DECFC-2026-317-MSM-INT
02/02/2026
VISTO el expediente Nº 4130-17983/25 por el cual se tramita el cobro del subsidio por fallecimiento según Ley Nº 9507/80, correspondiente al agente municipal ALEKSIEJONER RICARDO ABEL (Leg: 37.713); y
CONSIDERANDO:
QUE se ha presentado la documentación respectiva que acredita el derecho a percibir el subsidio;
QUE han intervenido la Dirección de Asuntos Legales, la Contaduría Municipal, como las áreas competentes en la materia;
QUE el presente, se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108º, inc. 16º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: ABONESE a sus hijos ALEKSIEJONER NICOLAS AXEL,la suma de $742.722,15 (pesos setecientos cuarenta y dos mil setecientos veintidós con quince ctvos), y ALEKSIEJONER LUCILA ELVIRA MILAGROS, la suma de $ 742.722,15 (pesos setecientos cuarenta y dos mil setecientos veintidós con quince ctvos), en concepto de subsidio por baja por fallecimiento de acuerdo al art. 2 de la ley 9507/80.
ARTICULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado al Presupuesto de Gasto vigente.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2026-330-MSM-INT
02/02/2026
VISTO las actividades a desarrollarse en el marco del Plan para el Desarrollo de la Economía del Conocimiento, la Tecnología y la Innovación (DECTI) impulsado por la Municipalidad de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de San Miguel cuenta con un Plan para el Desarrollo de la Economía del Conocimiento, la Tecnología y la Innovación, denominado DECTI, orientado a promover un ecosistema local favorable, competitivo y sostenible;
Que dicho Plan se caracteriza por la participación activa de diversos sectores de la comunidad, tales como la industria y el comercio, las instituciones educativas, la comunidad científica y tecnológica, el tercer sector y las alianzas entre ciudades, promoviendo procesos colaborativos en el diseño y ejecución de políticas públicas;
Que para garantizar una inclusión efectiva de los distintos sectores resulta necesario generar instancias de trabajo conjunto, materializadas en mesas de diálogo y otros espacios de cogestión; Que en ese marco la ciudad de San Miguel cuenta con una Mesa de Diálogo Territorial para el Desarrollo, integrada por empresas, cámaras empresariales, universidades, centros educativos, escuelas y organizaciones sociales, entre otros actores relevantes;
Que la cooperación entre ciudades constituye un factor clave para el desarrollo de políticas públicas innovadoras y de alto impacto, siendo de especial valor las experiencias de aquellas ciudades con trayectoria en estrategias vinculadas a la economía del conocimiento;
Que el desarrollo de capital humano calificado es uno de los ejes centrales del Plan, en tanto representa el principal insumo para el crecimiento de este sector, el cual presenta una demanda sostenida de puestos de trabajo no cubiertos;
Que en el marco del DECTI, en el mes de mayo de 2023 se creó la Usina Tecnológica de San Miguel (UTEC), como un espacio físico y virtual destinado a fortalecer la formación, la innovación y la transformación productiva, con sede principal en Papa Francisco N° 3226, Colegio Máximo;
Que la UTEC tiene como objetivos brindar una oferta educativa en tecnología accesible y de calidad que mejore la empleabilidad de los ciudadanos, potenciar la transformación digital y productiva de industrias, servicios, comercios y emprendedores locales, así como fomentar el desarrollo de industrias y emprendimientos de la economía del conocimiento y la generación de sinergias entre los distintos sectores del entramado local;
Que en función de los objetivos del Plan y de la UTEC se desarrollarán durante el año 2026 actividades de sensibilización, formación en talento tecnológico, investigación, trabajo colaborativo, creación de redes, búsqueda de financiamiento, incubación y desarrollo de emprendimientos, asistencia técnica para la transformación productiva, divulgación científico-tecnológica, reuniones de la Mesa de Diálogo Territorial por la Innovación, eventos vinculados a la tecnología y la innovación y visitas a ciudades innovadoras;
Que atento a la importancia que revisten las actividades mencionadas, este Departamento Ejecutivo considera conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal las actividades a desarrollarse en el marco del Plan para el Desarrollo de la Economía del Conocimiento, la Tecnología y la Innovación (DECTI).
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el concurso será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2026-330-MSM-INT
02/02/2026
VISTO, el expediente administrativo Nº 17836/26, por el que se tramita la Licitación Pública N° 104/25 solicitud de pedido N° 5752/25 y su reemplazo 126/26, para la obra “Puesta a punto anual de la instalación de gas y artefactos” en Escuelas, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Educación y Trabajo, a través de su titular, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo, “…
La empresa Prometin S.A. cumple con todos los requisitos solicitados en el pliego de condiciones generales y particulares… La empresa Cima Construcciones S.R.L. cumple con todos los requisitos solicitados en el pliego de condiciones generales y particulares…examinadas las ofertas formuladas, surge que los oferentes presupuestan la totalidad de lo requerido todo en concordancia con los términos del pliego pertinente…. Evaluado el componente económico de las ofertas, se recomienda la pre adjudicación por mejor precio a la siguiente empresa…
Ítem Pre-Adjudicación
1 Cima Construcciones S.R.L.
2 Cima Construcciones S.R.L.
3 Prometin S.A.
4 Cima Construcciones S.R.L.
5 Prometin S.A
Siendo todo cuanto se puede informar al respecto, se solicita que se proceda a la continuidad de la contratación evaluando lo expuesto previamente…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Educación y Trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 104/25, a las firmas Cima Construcciones S.R.L., y Prometin S.A., por resultar éstas las más convenientes;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, la obra “Puesta a punto anual de la instalación de gas y artefactos” en Escuelas, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo, por ser las ofertas mejor calificadas, a las firmas según detalle:
1. CIMA CONSTRUCCIONES S.R.L., ítems 1, 2 y 4 en la suma total de Pesos Ochenta y cuatro millones ochocientos mil ($ 84.800.000,00).
2. PROMETIN S.A., ítems 3 y 5, en la suma total de Pesos Sesenta y un millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil quinientos ($61.454.500,00).
Condición de pago dentro de los 30 días según art 10° p.c.p.
ARTICULO 2°: Instruir a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. Maria de los Milagros Richards
DECFC-2026-343-MSM-INT
02/02/2026
VISTO la nota presentada por la Secretaría de Salud mediante la cual se solicita declarar de Interés Municipal la Jornada de Capacitación denominada “El rol del COE (Centro Oncológico de Excelencia) en la Atención Oncológica Municipal”, a realizarse en el marco del Día Mundial de la Lucha contra el Cáncer; y
CONSIDERANDO:
Que durante el mes de febrero se conmemora el Día Mundial de la Lucha contra el Cáncer, fecha de relevancia sanitaria y social destinada a promover la concientización, la prevención y el fortalecimiento de los sistemas de atención oncológica;
Que la mencionada Jornada de Capacitación se desarrolla en el marco del tercer aniversario de la inauguración del Centro Oncológico de Excelencia (COE), institución que ha tenido un rol fundamental en la atención integral de pacientes oncológicos del Municipio;
Que resulta necesario visibilizar y reconocer el trabajo realizado por los profesionales médicos, enfermeros especializados y el equipo de cuidados paliativos, quienes desarrollan una labor diaria de alto compromiso humano y profesional;
Que la actividad tiene por objeto difundir los avances, resultados y proyecciones del Centro, así como fortalecer la articulación entre los distintos efectores de salud municipales;
Que las capacitaciones se llevarán a cabo los días 18, 19 y 20 de febrero del corriente año, en el Hospital San Miguel Arcángel, ubicado en la calle Mattaldi N° 1057, de la ciudad de Bella Vista, con la participación de personal directivo, médico, de enfermería, técnico y administrativo de los hospitales municipales;
Que atento a la importancia que reviste el evento este Departamento Ejecutivo considera conveniente dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Declárase de Interés Municipal la Jornada de Capacitación denominada “El rol del COE (Centro Oncológico de Excelencia) en la Atención Oncológica Municipal”, a realizarse los días 18, 19 y 20 de febrero del corriente año.
ARTÍCULO 2°: El gasto que ocasione la realización del evento aludido en el artículo precedente, será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese y, para su conocimiento y cumplimiento, remítase a la Secretaría de Salud. Cumplido, archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2026-352-MSM-INT
04/02/2026
VISTO el Concurso Hackatón a realizarse en el año 2026; y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de San Miguel posee un Plan para el Desarrollo de la Economía del Conocimiento, la Tecnología y la Innovación;
Que dicho Plan se caracteriza por incluir en el proceso de diseño y ejecución de las políticas a diversos sectores de la comunidad como la industria y el comercio, las instituciones educativas, la comunidad científica y tecnológica, el tercer sector y las alianzas entre ciudades, entre otros con el fin de crear colaborativamente un ecosistema favorable, competitivo y sostenible para el desarrollo de la Economía del Conocimiento;
Que, para una verdadera inclusión de los jóvenes en distintos sectores de la economía en el diseño y ejecución de las políticas públicas innovadoras donde utilicen la tecnología como principal herramienta, se lleva a cabo el concurso Hackatón 2026 en su 8va edición;
Que, entre los objetivos de este concurso podemos nombrar el miramiento para involucrar a los jóvenes en el desarrollo de posibles mejoras y/o soluciones innovadoras y tecnológicas que den respuesta a problemáticas de nuestra ciudad, así como también cambiar el paradigma del rol del Estado como único actor que puede solucionar las problemáticas locales e involucrar a otros despertando el compromiso comunitario, logrando así promover un espacio en donde los alumnos de escuelas secundarias tomen contacto con el uso y la creación de tecnologías innovadoras al servicio del desarrollo y así fomentar vocaciones tecnológicas;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal el concurso “Hackatón”, a realizarse durante el ejercicio del año 2026, por las razones expuestas en los considerandos del presente Decreto.
ARTÍCULO 2°: Apruébense las bases del concurso del Art. 1° que se agrega como Anexo 1.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el concurso será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y el señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2026-353-MSM-INT
05/02/2026
VISTO la solicitud de pedido N° 516/2026 de ayuda económica para la Asociación Civil “El Vallecito de Guadalupe” mediante la cual se solicita un apoyo económico para cubrir gastos de funcionamiento, mantenimiento y tareas inherentes a los programas que desarrolla la institución; y
CONSIDERANDO:
Que la Asociación Civil “El Vallecito de la Guadalupe” desarrolla una reconocida labor social en el Partido, orientada a la promoción, protección y restitución de los derechos de niños, niñas y adolescentes en situación de vulneración;
Que dicha institución implementa programas de abordaje comunitario, acompañamiento integral, fortalecimiento de vínculos familiares y comunitarios, formación profesional y contención terapéutica, constituyendo acciones de interés estratégico para el abordaje de problemáticas sociales en el ámbito local;
Que el actual contexto socioeconómico ha generado un incremento significativo en las dificultades para afrontar los gastos vinculados al funcionamiento y mantenimiento institucional, como así también al sostenimiento de los equipos interdisciplinarios de trabajo, indispensables para la ejecución de los programas mencionados;
Que la asistencia económica solicitada resulta necesaria para sostener la continuidad de las acciones institucionales que la entidad desarrolla en la comunidad;
Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 10.000.000,00 (Pesos diez millones) a la Asociación Civil “El Vallecito de la Guadalupe”, siendo su Presidenta la Sra. Sáenz, Natalia Beatriz, para ser aplicado a gastos de funcionamiento, mantenimiento y tareas inherentes a los programas que desarrolla la institución.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y familia.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-354-MSM-INT
05/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 698/2026 a favor de la Sra. Arias Rolón, Patricia; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia monoparental en situación de contingencia debido a un siniestro causado por un incendio de grandes dimensiones; que la vivienda sufrió daños parciales y no cuentan con los ingresos suficientes para la reconstrucción de su hogar;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia.
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.078.716,34. (Pesos un millón setenta y ocho mil setecientos dieciséis con treinta y cuatro centavos) a la Sra. Arias Rolón, Patricia.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-355-MSM-INT
05/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 689/2026 a favor de la Sra. May López, Maria de los Milagros; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia que, debido a un siniestro causado por un incendio de grandes dimensiones, su vivienda sufrió daños parciales y no cuentan con los ingresos suficientes para la reconstrucción de su hogar;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por el recurrente.
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia.
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $3.796.490,14.- (Pesos tres millones setecientos noventa y seis mil cuatrocientos noventa con catorce centavos) a la Sra. May Lopez, Maria de los Milagros.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-356-MSM-INT
05/02/2026
VISTO, el expediente administrativo Nº 18362/26, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la adquisición de Tomógrafo helicoidal computarizado, destinado al Hospital Santa María, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Doscientos cincuenta y cinco millones ($255.000.000,00) equivalente a U$S 170.000 tipo vendedor Banco Nación, mediante solicitud de pedido N° 617/26,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento veintiún millones setenta y un mil trescientos ochenta y siete ($121.071.387,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 05/26, por la adquisición de Tomógrafo helicoidal computarizado, destinado al Hospital Santa María, dependiente de la Secretaría de Salud. Valor del pliego $280.500,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2026-357-MSM-INT
05/02/2026
VISTO, el Expte. administrativo Nº 17478/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 87/25, solicitud de pedido N° 4999/2025 y su reemplazo N° 512, 508, 514, 515, 511, 492, 517 y 506/2026 por el servicio de aprovisionamiento de Medicamentos, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Salud, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar…:
Por menor precio:
VARADERO – ITEM N° 3 – 23 – 29 – 54 – 64 – 83 – 88 – 115 – 132 – 150 – 151 – 174 – 200 – 218 – 229 – 238 – 254 – 258 – 264 – 292 – 303 – 304 – 316 – 324
Por menor precio:
FARMED – ITEM N° 2 – 6 – 13 – 14 – 30 – 32 – 58 – 61 – 67 – 79 – 89 – 97 – 116 – 120 – 135 – 155 – 187 – 188 – 205 – 206 – 225 – 237 – 240 – 256 – 263 – 267 – 277 – 314 – 319 – 322
Por menor precio:
LUMA – ITEM N° 9 – 24 – 31 – 36 – 46 – 47 – 50 – 51 – 65 – 66 – 77 – 80 – 95 – 107 – 118 – 138 – 143 – 149 – 160 – 163 – 173 – 214 – 215 – 216 – 221 – 230 – 231 – 232 – 245 – 248 – 262 – 270 – 271 – 298 – 306 – 328
Por menor precio:
LUMEDIC – ITEM N° 5 – 7 – 16 – 22 – 43 – 53 – 78 – 109 – 114 – 119 – 136 – 140 – 146 – 158 – 189 – 191 – 210 – 212 – 213 – 224 – 268 – 278 – 286 – 290 – 291 – 296 – 302 – 307 – 320 – 323 – 327
Por menor precio:
GLAMAMED – ITEM N° 20 – 21 – 28 – 34 – 42 – 48 – 62 – 69 – 72 – 74 – 75 – 76 – 81 – 84 – 86 – 87 – 91 – 92 – 98 – 99 – 101 – 104 – 108 – 113 – 117 – 122 – 124 – 125 – 126 – 128 – 129 – 133 – 134 – 162 – 166 – 171 – 172 – 178 – 179 – 180 – 183 – 185 – 193 – 196 – 198 – 220 – 226 – 246 – 259 – 265 – 266 – 279 – 285 – 289 – 293 – 295 – 311 – 312 – 321
Por menor precio:
DNM – ITEM N° 1 – 4 – 11 – 12 – 15 – 17 – 27 – 33 – 35 – 37 – 38 – 45 – 52 – 56 – 57 – 59 – 63 – 68 – 70 – 71 – 73 – 82 – 85 – 93 – 102 – 103 – 106 – 110 – 111 – 112 – 123 – 130 – 131 – 139 – 142 – 144 – 152 – 156 – 157 – 159 – 167 – 169 – 175 – 176 – 177 – 181 – 182 – 186 – 190 – 195 – 197 – 199 – 201 – 203 – 207 – 217 – 219 – 222 – 228 – 233 – 236 – 239 – 243 – 249 – 252 – 253 – 255 – 257 – 260 – 261 – 269 – 272 – 275 – 281 – 288 – 300 – 301 – 310 – 313 – 317 – 318 – 326 Por calidad: DNM – ITEM N° 73
Por menor precio:
FERAVAL – ITEM N° 10 – 19 – 41 – 44 – 60 – 90 – 105 – 121 – 141 – 145 – 147 – 154 – 161 – 184 – 202 – 209 – 211 -227 – 242 – 244 – 250 – 273 – 280 – 284 – 299 – 315
Por menor precio:
MG – ITEM N° 8 – 18 – 25 – 26 – 39 – 40 – 49 – 55 – 94 – 96 – 100 – 127 – 137 – 148 – 153 – 164 – 165 – 168 – 170 – 192 – 194 – 204 – 208 – 223 – 234 – 235 – 241 – 247 – 251 – 274 – 276 – 282 – 283 – 287 – 294 – 297 – 305 – 308 – 309 – 325 Ya que los insumos ofertados responden a las necesidades solicitadas siendo, por lo tanto, lo más conveniente al Municipio…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 87/25, a las firmas Droguería Varadero S.A., Farmed S.A., Droguería Luma S.A., Lumedic S.A., Glamamed S.A., DNM Farma S.A., Feraval S.A., MG Insumos S.A.;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Medicamentos, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 Solicitud pedido N° 512/26 DROGUERIA VARADERO S.A.
Por menor precio: ITEM N° 3 – 23 – 29 – 54 – 64 – 83 – 88 – 115 – 132 – 150 – 151 – 174 – 200 – 218 – 229 – 238 – 254 – 258 – 264 – 292 – 303 – 304 – 316 – 324
En la suma total de Pesos Sesenta y cuatro millones seiscientos ochenta y tres mil quinientos dieciséis con 90/100 ($64.683.516,90).
1.2 Solicitud pedido N° 508/26 FARMED S.A.
Por menor precio: ITEM N° 2 – 6 – 13 – 14 – 30 – 32 – 58 – 61 – 67 – 79 – 89 – 97 – 116 – 120 – 135 – 155 – 187 – 188 – 205 – 206 – 225 – 237 – 240 – 256 – 263 – 267 – 277 – 314 – 319 – 322
En la suma total de Pesos Cincuenta millones doscientos cinco mil novecientos ($50.205.900,00).
1.3 Solicitud pedido N° 514/26 DROGUERIA LUMA S.A.
Por menor precio: ITEM N° 9 – 24 – 31 – 36 – 46 – 47 – 50 – 51 – 65 – 66 – 77 – 80 – 95 – 107 – 118 – 138 – 143 – 149 – 160 – 163 – 173 – 214 – 215 – 216 – 221 – 230 – 231 – 232 – 245 – 248 – 262 – 270 – 271 – 298 – 306 – 328
En la suma total de Pesos Diecinueve millones ciento noventa mil novecientos noventa y nueve ($19.190.999,00).
1.4 Solicitud pedido N° 515/26 LUMEDIC S.A.
Por menor precio: ITEM N° 5 – 7 – 16 – 22 – 43 – 53 – 78 – 109 – 114 – 119 – 136 – 140 – 146 – 158 – 189 – 191 – 210 – 212 – 213 – 224 – 268 – 278 – 286 – 290 – 291 – 296 – 302 – 307 – 320 – 323 – 327
En la suma total de Pesos Ciento cuarenta y cinco millones cincuenta y nueve mil cientos noventa ($145.059.190,00).
1.5 Solicitud pedido N° 511/26 GLAMAMED S.A.
Por menor precio: ITEM N° 20 – 21 – 28 – 34 – 42 – 48 – 62 – 69 – 72 – 74 – 75 – 76 – 81 – 84 – 86 – 87 – 91 – 92 – 98 – 99 – 101 -104 – 108 – 113 – 117 – 122 – 124 – 125 – 126 – 128 – 129 – 133 – 134 – 162 – 166 – 171 – 172 – 178 – 179 – 180 – 183 – 185 – 193 – 196 – 198 – 220 – 226 – 246 – 259 – 265 – 266 – 279 – 285 – 289 – 293 – 295 – 311 – 312 – 321
En la suma total de Pesos Doscientos treinta y cuatro millones seiscientos diecinueve mil cuatrocientos dieciocho con 80/100 ($234.619.418,80).
1.6 Solicitud pedido N° 492/26 DNM FARMA S.A.
Por menor precio: ITEM N° 1 – 4 – 11 – 12 – 15 – 17 – 27 – 33 – 35 – 37 – 38 – 45 – 52 – 56 – 57 – 59 – 63 – 68 – 70 – 71 – 82 – 85 – 93 – 102 – 103 – 106 – 110 – 111 – 112 – 123 – 130 – 131 – 139 – 142 – 144 – 152 – 156 – 157 – 159 – 167 – 169 – 175 – 176 – 177 – 181 – 182 – 186 – 190 – 195 – 197 – 199 – 201 – 203 – 207 – 217 – 219 – 222 – 228 – 233 – 236 – 239 – 243 – 249 – 252 – 253 – 255 – 257 – 260 – 261 – 269 – 272 – 275 – 281 – 288 – 300 – 301 – 310 – 313 – 317 – 318 – 326
Por calidad: ITEM N° 73
En la suma total de Pesos Trescientos treinta y ocho millones ciento siete mil setecientos cuarenta y ocho con 29/100 ($338.107.748,29).
1.7 Solicitud pedido N° 517/26 FERAVAL S.A.
Por menor precio: ITEM N° 10 – 19 – 41 – 44 – 60 – 90 – 105 – 121 – 141 – 145 – 147 – 154 – 161 – 184 – 202 – 209 – 211 – 227 – 242 – 244 – 250 – 273 – 280 – 284 – 299 – 315
En la suma total de Pesos Cincuenta y nueve millones ochenta mil seiscientos sesenta y cinco ($59.080.665,00). 1.8 Solicitud pedido N° 506/26 MG INSUMOS S.A.
Por menor precio: ITEM N° 8 – 18 – 25 – 26 – 39 – 40 – 49 – 55 – 94 – 96 – 100 – 127 – 137 – 148 – 153 – 164 – 165 – 168 – 170 – 192 – 194 – 204 – 208 – 223 – 234 – 235 – 241 – 247 – 251 – 274 – 276 – 282 – 283 – 287 – 294 – 297 – 305 – 308 – 309 – 325
En la suma total de Pesos Cuarenta y tres millones quinientos veinticinco mil seiscientos quince ($43.525.615,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2026-357-MSM-INT
05/02/2026
VISTO, Expte. administrativo Nº 17469/25, solicitud de pedido N° 5073/25 y su reemplazo 309/2026, por el que tramita el segundo llamado a licitación pública N° 96/25, por el servicio de Recolección de residuos patológicos semestre 2026, destinado a Hospitales, Primer Nivel, y Medicamentos vencidos 2 servicios Farmacia Central, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, “…Visto el expediente de referencia por el cual se tramita la Lic. Pública N° 96/2025 por el servicio de recolección de residuos patológicos y disposición final, para las distintas dependencias de esta unidad ejecutora que, en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar la totalidad de los servicios por menor precio a la firma DESLER S.A… ya que los servicios ofertados responden a las necesidades de dichos efectores, siendo por lo tanto , la oferta más conveniente al Municipio…”
QUE, como de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 96/25 segundo llamado, a la firma Desler S.A., por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por el servicio de Recolección de residuos patológicos por un semestre 2026, destinado a Hospitales, Primer Nivel, y Medicamentos vencidos 2 servicios Farmacia Central, dependientes de la Secretaría de Salud, a la firma Desler S.A. en la suma total de Pesos Trescientos setenta y seis millones quinientos cuarenta y ocho mil ($376.548.000,00).
Condición de pago dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2026-358-MSM-INT
05/02/2026
VISTO, Expte. administrativo Nº 17469/25, solicitud de pedido N° 5073/25 y su reemplazo 309/2026, por el que tramita el segundo llamado a licitación pública N° 96/25, por el servicio de Recolección de residuos patológicos semestre 2026, destinado a Hospitales, Primer Nivel, y Medicamentos vencidos 2 servicios Farmacia Central, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, “…Visto el expediente de referencia por el cual se tramita la Lic. Pública N° 96/2025 por el servicio de recolección de residuos patológicos y disposición final, para las distintas dependencias de esta unidad ejecutora que, en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar la totalidad de los servicios por menor precio a la firma DESLER S.A… ya que los servicios ofertados responden a las necesidades de dichos efectores, siendo por lo tanto , la oferta más conveniente al Municipio…”
QUE, como de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 96/25 segundo llamado, a la firma Desler S.A., por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por el servicio de Recolección de residuos patológicos por un semestre 2026, destinado a Hospitales, Primer Nivel, y Medicamentos vencidos 2 servicios Farmacia Central, dependientes de la Secretaría de Salud, a la firma Desler S.A. en la suma total de Pesos Trescientos setenta y seis millones quinientos cuarenta y ocho mil ($376.548.000,00).
Condición de pago dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2026-359-MSM-INT
05/02/2026
VISTO, el Expte. administrativo Nº 17477/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 88/25, solicitud de pedido N° 5009/2025 y su reemplazo N° 611, 612, 626, 614, 615 y 621/2026 por el servicio de aprovisionamiento de Descartables generales, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Salud, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…provisión de Descartables Generales, sector Farmacia Central Larcade que, en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar por menor precio a las firmas:
Por Menor precio
DCD – ITEM N°4 – 74 – 75 – 85 – 105 – 162 – 163 – 164 – 167 – 191 – 192 – 198 – 199 – 203 – 204 – 275
Por Calidad:
DCD – ITEM N°5 – 50 – 146 – 165 – 166 – 342 – 343
Por Calidad:
LIVE IN BA S.A – ITEM N°47
Por Menor Precio
EUROSWISS – ITEM N°17 – 18 – 19 – 20 – 21 – 22 – 23 – 24 – 25 – 32 – 33 – 34 – 38 – 39 – 41 – 42 – 51 – 52 – 53 – 64 – 65 – 66 – 67 – 68 – 69 – 70 – 71 – 72 – 73 – 84 – 86 – 88 – 91 – 94 – 95 – 96 – 97 – 106 – 114 – 115 – 117 – 121 – 130 – 131 – 135 – 136 – 137 – 141 – 142 – 144 – 145 – 148 – 149 – 153 – 159 – 160 – 161 – 168 – 169 – 170 – 176 – 177 – 178 – 184 – 185 – 193 – 194 – 195 – 196 – 197 – 200 – 201 – 202 – 205 – 206 -207 – 208 – 209 – 210 – 211 – 212 -213 – 214 – 215 – 216 – 217 – 218 – 219 – 220 – 222 – 223 – 224 – 225 – 226 – 227 – 228 – 229 – 230 – 231 – 232 – 233 – 234 – 235 – 236 – 237 – 238 – 239 – 240 – 241 – 242 – 248 – 249 – 250 – 254 – 255 – 256 – 259 – 263 – 264 – 265 – 274 – 278 – 279 – 280 – 281 – 282 – 283 – 284 – 285 – 286 – 287 – 288 – 289 – 290 – 291 – 292 – 293 – 294 – 295 – 296 – 297 – 298 – 299 – 300 – 301 – 302 – 303 – 304 – 315 – 316 – 317 – 318 – 319 – 320 – 321 – 322 – 323 – 324 – 325 – 326 – 330 – 331 – 332 – 335 – 336 – 338 – 339 – 341
Por Calidad
EUROSWISS – ITEM N° 28 – 44 – 92 – 99 – 101 – 107 – 108 – 113 – 120 – 132 – 133 – 134 – 147 – 186 – 189 – 221 – 271 – 313 – 333 – 334 Por Menor Precio PHARMA EXPRESS – ITEM N° 11 – 26 – 35 – 36 – 37 –109 – 118 – 140 – 172 – 182 – 183 – 188 – 243 – 267 – 273 – 311 – 327 – 328 – 329
Por Calidad
PHARMA EXPRESS – ITEM N°1 – 2 – 3 – 12 – 14 – 30 – 45 – 46 – 77 – 78 – 87 – 110 – 179 – 266
Por Menor Precio
BETA CAMPANA – ITEM N° 151 – 251 – 252 – 253 – 270 – 337
Por Calidad
BETA CAMPANA – ITEM N° 29 – 49 – 98 – 100 – 119 – 190 – 272 – 276
Por Menor Precio
GLAMAMED – ITEM N°10 – 15 – 16 – 27 – 40 – 43 – 54 – 55 – 56 – 57 – 58 – 59 – 60 – 61 – 62 – 63 – 76 – 79 – 80 – 81 – 82 – 83 – 89 – 90 – 93 – 104 – 116 – 122 – 123 – 124 – 125 – 126 – 128 – 129 – 138 – 139 – 143 – 150 – 152 – 154 – 155 – 156 – 157 – 158 – 171 – 173 – 174 – 175 – 180 – 181 – 187 – 244 – 245 – 246 -257 – 258 – 260 – 261 – 262 – 268 – 269 – 277 – 305 – 306 – 307 – 308 – 310 – 312 – 314 – 340
Por Calidad
GLAMAMED – ITEM N° 6 – 7 – 8 – 9 – 13 – 31 – 48 – 102 – 103 – 111 – 112 – 127 – 247 – 309
Ya que los insumos ofertados responden a las necesidades solicitadas siendo, por lo tanto, lo más conveniente al Municipio…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 88/25, a las firmas DCD Products S.R.L, Live In BA S.A, Euroswiss S.A., Pharma Express S.A., Droguería Beta Campana S.A., Glamamed S.A.; por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Descartables generales, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 Solicitud pedido N° 611/26 DCD PRODUCTS S.R.L.,
Por Menor precio ITEM N° 4 – 74 – 75 – 85 – 105 – 162 – 163 – 164 – 167 – 191 – 192 – 198 – 199 – 203 – 204 – 275
Por Calidad
ITEM N° 5 – 50 – 146 – 165 – 166 – 342 – 343
En la suma total de Pesos Treinta millones ochocientos cincuenta y seis mil seiscientos ochenta y cuatro con 35/100 ($30.856.684,35).
1.2 Solicitud pedido N° 612/26 LIVE IN BA S.A.,
Por Calidad
ITEM N° 47
En la suma total de Pesos Un millón novecientos cincuenta y nueve mil cientos cuarenta y dos con 50/100 ($1.959.142,50).
1.3 Solicitud pedido N° 626/26 EUROSWISS S.A.,
Por Menor precio
ITEM N° 17 – 18 – 19 – 20 – 21 – 22 – 23 – 24 – 25 – 32 – 33 – 34 – 38 – 39 – 41 – 42 – 51 – 52 – 53 – 64 – 65 – 66 – 67 – 68 – 69 – 70 – 71 – 72 – 73 – 84 – 86 – 88 – 91 – 94 – 95 – 96 – 97 – 106 – 114 – 115 – 117 – 121 – 130 – 131 – 135 – 136 – 137 – 141 – 142 – 144 – 145 – 148 – 149 – 153 – 159 – 160 – 161 – 168 – 169 – 170 – 176 – 177 – 178 – 184 – 185 – 193 – 194 – 195 – 196 – 197 – 200 – 201 – 202 – 205 – 206 -207 – 208 – 209 – 210 – 211 – 212 -213 – 214 – 215 – 216 – 217 – 218 – 219 – 220 – 222 – 223 – 224 – 225 – 226 – 227 – 228 – 229 – 230 – 231 – 232 – 233 – 234 – 235 – 236 – 237 – 238 – 239 – 240 – 241 – 242 – 248 – 249 – 250 – 254 – 255 – 256 – 259 – 263 – 264 – 265 – 274 – 278 – 279 – 280 – 281 – 282 – 283 – 284 – 285 – 286 – 287 – 288 – 289 – 290 – 291 – 292 – 293 – 294 – 295 – 296 – 297 – 298 – 299 – 300 – 301 – 302 – 303 – 304 – 315 – 316 – 317 – 318 – 319 – 320 – 321 – 322 – 323 – 324 – 325 – 326 – 330 – 331 – 332 – 335 – 336 – 338 – 339 – 341
Por Calidad
ITEM N° 28 – 44 – 92 – 99 – 101 – 107 – 108 – 113 – 120 – 132 – 133 – 134 – 147 – 186 – 189 – 221 – 271 – 313 – 333 – 334
En la suma total de Pesos Doscientos dieciocho millones ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y dos con 33/100 ($218.194.452,33).
1.4 Solicitud pedido N° 614/26 PHARMA EXPRESS S.A.,
Por Menor precio
ITEM N° 11 – 26 – 35 – 36 – 37 –109 – 118 – 140 – 172 – 182 – 183 – 188 – 243 – 267 – 273 – 311 – 327 – 328 – 329
Por Calidad
ITEM N° 1 – 2 – 3 – 12 – 14 – 30 – 45 – 46 – 77 – 78 – 87 – 110 – 179 – 266
En la suma total de Pesos Ciento veinticuatro millones seiscientos cincuenta y siete mil trescientos noventa y cinco con 59/100 ($124.657.395,59).
1.5 Solicitud pedido N° 615/26 DROGUERIA BETA CAMPANA S.A.,
Por Menor precio
ITEM N° 151 – 251 – 252 – 253 – 270 – 337
Por Calidad
ITEM N° 29 – 49 – 98 – 100 – 119 – 190 – 272 – 276
En la suma total de Pesos Cuarenta y seis millones trescientos noventa y dos mil novecientos ochenta ($46.392.980,00).
1.6 Solicitud pedido N° 621/26 GLAMAMED S.A.,
Por Menor precio
ITEM N° 10 – 15 – 16 – 27 – 40 – 43 – 54 – 55 – 56 – 57 – 58 – 59 – 60 – 61 – 62 – 63 – 76 – 79 – 80 – 81 – 82 – 83 – 89 – 90 – 93 – 104 – 116 – 122 – 123 – 124 – 125 – 126 – 128 – 129 – 138 – 139 – 143 – 150 – 152 – 154 – 155 – 156 – 157 – 158 – 171 – 173 – 174 – 175 – 180 – 181 – 187 – 244 – 245 – 246 -257 – 258 – 260 – 261 – 262 – 268 – 269 – 277 – 305 – 306 – 307 – 308 – 310 – 312 – 314 – 340
Por Calidad
ITEM N° 6 – 7 – 8 – 9 – 13 – 31 – 48 – 102 – 103 – 111 – 112 – 127 – 247 – 309
En la suma total de Pesos Ciento noventa y tres millones seiscientos sesenta y cinco mil doscientos sesenta y nueve con 65/100 ($193.665.269,65).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2026-360-MSM-INT
05/02/2026
VISTO, el Expte. administrativo Nº 17467/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 98/25, solicitud de pedido N° 5021/2025 y su reemplazo N° 483, 486, y 489/2026 por el servicio de aprovisionamiento de Alimentos frescos y secos, destinados al Hospital San Miguel Arcángel, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Salud, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…provisión de Alimentos a Granel para el Hospital San Miguel Arcángel que, en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar por menor precio a la firma:
POR MENOR PRECIO:
PANIFICADORA JOSÉ C PAZ S.A – ITEM N° 1 – 2 – 3 – 4 – 5 – 6 – 7 – 12 – 16 – 23 – 25 – 26 – 28 – 29 – 30 – 31 – 39 – 48 – 51 – 58 – 59 – 73 – 75 – 84 – 93 – 95.
POR CALIDAD
PANIFICADORA JOSÉ C PAZ S.A – ITEM N° 94
POR MENOR PRECIO:
DISTRIBUIDORA COFEX S.R.L. – ITEM N° 8 – 21 – 22 – 27 – 32 – 33 – 34 – 35 – 36 – 37 – 38 – 40 – 41 – 42 – 43 – 44 – 45 – 46 – 47 – 49 – 50 – 52 – 60 – 64 – 71 – 76.
POR CALIDAD DISTRIBUIDORA
COFEX S.R.L. – ITEM N° 74
POR MENOR PRECIO:
DISTRIBUIDORA HERMAR S.R.L. – ITEM N° 9 – 10 – 11 – 13 – 14 – 15 – 17 – 18 – 19 – 20 – 24 – 53 – 54 – 55 – 56 – 57 – 61 – 62 – 63 – 65 – 66 – 67 – 68 – 69 – 70 – 72 – 77 – 78 – 79 – 80 – 81 – 82 – 83 – 85 – 86 – 87 – 88 – 89 – 96 – 97 – 98 – 99 – 100 – 101.
POR CALIDAD
DISTRIBUIDORA HERMAR S.R.L. – ITEM N° 90 – 91 – 92
Ya que los insumos ofertados responden a las necesidades solicitadas siendo, por lo tanto, lo más conveniente al Municipio…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 88/25, a las firmas Panificadora José C. Paz S.A., Distribuidora Cofex S.R.L. y Distibuidora Hermar S.R.L., por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Alimentos frescos y secos, semestre, destinados al Hospital San Miguel Arcángel, dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 Solicitud pedido N° 483/26 PANIFICADORA JOSE C. PAZ S.A.
Por Menor precio
ITEM N° 1 – 2 – 3 – 4 – 5 – 6 – 7 – 12 – 16 – 23 – 25 – 26 – 28 – 29 – 30 – 31 – 39 – 48 – 51 – 58 – 59 – 73 – 75 – 84 – 93 – 95.
Por Calidad
ITEM N° 94
En la suma total de Pesos Ciento setenta y nueve millones novecientos treinta mil ochocientos cincuenta y cuatro con 80/100 ($179.930.854,80).
1.2 Solicitud pedido N° 486/26 DISTRIBUIDORA COFEX S.R.L.
Por Menor precio
ITEM N° 8 – 21 – 22 – 27 – 32 – 33 – 34 – 35 – 36 – 37 – 38 – 40 – 41 – 42 – 43 – 44 – 45 – 46 – 47 – 49 – 50 – 52 – 60 – 64 – 71 – 76
Por Calidad
ITEM N°74
En la suma total de Pesos Cincuenta y un millones cuatrocientos ochenta y siete mil seiscientos veintiséis ($51.487.626,00).
1.3 Solicitud pedido N° 489/26 DISTRIBUIDORA HERMAR S.R.L.
Por Menor precio
ITEM N° 9 – 10 – 11 – 13 – 14 – 15 – 17 – 18 – 19 – 20 – 24 – 53 – 54 – 55 – 56 – 57 – 61 – 62 – 63 – 65 – 66 – 67 – 68 – 69 – 70 – 72 – 77 – 78 – 79 – 80 – 81 – 82 – 83 – 85 – 86 – 87 – 88 – 89 – 96 – 97 – 98 – 99 – 100 – 101.
Por Calidad
ITEM N° 90 – 91 – 92
En la suma total de Pesos Setenta y seis millones doscientos noventa y dos mil seiscientos cuarenta y dos con 90/100 ($76.292.642,90).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2026-362-MSM-INT
06/02/2026
VISTO la nota presentada por la Subsecretaría de Primera Infancia, mediante la cual se solicita se declare de Interés Municipal la jornada de capacitación denominada “La música en la primera infancia”, a realizarse el día 10 de febrero de 2026; y
CONSIDERANDO:
Que dicha jornada se encuentra destinada al fortalecimiento y actualización de las prácticas pedagógicas en los espacios de primera infancia del Partido;
Que la capacitación, orientada al eje “La música en la primera infancia”, propone profundizar el uso de la música como herramienta pedagógica y de desarrollo integral, favoreciendo el desarrollo emocional, cognitivo, comunicativo y social de los niños, así como su función en la expresión, la construcción de vínculos, la estimulación temprana y el acompañamiento de las rutinas cotidianas;
Que la propuesta formativa tiene por finalidad unificar criterios de intervención institucional, enriquecer las prácticas educativas cotidianas y brindar herramientas concretas que contribuyan a mejorar la calidad educativa y el acompañamiento integral de los niños que asisten a los Centros de Desarrollo Infantil Familiar (CDIF);
Que participará de la mencionada jornada la totalidad del personal que se desempeña en los CDIF del Partido, incluyendo equipos directivos, educadoras, personal administrativo, equipos técnicos y personal auxiliar, en el entendimiento de que el abordaje de la primera infancia requiere una perspectiva integral y el compromiso articulado de todos los actores institucionales;
Que el Departamento Ejecutivo considera procedente dictar el acto administrativo correspondiente; POR ELLO;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: DECLÁRASE de Interés Municipal la jornada de capacitación “La música en la primera infancia”, a realizarse el día 10 de febrero del corriente año.
ARTÍCULO 2°: El gasto que eventualmente demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia.
ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-363-MSM-INT
06/02/2026
VISTO, el expediente administrativo Nº 18336/26, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública para la obra “Pavimentos articulados”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Cuatrocientos setenta y siete millones ($477.000.000,00) mediante solicitud de pedido N° 584/26,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento veintiún millones setenta y un mil trescientos ochenta y siete ($121.071.387,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo; POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 03/26, para la obra “Pavimentos articulados”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público. Valor del pliego $ 524.700,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2026-364-MSM-INT
06/02/2026
VISTO, el expediente administrativo Nº 18337/26, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública para la obra “Ciudad Judicial III”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Mil doscientos sesenta y un millones seiscientos veintiún mil ($1.261.621.000,00) mediante solicitud de pedido N° 249/26,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento veintiún millones setenta y un mil trescientos ochenta y siete ($121.071.387,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 04/26, por la obra “Ciudad Judicial III”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público. Valor del pliego $1.387.783,10 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público. ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2026-365-MSM-INT
06/02/2026
Visto, el Expte. administrativo Nº18335/26 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por el servicio de aprovisionamiento de Alimentos secos, destinados a asistir a comedores y merenderos (familias en situación de vulnerabilidad socio – económica) de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Ciento sesenta y cuatro millones doscientos treinta mil seiscientos cincuenta ($164.230.650,00), mediante solicitud de pedido N° 581/26
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento veintiún millones setenta y un mil trescientos ochenta y siete ($121.071.387,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 02/26, por el servicio de aprovisionamiento de Alimentos secos, destinados a asistir a comedores y merenderos de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia. Valor del pliego $ 180.653,72 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Infancia y Familia.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-366-MSM-INT
06/02/2026
Visto, el Expte. administrativo Nº18395/26 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por el servicio de aprovisionamiento de Cajas de asistencia alimentaria, para asistir a vecinos de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Novecientos setenta y ocho millones seiscientos mil ($918.900.000,00), mediante solicitud de pedido N° 704/26,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento veintiún millones setenta y un mil trescientos ochenta y siete ($121.071.387,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 06/26 por el servicio de aprovisionamiento de Cajas de asistencia alimentaria, para asistir a vecinos de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel.
Valor del pliego $ 1.010.790,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Infancia y Familia.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-367-MSM-INT
06/02/2026
VISTO, el expediente administrativo Nº 17888/26, por el que se tramita la Licitación Pública N° 106/25 solicitud de pedido N° 5770/25 y su reemplazo 129/26, para la obra “Reacondicionamiento eléctrico en EES N ° 06, EES N°07 y ISFD N°112”, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Educación y Trabajo, a través de su titular, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo,
“…La empresa Manrique Joaquín Andrés cumple con todos los requisitos solicitados en el pliego de condiciones generales y particulares… La empresa Constructora Sidco S.R.L. cumple con todos los requisitos solicitados en el pliego de condiciones generales y particulares… La empresa G2M S.R.L. cumple con todos los requisitos solicitados en el pliego de condiciones generales y particulares… Examinadas las ofertas formuladas, surge que los oferentes presupuestan la totalidad de lo requerido todo en concordancia con los términos del pliego pertinente…, Habiendo evaluado el componente técnico y económico de las ofertas, se recomienda la pre adjudicación por mejor precio a la siguiente empresa…
Ítem Pre-Adjudicación
1 Manrique Joaquín Andrés
Siendo todo cuanto se puede informar al respecto, se solicita que se proceda a la continuidad de la contratación evaluando lo expuesto previamente…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Educación y Trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 106/25, a la firma Manrique Joaquín Andrés, por resultar éstas las más convenientes;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, la obra “Reacondicionamiento eléctrico en EES N° 06, EES N°07 y ISFD N °112”, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo, por ser la oferta mejor calificada, a la firma MANRIQUE JOAQUÍN ANDRÉS en la suma total de Pesos Ciento cincuenta y ocho millones trescientos veinte mil cien ($158.320.100,00).
Condición de pago dentro de los 30 días según art 10° p,c.p
ARTICULO 2°: Instruir a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. Maria de los Milagros Richards
DECFC-2026-369-MSM-INT
06/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 745/2026 a favor de la Sra. Portillo, Florencia Abigail; y CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia monoparental, que conviven en una situación de hacinamiento
QUE no cuentan con los recursos pertinentes para la ampliación y remiendo de la estructura edilicia en la cual convive la familia toda;
QUE oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-2680-E-MSM-INT;
QUE se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.465.000,00. (Pesos un millón cuatrocientos sesenta y cinco mil) a la Sra. Portillo, Florencia Abigail.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-370-MSM-INT
06/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 757/2026 a favor de la Sra. Benegas, Maribel Solange; y CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia monoparental, que la solicitante no recibe ningún tipo de ayuda por parte del progenitor de sus hijos;
QUE conviven en una situación de hacinamiento y riesgo habitacional que no cuentan con los recursos necesarios para ampliar y mejorar las condiciones de su hogar;
QUE oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-2511-E-MSMINT;
QUE se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.353.000,00 (Pesos un millón trescientos cincuenta y tres mil) a la Sra. Benegas, Maribel Solange.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-371-MSM-INT
06/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 605/2026 a favor de la Sra. Leiva, Daniel Facundo; y CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia monoparental, a cargo de dos (2) niños menores, uno de ellos presenta discapacidad con CUD; Que no disponen de un baño propio; por ello, se considera pertinente la ampliación y la reparación de la estructura edilicia en la que residen junto a su núcleo familiar;
QUE oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-3058-E-MSMINT;
QUE se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia; Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.244.842,30.- (Pesos un millón doscientos cuarenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y dos con treinta centavos) a favor del Sr. Leiva, Daniel Facundo.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-372-MSM-INT
06/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 721/2026 a favor de la Sra. Ruiz Díaz, Maira Florencia; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia monoparental, que viven en una situación de hacinamiento y no cuentan con los recursos necesarios para ampliar y mejorar las condiciones de su hogar;
QUE oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-2171-E-MSMINT;
QUE se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.976.247,52.- (Pesos un millón novecientos setenta y seis mil doscientos cuarenta y siete con cincuenta y dos centavos) a la Sra. Ruiz, Díaz Maira Florencia D.N.I Nº 39.921.134
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-373-MSM-INT
06/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 753/2026 a favor de la Sra. Roa Mascareño, Doris; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia monoparental a cargo de cuatro (4) niños menores, uno de ellos padece afecciones a su salud;
QUE conviven en una situación de hacinamiento y no cuentan con los recursos necesarios para ampliar y mejorar las condiciones de su hogar;
QUE oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-3054-EMSM-INT;
QUE se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.976.247,52.- (Pesos un millón novecientos setenta y seis mil doscientos cuarenta y siete con cincuenta y dos centavos) a la Sra. Roa Mascareño, Doris.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-376-MSM-INT
06/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 852/2026 a favor de la Sra. Müller, Sofía Araceli; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia nuclear que conviven en una vivienda de escasas dimensiones que no cuenta con baño, y no poseen los ingresos económicos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda el remiendo de la estructura edilicia en la que conviven con su núcleo familiar;
QUE oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-3761-E-MSMINT;
QUE se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $2.328.800,00.- (Pesos dos millones trescientos veintiocho mil ochocientos) a la Sra. Müller, Sofía Araceli.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-377-MSM-INT
06/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 877/2026 a favor de la Sra. Altamirano, Jorgelina Abigail; y CONSIDERANDO:
Que, se trata de una familia extensa en la que varios integrantes padecen afecciones de salud, que conviven en una situación de hacinamiento y no cuentan con un baño propio;
Que no pueden acceder a los recursos necesarios para mejorar la calidad de la estructura edilicia en la cual convive la familia toda;
Que oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-3211-E-MSMINT;
Que se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.881.500.- (Pesos un millón ochocientos ochenta y un mil quinientos) a la Sra. Altamirano, Jorgelina Abigail.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-378-MSM-INT
06/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 811/2026 a favor de la Sra. Juárez, Julieta Rita; y CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia nuclear en la que la solicitante se encuentra a cargo de sus dos hijos, quienes padecen afecciones a su salud;
Que no cuenta con los recursos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda las reparaciones pertinentes en su domicilio;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por el recurrente.
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia.
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $3.011.100,00.- (Pesos tres millones once mil cien) a la Sra. Juárez, Julieta Rita.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-404-MSM-INT
11/02/2026
VISTO, el Expte. administrativo Nº 18320/26 por el que tramita la Licitación Privada N°06/26, por obra remodelación en EES n°2 y EEST n°4, dependientes de la Secretaría de Educación y trabajo, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaría de Educación y trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº06/26, a la firma SRB OBRAS Y SERVICIOS SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por obra remodelación en EES n°2 y EEST n°4, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: SRB OBRAS Y SERVICIOS SRL: por menor precio en la suma total de Pesos cuarenta y nueve millones quinientos mil ($49.500.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2026-405-MSM-INT
11/02/2026
VISTO, el Expte. administrativo Nº 18174/26 por el que tramita la Licitación Privada N° 01/26 por la provisión de insumos eléctricos para parque semafórico, dependientes de la Secretaría Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 01/26, a las firmas DISTRIBUCION VANLUZ SRL, BATTEZZATI JUAN FRANCISCO Y ELECTROPELBA SA, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión de insumos eléctricos para parque semafórico, dependientes de la Secretaría Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
DISTRIBUCION VANLUZ SRL: por mejor precio item 1 en la suma total de Pesos veintidós millones cuatrocientos catorce mil ($22.414.000,00).
BATTEZZATI JUAN FRANCISCO: por mejor precio el ítem 2 al 5 y del 7 al 9, en la suma total de Pesos treinta millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil treinta y uno ($30.448.031,00).
ELECTROPELBA SA: por mejor precio ítem 6 en la suma total de Pesos tres millones seiscientos setenta mil ($3.670.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2026-406-MSM-INT
11/02/2026
VISTO, el Expte. administrativo Nº 18267/26 por el que tramita la Licitación Privada N°04/26, por la obra instalación de aires acondicionados en establecimientos educativos, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaría de Educación y trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº04/26, a la firma MANRIQUE JOAQUIN, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por obra instalación de aires acondicionados en establecimientos educativos, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera:
MANRIQUE JOAQUIN: por menor precio en la suma total de Pesos setenta y dos millones quinientos sesenta y un mil ochocientos veinte ($72.561.820,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2026-407-MSM-INT
11/02/2026
VISTO, el expediente administrativo Nº 18035/25 por el que se tramita la Licitación Pública N°108/25 por la obra “Intertrabado calle Arroyo entre Quirno y Sourdeaux”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Obras y Espacio Público, a través de su señor Secretario, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo, “…del análisis técnico, económico y financiero efectuado, se concluye que todos los oferentes cumplen con los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones… considerando el criterio de menor precio ofertado, se recomienda adjudicar la licitación pública N° 108/25 a la Cooperativa de Trabajo Puntanos Ltda. por resultar la oferta económicamente más conveniente para el Municipio…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 108/25/25, a la firma Cooperativa de Trabajo Puntanos Ltda., por resultar ésta la más conveniente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO PUNTANOS LTDA., la “Intertrabado calle Arroyo entre Quirno y Sourdeaux”, según informe respaldatorio de la Secretaría de Obras y Espacio Público, por reunir las condiciones técnicas y financieras requeridas y resultar la de menor valor, en la suma total de Pesos Ciento cincuenta y siete millones quinientos sesenta y un mil setecientos nueve con 24/100 ($157.561.709,24). Plazo de ejecución 60 días según artículo 5° p.c.p.
Condición de pago: Anticipo 30%, y certificados a 30 días según artículo 10° p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2026-408-MSM-INT
11/02/2026
VISTO el expediente GDE 164371/2022 y;
CONSIDERANDO:
QUE en la Ordenanza Fiscal Vigente 17/2025, Decreto 3916/2025, se establecieron los requisitos y condiciones para el otorgamiento de exenciones para el pago de la Tasa por Servicios Municipales, Tasas de Seguridad, de Optimización del Parque Lumínico, Tasa de Bomberos y SAME.
QUE en la Ordenanza Fiscal vigente 17/2025, Decreto 3916/2025, en su art. 71 inc. f se encuentran los requisitos que deberán cumplir las Asociaciones, Instituciones o Entidades de Bien Público, para hacerse beneficiarias de las exenciones.
QUE asimismo en el art. 71 último párrafo de la Ordenanza Fiscal vigente 17/2025, Decreto 3916/2025, establece “facultase al Departamento Ejecutivo a condonar a aquellos contribuyentes que, reuniendo los requisitos para la eximición, no hayan presentado oportunamente la solicitud, por las obligaciones vencidas de los años no prescriptos.”
QUE el art. 51 de la Ordenanza Fiscal vigente 17/2025, Decreto 3916/2025, establece “Podrá el departamento ejecutivo proceder a la renovación de oficio, mientras no se modifiquen las condiciones por las cuales se le otorgaron las mismas, quedando facultado a realizar las verificaciones oportunas cuando así lo considere…”
QUE la Secretaria de Economía y Finanzas y la Dirección General de Asuntos Legales se expiden en forma favorable al otorgamiento de la exención solicitada por considerar que se encuentra encuadrado en lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal vigente 17/2025, Decreto 3916/2025, en su art. 71 inc. f).
QUE este Departamento Ejecutivo compartiendo dicho criterio, considera procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: CONDONESE las deudas de Tasas por Servicios Municipales, Seguridad y de Optimización del Parque Lumínico, Tasa Cuerpo de Bomberos de Gral. Sarmiento, como así también SAME correspondientes a los ejercicios 2025 a la entidad “ASOCIACIÓN CIVIL CARMELITAS DE LA CARIDAD” titular de las Partidas 249527 y 249528, por las razones expuestas en los considerandos del presente, al contribuyente designado en este artículo.
ARTICULO 2º: NOTIFIQUESE al solicitante del tenor del presente.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el Señor Secretario de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHÍVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2026-409-MSM-INT
11/02/2026
VISTO los expedientes administrativos Nº 4130-18137/26; 18160/26; 18304/26; y
CONSIDERANDO:
QUE por Ordenanza Nº 02/2024 el Municipio se adhiere a la ley 15394, la cual establece que los Municipios podrán disponer la condonación de las deudas cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas;
QUE en el ejercicio de tal delegación se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108º, inc. 16º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROCEDASE a condonar las deudas, por las razones expuestas en los considerandos del presente, por la Tasa de Servicios Municipales de las partidas y períodos que a continuación se detallan:
PARTIDA 065415, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 106576, deuda al año/cuota 16/03
PARTIDA 024563, deuda al año/cuota 18/12
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2026-410-MSM-INT
11/02/2026
VISTO la atribución conferida por la Ordenanza Fiscal vigente en el artículo 35º, apartado 1º, inc. h); y
CONSIDERANDO:
QUE en el Cap. V de la Ordenanza Fiscal vigente se encuentra establecida la Tasa por Publicidad y Propaganda.
QUE se estableció el devengamiento y pago de dicha Tasa en doce cuotas mensuales según Calendario Fiscal;
QUE mediante la Ordenanza Fiscal Nro. 17/2025 en su Art. 35 inc. 1) punto h) se faculta al Departamento Ejecutivo a otorgar un descuento de hasta el 25% del efectivo valor a ingresar para el caso de cancelación semestral y/o anual del tributo anticipado;
QUE se encuentra entre los objetivos de la presente administración estimular el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de este modo otorgar beneficios a los contribuyentes que abonen en forma total su período fiscal debido.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: OTÓRGASE un descuento del quince por ciento (15%) para los contribuyentes que cancelen en forma anticipada y total el período fiscal 2026, correspondiente al pago de Publicidad y Propaganda.
ARTICULO 2°: La vigencia del beneficio otorgado en el artículo 1º será el establecido según Calendario Fiscal 2026.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2026-411-MSM-INT
11/02/2026
VISTO el expediente Nº 4130-18103/25 por el cual se tramita el cobro del subsidio por fallecimiento según Ley Nº 9507/80, correspondiente al agente municipal RUIZ VIVIANA ELIZABETH (Leg: 2.574); y
CONSIDERANDO:
QUE se ha presentado la documentación respectiva que acredita el derecho a percibir el subsidio;
QUE, han intervenido la Dirección de Asuntos Legales, la Contaduría Municipal, como las áreas competentes en la materia;
QUE el presente, se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108º, inc. 16º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: ABONESE a su hija RUIZ MILAGROS AYELEN, la suma de $ 1.500.303,00 (pesos un millón quinientos mil trescientos tres), en concepto de subsidio por baja por fallecimiento de acuerdo al art. 2 de la ley 9507/80.
ARTICULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado al Presupuesto de Gasto vigente.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2026-412-MSM-INT
11/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 884/2026 a favor de la Sra. Busto, Lucas Jeremías; y CONSIDERANDO:
QUE Se trata de una familia nuclear a cargo de cuatro menores, dos de los cuales presentan afecciones de salud, que convive en una situación de hacinamiento y carecen de los recursos necesarios para ampliar y mejorar las condiciones de su vivienda;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $ 830.900,00 (Pesos ochocientos treinta mil novecientos) al Sr. Busto, Lucas Jeremías.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-413-MSM-INT
11/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 830/2026 a favor de la Sra. Posadas, Maria Isabel; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de un grupo familiar de carácter nuclear, en cuyo seno uno de sus integrantes presenta afecciones de salud que derivan en severas limitaciones funcionales en su capacidad de desplazamiento;
QUE la vivienda que habitan presenta deficiencias estructurales, tales como filtraciones de agua, daños en la cubierta del techo, fisuras en paredes y afectación de otros sectores del inmueble, configurando una situación de precariedad habitacional que requiere intervención;
QUE el grupo familiar no cuenta con los recursos económicos necesarios para realizar las mejoras y adecuaciones indispensables a fin de garantizar condiciones dignas y seguras de habitabilidad,
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $ 912.000,00 (Pesos novecientos doce mil) a la Sra. Posadas, Maria Isabel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-419-MSM-INT
12/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 921/2025 a favor de la Sra. Andrada, Nadia Sabrina; y CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia numerosa que no cuentan con agua potable y no poseen los recursos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda la instalación de la estructura necesaria para poder tener agua potable en su hogar;
Que el acceso al agua potable es de vital necesidad;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por el recurrente.
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia.
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de hasta $2.790.000,00.- (Pesos dos millones setecientos noventa mil) a la Sra. Andrada, Maria Sabrina, por una perforación completa para equipo de compresor…
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-420-MSM-INT
12/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 777/2026 a favor de la Sra. Banega, Yamila Noemi; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia monoparental, que convive en una situación de precariedad habitacional y no cuentan con los recursos necesarios para ampliar y mejorar las condiciones de su hogar.
QUE oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-3408-E-MSMINT;
QUE se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.374.500,00 (Pesos un millón trescientos setenta y cuatro mil quinientos) a Sra. Banega, Yamila Noemí.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-421-MSM-INT
12/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 904/2026 a favor de la Sra. Franzon, Beatriz Soledad; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un grupo familiar de carácter nuclear, en cuyo seno uno de sus integrantes presenta afecciones de salud;
Que el grupo familiar no cuenta con los recursos económicos necesarios para realizar las mejoras y adecuaciones indispensables a fin de garantizar condiciones dignas y seguras de habitabilidad,
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $ 1.966.600,00 (Pesos un millón novecientos sesenta y seis mil seiscientos) a la Sra. Franzon, Beatriz Soledad.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-422-MSM-INT
12/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 865/2026 a favor de la Sra. Arellano, Luciana Verónica; y CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia ensamblada, que conviven en una situación de precariedad y riesgo habitacional en vivienda de escasas dimensiones para albergar a la familia, que no cuentan con los recursos necesarios para mejorar su calidad de vida y, se cavila pertinente la ampliación y remiendo de la estructura edilicia en la cual convive con su núcleo familiar;
Que oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-2187-E-MSMINT;
Que se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.353.000,00.- (Pesos Un millón trescientos cincuenta y tres mil) a la Sra. Arellano, Luciana Verónica.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2026-423-MSM-INT
12/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 555/2026 por el cual se tramita la contratación de equipamiento médico de laboratorio y provisión de reactivos, calibradores y consumibles y software de gestión para los Hospitales Larcade, San Miguel Arcángel y Santa María, por los meses de enero a diciembre de 2026, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, de acuerdo a lo manifestado por la Unidad Ejecutora: “… Visto que es necesaria la continuidad de la provisión de reactivos, controles y calibradores para el procesamiento de determinaciones de laboratorio del Hospital Larcade, Hospital Santa María y Hospital San Miguel Arcángel. Teniendo en cuenta que la actual prestadora viene manteniendo en comodato los equipos que facultan tener esta área completamente automatizada en forma satisfactoria, garantizando el normal funcionamiento de este servicio de forma ininterrumpida, como así también la calidad de las prestaciones, esta Secretaria sugiere la continuidad de la contratación de la empresa BERNARDO LEW S.R.L. para el período de Enero a Diciembre de 2026, en los términos del comodato registrado bajo el n.° 078/2026…”, es necesaria la contratación requerida a fin de velar por el correcto funcionamiento de los elementos recibidos en los términos del comodato suscripto con la mencionada firma.
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre dicha firma y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 78/26, del 07 de enero de 2026, este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 12 meses, “… entrega en este acto a EL CLIENTE y éste recibe de conformidad EN COMODATO, por un período de 12 meses, mediante orden de compra emitida por el cliente, previo acuerdo de precio entre las partes, lo siguiente…”.
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 1º Comodato registrado bajo Convenio B N° 78/26, del 07 de Enero de 2026, al proveedor BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L, la contratación de equipamiento médico de laboratorio y provisión de reactivos, calibradores y consumibles y software de gestión para los Hospitales Larcade, San Miguel Arcángel y Santa María, por los meses de enero a diciembre de 2026, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Tres mil novecientos treinta millones seiscientos sesenta y siete mil ciento cuarenta y siete con 80/100 ($3.930.667.147,80.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Convalidar, el servicio que ocurra desde el 07 de enero del corriente, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2026-424-MSM-INT
12/02/2026
VISTO el expediente Nº 4130 18200/2026; y
CONSIDERANDO:
Que la ex agente de esta comuna Ybañez Angela Susana solicita se le abone las 6 (seis) mensualidades como asignación especial de acuerdo a lo previsto en el artículo 29 inc. “f” de la Ordenanza Municipal 30/15, para los agentes que al momento del cese para jubilarse contaran como mínimo con treinta años de servicio.
Que el mismo a la fecha de baja para acogerse a los beneficios jubilatorios, contaba con los años requeridos para acceder a tal beneficio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: ABÓNESE a la ex agente de esta comuna Ybañez Angela Susana Legajo Nº 3452 DNI Nº 16.917.435 (seis) mensualidades en concepto de Asignación especial de acuerdo a lo establecido en el Artículo 29 inc. “f” de la OM 30/15.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2026-425-MSM-INT
12/02/2026
VISTO la solicitud de pedido Nº 241/2026, por el cual se tramita la provisión de reactivos, controles y calibradores para el procesamiento de determinaciones de laboratorio de los Hospitales Raúl Larcade y San Miguel Arcángel, dependientes de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, de acuerdo a lo manifestado por la Unidad Ejecutora: “… Visto que es necesaria la continuidad de la provisión de reactivos, controles y calibradores para el procesamiento de determinaciones de laboratorio del Hospital Larcade y el Hospital San Miguel Arcángel. Teniendo en cuenta que la actual prestadora viene manteniendo en comodato los equipos que facultan tener esta área completamente automatizada en forma ininterrumpida, como así también la calidad de las prestaciones, esta Secretaria sugiere la continuidad de la contratación de la empresa QUIMICA EROVNE S.A. para el período Enero a Junio de 2026, en los términos del comodato registrado bajo el n° 065/2026….”, es necesaria la contratación requerida a fin de velar por el correcto funcionamiento de los elementos recibidos en los términos del comodato suscripto con la firma QUIMICA EROVNE S.A.
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre dicha firma y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 65/26, del 02 de enero de 2026, este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 6 meses, “… provisión de los siguientes equipos y software… Duración del contrato: 6 meses con los equipos en calidad de préstamo de uso (comodato), abarcando los meses de enero a junio 2026 renovables con cláusula de ajuste de común acuerdo…”.
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 1º Comodato registrado bajo Convenio B N° 65/26, del 02 de Enero de 2026, al proveedor QUIMICA EROVNE SA, la adquisición de reactivos, controles y calibradores para el procesamiento de determinaciones de laboratorio para el área de bacteriología de los Hospitales Raúl Larcade y San Miguel Arcángel, dependientes de la Secretaria de Salud, en la suma total de Pesos Doscientos cincuenta y seis millones ciento noventa y ocho mil con 00/100 ($256.198.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Convalidar, el servicio que ocurra desde el 02 de enero del corriente, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2026-426-MSM-INT
12/02/2026
Visto, el Expte. administrativo Nº 18404/26 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, para el Tendido y conectividad de fibra óptica, refuerzo de cuadrícula 10, dependiente de la Secretaría de Seguridad, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Ciento noventa y siete millones setecientos ocho mil doscientos ochenta y dos ($608.779.371,71), mediante solicitud de pedido N° 812/26,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento veintiún millones setenta y un mil trescientos ochenta y siete ($121.071.387,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 09/26 para el Tendido y conectividad de fibra óptica, refuerzo de cuadrícula 10, dependiente de la Secretaría de Seguridad, dependiente de la Secretaría de Seguridad. Valor del pliego $669.657,31 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Seguridad.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2026-427-MSM-INT
12/02/2026
Visto, el Expte. administrativo Nº18403/26 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, para la adquisición de Equipos y repuestos de comunicaciones, dependiente de la Secretaría de Seguridad, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Ciento noventa y siete millones setecientos ocho mil doscientos ochenta y dos ($197.708.282,00), mediante solicitud de pedido N° 786/26,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento veintiún millones setenta y un mil trescientos ochenta y siete ($121.071.387,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 08/26 para la adquisición de Equipos y repuestos de comunicaciones, dependiente de la Secretaría de Seguridad. Valor del pliego $217.479,11 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Seguridad.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2026-428-MSM-INT
12/02/2026
Visto, el Expte. administrativo Nº 18402/26 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, para la adquisición de Discos, Desktop corporativa, Monitores, Televisores, Kits de Teclados y Mouses, Adaptador, Soporte, destinados a oficinas dependientes de la Secretaría de Seguridad, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Ciento treinta y cuatro millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil cientos cuarenta ($134.458.140,00), mediante solicitud de pedido N° 839/26,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento veintiún millones setenta y un mil trescientos ochenta y siete ($121.071.387,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 07/26 para la adquisición de Discos, Desktop corporativa, Monitores, Televisores, Kits de Teclados y Mouses, Adaptador, Soporte, destinados a oficinas dependientes de la Secretaría de Seguridad. Valor del pliego $152.303,95 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Seguridad.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2026-443-MSM-INT
13/02/2026
VISTO el expediente Nº 4130 18171/2026; y
CONSIDERANDO:
Que la ex agente de esta comuna Rolón, Mabel Margarita, solicita se le abone las 6 (seis) mensualidades como asignación especial de acuerdo a lo previsto en el artículo 29 inc. “f” de la Ordenanza Municipal 30/15, para los agentes que al momento del cese para jubilarse contaran como mínimo con treinta años de servicio.
Que el mismo a la fecha de baja para acogerse a los beneficios jubilatorios, contaba con los años requeridos para acceder a tal beneficio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: ABÓNESE a la ex agente de esta comuna Rolón, Mabel Margarita Legajo Nº 2529 DNI Nº 17.890.899 (seis) mensualidades en concepto de Asignación especial de acuerdo a lo establecido en el Artículo 29 inc. “f” de la OM 30/15.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2026-444-MSM-INT
13/02/2026
VISTO, el Expte. administrativo Nº 18334/26 por el que tramita la Licitación Privada N°08/26, por obra reparación de cubierta en EES N°20, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaría de Educación y trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº08/26, a la firma RANDLE PATRICIO, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por obra reparación de cubierta en EES N°20, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera:
RANDLE PATRICIO: por menor precio en la suma total de Pesos ochenta y seis millones novecientos mil ($86.900.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2026-445-MSM-INT
13/02/2026
VISTO el expediente Nº 4130 18126/2026; y CONSIDERANDO:
Que la ex agente de esta comuna Molina, Silvia del Valle, solicita se le abone las 6 (seis) mensualidades como asignación especial de acuerdo a lo previsto en el artículo 29 inc. “f” de la Ordenanza Municipal 30/15, para los agentes que al momento del cese para jubilarse contaran como mínimo con treinta años de servicio.
Que el mismo a la fecha de baja para acogerse a los beneficios jubilatorios, contaba con los años requeridos para acceder a tal beneficio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: ABÓNESE a la ex agente de esta comuna Molina, Silvia del Valle Legajo Nº 7654 DNI Nº 16.287.474 (seis) mensualidades en concepto de Asignación especial de acuerdo a lo establecido en el Artículo 29 inc. “f” de la OM 30/15.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2026-484-MSM-INT
20/02/2026
VISTO La necesidad de promover el acceso igualitario a la cultura en el ámbito del Partido de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
Que el Programa de Centros Culturales Municipales fue creado en el año 2008 como una política pública orientada a la difusión de la cultura y al desarrollo artístico de los vecinos del Partido de San Miguel;
Que los Centros Culturales Municipales constituyen dispositivos territoriales de la Municipalidad, insertos en los distintos barrios del distrito, destinados a acercar propuestas culturales y artísticas de manera gratuita;
Que dichos Centros Culturales tienen como objetivo principal brindar talleres artísticos gratuitos a los vecinos de San Miguel, a partir de los seis (6) años de edad, favoreciendo el acceso a la formación artística sin distinción de condiciones socioeconómicas;
Que entre los talleres que se desarrollan se incluyen, entre otros, guitarra, violín, teclado, percusión, canto, danza folclórica, tango, dibujo, ajedrez, bordado y demás disciplinas artísticas y culturales que se definan en función de las necesidades territoriales;
Que el Programa persigue como objetivos fundamentales:
a) posibilitar que los vecinos con vocación artística puedan iniciarse en distintas disciplinas, garantizando una adecuada distribución territorial de los Centros Culturales;
b) complementar la educación formal de niños y jóvenes en edad escolar mediante talleres artísticos que funcionen como actividades de contra turno;
c) generar un marco propicio para la valoración y difusión del acervo cultural criollo;
d) contribuir a la formación de niños y jóvenes artistas, brindando espacios adecuados para el desarrollo de su vocación, en articulación con otros dispositivos culturales de la Subsecretaría de Cultura;
Que resulta necesario establecer formalmente los alcances del Programa de Centros Culturales Municipales, así como determinar la ubicación de cada uno de ellos, a fin de ordenar su funcionamiento y fortalecer su carácter institucional;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Establécese el Programa de Centros Culturales Municipales de la Municipalidad de San Miguel, creado en el año 2008, como un dispositivo territorial destinado a la promoción, formación y acceso gratuito a disciplinas artísticas y culturales para los vecinos del Partido de San Miguel.
ARTÍCULO 2º: Los Centros Culturales Municipales tendrán como finalidad brindar talleres artísticos gratuitos a los vecinos del Partido de San Miguel, a partir de los seis (6) años de edad, fomentando la participación comunitaria, la inclusión cultural y el desarrollo de vocaciones artísticas.
ARTÍCULO 3º: Los talleres artísticos que se desarrollen en el marco del Programa podrán comprender, entre otros: guitarra, violín, teclado, percusión, canto, danza folclórica, tango, dibujo, ajedrez, bordado y aquellas disciplinas que determine la autoridad de aplicación, conforme a criterios culturales, pedagógicos y territoriales.
ARTÍCULO 4º: Son objetivos fundamentales del Programa de Centros Culturales Municipales:
a) Garantizar el acceso a la formación artística de los vecinos del Partido de San Miguel, mediante una adecuada distribución territorial de los Centros Culturales.
b) Complementar la educación formal de niños, niñas y jóvenes en edad escolar, ofreciendo talleres artísticos como actividades de contra turno.
c) Promover la valoración, difusión y preservación del acervo cultural criollo.
d) Contribuir a la formación de niños y jóvenes artistas, articulando los Centros Culturales con otros dispositivos culturales dependientes de la Subsecretaría de Cultura.
ARTÍCULO 5º: Establécense como Centros Culturales Municipales los que funcionan en las ubicaciones detalladas en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 6º: La Subsecretaría de Cultura o el organismo que en el futuro la reemplace será la autoridad de aplicación del presente Decreto, quedando facultada para organizar, coordinar y supervisar el funcionamiento de los Centros Culturales Municipales.
ARTÍCULO 7º: El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su dictado.
ARTÍCULO 8º: El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Educación y Trabajo y de Gobierno.
ARTICULO 9º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretario de Gobierno, cumplido ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2026-508-MSM-INT
25/02/2026
VISTO, el Expte. administrativo Nº 18266/26 por el que tramita la Licitación Privada N°09/26, por provisión y recarga de extintores ABC para escuelas, dependientes de la Secretaría de Educación y trabajo, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio …´´ presenta la mejor oferta integral, por incluir sin costo adicional servicio de capacitación en las escuelas… valor agregado que garantiza que el personal y auxiliares cuenten con conocimientos…combina condiciones económicas…´´
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaría de Educación y trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº09/26, a la firma ESCUDERO CHRISTIAN, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión y recarga de extintores ABC para escuelas, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera:
ESCUDERO CHRISTIAN: en la suma total de Pesos sesenta y un millones trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos ($61.358.400,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2026-509-MSM-INT
25/02/2026
VISTO la “Capacitación en RCP y Primeros Auxilios”; y
CONSIDERANDO:
Que se realizará el día 25 de febrero del 2026, en el Colegio Santa Ethnea;
Que la Capacitación en RCP y Primeros Auxilios, está destinada a los equipos directivos y docentes del Distrito;
Que el desarrollo de las actividades escolares, demandan de la capacitación; a los fines de tener respuesta inmediata ante eventuales riesgos de vida;
Que, por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar el acto administrativo correspondiente declarando de interés municipal dicha Unidad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: DECLARAR de Interés Municipal la Capacitación en RCP y Primeros Auxilios” destinada a los Equipos Directivos y Docentes del Distrito, a realizarse el 25 de febrero de 2026 en el Colegio Santa Ethnea, por motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°: El gasto que ocasione la realización de la capacitación antes descripta, será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y Trabajo, de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2026-510-MSM-INT
25/02/2026
VISTO, el Expte. administrativo Nº 17842/25 solicitud de pedido N° 5729/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 105/25 segundo llamado, destinado a la adquisición de hormigón H30 y H8 para el mantenimiento y reparación de la vía publica dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cuales son las ofertas más convenientes;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Obras y Espacio Público se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 105/25 segundo llamado, a las firmas C&E CONSTRUCCIONES SA y HORMIGONERA PIUTERRA SRL, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO Nº1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, destinado a la adquisición de hormigón H30 y H8 para el mantenimiento y reparación de la vía publica dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 C&E CONSTRUCCIONES SA., ítem 1, por ofrecer mayor cantidad de metros cúbicos (1.212,28 m3) en la modalidad pago anticipado. En la suma total de Pesos doscientos veinticuatro millones novecientos noventa y nueve mil ciento sesenta y ocho ($224.999.168,00).
1.2 HORMIGONERA PIUTERRA SRL., ítem 2 por ofrecer mayor cantidad de metros cúbicos (850 m3) en la modalidad pago anticipado. En la suma total de Pesos Ciento veintinueve millones setenta y seis mil setecientos cincuenta ($129.076.750,00).
Condición de pago: 100% anticipado, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de obras y Espacio Público, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle