lo que debemos optar por el servicio que ofrece el mismo colegio, el cual está descripto en el presupuesto presentado;
QUE, mediante Decreto se ha declarado de interés municipal la realización del foro celebrando jornadas informativas sobre los ejes, proyectos y objetivos principales e innovadores de la gestión municipal. De dichos foros participarán los distintos sectores del Municipio a fin de informar a los ciudadanos de las distintas actividades que se desarrollan en el ámbito municipal exponiendo y presentando herramientas para que los vecinos puedan tener medios idóneos para desenvolverse en los diferentes campos de labor municipal;
QUE, el municipio mediante Contrato N° 90/24 suscripto con la Asociación Civil Facultades Loyola para el uso de las instalaciones como así también la posibilidad de ampliar ese uso a otras dependencias además de las incorporadas en el contrato, mediante la correspondiente autorización y contratación. Asimismo, la mencionada Asociación manifiesta que, por políticas de la misma, no se permite el ingreso de alimentos del exterior no provistos por dicha institución; QUE, en consecuencia, dado la conformidad del responsable a cargo de la Coordinación de Prensa y Comunicación, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º incs. 1° y 10º de la L.O.M. y términos del Contrato registrado bajo Convenio B N° 90/24, al proveedor ASOCIACIÓN CIVIL FACULTADES LOYOLA, el servicio de refrigerio para la realización del Foro San Miguel Sos Parte conforme al Decreto de Interés Municipal mencionado, dependiente de la Coordinación de Prensa y Comunicación del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Dieciocho millones ochocientos setenta y siete mil con 00/100 ($18.877.000,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-1881-MSM-INT
01/07/2025
VISTO el expediente administrativo 4130-42003/2020; y
CONSIDERANDO
QUE el proceso de regularización dominial del inmueble comprendido, resulta de interés social, teniendo en cuenta el nivel económico de los adquirientes y la necesidad de otorgar seguridad a la titularidad de dominio sobre los mismos;
QUE atento a la ordenanza N°07 se encuentra sancionada por el Honorable Consejo Deliberante con fecha 13 de junio del 2018, en donde, faculta al departamento ejecutivo a disponer mediante el acto administrativo correspondiente, según lo establecido por la ley 24.320 (artículos 1° y 2°) los bienes privados que, por distintas circunstancias ingresen al dominio municipal y que posteriormente sean otorgados, excluyentemente, en el marco de “Interés Social”- vivienda única y familiar-, a quienes habitan los mismos;
QUE el Decreto 1.424 del 21 de junio de 2018 refrenda la ordenanza 07 del 13 de junio de 2018; QUE según lo dispuesto por el Artículo 4° Inciso d) de la Ley 10830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra facultada para intervenir en casos como los que se presentan;
QUE este Departamento Ejecutivo considera conveniente declarar dicha escrituración de interés social; QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108°, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: DECLARASE de INTERÉS Social la escrituración no onerosa del inmueble cuyos datos catastrales se consignan a continuación: Expediente: 4130-42003/2020
COMPRADORES: CARRERO, HECTOR LEONARDO Y GALEANO, IRIS NATALIA
Datos Catastrales
Circ.: II -Sección: L -Manz.: 54 – Parc.: 20.-
Partida Provincial: –
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno y de Planeamiento y Desarrollo Urbano.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. María de los Milagros Richards
DECFC-2025-1883-MSM-INT
01/07/2025
VISTO, el expediente administrativo 4130-3545/2021; y
CONSIDERANDO
QUE se ha deslizado un error involuntario en los datos catastrales.
QUE se hace necesario subsanar dicho error.
QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108°, de la Ley Organiza de las Municipalidades;
POR ELLO:
EL INTENDERNTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Rectificase el artículo 1° del decreto 2372-2022 Donde dice:
COMPRADORES: Morales, Luis Adolfo y Rodríguez, Nancy Elizabeth
Datos catastrales Circ.: I – Secc.: C – Manz.: 137C – Parc.: 2 A – Subparcela: 129
Debe decir:
COMPRADORES: Morales, Luis Adolfo y Rodriguez, Nancy Elizabeth
Datos catastrales
Circ.: I – Secc.: C – Manz.: 137C – Parc.: 2 A – Subparcela: 124
Partida provincial: –
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno y de Planeamiento y Desarrollo Urbano.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. María de los Milagros Richards
DECFC-2025-1886-MSM-INT
02/07/2025
VISTO lo solicitado mediante nota de requerimiento por la Secretaria de Obras y Espacio Público a la empresa Transporte Panizza SRL, prestadora del servicio de higiene urbana adjudicataria de la Licitación Pública Nº 42/2021; y CONSIDERANDO:
QUE, manteniéndose las condiciones manifestadas en el Decreto Municipal N° DECFC-2025-1120-E-MSM-INT, en que se manifestaba sobre la detección de situaciones excepcionales de acumulación de residuos y desperdicios en grandes magnitudes en diversos puntos del distrito que afectan la salubridad pública.
QUE, en la Parte 3 CONDICIONES PARTICULARES – CONDICIONES TENICAS PARTICULARES, en el Art. 13 del CAPITULO 3 se establece: “El contratista deberá dar cumplimiento a todos los requerimientos de servicios adicionales que disponga la Secretaria de Espacio Público y Atención Ciudadana, ya sea por cuestiones de trabajos especiales, operativos de limpieza y/o situaciones dispuestas por dicha dependencia, previa notificación fehaciente con una antelación no inferior a las 48 horas. Dichos servicios adicionales deberán ser abonados conjuntamente con los servicios del mes en curso…”, permitiendo el requerimiento a la empresa de los adicionales necesarios para dar solución a la problemática detectada.
QUE, ante la continuidad de situaciones de excepción que exceden los puntos relevados al momento de la contratación del servicio y manteniéndose la necesidad de fomentar la erradicación y evitar la formación de nuevos puntos de acopio de residuos y desechos en la vía pública, resulta indispensable reforzar los servicios contratados por licitación mediante la incorporación de 3 equipos adicionales de trabajo diarios por un nuevo plazo de 3 meses.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Requiérase la ejecución de adicionales del servicio de limpieza de basurales dinámicos/crónicos de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 13 del Capítulo 3 – Parte 3 Condiciones Particulares – Condiciones Técnicas Particulares, de la Licitación Pública Nº 42/2021, Expte. 4130-2331/2021.
ARTICULO 2º- Dispóngase la ejecución de dichos adicionales por el plazo de 3 meses abonándose dichos servicios al valor que surja de los términos de la Licitación Pública Nº 42/2021.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1887-MSM-INT
02/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 2759/2025 a favor de la Sra. Garraza Gladys Ines; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una persona de edad avanzada, actualmente jubilada que atraviesa una condición de precariedad habitacional severa derivada de daños estructurales en el techo de su vivienda, motivados por las recientes precipitaciones del último temporal;
QUE la misma carece de los recursos económicos necesarios para llevar a cabo las reparaciones indispensables, dificultando la recuperación de condiciones habitables, seguras y adecuadas en su domicilio;
QUE de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por el recurrente, pues presenta problemas económicos;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $500.00,00 (Pesos quinientos mil), cuya beneficiaria será la Sra. Garraza Gladys Ines, con domicilio en el Ptdo. de San Miguel, para solventar los gastos que demande el remiendo de los daños estructurales ocasionados en el techo de su vivienda.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3°: Dejase establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada por el monto otorgado, ante la Contaduría, Secretaría de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas y por la señora Secretaria de Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1888-MSM-INT
02/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 2865/2025 de ayuda económica presentada por distintos beneficiarios, para solventar la compra de anteojos; y
CONSIDERANDO:
QUE los solicitantes no cuentan con recursos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda la adquisición de anteojos recetados;
QUE, del informe socioeconómico realizado, y de las solicitudes presentadas por los recurrentes, surge la necesidad de otorgar lo solicitado;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $180.000,00 (Pesos Ciento ochenta mil), cuyos beneficiarios serán:
Fojo, Marcela Alejandra
Gonzalez, Celestino Amado
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a los beneficiarios.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1889-MSM-INT
02/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 2818/2024 a favor del Sr. Abaca, Horacio Joel; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia numerosa que convive en una situación de hacinamiento extremo;
QUE no cuentan con los recursos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda la ampliación de la estructura edilicia en la que convive la familia toda;
QUE oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-1245-EMSMINT; Que se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.196.200,00 (Pesos un millón ciento noventa y seis mil doscientos) del Sr. Abaca, Horacio Joel con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1890-MSM-INT
02/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 2830/2025 a favor de la Sra. Corvalan, Marcelina del Valle; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia numerosa, a cargo de siete menores, que viven en una situación de hacinamiento y para mejorar su calidad de vida se cavila pertinente la ampliación y remiendo de la estructura edilicia en la cual convive con su núcleo familiar;
QUE oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-1479-E-MSMINT; Que se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.016.428,00 (Pesos Un millón dieciséis mil cuatrocientos veinte ocho) a la Sra. Corvalan, Marcelina del Valle con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1891-MSM-INT
02/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 2296/2025 de ayuda económica a favor del Sr. Flores, Alberto Ramón, para solventar la compra de anteojos; y
CONSIDERANDO:
QUE el solicitante no cuenta con recursos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda la adquisición de anteojos recetados;
QUE, del informe socioeconómico realizado, y de las solicitudes presentadas por los recurrentes, surge la necesidad de otorgar lo solicitado;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $100.000,00 (Pesos Cien mil), cuyo beneficiario será el Sr. Flores, Alberto Ramón, con domicilio en el Ptdo. de San Miguel
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a los beneficiarios.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1892-MSM-INT
02/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 2844/2025 a favor del Sr. Sánchez, Felipe Oscar; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia extensa en la que varios integrantes presentan discapacidad, reciben pensión y enfrentan afecciones de salud graves, que viven en situación de déficit sanitario, precariedad y riesgo habitacional;
QUE para mejorar su calidad de vida se cavila pertinente la ampliación y remiendo de la estructura edilicia en la cual convive con su núcleo familiar;
QUE de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por el recurrente. Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia.
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $5.782.200,00.- (Pesos Cinco millones setecientos ochenta y dos mil doscientos) del Sr. Sánchez, Felipe Oscar, con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1893-MSM-INT
03/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16092/25 por el que tramita la Licitación Privada 67/25 por provisión de insumos de limpieza destinado al Hospital San Miguel Arcángel, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretaría de salud se propicia la adjudicación de la Licitación privada Nº 67/25 a las firmas PICCO FEDERICO, PICKYTOYS SRL, DEL VALLE GATTI LEONARDO, VALDEZ JUAN FRANCISCO, SALTRO FRANCO Y HOSTAR CRISTIAN por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora provisión de insumos de limpieza destinado al Hospital San Miguel Arcángel dependiente de la Secretaría de salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. 1 PICCO FEDERICO ítem 19 por menor precio la suma de Pesos quinientos treinta mil seiscientos cuarenta ($530.640,00).
1. 2 PICKYTOYS SRL los ítems 14.16 por menor precio la suma total de Pesos ciento treinta y cinco mil novecientos noventa y dos ($135.992,00).
1. 3 DEL VALLE GATTI LEONARDO los ítems 1.3.4.5.6.8.15.17.18.20 por menor precio y por calidad 2.7.22 en la suma total de Pesos cuatro millones novecientos diecinueve mil setecientos treinta y dos ($4.919.732,00)
1. 4 HOSTAR CRISTIAN los ítems 10.13 por menor precio y por calidad 21 la suma total de cuatro millones veintinueve mil ($4.029.000,00)
1. 5 SPALTRO FRANCO ítems 11 por menor precio la suma total de Pesos tres millones cuarenta y seis mil cuatrocientos ($3.046.400,00).
1. 6 VALDEZ JUAN FRANCISCO ítems 9.12 por menor precio la suma nueve millones cuarenta y ocho mil ($9.048.000,00).
Condición de pago inmediato, dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1894-MSM-INT
03/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 2735/2025, por el cual se tramita la provisión de reactivos, controles y calibradores para el procesamiento de determinaciones de laboratorio para el área de bacteriología de los Hospitales Raúl Larcade y San Miguel Arcángel, dependientes de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, de acuerdo a lo manifestado por la Unidad Ejecutora: “… visto que es necesaria la continuidad de la provisión de reactivos, controles y calibradores para el procesamiento de determinaciones de laboratorio para el área de Bacteriología del Hospital Larcade, y el Hospital San Miguel Arcángel. Teniendo en cuanta que, la actual prestadora viene manteniendo en comodato los equipos que facultan tener esta área completamente automatizada en forma ininterrumpida, como así también la calidad de las prestaciones… esta Secretaria sugiere la continuidad de la contratación de la empresa EROVNE S.A. para el período julio a diciembre 2025, en los términos del comodato registrado bajo el n° 462….”, es necesaria la contratación requerida a fin de velar por el correcto funcionamiento de los elementos recibidos en los términos del comodato suscripto con la firma EROVNE S.A..;
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre dicha firma y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 462/24, del 16 de diciembre de 2024, este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 6 meses, “… entrega en este acto a EL CLIENTE y éste recibe de conformidad EN COMODATO, por un período de 6 meses … renovables con cláusula de ajuste de común acuerdo, mediante orden de compra emitida por el cliente, previo acuerdo de precio entre las partes, lo siguiente…”
QUE, a fin de dar cumplimiento con las disposiciones de dicho contrato, y siendo necesario efectuar la contratación requerida, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 1º Comodato registrado bajo Convenio B N° 462/24, del 16 de Diciembre de 2024, al proveedor QUIMICA EROVNE SA, la adquisición de reactivos, controles y calibradores para el procesamiento de determinaciones de laboratorio para el área de bacteriología de los Hospitales Raúl Larcade y San Miguel Arcángel, dependientes de la Secretaria de Salud, en la suma total de Pesos Doscientos cuarenta y un millones seiscientos noventa y cinco mil novecientos noventa y seis con 00/100 ($241.695.996,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2°: Convalidar, el servicio que ocurra desde el 1º de Julio de 2025, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 5º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1895-MSM-INT
04/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 15569/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 43/25, solicitud de pedido 1774/2025 por el servicio de aprovisionamiento de bolsas de alimentación parenteral, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar, Por menor precio a la firma Asserca S.R.L.…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 43/25, a la firma Asserca S.R.L.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de bolsas de alimentación parenteral, dependiente de la Secretaría de Salud, a la firma ASSERCA S.R.L., en la suma total de Pesos Sesenta y siete millones seiscientos tres mil veinte ($67.603.020,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1896-MSM-INT
04/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16134/25 por el que tramita la Licitación Privada N°73/25, por provisión de protección personal, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 73/25, a las firmas EUROSWISS SA, GLAMAMED SA y PHARMA EXPRESS SA, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión de protección personal, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera: EUROSWISS SA: por mejor precio los ítems 1.4 en la suma total de Pesos dos millones veintiséis mil doscientos cincuenta ($2.026.250,00). GLAMAMED SA: por mejor precio ítem 2, en la suma total de Pesos dos millones novecientos setenta mil ($2.970.000,00). PHARMA EXPRESS SA: por calidad ítem 3, en la suma total de Pesos ciento un millón ochocientos ochenta mil ($101.880.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Salud
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1896-MSM-INT
04/07/2025
VISTO la nota presentada por la Secretaría de Infancia y Familia, solicitando la declaración de interés municipal del 15° aniversario de la Casa de Tránsito San José “La Casita”, a realizarse el día 23 de julio de 2025; y
CONSIDERANDO;
QUE en el año 2010 se inauguró la Casa de Transito en el municipio de San Miguel, espacio destinado a dar contención y asistencia a menores que han sido sometidos a medidas de abrigo;
QUE la Casa de Transito funciona como un espacio de apoyo y protección a niños y niñas en situación de vulnerabilidad, promoviendo su contención emocional, física, social y educativa;
QUE, en conmemoración del XV aniversario de la puesta en funcionamiento de la Casa de Tránsito San José, se han planificado diversas actividades lúdicas, juegos, y un show infantil con el fin de celebrar y fortalecer el espíritu de comunidad;
QUE atento a los actos a realizarse en conmemoración a dicha fecha, este Departamento Ejecutivo considera procedente declararlo de Interés Municipal, y dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal el aniversario de la Casa de Tránsito San José, a realizarse el día 23 de julio de 2025; en la calle Belgrano 3870 (Hogar San José), por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2º: El gasto que demande la realización de los actos aludidos en el artículo precedente, será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y Hacienda. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1898-MSM-INT
04/07/2025
VISTO la nota presentada por la Secretaría de Infancia y Familia, solicitando la declaración de interés municipal del 15° aniversario de la Casa de Tránsito San José “La Casita”, a realizarse el día 23 de julio de 2025; y
CONSIDERANDO;
QUE en el año 2010 se inauguró la Casa de Transito en el municipio de San Miguel, espacio destinado a dar contención y asistencia a menores que han sido sometidos a medidas de abrigo;
QUE la Casa de Transito funciona como un espacio de apoyo y protección a niños y niñas en situación de vulnerabilidad, promoviendo su contención emocional, física, social y educativa;
QUE, en conmemoración del XV aniversario de la puesta en funcionamiento de la Casa de Tránsito San José, se han planificado diversas actividades lúdicas, juegos, y un show infantil con el fin de celebrar y fortalecer el espíritu de comunidad;
QUE atento a los actos a realizarse en conmemoración a dicha fecha, este Departamento Ejecutivo considera procedente declararlo de Interés Municipal, y dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal el aniversario de la Casa de Tránsito San José, a realizarse el día 23 de julio de 2025; en la calle Belgrano 3870 (Hogar San José), por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2º: El gasto que demande la realización de los actos aludidos en el artículo precedente, será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y Hacienda. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1917-MSM-INT
07/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16089/25 por el que tramita la Licitación Privada N°69/25, por adquisición de plantas para plaza Azcuénaga y plaza San Miguel Arcángel, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 69/25, a la firma VIVERO TESONE SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por adquisición de plantas para plaza Azcuénaga y plaza San Miguel Arcángel, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: VIVERO TESONE SRL: por menor precio en la suma total de Pesos sesenta y cuatro millones cuatrocientos setenta y cinco mil ($64.475.000,00). Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1918-MSM-INT
07/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16135/25 por el que tramita la Licitación Privada N°70/25, por Bbra plaza CIC, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y CONSIDERANDO: QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 70/25, a la firma G2M SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por obra plaza CIC, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: G2M SRL: por menor precio en la suma total de Pesos setenta y cinco millones trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos sesenta y uno ($75.356.461,00). Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1919-MSM-INT
07/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16093/25 por el que tramita la Licitación Privada N°76/25, por provisión de insumos semafóricos, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 76/25, a las firmas OBRELECTRIC SRL Y TECNOTRANS SRL, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión de insumos semafóricos, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera: OBRELECTRIC SRL: por mejor precio los ítems 3.4 en la suma total de Pesos cuatro millones novecientos un mil ochocientos ocho ($4.901.808,00). TECNOTRANS SRL: por mejor precio los ítems 1.2.5.6, en la suma total de Pesos cincuenta y un millones cincuenta y cinco mil setecientos veinte ($51.055.720,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1927-MSM-INT
08/07/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 16436/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la adquisición de Hormigón H30, H21 y H8 para realizar pavimentos por administración, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Ochocientos cuarenta y cinco millones setecientos mil ($845.700.000,00) mediante solicitud de pedido N° 2873/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 65/25, por la adquisición de Hormigón H30, H21 y H8, para realizar pavimentos por administración, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público. Valor del pliego $ 930.270,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras Públicas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1928-MSM-INT
08/07/2025
VISTO el DECFC-2025-1762-MSM-INT mediante el cual se declaró de interés municipal el receso invernal del ciclo lectivo del año 2025;
CONSIDERANDO:
QUE, durante ese período, se llevaran a cabo eventos en diversos lugares del Distrito tales como la Reserva Natural Urbana “El Corredor” y diferentes plazas del municipio;
QUE resulta necesario dictar el acto administrativo de ampliación a fin de incluir los nuevos lugares donde se desarrollarán las actividades;
POR ELLO;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Ampliase el DECFC-2025-1762-MSM-INT en lo referente a los lugares donde se llevarán a cabo las actividades, incluyendo la Reserva Natural Urbana “El Corredor” y diversas plazas del municipio.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el concurso será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas.
ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-1929-MSM-INT
08/07/2025
VISTO la solicitud de ayuda económica de la Sra. Osores Lorena Paola, para gastos de vivienda; y CONSIDERANDO:
QUE se trata de una madre a cargo de dos hijos menores, no cuenta con vivienda propia;
QUE la solicitante no posee recursos económicos para afrontar los gastos inherentes a la vivienda;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 1.500.000.- (Pesos un millón quinientos), pagadero en seis cuotas de $ 250.000.- (Pesos doscientos cincuenta mil) a la Sra. Lorena Paola Osores con domicilio en la localidad de Bella Vista, Pdo. de San Miguel; para ser aplicado a gastos de vivienda.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente con Fuente del Financiamiento 1.1.0, del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3º: DEJASE establecido que la recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaria de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-1931-MSM-INT
08/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 15822/25 por el que tramita la Licitación Pública 46/25 por la provisión de cajas de alimentos para asistir a vecinos del partido, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cuales son las ofertas más convenientes, según se transcribe “…visto el expediente de la licitación pública N° 46/2025 para la compra de cajas de alimentos secos destinadas a personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica perteneciente a la subsecretaria Asistencia Crítica, esta secretaria concluye que las marcas presentadas por PICKYTOYS S.R.L. reúnen las condiciones requeridas por el área, considerando menor precio y calidad…” Asimismo, la Secretaria de Infancia y Familia, seguidamente, expresa que: “… Consideramos que la oferta de PICKYTOYS S.R.L. es la elección más conveniente para el municipio, dado el cumplimiento de los requisitos técnicos…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Infancia y Familia, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 46/25, a la firma PICKYTOYS S.R.L., por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO Nº1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la provisión de cajas de alimentos para asistir a vecinos del partido, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel, de la siguiente manera:
1.1 PICKYTOYS S.R.L., por menor precio, el ítem N° 1. En la suma total de Pesos Seiscientos once millones novecientos cuarenta mil con 00/100 ($611.940.000,00.-).
Condición de pago dentro de los 15 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1932-MSM-INT
08/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16094/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 68/25, por provisión de artículos deportivos para las sedes 0-18, dependientes de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Infancia y Familia, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 68/25, a las firmas CENA NICOLAS Y UNIVERSO DEPORTIVO SA, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión de artículos deportivos para las sedes 0-18, dependientes de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
CENA NICOLAS: por mejor precio los ítems 1.2.4.5 AL 8.10.12 al 19.21.23.24.34.35.38.39 en la suma total de Pesos treinta y un millón ciento noventa y nueve mil novecientos catorce ($31.199.914,00).
UNIVERSO DEPORTIVO SA: por mejor precio los ítems 9.11.20.36, en la suma total de Pesos cuatro millones doscientos setenta y tres mil ($4.273.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Infancia y Familia, de Gobierno, y de Economía y Finanzas.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1933-MSM-INT
08/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16130/25 por el que tramita la Licitación Privada 72/25 por provisión de gasas para los hospitales dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretaría de salud se propicia la adjudicación de la Licitación privada Nº 72/25, a la firma GLAMAMED SA por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora por provisión de medicamentos para hospitales dependiente de la Secretaría de salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. GLAMAMED SA por calidad la suma total de cuarenta y siete millones seiscientos catorce mil ($47.614.000,00). Condición de pago inmediato, dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1934-MSM-INT
08/07/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 16449/25, por Provisión de alimentos secos para asistir a comedores y merenderos del partido, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicha adquisición se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Ciento veinticinco millones dieciséis mil doscientos cuarenta con 00/100 ($125.016.240,00), mediante solicitud de pedido N° 3061/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 67/25, por la Provisión de alimentos secos para asistir a comedores y merenderos del partido, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel. Valor del pliego $ 137.517,86 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1935-MSM-INT
08/07/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 15836/25, por el que se solicita el alquiler de maquinarias para recolección de escombros por 3 (tres) meses, dependiente de la Secretaría de Gobierno, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en su primer llamado se recibió una única oferta; QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo, a fin de la realización del segundo llamado;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 48/25 – Segundo llamado, por el alquiler de maquinarias para recolección de escombros por 3 (tres) meses, dependiente de la Secretaría de Gobierno.
Valor del pliego $ 133.650,00.- (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio. ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-1943-MSM-INT
11/07/2025
VISTO la solicitud de ayuda económica presentada por el Ballet Amor y Danza, para la realización de viaje; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado Ballet, participará del encuentro anual que se realiza en la Iglesia La Candelaria, ubicada en Floresta (Bs. As), el día 13 de julio del corriente año; Que el ballet nos representará como distrito en dicho encuentro, con la participación de los grupos infantiles, juveniles y adultos, quienes asisten a este evento desde hace quince años; Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 200.000 (Pesos doscientos mil) a la Señora Coordinadora del Ballet Amor y Danza, González Blanca Zulma; para ser aplicado al gasto de micros para la asistencia a la Iglesia La Candelaria ubicada en Floresta -Buenos Aires.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1944-MSM-INT
11/07/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 16486/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública para la adquisición de Refugios destinados a paradas de colectivos, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos trescientos sesenta y un millones ochocientos mil ($361.800.000,00) mediante solicitud de pedido N° 2980/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 68/25, para la adquisición de Refugios destinados a paradas de colectivos, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público. Valor del pliego $ 397.980,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1945-MSM-INT
11/07/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 16436/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la adquisición de Hormigón H30, H21 y H8 para realizar pavimentos por administración, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Ochocientos cuarenta y cinco millones setecientos mil ($845.700.000,00) mediante solicitud de pedido N° 2873/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 65/25, por la adquisición de Hormigón H30, H21 y H8, para realizar pavimentos por administración, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público. Valor del pliego $ 930.270,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras Públicas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1946-MSM-INT
11/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16133/25 por el que tramita la Licitación Privada N°77/25, por desarrollo de programa de gestión de reporte, dependientes de la Secretaría de Seguridad, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario del área, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 77/25, a la firma RIVAROLA CRISTALDO JAN CARLOS, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por desarrollo de programa de gestión de reporte, dependientes de la Secretaría de Seguridad, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
RIVAROLA CRISTALDO JAN CARLOS: por mejor precio los ítems en la suma total de Pesos cuarenta y cinco millones ($45.000.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Seguridad.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-1947-MSM-INT
11/07/2025
VISTO lo establecido en el Calendario Fiscal Decreto 2025-584; y
CONSIDERANDO:
QUE durante el mes de junio el área de informática detectó inconsistencias en la emisión de la cuota 03/2025 de patentes, lo que imposibilitó el desarrollo de los procesos habituales;
QUE los contribuyentes de la Patente Rodados se verán imposibilitados de recibir y cancelar sus deberes formales en tiempo y forma,
QUE en consecuencia resulta indispensable fijar las condiciones para la prórroga de la cuota 03/2025 de la Patente Rodados;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PRORROGAR hasta el 31 de julio de 2025 (inclusive) el vencimiento de la cuota 03 de 2025 de la Patente Rodados según lo establecido en el calendario de vencimientos vigente.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 3º: Registrar, comunicar, publicar, y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-1978-MSM-INT
14/07/2025
VISTO el Programa “Concejales del Futuro”, a realizarse durante el transcurso del año 2025, en la que participarán escuelas de gestión estatal y privada; y
CONSIDERANDO:
QUE el programa organizado por el Honorable Concejo Deliberante (HCD) tendrá el mismo formato que es desarrollado en sesiones ordinarias del HCD;
QUE se pretende realizar sesiones en la que los alumnos se inmergirán en la función de un concejal que expondrá y defenderá un proyecto de mejora para la escuela de la que forma parte;
QUE el objetivo del programa se centra en fomentar la participación de los jóvenes en la vida político institucional de nuestro distrito, aportando así a la formación ciudadana dentro de la comunidad escolar de nivel medio a través del acercamiento a las actividades de la concejalía, sus funciones y competencias en el marco del impacto de las políticas en la realidad cotidiana de los vecinos;
QUE se pretende promover la participación de los adolescentes representando a sus instituciones educativas con el fin de mejorarlas, suscitando en los estudiantes el interés por la participación ciudadana;
QUE, aquellos que resulten ganadores, tendrán tres premios, detallados en el anexo I;
QUE la propuesta está pensada para realizarse en el 5° y 6° año de la escuela secundaria, con la finalidad que los ganadores puedan ver, en su último año del nivel secundario, materializada la propuesta ganadora;
QUE este Departamento Ejecutivo considera procedente declararlas de Interés Municipal, y dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal el Programa “Concejales del Futuro”, a realizarse durante el año 2025, por las razones expuestas en los considerandos.
ARTICULO 2º: El gasto que demande la realización del Programa, será imputada a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaría de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-1985-MSM-INT
14/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 3037/2025 por el cual se tramita la contratación del servicio de mantenimiento de compresores – bombas de vacío y secador de aires del Hospital San Miguel Arcángel, Hospital Larcade y Hospital Santa María para el 2° semestre del año 2025, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que … “los servicios mantenimiento programado de compresores – bombas de vacío, responde a los términos del Artículo 156, inciso 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de contratación directa, por lo que solicito debe recibir el tratamiento de tal en cuanto a los procedimientos de su contratación…”.
QUE, en virtud de lo manifestado precedentemente y antecedentes incorporados, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º inc. 8° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 8° de la LOM, al proveedor TAUROZZI JORGE AUGUSTO, la contratación del servicio de mantenimiento de compresores – bombas de vacío y secador de aires para los meses de enero a julio del año 2025, del Hospital Larcade, Hospital San Miguel Arcángel y Hospital Santa María, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Once millones cuatrocientos sesenta mil con 00/100 ($11.460.000,00.-). Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º: Convalidar, el servicio que ocurra desde el 01° de Julio del corriente, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1986-MSM-INT
14/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 3029/2025 por el cual se tramita el servicio de mantenimiento programado para equipos de respiradores Neumovent de los Hospitales Raúl F. Larcade, Santa María y San Miguel Arcángel dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, por el período julio-diciembre 2025; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que … “La Solicitud de Pedido N° 3029 de esta Unidad Ejecutora por los servicios mantenimiento preventivo de respiradores para el Hospital Raúl F. Larcade, Hospital San Miguel Arcángel y Hospital Santa María, responde a los términos del Artículo 156, inciso 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de contratación directa, por lo que solicito debe recibir el tratamiento de tal en cuanto a los procedimientos de su contratación…”.
QUE, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones médicas de los Sectores involucrados, sin comprometer la salud de los pacientes.
QUE, la firma TECME S.A. realiza los trabajos de mantenimiento correctivo y preventivo de los respiradores Neumovent de los Hospitales Raúl F. Larcade, Santa María y San Miguel Arcángel, siendo el fabricante de los mencionados elementos y único proveedor del servicio técnico autorizado para la Provincia de Buenos Aires.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º incs 1° y 8º, de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según informe respaldatorio de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º incs. 1 y 8° de la LOM, al proveedor TECME S.A., el servicio de mantenimiento programado para equipos de respiradores Neumovent de los Hospitales Raúl F. Larcade, Santa María y San Miguel Arcángel dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, por el período enero-junio 2025, en la suma total de Pesos Cuarenta y siete millones ciento siete mil quinientos sesenta y nueve con 60/100 ($47.107.569,60.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Convalidar, el servicio que ocurra desde el 01° de Julio del corriente, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1987-MSM-INT
14/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 2972/2025, por el cual se tramita la contratación de equipamiento médico de laboratorio, determinaciones y consumibles para hospitales del partido, por el 2° semestre 2025, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, de acuerdo a lo manifestado por la Unidad Ejecutora: “… Visto que es necesaria la continuidad de la provisión de reactivos, controles y calibradores para el procesamiento de determinaciones de laboratorio del Hospital Larcade, Hospital Santa María y el Hospital San Miguel Arcángel. Teniendo en cuenta que, la actual prestadora viene manteniendo en comodato los equipos que facultan tener esta área completamente automatizada en forma satisfactoria, garantizando el normal funcionamiento de este servicio de forma ininterrumpida, esta Secretaria sugiere la continuidad de la contratación de la Empresa ICNA S.A. para el período de julio a diciembre de 2025, …”, es necesaria la contratación requerida a fin de velar por el correcto funcionamiento de los elementos recibidos en los términos del comodato suscripto con la mencionada firma.
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre dicha firma y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 17/25, del 07 de Enero de 2025, este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 6 meses, “… entrega en este acto a EL LOCATARIO, quien los recibe de plena conformidad, los equipos de su propiedad, los que se detallan en el Anexo I, Detalle de Equipos, que forma parte del presente contrato…” y “… El plazo para el presente contrato se fija en un período de 6 (seis) meses a partir de la firma del presente, el que será prorrogado tácitamente por períodos iguales….”.
QUE, en consecuencia, a fin de dar cumplimiento con las disposiciones de dicho contrato, y siendo necesario efectuar la contratación requerida, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al Comodato suscripto entre dicha firma y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 17/25, del 07 de Enero de 2025, al proveedor ICNA S.A, la contratación de equipamiento médico de laboratorio, determinaciones y consumibles para hospitales del partido, por el 2° semestre 2025, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Doscientos cuarenta y cinco millones doscientos setenta mil sesenta y dos con 86/100 ($245.270.062,86.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Convalidar, el servicio que ocurra desde el 01° de Julio del corriente, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1988-MSM-INT
14/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 3024/25 por el cual se tramita el servicio de mantenimiento de equipos médicos de rayos x indirectos del Hospital Raúl F. Larcade y Hospital San Miguel Arcángel, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, por el período julio-diciembre 2025; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que … “La Solicitud de Pedido N° 3024/2025 de esta Unidad Ejecutora por los servicios de mantenimiento programado de equipos de rayos x del Hospital Raúl F. Larcade y el Hospital San Miguel Arcángel, responde a los términos del Artículo 156, inciso 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de contratación directa, por lo que solicito debe recibir el tratamiento de tal en cuanto a los procedimientos de su contratación…”.;
QUE, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones médicas de los Sectores involucrados, sin comprometer la salud de los pacientes; QUE, la firma INGE RAY S.R.L. realiza los trabajos de mantenimiento correctivo y preventivo de los equipos rodantes (Ionoscop 20; Siemens Polymobil Neo; Rems 100; MF 30/90), equipo Siemens Polimat 30, equipo 500HF, equipo Arco C Maurizzi Rx y equipo Arco C GBA Mobilex HF, del Hospital Raúl F. Larcade, sin objeción alguna sobre la prestación del servicio por parte de la Secretaria requirente;
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º inc. 8° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
QUE, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según informe respaldatorio de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 8° de la LOM, al proveedor INGE RAY S.R.L., el servicio de mantenimiento de cuatro equipos rodantes Ionoscop 20; Siemens Polymobil Neo; Rems 100; MF 30/90), equipo Siemens Polimat 30, y equipo Arco C GBA Mobilex HF, del Hospital Raúl F. Larcade y equipo Arco C Maurizzi Rx del Hospital San Miguel Arcángel, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, por el período julio-diciembre 2025, en la suma total de Pesos Nueve millones trescientos cuarenta y nueve mil trescientos cuarenta y cuatro con 00/100 ($9.349.344,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Convalidar, el servicio que ocurra desde el 01° de Julio del corriente, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1989-MSM-INT
14/07/2025
VISTO la necesidad de adecuar los valores de las Tasas, Derechos y Contribuciones contemplados en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria N° 28/24, correspondiente al presente ejercicio; y CONSIDERANDO:
QUE los incrementos de precios de los últimos meses repercuten significativamente en los servicios generales y en la adquisición de los elementos necesarios para gestionar las distintas actividades;
QUE no obstante el esfuerzo económico financiero efectuado hasta el momento por el Municipio para sostener e incrementar los servicios que brinda, resulta necesario efectuar una actualización en las tasas que percibe la Comuna, ya que de lo contrario podría verse afectado seriamente el equilibrio de las finanzas públicas municipales;
QUE el artículo 106º de la Ordenanza Tarifaria N° 28/24 para el ejercicio 2025, faculta al Departamento Ejecutivo a actualizar los montos de las Tasas, Derechos y Contribuciones; en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, si este supera el 15% de variación interanual;
QUE la inflación del mes de abril fue del 2,8%;
QUE el Municipio de San Miguel, teniendo en cuenta la crisis económica que atraviesa el país, ha venido absorbiendo la mayor parte de los costos de dichas variables; debiendo proceder a trasladar a los montos de las Tasas, Derechos y Contribuciones vigentes, parte de las pérdidas ocasionadas por el efecto inflacionario;
QUE, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1º- INCREMENTESE en un 2,8% el coeficiente corrector de la valuación básica establecido en el Art. 2º inc. a de la Ordenanza Tarifaria vigente, con vigencia a partir del 1º de julio de 2025.
ARTÍCULO 2º- INCREMENTESE a partir del 1° de julio de 2025, en un 2,8% el valor de los módulos con que se expresan las tasas y derechos establecidos en los artículos 3º, 11º, 12º, 27º, 28º, 29º, 30º, 31º, 32º, 33º 34º, 35º, 38º, 39º, 40º, 41, 42º, 43, 43ºbis, 44º, 48º, 50º, 52º, 54º, 60º, 61º, 62º, 63º, 64º, 65º, 66º, 67º, 68º, 69º, 70º, 71º, 73º, 76º, 77º, 78º, 80º, 81º, 82º, 85º, 86º, 87º, 89º, 90º, 92º, 93º, 104º de la Ordenanza Tarifaria.
ARTÍCULO 3º- INCREMENTESE en la cuota 06-2025 un 2,8% el valor de los módulos con que se expresan las tasas establecidas en los artículos 15°, 16° 18°, 19º, 20º, 21º, 23º, 24º, 25º, 26º de la Ordenanza Tarifaria; y cuyo vencimiento opera a partir del 1º de julio de 2025 según el Calendario fiscal vigente.
ARTÍCULO 4º-INCREMENTESE en la cuota 07-2025 un 2,8% los valores de las tasas establecidos en el artículo 7º.
ARTÍCULO 5º- Las Tasas por Servicios de Seguridad y la de Cuerpo de Bomberos Voluntarios, se fijará de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente.
ARTÍCULO 6°- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTÍCULO 7°- Registrar, comunicar, publicar, y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-1990-MSM-INT
15/07/2025
VISTO la realización de salidas recreativas con Instituciones en el Museo Entomológico “Mariposas del Mundo”, llevado a cabo por la Dirección de Tercera Edad; y
CONSIDERANDO:
QUE el museo cuenta con más de 70,000 ejemplares de mariposas provenientes de diversas regiones del mundo, ofreciendo una experiencia educativa e interactiva que fomenta el diálogo con las entidades y promueve la recreación y cultura;
QUE estas salidas pretenden beneficiar a aproximadamente 400 adultos mayores, incluidos miembros de centros de jubilados y residentes de instituciones geriátricas del distrito, promoviendo su participación, integración y bienestar;
QUE se busca ratificar el compromiso con los derechos de las personas mayores, promoviendo su dignidad y calidad de vida a través de actividades inclusivas y recreativas que contribuyan a su desarrollo y bienestar;
QUE, por todo lo expuesto se considera pertinente declarar dichas actividades de Interés Municipal;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal las salidas recreativas al Museo Entomológico “Mariposas del Mundo” ubicado en Italia 650, B1663 San Miguel, a desarrollarse durante el año 2025
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento de lo mencionado en el artículo precedente será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pasar a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2004-MSM-INT
17/07/2025
VISTO el expediente administrativo 4130-15021/2025; y
CONSIDERANDO
QUE el proceso de regularización dominial del inmueble comprendido, resulta de interés social, teniendo en cuenta el nivel económico de los adquirientes y la necesidad de otorgar seguridad a la titularidad de dominio sobre los mismos;
QUE atento a la ordenanza N° 07 se encuentra sancionada por el Honorable Consejo Deliberante con fecha 13 de junio del 2018, en donde, faculta al departamento ejecutivo a disponer mediante el acto administrativo correspondiente, según lo establecido por la ley 24.320 (artículos 1° y 2°) los bienes privados que, por distintas circunstancias ingresen al dominio municipal y que posteriormente sean otorgados, excluyentemente, en el marco de “Interés Social-vivienda única y familiar-, a quienes habitan los mismos;
QUE el Decreto 1.424 del 21 de junio de 2018 refrenda la ordenanza 07 del 13 de junio el 2018;
QUE según los dispuesto por el Artículo 4° Inciso d) de la ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra facultada para intervenir en casos como los que se presentan; QUE este Departamento Ejecutivo considera conveniente declarar dicha escrituración de interés social; QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108°, de la ley Orgánica de los Municipalidades;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARASE de INTERES social la escrituración NO ONEROSA del inmueble cuyos datos catastrales se consignan a continuación:
Expediente: 4130-15021/2024
BENEFICIARIO: CORDOBA, RUBÉN RICARDO- MAIDANA, MARCELINA
Datos Catastrales: Circ.: II – Sección: E -Manz.: 48B -Parc.: 15
Partida Provincial: N –
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno y de Planeamiento y Desarrollo Urbano.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. María de los Milagros Richards
DECFC-2025-2005-MSM-INT
17/07/2025
VISTO, el expediente Nº 4130-5032/1996 C2, por el cual la empresa “IMPAIS SH DE CARLOS AZCUÉNAGA Y DÍAZ ISMAEL”, con C.U.I.T. Nº 30-70959106-8, cuya actividad específica es el “IMPRESIÓN Y CONFORMACIÓN DE BOLSAS PLÁSTICAS”, solicita la RENOVACIÓN del CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL, Ley Nº 11.459 y sus normas reglamentarias; y
CONSIDERANDO:
QUE de acuerdo el Decretos Provincial N° 531/19 reglamentario de la Ley Provincial N° 11.459 de Radicación Industrial, el establecimiento industrial mencionado ha cumplimentado con los requerimientos exigidos para la Clasificación del Nivel de Complejidad Ambiental (Fase 1), realizado a través del “Sistema Integrado de Trámites para Desarrollo Territorial”;
QUE de acuerdo a la Disposición digital emitida por el Ministerio de Ambiente de la PBA Nº 353/2020, el Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) del establecimiento industrial corresponde a 23 puntos, siendo por lo tanto clasificado en SEGUNDA CATEGORÍA;
QUE de acuerdo a la Ordenanza Municipal N° 5/2021, el establecimiento se encuentra instalado en zonificación homologable a “Zona B (Mixta)”, la cual resulta apta para el funcionamiento de establecimientos industriales de Primera y Segunda Categoría;
QUE el 7 de abril del 2021, obtuvo su Certificado de Aptitud Ambiental, conforme Decreto Municipal N° 689/2021; Que luego de haberse recibido y analizado toda la documentación solicitada por esta Autoridad de Aplicación y haber corroborado la gestión ambiental del establecimiento, y haber cumplido oportunamente las Fases 2 y 3;
QUE el día 07 de mayo de 2025 se realizó la Inspección de Perfeccionamiento del Certificado de Aptitud Ambiental, según Acta de Constatación N° 555825;
QUE, por los informes obrantes, de fojas 286 a 345 del expediente Nº 4130-5032/1996 C2, y según dictamen favorable de la Dirección de Evaluación y Control Ambiental, se comprueba que corresponde la emisión del Certificado de Aptitud Ambiental;
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE LA RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL, a la empresa “IMPAIS SH DE CARLOS AZCUENAGA Y DÍAZ ISMAEL”, con C.U.I.T. Nº 30-70959106-8, ubicada en la calle Serrano N° 2726, de la localidad de San Miguel, Nomenclatura Catastral: Circ. I; Secc. C; Manz. 180; Parc. 27, cuya actividad específica es la “IMPRESIÓN Y CONFORMACIÓN DE BOLSAS PLÁSTICAS”.
ARTÍCULO 2º: De conformidad con el Art. 1 de la Ley N° 15.107, el Certificado de Aptitud Ambiental tendrá una vigencia de 4 (cuatro) años.
ARTÍCULO 3º: La obtención del presente CAA no exime a la industria de cumplir en todo momento con otros requerimientos y certificados exigidos por la normativa vigente.
ARTÍCULO 4°: Será obligatorio la presentación anual ante esta Autoridad de la siguiente copia de documentación: -Certificado de Habilitación de Aparatos Sometidos a Presión vigente, emitido por el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires. -Remito correspondiente al retiro de los Residuos Reciclables. -Certificado de Presentación de Declaración Jurada sobre Generación de Residuos Especiales y Registro de Operaciones de Residuos Especiales.
ARTÍCULO 5°: Previo al vencimiento determinado en el Artículo 2° y al cumplimiento de lo establecido en el Artículo 4º, será obligatoria la presentación para la tramitación de la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental ante esta autoridad, de la siguiente documentación vigente: -Actualización de la Auditoría Ambiental en el caso de haber diferencias o modificaciones en las actividades productivas o edilicias al momento de obtener el Certificado de Aptitud Ambiental.
ARTÍCULO 7º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano y de Gobierno.
ARTÍCULO 8º: Registrar, comunicar, publicar, y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. María de los Milagros Richards
DECFC-2025-2006-MSM-INT
17/07/2025
VISTO, el expediente Nº 4130-40567/2015, por el cual la empresa “HASBANI CARLOS”, con C.U.I.T. Nº 20- 14894612-5 cuya actividad específica es el “FABRICACIÓN DE VÁLVULAS Y ARTÍCULOS DE BRONCE PARA FONTANERÍA”, solicita la RENOVACIÓN del CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL, Ley Nº 11.459 y sus normas reglamentarias; y
CONSIDERANDO:
QUE de acuerdo el Decretos Provincial N° 531/19 reglamentario de la Ley Provincial N° 11.459 de Radicación Industrial, el establecimiento industrial mencionado ha cumplimentado con los requerimientos exigidos para la Clasificación del Nivel de Complejidad Ambiental (Fase 1), realizado a través del “Sistema Integrado de Trámites para Desarrollo Territorial”;
QUE de acuerdo a la Disposición digital emitida por el Ministerio de Ambiente de la PBA Nº 668/2020, el Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) del establecimiento industrial corresponde a 12 puntos, siendo por lo tanto clasificado en PRIMERA CATEGORÍA;
QUE de acuerdo a la Ordenanza Municipal N° 5/2021, el establecimiento se encuentra instalado en zonificación homologable a “Zona B (Mixta)”, la cual resulta apta para el funcionamiento de establecimientos industriales de Primera y Segunda Categoría; Que el 8 de junio de 2021, obtuvo su Certificado de Aptitud Ambiental, conforme Decreto Municipal N° 1187/2021;
Que luego de haberse recibido y analizado toda la documentación solicitada por esta Autoridad de Aplicación y haber corroborado la gestión ambiental del establecimiento, y haber cumplido oportunamente las Fases 2 y 3; Que el día 19 de mayo de 2025 se realizó la Inspección de Perfeccionamiento del Certificado de Aptitud Ambiental, según Acta de Constatación N° 555828;
QUE, por los informes obrantes, de fojas 120 a 195 del expediente Nº 4130-40567/2015, y según dictamen favorable de la Dirección de Evaluación y Control Ambiental, se comprueba que corresponde la emisión del Certificado de Aptitud Ambiental;
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE LA RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL, a la empresa “HASBANI CARLOS”, con C.U.I.T. Nº 20-14894612-5, ubicada en la calle Chubut N° 1339, de la localidad de Bella Vista, Nomenclatura Catastral: Circ. I; Secc. E; Manz. 165; Parc. 20, cuya actividad específica es la “FABRICACIÓN DE VÁLVULAS Y ARTÍCULOS DE BRONCE PARA FONTANERÍA”.
ARTÍCULO 2º: De conformidad con el Art. 1 de la Ley N° 15.107, el Certificado de Aptitud Ambiental tendrá una vigencia de 4 (cuatro) años.
ARTÍCULO 3º: La obtención del presente CAA no exime a la industria de cumplir en todo momento con otros requerimientos y certificados exigidos por la normativa vigente.
ARTÍCULO 4°: Será obligatorio la presentación anual ante esta Autoridad de la siguiente copia de documentación: -Certificado de Habilitación de Aparatos Sometidos a Presión vigente, emitido por el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires. -Remito correspondiente al retiro de los Residuos Industriales No Especiales. -Manifiesto del retiro de Residuos Especiales de Mantenimiento.
ARTÍCULO 5°: Previo al vencimiento determinado en el Artículo 2° y al cumplimiento de lo establecido en el Artículo 4º, será obligatoria la presentación para la tramitación de la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental ante esta autoridad, de la siguiente documentación vigente: -Actualización de la Auditoría Ambiental en el caso de haber diferencias o modificaciones en las actividades productivas o edilicias al momento de obtener el Certificado de Aptitud Ambiental.
ARTÍCULO 6º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano y de Gobierno.
ARTÍCULO 7º: Registrar, comunicar, publicar, y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. María de los Milagros Richards
DECFC-2025-2007-MSM-INT
17/07/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 15455/25 por el que se tramita la Licitación Pública N° 41/25 para la obra “Hidráulica Barrio Mitre”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Obras y Espacio Público, a través de su señor Secretario, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo, “…se constata que las propuestas presentadas cumplimentan debidamente las condiciones de precalificación establecidas en los pliegos licitatorios… Apreciadas las proposiciones presentadas por dichas Empresas, resulta que la oferta mejor calificada técnica y económicamente corresponde a la firma Vialvasa S.R.L., por presentar la mejor propuesta económica global y acompañar antecedentes técnicos que avalan su experiencia en la ejecución de obras de similar magnitud, motivo por el cual es opinión de esta Secretaría que la empresa mencionada debe ser PREADJUDICATARIA en la licitación de referencia…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 41/25, a la firma Vialvasa S.R.L., por resultar ésta la más conveniente.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio, de la Secretaría de Obras y Espacio Público por ser la oferta mejor calificada técnica y económicamente con menor oferta global, a la firma VIALVASA S.R.L., obra “Hidráulica Barrio Mitre”, en la suma total de Pesos Ochocientos diez millones ochocientos diecinueve mil cientos treinta y ocho ($810.819.138,00). Plazo de ejecución 180 días. Condición de pago: Anticipo 30%, y certificados a 30 días según artículo 10 p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-2008-MSM-INT
17/07/2025
VISTO el Artículo 18º, inciso e) de la Ordenanza Tarifaria para el ejercicio 2025; y CONSIDERANDO:
QUE mediante la citada norma se faculta al Departamento Ejecutivo a cobrar a las empresas comercializadoras de gas por cada medidor hasta el valor de 300 módulos. – mensuales en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene;
QUE en consecuencia resulta indispensable fijar las condiciones para la cobranza del mencionado tributo;
QUE el Departamento Ejecutivo encuentra procedente dictar el acto administrativo correspondiente:
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: FIJASE en 117 módulos el monto a liquidar mensualmente por cada medidor a toda empresa comercializadora de gas, en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, a partir de la cuota 01-2025.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 3º: Registrar, comunicar y publicar. Para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2034-MSM-INT
18/07/2025
VISTO que en el mes de agosto se celebra el “Día del Niño”; y
CONSIDERANDO:
QUE el objetivo principal es realizar actividades lúdicas, creativas, donde participaran los niños de los distintos barrios del Partido;
QUE habrá artistas, inflables, juegos para el desarrollo de las actividades;
QUE este Departamento Ejecutivo considera procedente declararlo de Interés Municipal, y dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal el “Festejo del Día del Niño”, que se llevará a cabo el 17 de agosto del corriente año, en las Plazas del Distrito, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2º: El gasto que demande la realización del evento referido en el artículo 1º, será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVESE.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2037-MSM-INT
18/07/2025
VISTO el Decreto DECFC-2025-1889-MSM-INT; y
CONSIDERANDO:
QUE en el mismo se ha incurrido un error en consignar el año de la Solicitud de Pedido N° 2818/2025 y en la referencia del mencionado Decreto;
QUE se hace menester dictar el acto administrativo correspondiente a fin de subsanar el error antes descripto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Modificase la referencia y el Visto del Decreto DECFC-2025-1889-MSM-INT de fecha 02 de julio de 2025, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Referencia: Subsidio a favor del Sr. Abaca, Horacio Joel- segunda etapa -S.P. Nº 2818/2025 VISTO la solicitud de pedido Nº 2818/2025 a favor del Sr. Abaca, Horacio Joel; y
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y de Infancia y Familia.
ARTICULO 3º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-2038-MSM-INT
18/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 3127/2025 por el cual se tramita la contratación de dispensadores de agua f/c y bidones de agua para distintos sectores de la Municipalidad de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma POYFE de POY FELIX y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 182/22, del 23 de mayo de 2022, este municipio ha recibido en comodato, según lo siguiente: “… acuerdan celebrar un contrato de préstamo de 87 (OCHENTA Y SIETE) dispensadores de agua fría-caliente que el proveedor entrega en comodato…”.
QUE, resulta indispensable la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto implica el cuidado de la salud de los agentes de cada sector.
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del responsable a cargo de la Jefatura de Gabinete, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a lo dispuesto en el COMODATO registrado bajo Convenio B N° 182/22, al proveedor POYFE de POY FELIX, la contratación de dispensadores de agua f/c y bidones de agua para distintos sectores de la Municipalidad de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Diez millones seiscientos ocho mil quinientos veinte con 00/100 ($10.608.520,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2039-MSM-INT
18/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 3123/2025 por el cual se tramita la contratación de dispensadores de agua f/c y bidones de agua para distintos sectores de la Municipalidad de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma EMBOTELLADORA DEL PLATA SA y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 181/22, del 23 de mayo de 2022, este municipio ha recibido en comodato, según lo siguiente: “… acuerdan celebrar un contrato de préstamo de 149 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE) dispensadores de agua fría-caliente que el proveedor entrega en comodato…”;
QUE, resulta indispensable la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto implica el cuidado de la salud de los agentes de cada sector;
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del responsable a cargo de la Jefatura de Gabinete, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a lo dispuesto en el COMODATO registrado bajo Convenio B N° 181/22, al proveedor EMBOTELLADORA DEL PLATA SA, la contratación de dispensadores de agua f/c y bidones de agua para distintos sectores de la Municipalidad de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Dieciocho millones seiscientos ochenta mil doscientos veinte con 00/100 ($18.680.220,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2040-MSM-INT
18/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 3124/2025 por el cual se tramita la contratación de dispensadores de agua f/c y bidones de agua para distintos sectores de la Municipalidad de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma BASILE GROSO ANGELA (NEVISKA) y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 180/22, del 23 de mayo de 2022, este municipio ha recibido en comodato, según lo siguiente: “… acuerdan celebrar un contrato de préstamo de 58 (CINCUENTA Y OCHO) dispensadores de agua fría-caliente que el proveedor entrega en comodato…”;
QUE, resulta indispensable la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto implica el cuidado de la salud de los agentes de cada sector;
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del responsable a cargo de la Jefatura de Gabinete, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a lo dispuesto en el COMODATO registrado bajo Convenio B N° 180/22, al proveedor BASILE GROSO ANGELA, la contratación de dispensadores de agua f/c y bidones de agua para distintos sectores de la Municipalidad de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Trece millones ochocientos treinta y siete mil doscientos con 00/100 ($13.837.200,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2041-MSM-INT
18/07/2025
Visto, que por decreto DECFC-2025-1069-E-MSM-INT se llamó a Licitación Pública N° 42/25, con expediente administrativo Nº 15509/25, por la adquisición de un Tomógrafo helicoidal computarizado, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la Unidad Ejecutora mediante nota ha requerido la anulación de la Licitación Pública 42/25, manifestando que “…habiendo realizado el correspondiente análisis técnico-económico de las propuestas presentadas para la adquisición de un tomógrafo computado multicorte de 64 pistas, se expone a continuación el presente informe técnico, con el objeto de evaluar la viabilidad de las ofertas en relación con los requerimientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y con los criterios de sustentabilidad presupuestaria del Municipio. Conforme a lo estipulado en el pliego licitatorio, se analizaron las ofertas recibidas, evaluando tanto el cumplimiento de las especificaciones técnicas exigidas como la razonabilidad de los costos asociados, incluyendo el precio de adquisición del equipo, los componentes críticos y el mantenimiento anual. Como resultado del análisis comparativo, se concluye que ninguna de las propuestas resulta técnica y/o económicamente adecuada para ser recomendada, por los motivos que se detallan a continuación. En primer lugar, la propuesta presentada por la firma Siemens cotiza un equipo cuya arquitectura original es de 32 pistas, reconstruido mediante software a 64 pistas, lo cual no cumple con el requerimiento técnico esencial y excluyente del pliego, que exige expresamente un tomógrafo de arquitectura nativa de 64 canales. Este tipo de solución por reconstrucción digital limita la resolución volumétrica, la velocidad de adquisición y la calidad de imagen, afectando directamente la capacidad diagnóstica y operativa del sistema en estudios dinámicos o de alta complejidad. A ello se suma que el equipo ofertado incorpora un tubo de rayos X con una vida útil estimada en 200.000 scan/seg, parámetro que, proyectado en función del volumen de estudios previsto en la institución sanitaria de destino, implica una duración aproximada de cuatro meses. Este horizonte de desgaste, acotado para un componente de alto costo, genera un impacto económico significativo en la planificación de mantenimiento y renovación de partes, especialmente si se considera que el costo del tubo no fue cotizado como parte del contrato de mantenimiento. Además, se advierte que los tubos de estas características presentan una alta susceptibilidad al sobrecalentamiento en estudios prolongados o con adquisición de alto volumen, lo cual genera potenciales interrupciones en la práctica clínica y afecta la productividad general del equipo. En segundo término, se evaluó la propuesta presentada por la firma Agimed, la cual incluye dos alternativas, ambas consideradas económicamente desfavorables. La primera opción supera en un 20% los valores de referencia y, además, no cumple con el requisito técnico de cantidad de cortes, ya que ofrece un equipo de 32 pistas con reconstrucción a 64 pistas. La segunda opción incrementa aún más esta diferencia, alcanzando un 52,4%, lo cual se considera excesivamente oneroso en comparación con presupuestos de equipos con tecnología de características similares. Asimismo, se destaca que el valor informado para el tubo de rayos X asciende a USD 160.000 más IVA, un monto excesivo para ser sostenido por el Municipio. En caso de que fuera necesario su reemplazo fuera del período de garantía, representaría una carga presupuestaria considerable, comprometiendo la sustentabilidad financiera del equipo durante su vida útil. Cabe señalar, además, que dicho recambio podría ser necesario cada 10 a 11 meses, lo cual implicaría un gasto recurrente de difícil absorción en el marco del presupuesto municipal. Finalmente, la firma Pimax presenta dos configuraciones de equipos, de 64 y 128 pistas. Si bien ambas se ajustan en principio a los requerimientos técnicos del pliego, presentan una excepción en cuanto a las condiciones de espacio físico: según las fichas técnicas disponibles, ambos modelos requieren una superficie recomendada de 30 m² para su instalación, lo cual imposibilita su emplazamiento en el área actualmente disponible del Hospital Larcade sin una readecuación edilicia de gran envergadura. Asimismo, los valores cotizados para ambas versiones superan en un 42% y 57%, respectivamente, el presupuesto inicial establecido, resultando excesivamente onerosos. Estas cifras no solo se encuentran muy por encima de los valores de referencia, sino que también exceden ampliamente los rangos razonables de adquisición para este tipo de tecnología en el ámbito del sector público. A ello se suman costos operativos y de mantenimiento elevados, que, por su magnitud, tornan inviable su incorporación dentro del marco presupuestario del Municipio. Por lo tanto, se recomienda el rechazo de la totalidad de las propuestas analizadas, dejando constancia de la necesidad de revaluar las condiciones de contratación y explorar alternativas que permitan incorporar el equipamiento requerido bajo condiciones más favorables, que aseguren tanto el cumplimiento técnico como la viabilidad económica y financiera de su implementación…”
QUE, en virtud de lo expresado por la Unidad Ejecutora corresponde anular todas las actuaciones,
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Anular, el decreto de llamado a Licitación Pública Nº 42/25 mediante decreto de llamado DECFC-2025-1069-E-MSM-INT, por los motivos expresados en el considerando.
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Salud.
ARTICULO 3º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-2046-MSM-INT
22/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 3492/2025 producido por la Dirección de Eventos del Municipio de San Miguel, por el cual se tramita el servicio de refrigerio para la realización del Foro “San Miguel Sos Parte 2025” conforme al Decreto de Interés Municipal DECFC-2025-806-MSM-INT;
CONSIDERANDO:
QUE, de acuerdo a lo manifestado por la Unidad Ejecutora: “… se detalla la necesidad de contratar servicios de refrigerio y alquilar el salón de actos del Colegio Máximo para la realización de los Foros San Miguel por la capacidad de dicho espacio… “. Con respecto al refrigerio es importante mencionar que el Colegio Máximo no permite la contratación de servicios de refrigerio externos, por lo que debemos optar por el servicio que ofrece el mismo colegio, el cual está descripto en el presupuesto presentado;
QUE, mediante Decreto se ha declarado de interés municipal la realización del foro celebrando jornadas informativas sobre los ejes, proyectos y objetivos principales e innovadores de la gestión municipal. De dichos foros participarán los distintos sectores del Municipio a fin de informar a los ciudadanos de las distintas actividades que se desarrollan en el ámbito municipal exponiendo y presentando herramientas para que los vecinos puedan tener medios idóneos para desenvolverse en los diferentes campos de labor municipal;
QUE, el municipio mediante Contrato N° 90/24 suscripto con la Asociación Civil Facultades Loyola para el uso de las instalaciones como así también la posibilidad de ampliar ese uso a otras dependencias además de las incorporadas en el contrato, mediante la correspondiente autorización y contratación. Asimismo, la mencionada Asociación manifiesta que, por políticas de la misma, no se permite el ingreso de alimentos del exterior no provistos por dicha institución;
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del responsable a cargo de la Coordinación de Prensa y Comunicación, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º incs. 1° y 10º de la L.O.M. y términos del Contrato registrado bajo Convenio B N° 90/24, al proveedor ASOCIACIÓN CIVIL FACULTADES LOYOLA, el servicio de refrigerio para la realización del Foro San Miguel Sos Parte conforme al Decreto de Interés Municipal mencionado, dependiente de la Coordinación de Prensa y Comunicación del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Diecisiete millones seiscientos setenta y siete mil con 00/100 ($17.677.000,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2047-MSM-INT
22/07/2025
VISTO la Maratón San Miguel Arcángel en su edición 2025; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de la carrera más relevante de la región, ya que forman parte más de cuatro mil corredores que participan en los 2km o 9km a lo largo de calles de San Miguel, Muñiz y Bella Vista;
QUE con la maratón se crean no solo actividades recreativas para los ciudadanos, sino que también estimulan e incentivan la participación social en encuentros al aire libre;
QUE se pretende crear actividades recreativas, divertidas y de estimulación, con la convocatoria de niños y jóvenes en el espacio de juego y la participación del adulto en el compromiso con el deporte;
QUE este Departamento Ejecutivo considera procedente declarar estos actos de interés municipal.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°. DECLARAR de Interés Municipal la realización de la Maratón San Miguel Arcángel en su edición 2025.
ARTICULO 2°. El gasto que demande la realización de los actos antes mencionados, será imputado a través de la Secretaría de Gobierno y Economía y Finanzas, a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2047-MSM-INT
22/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16072/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 50/25, solicitud de pedido 2332/2025 por el servicio de aprovisionamiento de Soluciones, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar: Por menor precio a la firma:
LUMEDIC S.A. – Ítem Nº: 1.2.3.6.
SUIZO ARGENTINA S.A. – Ítem N°: 4.
DAYDES S.A. – Ítem N°: 5.7.
CIUDAD HOSPITALARIA S.R.L. – Ítem N°: 8.9.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 50/25, a las firmas Lumedic S.A., Suizo Argentina S.A., Daydes S.A., Ciudad Hospitalaria S.R.L.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Soluciones, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, por menor precio:
1. LUMEDIC S.A., Ítem 1, 2, 3 y 6. En la suma total de Pesos Ochenta y seis millones cuatrocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos cuarenta ($86.456.440,00). 2. SUIZO ARGENTINA S.A., Ítem 4. En la suma total de Pesos Ciento setenta y siete mil cientos noventa y nueve con 10/100 ($177.199,10). 3. DAYDES S.A. Ítem 5.7. En la suma total de Pesos Doce millones ochocientos setenta y ocho mil doscientos setenta y uno ($12.878.271,00). 4. CIUDAD HOSPITALARIA S.R.L. Ítem 8.9. En la suma total de Pesos Ocho millones ochocientos treinta y cuatro mil quinientos ($8.834.500,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2048-MSM-INT
23/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16072/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 50/25, solicitud de pedido 2332/2025 por el servicio de aprovisionamiento de Soluciones, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar:
Por menor precio a la firma: LUMEDIC S.A. – Ítem Nº: 1.2.3.6. SUIZO ARGENTINA S.A. – Ítem N°: 4. DAYDES S.A. – Ítem N°: 5.7. CIUDAD HOSPITALARIA S.R.L. – Ítem N°: 8.9.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 50/25, a las firmas Lumedic S.A., Suizo Argentina S.A., Daydes S.A., Ciudad Hospitalaria S.R.L.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Soluciones, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, por menor precio:
1. LUMEDIC S.A., Ítem 1, 2, 3 y 6. En la suma total de Pesos Ochenta y seis millones cuatrocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos cuarenta ($86.456.440,00).
2. SUIZO ARGENTINA S.A., Ítem 4. En la suma total de Pesos Ciento setenta y siete mil cientos noventa y nueve con 10/100 ($177.199,10).
3. DAYDES S.A. Ítem 5.7. En la suma total de Pesos Doce millones ochocientos setenta y ocho mil doscientos setenta y uno ($12.878.271,00).
4. CIUDAD HOSPITALARIA S.R.L. Ítem 8.9. En la suma total de Pesos Ocho millones ochocientos treinta y cuatro mil quinientos ($8.834.500,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-2049-MSM-INT
23/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 2997/2025 por el cual se tramita la contratación del servicio de impresiones para distintos sectores de la Municipalidad de San Miguel – Período julio-diciembre 2025, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma PERFECT COLOR S.R.L. y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 76/24, del 02 de Enero de 2024, este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 12 meses, “… los equipos de impresión y Scanner, por un período de 12 meses, renovable automáticamente mediante orden de compra….”; la adenda suscripta el 22 de Marzo de 2024 registrado bajo Convenio B N° 129/24, por un período de 10 meses, “… 1- LA EMPRESA entrega… los equipos de impresión y scanner, por un período de 10 meses, es decir hasta el mes de diciembre de 2024 inclusive. A continuación, se detallan los equipos a anexar:”; y la adenda suscripta el 09 de junio de 2025 registrado bajo Convenio B N° 179/25, por un período de 06 meses, manifestando “… 1- Dejar sin efecto la adenda primera al comodato nro.076, celebrada por LAS PARTES con fecha 22 de marzo de 2024 …. 3- LA EMPRESA entrega… los equipos de impresión y scanner, por un período de 06 meses, renovable automáticamente por un período similar, salvo que cualquiera de las partes comunique fehacientemente a la otra su voluntad de no renovarlo, con una antelación no menor a 30 (treinta) días previos a la fecha de vencimiento. A continuación, se detallan los equipos a anexar:”;
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la continuidad, cuidado y optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del responsable a cargo de la Jefatura de Gabinete, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a la Cláusula Primera del COMODATO registrado bajo Convenio B N° 76/24 y adenda al mencionado contrato registrado bajo Convenio B N° 179/25, al proveedor PERFECT COLOR S.R.L, la contratación servicio de impresiones para distintos sectores de la Municipalidad de San Miguel, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel, por el período Julio a Diciembre de 2025, en la suma total de Pesos Ciento veintinueve millones setecientos setenta y tres mil novecientos setenta y siete con 00/100 ($129.773.977,00). Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Convalidar el servicio que ocurra desde el 1º de Julio de 2025, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Jefe de Gabinete.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2025-2050-MSM-INT
23/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16090/25 por el que tramita la Licitación Privada N°78/25, por adquisición de hidroelevador, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 78/25, a la firma ED SERVICIOS SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por adquisición de hidroelevador, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: ED SERVICIOS SA por menor precio en la suma total de Pesos cuarenta y cinco millones quinientos ochenta mil ($45.580.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-2051-MSM-INT
23/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº16095/25 por el que tramita la Licitación Privada N °81/25, por mantenimiento de aires acondicionados para el palacio municipal, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 81/25, a la firma SAYMAC SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por mantenimiento de aires acondicionados para el palacio municipal, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: SAYMAC SRL: por menor precio en la suma total de Pesos sesenta y nueve millones cuatrocientos quince mil ($69.415.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-2052-MSM-INT
23/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16129/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 74/25 por la provisión de suturas para el área de quirófano – segundo semestre, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 74/25, a las firmas EUROSWISS SA, ZARATE CLAUDIO, SEDESA SA, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión de suturas para el área de quirófano – segundo semestre, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
EUROSWISS S.A.: por mejor precio los ítems 3.9.16 y por calidad los ítems 17 al 20.24.31 en la suma total de Pesos doce millones quinientos noventa y cuatro mil novecientos noventa ($12.594.990,00).
ZARATE CLAUDIO: por mejor precio el ítem 6. 11 al 14.21.30, en la suma total de Pesos siete millones ochocientos treinta y ocho mil ochocientos trece ($7.838.813,00).
SEDESA SA: por mejor precio ítems 7.8.15.28 y por calidad ítems 1.2.4.5.10.22.23.25.26.27.29 en la suma total de Pesos diecinueve millones cuatrocientos treinta y un mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con 51/100 ($19.431.444,51).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-2053-MSM-INT
23/07/2025
VISTO, que por expediente 4130-16530/2024 se gestiona la provisión de combustible hasta su consumo total, destinada a dependencias Municipales varias, dependientes del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicha provisión la Secretaría de Economía y Finanzas ha generado la solicitud de pedido Nº 3305/2025;
QUE, los valores se encuentran acordes a los corrientes de plaza;
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa según el art. 156° de la L.O.M. inc. 10º. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DECRETA
ARTICULO. 1º- Adjudicar, a la firma ALGAR S.R.L. en compra directa en los términos del artículo 156° Inc.10º, de la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la provisión de combustible, destinada a Dependencias Municipales varias, Nafta Energy 5000, Diésel 500 y Euro Diésel, hasta su consumo total, en la suma total de Pesos Doscientos noventa y siete millones quinientos mil ($297.500.000,00). Condición de pago dentro de los 07 días de recepción de la factura.
ARTICULO. 2º- Instruir, a la Dirección de Compras a librar la respectiva Orden de Compra.
ARTICULO. 3º- El gasto que demande el cumplimiento de lo ordenado en la presente norma será imputado con cargo a la partida de gastos en vigencia.
ARTICULO. 4º- El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas
ARTICULO. 5º- Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2054-MSM-INT
23/07/2025
VISTO, que por expediente N° 16538/2025 se gestiona la provisión de combustible, hasta su consumo total, en el marco del programa tarjeta “YPF en Ruta”, destinada a Dependencias Municipales varias, dependientes del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicha provisión la Secretaría de Economía y Finanzas, ha generado la solicitud de pedido Nº 3306/2025;
QUE, la presente contratación se ajusta a la adhesión al programa tarjeta “YPF en Ruta”, y cuyos valores además se encuentran acordes a los corrientes de plaza;
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa según el art. 156° de la L.O.M. inciso 2°.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, a la firma YPF S.A., en compra directa en los términos del artículo 156° Inciso 2°, de la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la provisión de combustible destinada a Dependencias Municipales varias, Nafta Súper, Nafta Infinia, Diésel 500 y Infinia Diésel hasta su consumo total, en la suma total de Pesos Seiscientos treinta y ocho millones cuatrocientos diecinueve mil ($ 638.419.000,00).
Condición de pago: 7 días fecha de factura.
ARTICULO 2º- Instruir, a la Dirección de Compras a librar la respectiva Orden de Compra.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento de lo ordenado en la presente norma será imputado con cargo a la partida de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-2055-MSM-INT
23/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 16276/25 por el que tramita la Licitación Privada N°80/25, por el servicio de mantenimiento de la red de fibra óptica de datos, bicicleteros, troncales principales y sub troncales- 2do semestre, dependientes de Jefatura de Gabinete – Subsecretaria de Modernización, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la jefatura de gabinete – Subsecretaria de Modernización, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 80/25, a la firma FIBERCO SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por el servicio de mantenimiento de la red de fibra óptica de datos, bicicleteros, troncales principales y sub troncales- 2do semestre, dependientes de jefatura de gabinete – Subsecretaria de Modernización, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
FIBERCO SRL: por menor precio en la suma total de Pesos sesenta y seis millones doscientos cincuenta mil doscientos cuarenta y ocho ($66.250.248,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, Jefatura de Gabinete.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2025-2056-MSM-INT
23/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 3181/25 por el cual se tramita la contratación del Servicio de GPS para la flota vehicular municipal por el período Julio-diciembre del año 2025, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma PAGUSTECH S.R.L. y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 184/25, del 18 de junio de 2025, adenda del Convenio B N° 287/22, del 12 de septiembre de 2022, este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 6 meses, “… los equipos / dispositivos necesarios para brindar el servicio de seguimiento satelital (GPS) por un período de 6 meses, renovable automáticamente por un período similar…”.
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la seguridad y cuidado de los vehículos de la flota municipal y optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados, al contar con el control de la utilización de los mismos.
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del Sr. Jefe de Gabinete, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a la Cláusula Primera del COMODATO registrado bajo Convenio B N° 184/25, del 18 de junio de 2025, adenda del Convenio B N° 287/22, del 12 de septiembre de 2022, al proveedor PAGUSTECH S.R.L, la contratación de instalación y servicio de GPS para la flota municipal por el período Julio-Diciembre del año 2025, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Setenta y un millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil novecientos setenta y cuatro con 36/100 ($71.455.974,36.).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Convalidar, el servicio que ocurra desde el 01° de Julio del corriente, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2025-2057-MSM-INT
23/07/2025
VISTO la realización de las Olimpiadas propuestas por la Subsecretaria de Niñez y Juventud dependientes de la Secretaria de Infancia y Familia; y
CONSIDERANDO:
Que las Olimpiadas están destinadas a niños y jóvenes del programa Paina, Envión y Centros 018 de nuestro distrito;
Que el propósito es fomentar la participación y la práctica de actividades deportivas y culturales entre los participantes de los diferentes barrios, abarcando distintos niveles educativos;
Que se pretende generar un espacio de participación e integración a través del deporte y el juego, siendo este esencial para el desarrollo de los niños;
Que es menester declarar de interés municipal dichas Olimpiadas;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal la realización de las Olimpiadas, a realizarse durante el año 2025.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el concurso será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-2058-MSM-INT
23/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 2569/2025 a favor de la Sra. Treppo Amy; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia monoparental y no cuentan con los recursos suficientes para afrontar los gastos que demandan la refacción de la vivienda;
Que oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-81-E-MSMINT; Que se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional; Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia; Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $926.650,00 (Pesos novecientos veinte seis mil seiscientos cincuentas) a la Sra. Treppo, Amy, con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno. ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-2059-MSM-INT
23/07/2025
VISTO la solicitud de ayuda económica presentada por el Conservatorio de música “Julián Aguirre” para la afinación de catorce (14) Pianos; y
CONSIDERANDO:
QUE la afinación de los Pianos del Conservatorio de música “Julián Aguirre” es fundamental para garantizar la calidad, excelencia académica y artística en las clases y presentaciones que allí se realizan;
QUE el correcto mantenimiento y afinación de los instrumentos musicales contribuye a la preservación de su valor y durabilidad, asegurando que continúen siendo herramientas esenciales para la formación musical de los estudiantes;
QUE este Conservatorio, además de ser un espacio de formación, es un destacado referente en la comunidad;
QUE este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 840.000 (Pesos ochocientos cuarenta mil) a la Señora Cabrera, Fabiana Edith, Directora Provincial del Conservatorio de Música N°1“Julian Aguirre”, para ser destinado al gasto de afinación de catorce (14) Pianos del Conservatorio de música “Julián Aguirre”
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-2060-MSM-INT
23/07/2025
VISTO la nota presentada por el Consejo Escolar de San Miguel, mediante la cual solicita se otorgue ayuda económica para el servicio de transporte escolar en el Distrito; y
CONSIDERANDO:
QUE la ayuda económica será aplicada a la contratación del servicio de transporte escolar, a fin de asegurar la prestación del mismo;
QUE los fondos asignados por la Provincia de Buenos Aires, resultan insuficientes para cubrir los costos básicos del servicio;
Que la no prestación del servicio afecta a la escolarización de alumnos de escuelas especiales;
QUE este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 21.600.000.- (Pesos veintiún millones seiscientos mil) al Consejo Escolar de San Miguel, para ser destinado a la contratación del servicio de transporte en escuelas especiales del Distrito, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: Las Entidad beneficiaria deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaria de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVESE.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-2061-MSM-INT
23/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 3151/2025 por el cual se tramita la contratación de la instalación y abono mensual del sistema de alarmas para establecimientos educativos del Distrito de San Miguel para el período julio-diciembre 2025, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud de los Comodatos suscriptos entre la firma NANO INTEGRAL S.R.L. y el Municipio de San Miguel, registrados bajo Convenio B N° 07/24, del 02 de Enero de 2024, Convenio B N° 71/25, del 07 de Enero de 2025, Convenio B N° 72/25, del 07 de Enero de 2025 y Convenio B N° 117/25, del 13 de Marzo de 2025, este municipio ha recibido en comodato “… los equipos / dispositivos necesarios para brindar el servicio de Sistema de Alarma a instalarse / instalados en establecimientos educativos que más abajo se detallan (ANEXO I), … renovable automáticamente mediante orden de compra….”.
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la seguridad, cuidado y optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del Secretario de Seguridad, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a la Cláusula Primera de los COMODATOS registrados bajo Convenio B N° 07/24, del 02 de Enero de 2024, Convenio B N° 71/25, del 07 de Enero de 2025, Convenio B N° 72/25, del 07 de Enero de 2025 y Convenio B N° 117/25, del 13 de Marzo de 2025,, al proveedor NANO INTEGRAL S.R.L, la contratación de la instalación y abono mensual del sistema de alarmas para establecimientos educativos del distrito de San Miguel para el período julio-diciembre 2025, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Doce millones seiscientos noventa mil con 00/100 ($12.690.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Convalidar, el servicio que ocurra desde el 01° de Julio del corriente, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Seguridad.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-2062-MSM-INT
23/07/2025
VISTO el expediente N° 4130-13702/24; y
CONSIDERANDO:
QUE estos actuados se refieren a la presentación del Señor Marcelo Maximiliano Re, Socio Gerente de VIALVASA S.R.L; quien solicita la transmisión dominial de un excedente fiscal cuya descripción obra en plano adjunto al expediente de referencia.
QUE asimismo refiere que la PARCELA 8 a es lindera a la parcela de su propiedad, la cual declara bajo juramento estar en posesión y que además la han poseído sus antecesores; y Que a fs. 29/31 obra publicación de edictos, a fs. 2 el plano y ubicación del excedente;
QUE lo enunciado precedentemente cumple con los recaudos previstos en el art. 13° del Decreto Ley 9533/80;
QUE conforme el inc. 2) del art. 11° del mencionado Decreto-Ley cuando la discrepancia supere al 5% (cinco por ciento) de la medida superficial consignada en el respectivo título de, dicha demasía será considerada como un excedente fiscal, siempre que sus dimensiones no superen los mínimos autorizados por la Ley 8912;
QUE de acuerdo al art. 13° del Decreto –Ley 9984/83, cuando los excedentes se encuentren ubicados en el área urbana, su dominio será transferido a los propietarios linderos y a título gratuito;
QUE ha intervenido la Dirección Gral. de Asuntos Legales, dictaminando que estarían dadas las condiciones para transferir el excedente al peticionante, correspondiendo en consecuencia el dictado del presente acto administrativo;
QUE el presente, se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108°, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: AUTORIZAR el otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del inmueble designado catastralmente como circunscripción I, Sección F, Manzana 173 b, Parcela 8 a, a favor del Señor Marcelo Maximiliano Re, Socio Gerente de VIALVASA S.RL, en los términos y bajo las condiciones establecidas en el art. 11° inc. 2° de la Ley 9533, a efectos de anexar dicha parcela al inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción I, Sección F, Manzana 173 b, Parcela 9 a.
ARTICULO 2°: La escritura de dominio será otorgada por el Señor Intendente Municipal, ante la Escribana Fátima L. Cosso, en los términos y condiciones establecidos por la Ley Provincial n° 9533.
ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pasar a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2063-MSM-INT
23/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 2726/2025 por el cual se tramita la contratación de equipamiento médico de laboratorio y provisión de reactivos, calibradores y consumibles para los Hospitales Larcade, San Miguel Arcángel y Santa María, por los meses de julio a diciembre de 2025, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, de acuerdo a lo manifestado por la Unidad Ejecutora: “… Visto que es necesaria la continuidad de la provisión de reactivos, controles y calibradores para el procesamiento de determinaciones de laboratorio del Hospital Larcade, Hospital Santa María y el Hospital San Miguel Arcángel. Teniendo en cuenta que, la actual prestadora viene manteniendo en comodato los equipos que facultan tener esta área completamente automatizada en forma satisfactoria, garantizando el normal funcionamiento de este servicio de forma ininterrumpida, como así también la calidad de las prestaciones… esta Secretaria sugiere la continuidad de la contratación de la Empresa BERNARDO LEW S.R.L. para el período de Julio a diciembre 2025, …”, es necesaria la contratación requerida a fin de velar por el correcto funcionamiento de los elementos recibidos en los términos del comodato suscripto con la mencionada firma.
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre dicha firma y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 182/25, del 13 de junio de 2025, este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 6 meses, “… entrega en este acto a EL CLIENTE y éste recibe de conformidad EN COMODATO, por un período de 6 meses, mediante orden de compra emitida por el cliente, previo acuerdo de precio entre las partes, lo siguiente.”.
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 1º Comodato registrado bajo Convenio B N° 182/25, del 13 de Junio de 2025, al proveedor BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L, la contratación de equipamiento médico de laboratorio y provisión de reactivos, calibradores y consumibles para los Hospitales Larcade, San Miguel Arcángel y Santa María, por los meses Julio a Diciembre 2025, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Un mil doscientos veintiocho millones doscientos mil con 00/100 ($1.228.200.000,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Convalidar, el servicio que ocurra desde el 01° de Julio del corriente, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-2064-MSM-INT
23/07/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 15741/25 por el que tramita la Licitación Pública 45/25 por la adquisición de software y hardware de inteligencia artificial en el sistema CCTV, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cuales son las ofertas más convenientes, según se transcribe “…En atención a las especificaciones técnicas establecidas en el pliego y, en particular, a la capacidad de generación e integración de inteligencia artificial, esta Unidad Ejecutora considera sobresaliente la propuesta de CREEK IA S.A.S., por ser la única que incluye provisión, configuración y activación de modelos analíticos de IA, seleccionables conforme a las necesidades específicas del municipio.
Modelos de IA Disponibles:
•VisionCount: Conteo automático de personas en espacios públicos
•FaceID Pro: Reconocimiento facial en tiempo real
•PlateReader: Lectura automática de matrículas vehiculares
•ReIdentify: Seguimiento e identificación de personas y vehículos
•Modelos adicionales: detección de cascos, clasificación de vehículos, reconocimiento de uniformes, entre otros, conforme a relevamientos técnicos Analíticas Avanzadas para Seguridad Municipal:
•Detección anticipada de incidentes violentos
•Monitoreo automático de actividades sospechosas
•Identificación de actos de vandalismo
• Detección de motocicletas con dos ocupantes.
• Alertas tempranas ante aglomeraciones no autorizadas”;
QUE, asimismo ha manifestado que: “… Esta solución permitirá a la Municipalidad incorporar herramientas de última generación orientadas a la prevención proactiva de incidentes y al fortalecimiento de la vigilancia inteligente. Además, se destaca como crucial la posibilidad de integrar el sistema con otras plataformas actualmente en desarrollo, vinculadas a aspectos operativos y organizativos de la seguridad municipal. La sinergia entre estos desarrollos y los modelos de IA podrá optimizar sustancialmente los resultados esperados. Finalmente, si bien la oferta económica de EXANET S.A. resulta inferior, esta Secretaría de Seguridad prioriza la capacidad tecnológica y la calidad analítica ofrecida, considerando que la propuesta de CREEK IA S.A.S. representa la mejor alternativa, en cumplimiento de los estándares establecidos y los requerimientos definidos por nuestro personal técnico especializado, particularmente en lo que respecta a integración e inteligencia analítica.”.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Seguridad, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 45/25, a la firma CREEK IA SAS, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO Nº1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, adquisición de software y hardware de inteligencia artificial en el sistema CCTV, dependiente de la Secretaría de Seguridad, de la siguiente manera:
1. CREEK IA S.A.S., por capacidad tecnológica y calidad, los ítems N° 1 y 2. En la suma total de Pesos Quinientos cincuenta y seis millones ciento setenta y un mil novecientos cincuenta con 00/100 ($556.171.950,00.-).
Condición de pago dentro de los 10 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Seguridad, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-2065-MSM-INT
23/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 3093/2025 por el cual se tramita la contratación del servicio de mantenimiento de ascensores y montacargas del Hospital San Miguel Arcángel, Hospital Larcade y Depósito Farmacia para el 2° semestre del año 2025, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que “… los servicios mantenimiento de ascensores de los Hospitales Larcade, SMA y Montacargas del Depósito de Farmacia, responde a los términos del Artículo 156, inciso 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de contratación directa, por lo que solicito debe recibir el tratamiento de tal en cuanto a los procedimientos de su contratación…”. QUE, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º inc. 8° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 8° de la LOM, al proveedor ARGAÑARAZ JOSE ALEJANDRO (TEKSA ASCENSORES), la contratación del servicio de mantenimiento de ascensores y montacargas para los meses de Julio a diciembre del año 2025, del Hospital San Miguel Arcángel, Hospital Larcade y Depósito Farmacia, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Nueve millones setecientos dieciséis mil novecientos noventa y uno con 00/100 ($9.716.991,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Convalidar, el servicio que ocurra desde el 01° de Julio del corriente, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-2066-MSM-INT
23/07/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 3152/2025 por el cual se tramita la contratación del servicio de mantenimiento de alarmas en dependencias y oficinas Municipales para el 2° semestre 2025, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma NANO INTEGRAL S.R.L. y el Municipio de San Miguel, registrados bajo Convenio B N° 08/25, del 02 de enero de 2025 este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 6 meses, “… los equipos / dispositivos necesarios para brindar el servicio de Sistema de Alarma en Dependencias Municipales (detallados según ANEXO I), por un período de 6 (seis) meses, renovable automáticamente mediante orden de compra…”.
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la seguridad, cuidado y optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del Secretario de Seguridad, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a la Cláusula Primera del COMODATO registrado bajo Convenio B N° 08/25, del 02 de Enero de 2025, al proveedor NANO INTEGRAL S.R.L, la contratación del servicio de mantenimiento de alarmas en dependencias y oficinas municipales para el 2° semestre 2025, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Ochenta y seis millones treinta y cuatro mil con 00/100 ($86.034.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Convalidar, el servicio que ocurra desde el 01° de Julio del corriente, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Seguridad.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-2085-MSM-INT
25/07/2025
VISTO la solicitud de ayuda económica presentada por el señor Barretto Lautaro Ariel; y
CONSIDERANDO:
QUE se está llevando adelante una liga de fútbol con diferentes clubes del Distrito;
QUE el desarrollo del deporte en nuestros jóvenes, fomenta el compañerismo, el estímulo para desarrollar buenas actitudes de competencia;
QUE es intención generar espacios donde el deporte sea un lugar ideal para la contención de los jóvenes;
QUE, pese a los esfuerzos realizados, no pueden afrontar los gastos que originan la participación en la Liga de fútbol;
QUE este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio al señor Barretto Lautaro Ariel, con domicilio el Partido de San Miguel; de $ 3.900.000.- (Pesos tres millones novecientos) para solventar los gastos de organización de la Liga de fútbol, que se desarrollará durante el 2025.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto quincenalmente, por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVESE.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2101-MSM-INT
25/07/2025
VISTO la nota presentada por la Coordinación de Comunicación Prensa y Comunicación, mediante la cual solicita se declare de interés municipal el “Corredor Gastronómico”; y
CONSIDERANDO:
QUE, la presente iniciativa se realizará los días 9 y 10 de agosto, con el objetivo de promover la gastronomía local y fortalecer la cultura culinaria de nuestra comunidad;
QUE, se prevé la instalación de aproximadamente 40 food trucks, con el fin de promover y fortalecer a los emprendedores del partido, brindándoles la posibilidad de exhibición y comercialización de sus productos;
QUE, además, el evento permitirá a los vecinos del partido disfrutar de una oferta variada y de calidad en un espacio destinado al encuentro social y al esparcimiento comunitario;
QUE, este Departamento Ejecutivo considera procedente declarar estos actos de interés municipal.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. DECLARAR de Interés Municipal el evento “Corredor Gastronómico”, a realizarse los días 9 y 10 de agosto de 2025, en el Corredor Aeróbico de Bella Vista que se ubica sobre la Avenida Francia, cerca de la intersección con la calle Moine, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°. El gasto que ocasione la realización de los actos aludidos en el artículo precedente será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, archivar
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-2112-MSM-INT
28/07/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 16632/25, por la Adquisición de tomógrafo helicoidal computarizado para el Hospital Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicha adquisición se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Doscientos dieciséis millones setecientos cincuenta mil con 00/100 ($216.750.000,00), mediante solicitud de pedido N° 3447/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 70/25, por la Adquisición de tomógrafo helicoidal computarizado para el Hospital Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel.
Valor del pliego $ 238.425,00.- (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-2113-MSM-INT
31/07/2025
VISTO la necesidad del Sr. Maza Enrique Nahuel para reemplazo de cuerpo vertebral; y CONSIDERANDO:
QUE se trata de un señor de 32 años con diagnóstico de luxofractura, debido a una caída de 6 mts. de altura;
QUE el grupo familiar no cuenta con los recursos económicos suficientes, para la adquisición de los insumos para su operación;
QUE se encuentra internado en el Hospital Dr. Raúl F. Larcade, donde se realizará la cirugía;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 12.290.000.- (Pesos doce millones doscientos noventa mil); para el Sr. Maza Enrique Nahuel, con domicilio en la localidad de Muñiz, Pdo de San Miguel Bella Vista, Partido de San Miguel, para adquisición de una prótesis.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y por la señora Secretaria de Infancia y Familia.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVESE.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-2126-MSM-INT
31/07/2025
VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024; y
CONSIDERANDO:
QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 16341/2025 y en concordancia al Art. 38 inc. B, de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024. Corresponde la devolución por PAGO REPETIDO, DE HONORARIOS JUDICIALES.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO lº: Apruébese la devolución de PESOS UN MILLON QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y DOS CON CERO CENTAVOS ($ 1.577.192,00.-) al contribuyente DE ROSA EMILIO CLAUDIO de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO REPETIDO.
ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi.