El arbolado urbano es el patrimonio arbóreo del distrito, integrado por el arbolado público, que se encuentra en calles, plazas, parques y predios municipales y el arbolado privado que se encuentra dentro de parcelas de dominio privado. Este arbolado es fundamental y debemos trabajar en conjunto para seguir conservándolo, ya que nos brinda una gran cantidad de servicios ecosistémicos vitales para el desarrollo de nuestra vida urbana.
Beneficios del Arbolado Urbano
- Mejora la calidad del aire a partir de la retención de material particulado y la generación de oxígeno.
- Disminuye el efecto de la isla de calor, reduciendo las temperaturas locales.
- Aumenta la captura de dióxido de carbono, mitigando los efectos del Cambio Climático.
- Amortigua las ondas sonoras y reduce el ruido urbano.
- Amortigua lluvias y favorece la infiltración de agua en las napas.
- Embellece la ciudad y mejora nuestra calidad de vida.
- Promueve un desarrollo urbano sostenible.
Normativa
En San Miguel contamos con un marco normativo, que es actualizado periódicamente, para regular el arbolado urbano en su conjunto, es decir tanto el arbolado público como el arbolado privado, si tenés dudas sobre su aplicación podés consultar el texto vigente de la Ordenanza 41/2027.Link de ordenanza de arbolado: https://drive.google.com/drive/folders/1FU-SexcRTGqXI1kH0ic8uUUA42FcwhBN
Arbolado Público
A continuación, te brindamos información importante a tener en cuenta. La autoridad de aplicación correspondiente al manejo del arbolado público, es la Dirección de Arbolado dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público.
Si creés que el árbol de tu vereda necesita algún tipo de intervención, debés hacer tu reclamo por Atención al Vecino para que la autoridad de aplicación evalúe el caso y determine los pasos a seguir. Las intervenciones sin autorización previa (como poda o corte) no están permitidas y pueden ser sancionadas.
Cualquier consulta o reclamo respecto al Arbolado Público comunicarse a ATV:
Te. 147 o San Miguel BOT WhatsApp al 1144175147
Responsabilidad del Frentista
1) Aceras anchas (más de 3,5 m)
- Acer buergerianum
- Acer saccharinum-Curupí (Sapium haematospermum)
- Jacarandá (Jacaranda mimosifolia)
- Fresno europeo (Fraxinus excelsior)
- Fresno americano (Fraxinus pennsylvanica)
- Lapacho rosado (Tabebuia impetiginosa)
- Liquidámbar (Liquidambar styraciflua)
2) Aceras medianas (entre 2,5 m y 3,5 m)
- Acacia de Constantinopla (Albizzia julibrissim)
- Acacia Frisia (Robinia pseudoacacia cv. Frisia)
- Anacahuita (Blepharocalyx salicifolius)
- Aromo (Acacia dealbata)
- Catalpa (Catalpa speciosa/bignonioides)
- Fresno dorado (Fraxinus excelsior áureo)
- Pata de vaca (Bauhinia candicans)
3) Aceras angostas (menos de 2,5 m) o debajo de líneas de media tensión.
- Árbol de Judea (Cercis siliquastrum)
- Ciruelo de adorno (Prunus cerasífera)
- Crespón (Lagerstroemia indica)
- Ligustro variegado (Ligustrum lucidum var. aureovariegatum)
- Limpia tubo (Callistemon citrinus)
- Jabonero de la China (Koelreuteria paniculata)
- Rosa de Siria (Hibiscus syriacus)
Una vez plantado el árbol en la vía pública, el frentista es responsable de su cuidado, riego y mantenimiento.
Prohibiciones sobre el arbolado
- Intervenir podar o extraer árboles de la vía pública sin autorización previa y escrita de parte de la Dirección de Arbolado.
- Pintar el fuste de los árboles o realizar ataduras y fijar elementos en las ramas o tronco principal.
- Hormigonar o tapar planteras.
- Forestar la vía pública con palmeras y otras especies prohibidas.
Requisitos de las cazuelas
- Si el árbol se planta en cazuela, esta debe medir 80 cm por lado, ser de forma cuadrada y contener suelo vegetal.
- El borde debe tener un cordón de cemento de 10 cm de ancho y 20 cm de profundidad.
Para mayor información puede leer el Art 27º, el cual establece las pautas al momento de la plantación del arbolado de alineación en la vía pública.
Apadrinaje de Árboles para Veredas
Como parte de las políticas de promoción del arbolado, financiado con las compensaciones generadas por la aplicación de la Ordenanza 41/2017, todos los años entre los meses de abril y septiembre se implementa un programa de apadrinaje destinado a vecinos que se comprometan a plantar un árbol en la vereda de su lote y se comprometan a cuidarlo por lo menos hasta su arraigo. Para esto la Subsecretaría de Ambiente, abrirá la convocatoria mediante un formulario web para su inscripción y luego del análisis del lugar se determinará su asignación y se pondrá en contacto con el vecino para su entrega. Este programa se inició en el año 2023 y ya lleva más de 500 árboles entregados.
Inscripción disponible hasta el 22 de mayo > Hacé click aquí


Buenas Prácticas para la Conservación del Arbolado
Mantener los árboles en buen estado contribuye a un entorno más saludable. Descubrí los mitos más comunes y cómo podés cuidar los árboles de nuestra ciudad.
Mitos
- Los árboles se podan en los meses que no tienen “R”.
Falso: Para reducir el efecto negativo de la poda, esta no debe realizarse durante la caída o la brotación de las hojas (veda de poda).
- La poda se realiza para que el árbol crezca con más fuerza.
Falso: La poda es una agresión a los árboles, por lo que debe minimizarse dicha práctica a lo estrictamente necesario.
- Se poda para que las hojas y flores no tapen las canaletas.
Falso: La senescencia de hojas y flores son procesos naturales. La poda regular provocará la necesidad de podas recurrentes.
- La causante de alergias se debe a los árboles, por eso se debe podar.
Falso: Si bien los síntomas por polinosis pueden resultar molestos, los mismos son transitorios y tratables.
- Todos los años se poda los árboles.
Falso: La poda sistemática o mal efectuada promueve el deterioro del árbol.
Arbolado Histórico y Notable
El Registro de Árboles Históricos y Notables del Municipio de San Miguel fue creado por la Ordenanza Nº 14/2014, con el objeto de difundir el valor natural, histórico y cultural de los ejemplares destacados del patrimonio forestal del Distrito y de establecer las medidas de cuidado y protección especial que garanticen su conservación. El mismo fue incorporado por la Ordenanza Municipal Nº 41/17.
Se inscribirá como árbol histórico o notable o como conjunto de ellos a los que, por sus medidas excepcionales dentro de la especie, edad, conformación, valor histórico, interés ecológico, botánico, paisajístico o cultural, merezcan un régimen de protección especial.
La propuesta de incorporación de ejemplares al Registro podrá ser presentada por cualquier vecino, institución o persona jurídica mediante el formulario web, y su incorporación efectiva dependerá del análisis realizado por la Dirección de Evaluación y Control Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente.
Para mayor información puede leer el Capítulo VIII “Registro de Árboles Históricos y Notables”, de la Ordenanza Nº 41/17.
Arbolado Privado
A fin de preservar el paisaje identitario de los barrios, se creó la figura de los Espacios Ecológicamente Protegidos (EEP) que permite regular la conservación, mantenimiento, manejo, e incremento del arbolado en barrios donde existen grandes arboledas o especímenes valiosos en ubicados en predios privados.
En toda parcela comprendida como Espacio Ecológicamente Protegido (EEP) ante la necesidad de extraer o intervenir con podas mayores al 25% de la copa deberán contar previamente con la autorización por parte de la Dirección de Evaluación y Control Ambiental (DEyCA).
La solicitud deberá estar debidamente fundamentada, y se analizará si resulta factible o no. En caso de extracciones se deberá presentar una propuesta de reforestación y/o compensar la masa forestal abatida conforme a lo establecido en el texto ordenado de la Ordenanza 41/2017.
Según el ARTÍCULO 41º los Espacios Ecológicamente Protegidos son aquellas parcelas o predios públicos o privados que corresponden a:
- Extraurbana de Baja Densidad o Máxima 2 (Rma 2).
- Zona de Reserva para Planes Particularizados (ZRPP).
- Zonas de Urbanización Especial (UE), la zona de Distrito de Urbanización Especial (DUE).
- Zonas de Urbanización Distrito Parque 1, 2 y 3 (ZUDP 1, 2 y 3).
- Las parcelas ubicadas en zona Residencial Media (Rme), cuyas superficies sean mayores o iguales a 800 m2, en forma individual o por agrupamiento de ellas para su aprovechamiento urbanístico.
- Todo predio o parcela urbana o rural de más de 3000 m2.
- Todo aquel inmueble que haya sido Declarado Patrimonio Histórico Cultural y/o Ambiental.
- Toda otra parcela del distrito que independientemente de su superficie o ubicación, cuente con árboles con características notables, históricas o paisajísticas o con una superficie arbolada mayor a 200 m2.
Estos espacios representan el 10% del total de las parcelas del distrito y el 43% de la superficie urbana del distrito.

Desde el inicio de la Ordenanza N.º 41/17 se han preservado más de 3600 árboles y compensado con más de 7600 árboles tanto en parcelas privadas como en espacio público, a través del Programa de Apadrinamiento de árboles y otros programas municipales.
Durante el 2025, en los EEP que se tuvo intervención por autorizaciones o talas sin autorización, se logró preservar el 75% de los árboles.


Por consultas o solicitudes de intervención en Espacios Ecológicamente Protegidos contactarse por correo electrónico a evaluacion.ambiental@msm.gov.ar
La consulta deberá contener la siguiente información obligatoria:
- Informar el número de partida municipal de la parcela.
- La personería física y/o jurídica del titular.
- Detallar o argumentar brevemente su pedido. Puede adjuntar fotos del árbol/es.
Para mayor información puede leer el Art. 43º y 45º de la Ordenanza Nº 41/17. Recibida la solicitud se dará respuesta en un plazo máximo de 10 días.
Arboles Recomendados para Parcelas Privadas
Son aquellas especies denominadas Tipo A, las cuales poseen características paisajísticas o valor ecosistémico. Las propuestas de reforestación que se realicen a fin de compensar las extracciones realizadas, deberán ser elaboradas utilizando las especies aquí mencionadas, en un tamaño de juvenil, semi ejemplar o ejemplar.
🌳Especies nativas de Argentina (Tala, Timbó, Ceibo, Tipa, Lapacho, Jacarandá etc.)
🌲Coníferas (Pinos, Cedros, Cipreses, Abetos, Araucarias y Secuoyas)
🌳Quercus (Robles)
🌲Nogales
🌳Alcanfores
🌴Palmeras