DECFC-2025-2466-MSM-INT
01/09/2025

VISTO la solicitud de pedido N° 4157/2025 a través del cual el Sr. Reissing, Juan Carlos solicita un subsidio para afrontar los gastos de traslado para asistir al 2° Encuentro Deportivo de Taekwondo a desarrollarse en la Ciudad de La Plata en el Club Villa Elvira; y 

CONSIDERANDO: Que la Fundación Reissing representará al Municipio de San Miguel en el 2° Encuentro Deportivo de Taekwondo, a realizarse en agosto de 2025 en la Ciudad de La Plata en el Club Villa Elvira (Calle 120 y 75); Que es intención destacar la competencia y la participación de nuestros jóvenes en las distintas disciplinas del deporte; Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $600.000 (Pesos seiscientos mil) al Sr. Reissing, Juan Carlos con domicilio en el partido de San Miguel, para solventar los gastos de traslado que demande la asistencia al 2° Encuentro Deportivo de Taekwondo, a realizarse en la Ciudad de La Plata, en el mes de agosto de 2025 en la Ciudad de La Plata en el Club Villa Elvira (Calle 120 y 75). 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Partida correspondiente del presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría). 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.

 ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro


DECFC-2025-2474-MSM-INT
01/09/2025

VISTO, el expediente administrativo Nº 16947/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la obra “Hidráulica y Pavimento San Juan”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Quinientos ochenta y un millones seiscientos dos mil quinientos veinte ($581.602.520,00) mediante solicitud de pedido N° 4064/2025; 

QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial; 

QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo; 

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 74/25, por la obra “Hidráulica y Pavimento San Juan”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público. Valor del pliego $639.762,77 (incluye 10% tasa de Seguridad). 

ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio. 

ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público. 

ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2475-MSM-INT
01/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº16519/25 por el que tramita la Licitación Privada N°85/25, por provisión de cabezales led, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio …´´ cotiza la totalidad de 1130 cabezales Led … cumple con las especificaciones técnicas y cumplimiento de plazo de entrega … ´´, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 85/25, a la firma ELT ARGENTINA SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión de cabezales led, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: ELT ARGENTINA SA: en la suma total de Pesos ciento dos millones doscientos noventa y nueve mil novecientos noventa y seis con diez centavos ($102.299.996,10). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2476-MSM-INT
01/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16766/25 por el que tramita la Licitación Privada N°98/25, por adquisición, instalación y configuración de repetidora para comando de patrullas, dependientes de la Secretaría de Seguridad, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de Secretaria de Seguridad, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 98/25, a la firma BANFI ALEJANDRO, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por adquisición, instalación y configuración de repetidora para comando de patrullas, dependientes de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: BANFI ALEJANDRO: por menor precio en la suma total de Pesos cuarenta y un millones ciento cincuenta y un mil setecientos veinticinco ($41.151.725,00). Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Seguridad. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente


DECFC-2025-2477-MSM-INT
02/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 3616/2025 a favor de la Sra. Gómez, Ramón Andrés; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una familia tradicional, que conviven en una situación de hacinamiento y no cuentan con los ingresos necesarios para mejorar la estructura edilicia en la cual convive la familia toda; 

Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $889.500,00.- (Pesos ochocientos ochenta y nueve mil quinientos) al Sr. Gómez, Ramón Andrés con domicilio en Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2478-MSM-INT
02/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4043/2025 a favor de la Sra. Páez, Romina Bárbara; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una familia nuclear, que viven en una situación de precariedad habitacional y riesgo de derrumbe, que la unidad familiar cuenta con una única fuente de ingresos que resulta insuficiente para asegurar una vivienda adecuada y estable; 

Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.855.000,00 (Pesos un millón ochocientos cincuenta y cinco mil) a la Sra. Páez, Romina Bárbara con domicilio en Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2479-MSM-INT
02/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4145/2025 a favor de la Sra. Merlo, Cristina Alejandra; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una familia numerosa, a cargo de tres menores, que viven en una situación de hacinamiento y precariedad habitacional extrema y no cuentan con los ingresos necesarios para mejorar la estructura edilicia en la cual convive el núcleo familiar Que oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-1476-E-MSMINT; 

Que se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional; 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia; 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.154.000,00- (Pesos Un millón ciento cincuenta y cuatro mil) a la Sra. Merlo, Cristina Alejandra, con domicilio en Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2480-MSM-INT
02/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4160/2025 a favor de la Sra. Castro, Dahiana Macarena; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una familia monoparental, que conviven en una situación de déficit sanitario y precariedad habitacional con filtraciones; 

Que no cuentan con los recursos pertinentes para la ampliación y remiendo de la estructura edilicia en la cual convive la familia toda; 

Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $2.993.900,00 (Pesos dos millones novecientos noventa y tres mil novecientos) a la Sra. Castro, Dahiana Macarena, con domicilio Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2481-MSM-INT
02/09/2025

VISTO el Expte. administrativo Nº 16449/25 por el que tramita la Licitación Pública 67/25 por la provisión de alimentos secos para asistir a comedores y merenderos, dependiente de la Secretaria de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cuales son las ofertas más convenientes, según se transcribe “…en virtud de los estudios realizados sobre estas ofertas, respecto al menor precio y calidad, esta Secretaría sugiere adjudicar cada ítem de la siguiente manera: Adjudicación por proveedor: 

TUX S.A.: 1, 2, 3, 4, 7. 

PANIFICADORA JOSE C. PAZ: 5. 

DISTIRBUIDORA HERMAR: 6. 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Infancia y Familia, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 67/25, a las firmas TUX S.A., PANIFICADORA JOSE C. PAZ S.A. y DISTRIBUIDORA HERMAR S.R.L., por resultar éstas las más convenientes para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO Nº1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la provisión de alimentos secos para asistir a comedores y merenderos, dependiente de la Secretaria de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera: 

1. TUX S.A., por menor precio, los ítems N° 1. 2, 3, 4 y 7. En la suma total de Pesos Sesenta y seis millones seiscientos cuarenta y seis mil novecientos sesenta y dos con 40/100 ($66.646.962,40). 

1.2 PANIFICADORA JOSE C. PAZ S.A., por menor precio, el ítem N° 5. En la suma total de Pesos Trece millones ochocientos ochenta mil cientos sesenta ($13.880.160,00). 

1.3 DISTRIBUIDORA HERMA S.R.L., por menor precio, el ítem N° 6. En la suma total de Pesos Diez millones cuatrocientos diecisiete mil ocho con ($10.417.008,00). 

Condición de pago dentro de los 15 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio. 

ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente. 

ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno. 

ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2483-MSM-INT
02/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4026/2025 solicitando ayuda económica para la Escuela Malvinas Argentina de San Miguel, destinada a la adquisición de chapas para la realización de una galería para los alumnos de la institución; y 

CONSIDERANDO: 

Que se ha constatado que la institución carece de los recursos suficientes para afrontar el proyecto, lo cual dificulta el cuidado y el desarrollo adecuado de la oferta educativa; 

Que la galería planificada facilitaría el acceso a contenidos curriculares de manera más segura y participativa brindando un entorno educativo estable y resiliente; 

Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de hasta $3.503.419,48 (Pesos Tres millones quinientos tres mil cuatrocientos diecinueve con cuarenta y ocho centavos) a la Escuela Malvinas Argentina, ubicada en la Ciudad de San Miguel, siendo su director el Sr. Quaranta, Victor Hugo para ser destinado a la compra de chapas para la construcción de una galería que beneficiará a los alumnos de la institución. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3°: Dejase establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada por el monto otorgado, ante la Contaduría, Secretaría de Economía y Finanzas. (Contaduría). 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Educación y Trabajo y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2025-2484-MSM-INT
02/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16549/25 por el que tramita la Licitación Privada N°92/25 segundo llamado, por la obra playón de estacionamiento en Escuela Técnica, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente; 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 92/25 segundo llamado, a la firma COOPERTIVA DE TRABAJO PUNTANOS LIMITADA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por la obra playón de estacionamiento en Escuela Técnica, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: COOPERTIVA DE TRABAJO PUNTANOS LIMITADA: por menor precio en la suma total de Pesos noventa y tres millones quinientos treinta y cuatro mil ochocientos ochenta y cinco ($93.534.885,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2485-MSM-INT
02/09/2025

VISTO la solicitud de pedido N° 4223/2023 a través de la cual el Sr. Agustín Gómez Jacod, solicita un subsidio para afrontar los gastos que demande su participación en el All Japan Robot Sumo Tournament 2025 que será llevada a cabo en Tokio, Japón, los días 6 y 7 del mes de diciembre del corriente año; y 

CONSIDERANDO: 

Que el equipo GJ Team, integrado por los jóvenes sanmiguelenses Agustín Gómez Jacod y Francisco Gómez Jacod, ha mostrado, a lo largo de su trayectoria, un alto nivel de competencia y ha representado a la Argentina en torneos de robótica de alcance nacional e internacional; 

Que se pretende como municipio apoyar iniciativas que fortalezcan la educación en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas, con especial énfasis en el desarrollo de habilidades en robótica y en competencias internacionales que sitúen a nuestra comunidad a la vanguardia educativa y tecnológica; 

Que, ante lo expuesto, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar el acto administrativo pertinente, declarándolo de interés municipal. 

POR ELLO 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $2.000.000 (Pesos dos millones) al Sr. Francisco Gabriel Gomez Jacod con domicilio en el partido de San Miguel, para afrontar los gastos que demande su participación en el All Japan Robot Sumo Tournament 2025 que será llevada a cabo en Tokio, Japón, los días 6 y 7 de diciembre del corriente año. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Partida correspondiente del presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría). 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y Trabajo, de Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2025-2487-MSM-INT
02/09/2025

VISTO las fiestas patronales de San Miguel; CONSIDERANDO: Que el día 29 de septiembre, se celebra el día del Santo Patrono “San Miguel Arcángel”; 

Que, con motivo de celebrar un nuevo aniversario del Partido, se realizaran distintos eventos culturales y recreativos; 

Que se celebrará realizando actividades tales como, Desfile de Autos clásicos, Show en vivo de Artistas, Maratones y celebración de la Santa Misa con motivo de agradecer un año más en el camino de la conformación de nuestro Partido; 

Que será un momento de encuentro, de oración y de acción de gracia por todos estos años compartidos con los sanmiguelenses; 

Que este Departamento Ejecutivo considera procedente declarar estos actos de interés municipal. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1º. DECLARAR de Interés Municipal las Fiestas Patronales a realizarse durante el mes de septiembre de 2025 en el Distrito de San Miguel. 

ARTICULO 2°. El gasto que ocasione la realización de los actos aludidos en el artículo precedente será imputado, a través de la Secretaria de Economía y Finanzas a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 4º. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi


DECFC-2025-2488-MSM-INT
02/09/2025

VISTO el Decreto DECFC-2025-2476-E-MSM-INT; y 

CONSIDERANDO: 

Que en el mismo se ha incurrido un error material en el Articulo N°1 del mencionado Decreto. 

Que se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente a fin de subsanar el error antes descripto.

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo. 

Por ello: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Modificase el Articulo N°1 del Decreto DECFC-2025-2476-E-MSM-INT de fecha 01 de septiembre de 2025, en los siguientes términos: El Articulo N°1 que actualmente dice: “ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por adquisición, instalación y configuración de repetidora para comando de patrullas, dependientes de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: BANFI ALEJANDRO: por menor precio en la suma total de Pesos cuarenta y un millones ciento cincuenta y un mil setecientos veinticinco ($41.151.725,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura”. Debe decir: “

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por adquisición, instalación y configuración de repetidora para comando de patrullas, dependientes de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: BANFI ALEJANDRO: por menor precio en la suma total de Pesos noventa y ocho millones quinientos cuarenta y un mil cien ($98.541.100,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.”. 

ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. 

ARTICULO 3º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro


DECFC-2025-2490-MSM-INT
02/09/2025

Visto el expediente N° 4130-14672/2025, en el cual se requiere la ampliación del contrato correspondiente a la Licitación Pública N° 26/25 – Pedido de Suministro N° 240/2025, adjudicado a la COOPERATIVA DE TRABAJO PUNTANOS LIMITADA, destinado a la ejecución de obras de veredas en el Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

Que la Secretaría de Obras y Espacio Público ha solicitado la ampliación del contrato en un veinte por ciento (20%) respecto del monto originalmente adjudicado y que se conceda una prórroga del plazo de ejecución de treinta (30) días, debido a la necesidad de incluir tareas adicionales no previstas inicialmente. 

Que, mediante el informe técnico producido por el área correspondiente, se justifica la intervención de nuevas veredas en el centro de San Miguel —zona de Estación Belgrano y Paseo San Miguel—, debido al deterioro existente, lo que torna imperioso ejecutar tareas de reparación y construcción inmediata. 

Que el contrato original prevé una superficie de ejecución de 2.344 m² por un monto de $329.161.649,92, mientras que la ampliación proyectada implica la incorporación de 500 m² adicionales, lo que representa un incremento del 20% y un monto adicional de (Pesos cincuenta y tres millones trece mil seiscientos sesenta y cinco) $53.013.665,00. 

Que la obra presenta un grado de avance del 97,77%, y la ampliación requerida se ajusta a los parámetros técnicos y legales vigentes. 

Que conforme lo dispuesto por el artículo 146 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6769/58), el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a autorizar ampliaciones de hasta un veinte por ciento (20%) del monto del contrato, siendo tales modificaciones de cumplimiento obligatorio para el contratista. 

Que los artículos 33 y 34 de la Ley de Obras Públicas N° 6021 de la Provincia de Buenos Aires también contemplan este tipo de ampliaciones, en tanto medie justificación técnica y razones de necesidad y conveniencia. 

Que la Dirección General de Asuntos Legales ha emitido dictamen favorable a lo peticionado, conforme los antecedentes técnicos y normativos obrantes en las actuaciones. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1º: Apruébese la ampliación del contrato correspondiente a la Licitación Pública N° 26/25 – Pedido de Suministro N° 240/2025, adjudicado a la COOPERATIVA DE TRABAJO PUNTANOS LIMITADA, en un veinte por ciento (20%) respecto del monto contractual original, lo que representa un incremento de $53.013.665, 00 (Pesos cincuenta y tres millones trece mil seiscientos sesenta y cinco) para la ejecución de 500 m² adicionales de veredas conforme el itemizado que a continuación se adjunta: 

ARTÍCULO 2º: Autorizase la ejecución de los trabajos adicionales en la zona de Estación Belgrano y Paseo San Miguel, conforme lo solicitado por la Secretaría de Obras y Espacio Público y lo expuesto en el informe técnico. 

ARTÍCULO 3º: Apruébese la prórroga del plazo de ejecución de la obra en treinta (30) días, contados a partir de la fecha originalmente prevista para su finalización. 

ARTÍCULO 4º: Instrúyase a la Dirección de Compras a emitir la orden de compra correspondiente a la ampliación aprobada.

ARTÍCULO 5º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto será imputado a la partida presupuestaria correspondiente, según disponibilidad de crédito. 

ARTICULO 6°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas y Obras y Espacio Público. 

ARTICULO 7°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2505-MSM-INT
05/09/2025

VISTO el expediente Nº 4130 11117/2024; y 

CONSIDERANDO: 

Que el ex agente de esta comuna Farías Juan Angel Legajo Nº solicita se le abone las 6 (seis) mensualidades como asignación especial de acuerdo a lo previsto en el artículo 29 inc. “f” de la Ordenanza Municipal 30/15, para los agentes que al momento del cese para jubilarse contaran como mínimo con treinta años de servicio. 

Que el mismo a la fecha de baja para acogerse a los beneficios jubilatorios, contaba con los años requeridos para acceder a tal beneficio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: ABÓNESE a el ex agente de esta comuna Farías Juan Ángel Legajo (seis) mensualidades en concepto de Asignación especial de acuerdo a lo establecido en el Artículo 29 inc. “f” de la OM 30/15. 

ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro


DECFC-2025-2506-MSM-INT
05/09/2025

VISTO, el expediente administrativo Nº 16632/25, por el que tramita la Licitación Pública 70/25 Segundo llamado – para la adquisición de Tomógrafo helicoidal computarizado, destinado al Hospital Municipal Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en su primer llamado, se presentó un único oferente; 

QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente continuar con el acto administrativo realizando un segundo llamado;

 POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 70/25 – Segundo llamado, por la adquisición de Tomógrafo helicoidal computarizado, destinado al Hospital Municipal Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel. 

Valor del pliego $238.425,00 (incluye 10% tasa de Seguridad). 

ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio. 

ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud. 

ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2025-2507-MSM-INT
05/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4230/2025 por el cual se tramita la compra de bouchers de premiación para los participantes de las Olimpíadas Deportivas 2025, al Parque de la Costa, dependiente de la Coordinación de Prensa y Comunicación del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en virtud de la celebración de las Olimpíadas 2025 de las que participan los jóvenes del partido, de acuerdo a los diversos programas deportivos propuestos por el Municipio a fin de fomentar y estimular el desarrollo y la concientización de la importancia de participar en la práctica deportiva; 

QUE, en virtud del Art. 1° del Decreto N° DECFC-2025-670-E-MSM-INT se ha declarado de interés municipal la realización de la XVI Edición 2025 de las Olimpiadas Estudiantiles y de Tercera Edad; 

QUE, dado la conformidad del responsable a cargo de la Subsecretaria de Deportes, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora y en virtud del Art. 1° del Decreto N ° DECFC-2025-670-E-MSM-INT que ha declarado de interés municipal la realización de la XVI Edición 2025 de las Olimpiadas Estudiantiles y de Tercera Edad, por la compra de bouchers al Parque de la Costa por premiación en la participación de las Olimpíadas 2025 de los jóvenes del partido, requerido por la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la Coordinación de Prensa y Comunicación del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Cincuenta y cinco millones ochocientos mil con 00/100 ($ 55.800.000,00). Condición de pago: Anticipada. 

ARTICULO 2°: Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º. 

ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia 

ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas. 

ARTÍCULO 5º- Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi


DECFC-2025-2508-MSM-INT
05/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4257/2025 solicitando ayuda económica al Jardín de Infantes N°903 “Dr. Rene Favaloro”, por insumos y pintura; y 

CONSIDERANDO: 

Que la Escuela ha solicitado elementos y pintura para espacios fundamentales y comunes de la Institución; 

Que las paredes de la Institución se encuentran deterioradas por humedad y falta de mantenimiento adecuado; 

Que se hace necesario garantizar un ambiente saludable para el desarrollo de las actividades pedagógicas y el contenido curricular; 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia; 

Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de hasta $531.800,05 (Pesos Quinientos treinta y un mil ochocientos con cinco centavos) al Jardín de Infantes N°903 “Dr. Rene Favaloro” de San Miguel, siendo su directora la Sra. Mutuverria Maria Lorena para ser aplicado a pintura y elementos para realizar el trabajo de pintura en la Institución. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a la Entidad Beneficiaria. 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Educación y Trabajo y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2025-2509-MSM-INT
05/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4258/2025 solicitando ayuda económica al Jardín de Infantes N°906 “Jorge Newbery”, por insumos y pintura; y 

CONSIDERANDO: 

Que la Escuela ha solicitado elementos y pintura para espacios fundamentales y comunes de la Institución; 

Que las paredes de la Institución se encuentran deterioradas por humedad y falta de mantenimiento adecuado; 

Que se hace necesario garantizar un ambiente saludable para el desarrollo de las actividades pedagógicas y el contenido curricular; 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia; 

Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de hasta $594.200,40 (Pesos Quinientos noventa y cuatro mil doscientos con cuarenta centavos) a la Escuela Jardín de Infantes N° 906 “Jorge Newbery” de San Miguel, siendo su directora la Sra. Lucero María Alejandra para ser aplicado a pintura y elementos para realizar el trabajo de pintura en la Institución. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a la Entidad Beneficiaria. 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Educación y Trabajo y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2025-2510-MSM-INT
05/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4259/2025 solicitando ayuda económica a la Escuela Educación Secundaria Nº 24 de San Miguel, por insumos y pintura; y

CONSIDERANDO: 

Que la Escuela ha solicitado elementos y pintura para espacios fundamentales de la Institución; 

Que las paredes de la Institución se encuentran deterioradas por humedad y falta de mantenimiento adecuado; 

Que se hace necesario garantizar un ambiente saludable para el desarrollo de las actividades pedagógicas y el contenido curricular; 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia; 

Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo.

 POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de hasta $ 757.305,60 (Pesos setecientos cincuenta y siete mil trescientos cinco con sesenta centavos) a la Escuela de Educación Secundaria Nº 24 de San Miguel, siendo su directora la Sra. Roldan Patricia para ser aplicado a pintura y elementos para realizar el trabajo de pintura en la Institución. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a la Entidad Beneficiaria. 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Educación y Trabajo y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2025-2511-MSM-INT
05/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4188/2025 a favor de la Sra. Benegas, Maribel Solange; y CONSIDERANDO: 

Que se trata de una familia monoparental, que la solicitante no recibe ningún tipo de ayuda por parte del progenitor de sus hijos; 

Que conviven en una situación de hacinamiento y riesgo habitacional que no cuentan con los recursos necesarios para ampliar y mejorar las condiciones de su hogar; 

Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. Naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.740.576,96 (Pesos un millón setecientos cuarenta mil quinientos setenta y seis con noventa y seis centavos) a la Sra. Benegas, Maribel Solange, con domicilio en Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2512-MSM-INT
05/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4219/2025 a favor del menor Silva, Kevin Emanuel; y CONSIDERANDO: 

Que se trata de un adolescente que presenta problemas relacionados con adicciones, quien ha sido derivado a un tratamiento de rehabilitación en la institución “Reconocerse” debido a la gravedad de su consumo y a las dificultades complejas que esto ha generado en su desarrollo y bienestar; 

Que la decisión de remitirlo a esta institución responde a la necesidad de ofrecerle un ámbito especializado y controlado que le brinde las herramientas y el apoyo necesarios para su recuperación; Que se solicita su internación en dicha institución, en modalidad cerrada, de alta calidad, considerando las características de su patología; 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo; 

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio económico por la suma total de pesos nueve millones seiscientos mil ($9.600.000.-) al menor Silva, Kevin Emanuel, con domicilio en el Partido de San Miguel, pagadero en cuatro cuotas mensuales, consecutivas y no acumulativas, siendo las dos primeras correspondientes a los meses de septiembre y octubre, de Pesos dos millones trescientos mil ($2.300.000.-) cada una y las dos últimas, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre, de Pesos dos millones quinientos mil ($2.500.000.-) cada una, para afrontar los gastos de internación. Debiéndose realizar el pago a “Reconocerse” Programa Minnesota- Comunidad Terapéutica de rehabilitación, tratamiento, prevención e investigación de las adicciones y patologías asociadas. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente, del Presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: DEJASE establecido que la Institución deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanza (Contaduría). 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas y por la señora Secretaria de Infancia y Familia. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2513-MSM-INT
05/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4220/2025 a favor del menor Gómez, Brian Francisco; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de un adolescente que presenta problemas relacionados con adicciones, quien ha sido derivado a un tratamiento de rehabilitación en la institución “Reconocerse” debido a la gravedad de su consumo y a las dificultades complejas que esto ha generado en su desarrollo y bienestar; 

Que la decisión de remitirlo a esta institución responde a la necesidad de ofrecerle un ámbito especializado y controlado que le brinde las herramientas y el apoyo necesarios para su recuperación; Que se solicita su internación en dicha institución, en modalidad cerrada, de alta calidad, considerando las características de su patología; 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio económico por la suma total de pesos nueve millones seiscientos mil ($9.600.000.-) a favor del menor Gomez, Brian Francisco, , con domicilio en el Partido de San Miguel, pagadero en cuatro cuotas mensuales, consecutivas y no acumulativas, siendo las dos primeras correspondientes a los meses de septiembre y octubre, de Pesos dos millones trescientos mil ($2.300.000.-) cada una y las dos últimas, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre, de Pesos dos millones quinientos mil ($2.500.000.-) cada una, para afrontar los gastos de internación. Debiéndose realizar el pago a “Reconocerse” Programa Minnesota- Comunidad Terapéutica de rehabilitación, tratamiento, prevención e investigación de las adicciones y patologías asociadas. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente, del Presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: DEJASE establecido que la Institución deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanza (Contaduría). 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas y por la señora Secretaria de Infancia y Familia. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2514-MSM-INT
05/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4212/2025 a favor del menor Coronel Lautaro; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de un adolescente con problemas de adicciones, quien ha sido derivado a un tratamiento de rehabilitación en la institución “Reconocerse”, debido a su consumo problemático y/o dificultades relacionadas; 

Que se solicita su internación en dicha institución, en modalidad cerrada, de alta calidad, considerando las características de su patología;

 Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio económico por la suma total de pesos nueve millones seiscientos mil ($9.600.000.-) a favor del menor Coronel Lautaro Daniel, , con domicilio del Partido de San Miguel, pagadero en cuatro cuotas mensuales, consecutivas y no acumulativas, siendo las dos primeras correspondientes a los meses de septiembre y octubre, de Pesos dos millones trescientos mil ($2.300.000.-) cada una y las dos últimas, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre, de Pesos dos millones quinientos mil ($2.500.000.-) cada una, para afrontar los gastos de internación. Debiéndose realizar el pago a “Reconocerse” Programa Minnesota- Comunidad Terapéutica de rehabilitación, tratamiento, prevención e investigación de las adicciones y patologías asociadas. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente, del Presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: DEJASE establecido que la Institución deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanza (Contaduría). 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas y por la señora Secretaria de Infancia y Familia. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2515-MSM-INT
05/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16767/25 por el que tramita la Licitación Privada N°97/25, por obra construcción de veredas en distintos puntos del distrito, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 97/25, a la firma COOPERTIVA DE TRABAJO PUNTANOS LIMITADA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por obra construcción de veredas en distintos puntos del distrito, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: COOPERTIVA DE TRABAJO PUNTANOS LIMITADA: por menor precio en la suma total de Pesos setenta y cinco millones setecientos mil quinientos noventa ($75.700.590,00). Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2516-MSM-INT
05/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16839/25 por el que tramita la Licitación Privada N°103/25, por obra plaza Juan Manuel de Rosas, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº103/25, a la firma SZIMAD SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por obra plaza Juan Manuel de Rosas, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: SZIMAD SA: por menor precio en la suma total de Pesos noventa y tres millones doscientos sesenta y un mil ($93.261.000,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2517-MSM-INT
05/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16847/25 por el que tramita la Licitación Privada N°101/25, por provisión de alimentos destinados al programa Envión, dependientes de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente; 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Infancia y Familia, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 101/25, a la firma TUX SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión de alimentos destinados al programa Envión, dependientes de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera: TUX SA: por menor precio en la suma total de Pesos setenta y dos millones setecientos treinta y tres mil cuatrocientos noventa y nueve con 04/100 ($72.733.499,04). Condición de pago: 15 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, e Infancia y Familia 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2518-MSM-INT
05/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16792/25 por el que tramita la Licitación Privada N°102/25, por provisión e instalación de paños de rejas para varias Obras, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº102/25, a la firma HIERROTODO SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión e instalación de paños de rejas para varias obras, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: HIERROTODO SA: por menor precio en la suma total de Pesos treinta y siete millones novecientos cuarenta y tres mil cien ($37.943.100,00). Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2519-MSM-INT
08/09/2025

VISTO la obra “Apertura Chapeaurouge entre Paraguay y Jujuy” que se tramitó la Licitación Pública N° 12/2025; y 

CONSIDERANDO: 

Que, a los fines de llevar adelante la correcta ejecución de la obra, dado que según Convenio tiene un plazo de ejecución de 6 (seis) meses, habiendo sido iniciada con fecha 03 de marzo de 2025; 

Que siendo la fecha de finalización de las obras el día 03 de septiembre de 2025, según surge del Acta de inicio; Que la realización de la obra ha sufrido inclemencias climáticas, que han derivado en la dilación de los plazos dispuestos por convenio, de acuerdo al informe realizado por la Secretaría de Obras y Espacio Público; 

Que, a tales efectos y a fin de la culminación de las obras, las autoridades de la Secretaria de Obras y Espacio Público, ha solicitado una ampliación de plazo de obra de 69 (sesenta y nueve) días corridos. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: AMPLIAR en un plazo de sesenta y nueve (69) días corridos la ejecución de obra, según lo dispuesto en el Acta Convenio B N° 273/2025 correspondiente a la Licitación Pública N° 12/2025. 

ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Obras y Espacio Público. 

ARTICULO 3º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2520-MSM-INT
09/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16936/25 por el que tramita la Licitación Privada N°108/25, por provisión el servicio de impresión y distribución de notificaciones de deuda, dependientes de la Secretaría de Gobierno, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Gobierno, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 108/25, a la firma LUPERO SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión el servicio de impresión y distribución de notificaciones de deuda, dependientes de la Secretaría de Gobierno, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera: LUPERO SA: por menor precio en la suma total de Pesos ochenta y cinco millones doscientos sesenta mil ($85.260.000,00). 

Condición de pago: 15 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro


DECFC-2025-2522-MSM-INT
09/09/2025

VISTO la necesidad de adecuar los valores de las Tasas, Derechos y Contribuciones contemplados en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria N° 28/24, correspondiente al presente ejercicio; y 

CONSIDERANDO: 

QUE los incrementos de precios de los últimos meses repercuten significativamente en los servicios generales y en la adquisición de los elementos necesarios para gestionar las distintas actividades; 

QUE no obstante el esfuerzo económico financiero efectuado hasta el momento por el Municipio para sostener e incrementar los servicios que brinda, resulta necesario efectuar una actualización en las tasas que percibe la Comuna, ya que de lo contrario podría verse afectado seriamente el equilibrio de las finanzas públicas municipales; 

QUE el artículo 106º de la Ordenanza Tarifaria N° 28/24 para el ejercicio 2025, faculta al Departamento Ejecutivo a actualizar los montos de las Tasas, Derechos y Contribuciones; en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, si este supera el 15% de variación interanual. 

QUE la inflación del mes de mayo fue del 1,5%, en el mes de junio fue de 1,6% y en el mes de julio fue de 1,9%. QUE el Municipio de San Miguel, teniendo en cuenta la crisis económica que atraviesa el país, ha venido absorbiendo la mayor parte de los costos de dichas variables; debiendo proceder a trasladar a los montos de las Tasas, Derechos y Contribuciones vigentes, parte de las pérdidas ocasionadas por el efecto inflacionario. 

QUE, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1º.- INCREMENTESE en un 5% el coeficiente corrector de la valuación básica establecido en el Art. 2º inc a de la Ordenanza Tarifaria vigente, con vigencia a partir del 1º de octubre de 2025. 

ARTÍCULO 2º.- INCREMENTESE a partir del 1° de octubre de 2025, en un 5% el valor de los módulos con que se expresan las tasas y derechos establecidos en los artículos 3º, 11º, 12º, 27º, 28º, 29º, 30º, 31º, 32º, 33º 34º, 35º, 38º, 39º, 40º, 41, 42º, 43, 43ºbis, 44º, 48º, 50º, 52º, 54º, 60º, 61º, 62º, 63º, 64º, 65º, 66º, 67º, 68º, 69º, 70º, 71º, 73º, 76º, 77º, 78º, 80º, 81º, 82º, 85º, 86º, 87º, 89º, 90º, 92º, 93º, 104º de la Ordenanza Tarifaria. 

ARTÍCULO 3º.-INCREMENTESE en la cuota 10-2025 un 5% los valores de las tasas establecidos en el artículo 7º. 

ARTÍCULO 4º.- Las Tasas por Servicios de Seguridad y la de Cuerpo de Bomberos Voluntarios, se fijará de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente. 

ARTÍCULO 5°- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTÍCULO 6°. – Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, archivar.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi


DECFC-2025-2524-MSM-INT
10/09/2025

VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024; y CONSIDERANDO: QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente N.º 16355/2025 y en concordancia al Art. 38 inc. B, de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024. Corresponde la devolución por PAGO EQUIVOCADO, DOMINIO KIN-755. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1º: Apruébese la devolución de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SIETE CON OCHENTA Y TRES CTVOS ($34.907,83.-) al contribuyente ACOSTA ALEJANDRA ELIZABETH de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO EQUIVOCADO. 

ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago. 

ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi


DECFC-2025-2525-MSM-INT
10/09/2025

VISTO la solicitud de ayuda económica presentada por Fundación Espartanos, para solventar los gastos que demande los programas que se desarrollan para la reinserción laboral; y 

CONSIDERANDO: 

Que llevan a cabo talleres con el objetivo de promover la cultura del trabajo y la educación; a fin de mejorar las habilidades laborales, para lograr una reinserción social y laboral a través de la práctica del deporte, la espiritualidad, la educación y vinculación con el mundo del trabajo; 

Que serán dictados a personas privadas de su libertad, pudiendo así darles herramientas para que los internos logren capacitarse en un oficio para su desarrollo laboral; 

Que se realizan apoyos a fin de contribuir a la reinserción socio laboral a fin de disminuir la reincidencia delictiva. 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 8.000.000 (Pesos ocho millones), a Fundación Espartanos, siendo su Directora Ejecutiva la Sra. Maria Dolores Irigoin, para solventar gastos que demande la realización de los programas a través del dictado de talleres laborales y educativos. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Partida correspondiente del presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría). 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Jefe de Gabinete y los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno. Cumplido, ARCHIVESE.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2025-2541-MSM-INT
11/09/2025

VISTO el expediente GDE 157708/2022; y 

CONSIDERANDO: 

QUE en la Ordenanza Fiscal Vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, se establecieron los requisitos y condiciones para el otorgamiento de exenciones para el pago de la Tasa por Servicios Municipales, Tasas de Seguridad, de Optimización del Parque Lumínico, Tasa de Bomberos y SAME. 

QUE en la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, en su art. 71 inc. f se encuentran los requisitos que deberán cumplir las Asociaciones, Instituciones o Entidades de Bien Público, Instituciones religiosas de todos los cultos reconocidos como tales por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación para hacerse beneficiarias de las exenciones. 

QUE asimismo en el art. 71 último párrafo de la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, establece “facultase al Departamento Ejecutivo a condonar a aquellos contribuyentes que, reuniendo los requisitos para la eximición, no hayan presentado oportunamente la solicitud, por las obligaciones vencidas de los años no prescriptos.” 

QUE se encuentra agregada la solicitud del beneficio que por el presente se otorga. QUE la Secretaria de Economía y Finanzas y la Dirección General de Asuntos Legales se expiden en forma favorable al otorgamiento de la exención solicitada por considerar que se encuentra encuadrado en lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, en su art. 71 inc. f). 

QUE este Departamento Ejecutivo compartiendo dicho criterio, considera procedente el dictado del acto administrativo correspondiente; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1º: EXIMASE en un porcentaje del 100% el pago de las Tasas por Servicios Municipales, Seguridad, de Optimización del Parque Lumínico, Tasa Cuerpo de Bomberos de Gral. Sarmiento y SAME, por el año 2025 a la entidad “CONGREGACIÓN DEL SANTISIMO REDENTOR” titular de las Partidas 6667 y 104662. 

ARTICULO 2º: NOTIFIQUESE al solicitante del tenor del presente. 

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el Señor Secretario de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHÍVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi


DECFC-2025-2543-MSM-INT
11/09/2025

VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 028/2024; y 

CONSIDERANDO: 

QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 16754/2025 y en concordancia al Art. 38 inc. b, de la Ordenanza Fiscal Nº 028/2024. corresponde la devolución por PAGO REPETIDO, DE LA PARTIDA MUNICIPAL N° 21754. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL

DECRETA 

ARTICULO 1º: Apruébese la devolución de PESOS CIENTO DIECISEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS. ($116.638,35.-) al contribuyente HUMBERTO EDUARDO CELIZ de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO REPETIDO. 

ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago. 

ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas. 

ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi


DECFC-2025-2543-MSM-INT
11/09/2025

VISTO el expediente GDE 31470/2023; y 

CONSIDERANDO: 

QUE en la Ordenanza Fiscal Vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, se establecieron los requisitos y condiciones para el otorgamiento de exenciones para el pago de la Tasa por Servicios Municipales, Tasas de Seguridad, de Optimización del Parque Lumínico, Tasa de Bomberos y SAME. 

QUE en la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, en su art. 71 inc. f se encuentran los requisitos que deberán cumplir las Asociaciones, Instituciones o Entidades de Bien Público, para hacerse beneficiarias de las exenciones. 

QUE asimismo en el art. 71 último párrafo de la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, establece “facultase al Departamento Ejecutivo a condonar a aquellos contribuyentes que, reuniendo los requisitos para la eximición, no hayan presentado oportunamente la solicitud, por las obligaciones vencidas de los años no prescriptos.” 

QUE el art. 51 de la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, establece “Podrá el departamento ejecutivo proceder a la renovación de oficio, mientras no se modifiquen las condiciones por las cuales se le otorgaron las mismas, quedando facultado a realizar las verificaciones oportunas cuando así lo considere…” 

QUE la Secretaria de Economía y Finanzas y la Dirección General de Asuntos Legales se expiden en forma favorable al otorgamiento de la exención solicitada por considerar que se encuentra encuadrado en lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal vigente 28/2024, Decreto 3818/2024, en su art. 71 inc. f). 

QUE este Departamento Ejecutivo compartiendo dicho criterio, considera procedente el dictado del acto administrativo correspondiente; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1º: EXIMASE en un porcentaje del 100% el pago de las Tasas por Servicios Municipales, Seguridad, de Optimización del Parque Lumínico, Tasa Cuerpo de Bomberos de Gral. Sarmiento y SAME, por el año 2025 a la entidad “HERMANAS DE JESUS BUEN PASTOR (pastorcitas)” titular de las Partidas 53195, 53196, 53197 y 53198. 

ARTICULO 2º: NOTIFIQUESE al solicitante del tenor del presente. 

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el Señor Secretario de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHÍVAR

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi


DECFC-2025-2558-MSM-INT
12/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16793/25 por el que tramita la Licitación Privada N°99/25, por adquisición de equipos de comunicación que serán utilizados por las patrullas, dependientes de la Secretaría de Seguridad, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de Secretaria de Seguridad, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 99/25, a las firmas BANFI ALEJANDRO y MULTIRADIO SA, por resultar éstas las más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por adquisición de equipos de comunicación que serán utilizados por las patrullas, dependientes de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera: 

BANFI ALEJANDRO: por menor precio los ítems 1.2.6.7.9 en la suma total de Pesos cuarenta y un millones ciento cincuenta y un mil setecientos veinticinco ($41.151.725,00). 

MULTIRADIO SA: por menor precio los ítems 3.4.5.8 en la suma total de Pesos treinta y un millones trescientos cuarenta y ocho mil setecientos noventa ($31.348.790,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Seguridad. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente


DECFC-2025-2563-MSM-INT
15/09/2025

VISTO la nota presentada por los padres de la Escuela Especial Nº 504; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una Institución que participará de la Feria de Educación, Arte, Ciencia y Tecnología en la Ciudad de Mar de Ajo; 

Que se trata de niños con capacidades diferentes, necesitando la contención de padres y docentes; 

Que solicitan ayuda para realizar el viaje a la Ciudad en donde se realiza la Feria antes descripta; 

Que este Departamento Ejecutivo, atento a lo expuesto considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de $ 630.000 (Pesos seiscientos treinta mil), a la Escuela Especial 504 del Partido de San Miguel, el que se aplicará al pago del Hotel donde se alojaran para la participación de la Feria de Educación, Arte, Ciencia y Tecnología, desde el 16 al 18 de septiembre del corriente año. El cual será pagadero al Hotel Gli Amici de la Ciudad de Mar de Ajo. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos en vigencia. 

ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el Hotel Gli Amici, deberá enviar factura pertinente por el monto asignado, ante la Contaduría. 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación, Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar, y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVESE.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2025-2568-MSM-INT
16/09/2025

VISTO la nota presentada por la Secretaria de Educación y Trabajo, mediante la cual se solicita se declare de Interés Municipal las Olimpiadas Literarias 2025 del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

Que este concurso está destinado a todas los Colegios estatales y privados de nivel secundario, Universidades y Terciarios del Distrito; 

Que las Olimpíadas constituyen un marco destinado a la valoración integral de las artes en todas sus manifestaciones, al tiempo que promueven una competencia sana entre los participantes, con especial énfasis en las disciplinas literarias musicales y visuales; 

Que este Departamento Ejecutivo considera procedente declararlo de Interés Municipal, y dictar el acto administrativo correspondiente. 

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL

DECRETA 

ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal las Olimpiadas Literarias, a llevarse a cabo en el mes de septiembre de 2025. 

ARTICULO 2º: El gasto que demande será imputado a la partida de gastos correspondiente, del presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo. 

ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2025-2569-MSM-INT
16/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16866/25 por el que tramita la Licitación Privada N°106/25, por obra reparación de techos por filtración en EP32, dependientes de la Secretaría de Educación y trabajo, del Municipio de San Miguel; y CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente; 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaría de Educación y trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº106/25, a la firma PROMETIN SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por obra reparación de techos por filtración en EP32, dependientes de la Secretaría de Educación y trabajo, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: PROMETIN SA: por menor precio en la suma total de Pesos Treinta y un millones novecientos mil ($31.900.000,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Educación y Trabajo. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2025-2570-MSM-INT
16/09/2025

VISTO el Expediente N° 4130-15238-2025-00, mediante el cual la Secretaría de Obras y Espacio Público solicita la ampliación en un veinte por ciento (20 %) del contrato correspondiente a la Licitación Pública N° 38/25 – Pedido de Suministro N° 1207/25, adjudicada a la firma Cooperativa de Trabajo Puntanos Limitada, destinada a la intervención de veredas en Bella Vista; y 

CONSIDERANDO: 

Que, de acuerdo con el informe técnico acompañado en las actuaciones, se verifica la necesidad de extender la ejecución de veredas en el centro de Bella Vista, sector no previsto en el proyecto original, a fin de garantizar la seguridad y funcionalidad del espacio público. 

Que el incremento proyectado totaliza la suma de Pesos Cuatrocientos cincuenta y cuatro millones setecientos cuarenta y un mil trescientos sesenta ($54.741.360,00) equivalente a un veinte por ciento (20 %) del monto contractual original, que ascendía a Pesos doscientos setenta y tres millones setecientos seis mil ochocientos ($273.706.800).

Que la obra se encuentra en un estado de avance del 35,94 % y resulta conveniente aprobar la ampliación del contrato y la prórroga de plazo requerida, conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, en los artículos 33 y 34 de la Ley de Obras Públicas Provincial N° 6.021 y en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación. 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inciso 7° de la Ley Orgánica de las Municipalidades. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1°: Apruébese la ampliación del contrato correspondiente a la Licitación Pública N° 38/25 – Pedido de Suministro N° 1207/25, adjudicada a la firma Cooperativa de Trabajo Puntanos Limitada, en un veinte por ciento 20 ciento (20 %) respecto del monto contractual original, por la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA ($ 54.741.360,00). 

ARTÍCULO 2°: Autorizase la ejecución de los trabajos adicionales consistentes en la construcción de 480 m² de veredas. 

ARTÍCULO 3°: Instrúyase a la Dirección de Compras a liberar la orden de compra correspondiente. 

ARTÍCULO 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTÍCULO 5°: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Obras y Espacio Público. 

ARTÍCULO 6°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2570-MSM-INT
16/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16838/25 por el que tramita la Licitación Privada N°105/25, por obra plaza sargento Cabral, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº105/25, a la firma SZIMAD SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por obra plaza Sargento Cabral, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: SZIMAD SA: por menor precio en la suma total de Pesos cuarenta y cuatro millones trescientos veinte mil ($44.320.000,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2571-MSM-INT
16/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16838/25 por el que tramita la Licitación Privada N°105/25, por obra plaza sargento Cabral, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº105/25, a la firma SZIMAD SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por obra plaza Sargento Cabral, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: SZIMAD SA: por menor precio en la suma total de Pesos cuarenta y cuatro millones trescientos veinte mil ($44.320.000,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2571-MSM-INT
16/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16838/25 por el que tramita la Licitación Privada N°105/25, por obra plaza sargento Cabral, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº105/25, a la firma SZIMAD SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por obra plaza Sargento Cabral, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: 

SZIMAD SA: por menor precio en la suma total de Pesos cuarenta y cuatro millones trescientos veinte mil ($44.320.000,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2572-MSM-INT
16/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16742/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 100/25, por servicio de podas y talas en el polideportivo Bella Vista, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente; 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº100/25, a la firma LA TORTUGA AEREA DEPORTIVA SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, servicio de podas y talas en el polideportivo Bella Vista, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: 

LA TORTUGA AEREA DEPORTIVA SRL: por menor precio en la suma total de Pesos ochenta y dos millones ciento cuatro mil dieciséis ($82.104.016,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2573-MSM-INT
16/09/2025

VISTO el expediente Nº 4130-14522/24 por el cual se tramita el cobro del subsidio por fallecimiento según Ley Nº 9507/80, correspondiente al ex -agente municipal GOMEZ JORGE ANTONIO (Leg: 53.389); y 

CONSIDERANDO:

Que se ha presentado la documentación respectiva que acredita el derecho a percibir el subsidio; 

Que han intervenido la Dirección de Asuntos Legales, la Contaduría Municipal, como las áreas competentes en la materia;

Que el presente, se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108º, inc. 16º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1º: ABONESE a sus hijos GOMEZ NAZARENO ANDRES, la suma de $ 163.242,11 (pesos ciento sesenta y tres mil doscientos cuarenta y dos con once ctvs.), GOMEZ VAZQUEZ LUCAS NICOLAS, la suma de $ 163.242,11 (pesos ciento sesenta y tres mil doscientos cuarenta y dos con once ctvs.), GOMEZ JORGE EMANUEL, la suma de $ 163.242,11 (pesos ciento sesenta y tres mil doscientos cuarenta y dos con once ctvs.),GOMEZ ROCIO MACARENA, la suma de $ 163.242,11 (pesos ciento sesenta y tres mil doscientos cuarenta y dos con once ctvs, GOMEZ LUANA JAZMIN, la suma de $ 163.242,11 (pesos ciento sesenta y tres mil doscientos cuarenta y dos con once ctvs.), GOMEZ FRANCO IVAN, la suma de $ 163.242,11 (pesos ciento sesenta y tres mil doscientos cuarenta y dos con once ctvs. y GOMEZ NUÑEZ VALENTINA , la suma de $ 163.242,11 (pesos ciento sesenta y tres mil doscientos cuarenta y dos con once ctvs.), cobrando su madre NUÑEZ CYNTIA VANESA en concepto de subsidio por fallecimiento de acuerdo al art. 2 de la ley 9507/80. 

ARTICULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado al Presupuesto de Gasto vigente. 

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi


DECFC-2025-2574-MSM-INT
16/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4264/2025 a favor de la Sra. Sánchez, Teresa de los Ángeles; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una familia Monoparental, a cargo de cuatro menores, uno de ellos padece afecciones a su salud; 

Que conviven en una situación precariedad habitacional y no cuentan con los ingresos necesarios para mejorar la estructura edilicia en la cual convive la familia toda; 

Que oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2025-2410-E-MSMINT; 

Que se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional; 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia; 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $2.174.700,00.- (Pesos dos millones ciento setenta y cuatro mil setecientos) a la Sra. Sánchez, Teresa de los Ángeles con domicilio en Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.

 ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2575-MSM-INT
16/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4231/2025 a favor de la Sra. Graneros Anahí Ayelen; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una familia monoparental a cargo de una menor, transcurriendo un embarazo; 

Que conviven en una situación de hacinamiento y no cuentan con los recursos necesarios para terminar la estructura edilicia en la cual convive la familia toda; 

Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente; 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia; 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.740.576,96 (Pesos un millón setecientos cuarenta mil quinientos setenta y seis con noventa y seis centavos) a la Sra. Graneros Anahí Ayelen con domicilio en Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2578-MSM-INT
16/09/2025

VISTO, el expediente administrativo Nº17065/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la obra “Pavimentos asfálticos con cordón cuneta” Etapa II, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos tres mil millones cien mil ($3.000.100.000,00) mediante solicitud de pedido N° 3730/25; 

QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial; 

QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 75/25, por la obra “Pavimentos asfálticos con cordón cuneta” Etapa II, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público. 

Valor del pliego $3.300.110,00 (incluye 10% tasa de Seguridad). 

ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio. 

ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público. 

ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2579-MSM-INT
17/09/2025

VISTO la nota presentada por los padres de la Escuela Especial Nº 504; y 

CONSIDERANDO: 

Que los alumnos de la Institución que participan de la Feria de Educación, Arte, Ciencia y Tecnología en la Ciudad de Mar de Ajo; 

Que se trata de niños con capacidades diferentes, necesitando la contención de padres y docentes; 

Que los padres han realizado la contratación del vehículo que los llevará a la Ciudad antes mencionada, no pudiendo hacer frente al gasto; razón por la que solicitan ayuda económica; 

Que este Departamento Ejecutivo, atento a lo expuesto considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Abónese a Combis da la Costa SRL, mediante factura Nº 0001-00011301, un monto de $ 1.878.500 (Pesos un millón ochocientos setenta y ocho mil), en virtud del viaje a la Ciudad de Mar de Ajo donde participaran los niños de la Escuela Especial 504 del Partido de San Miguel. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos en vigencia. 

ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación, Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar, y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVESE.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2025-2580-MSM-INT
17/09/2025

VISTO el expediente 17075/2025 mediante el cual se solicita la contratación de personal idóneo para llevar a cabo evaluaciones psicotécnicas para postulantes y/o empleados de la organización; y 

CONSIDERANDO: 

Que la Dirección de Capital Humano- Jefatura de Gabinete, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializado; 

Que, consultada la Dirección Gral. de Recursos Humanos, informa que no existe en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado para la tarea indicada; 

Que la Jefatura de Gabinete, solicita se contrate al profesional correspondiente, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto. 

ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada. 

ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Jefe de Gabinete y el señor Secretario de Gobierno. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2025-2598-MSM-INT
17/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16247/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 56/25, solicitud de pedido 2485/2025 por el servicio de aprovisionamiento de Descartables generales, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar: 

DCD PRODUCTS S.R.L. 

Por menor precio N°: 3,57,68,70,80,173,174,175,176,177 

Por calidad N°: 4,5,7,9,10,11,12,13,23,91,109,111,149 

DAYDES S.A. 

Por menor precio N°: 6,83,85,86,88,106,150 

Por calidad N°: 1,2,14,15,53,54,180 

CIUDAD HOSPITALARIA S.R.L.

Por menor precio N°:                      16,17,18,19,20,21,22,27,34,43,60,61,62,66,67,71,72,73,74,75,76,77,81,84,97,98,107,108,116,117, 118, 139,140,142,144,145,154,155,156,157,163,164,165,166

Por calidad N°:26,55,103,148,187 

EUROSWISS S.A. Por menor precio N°: 24,25,28,29,30,32,33,37,38,39,40,41,42,50,51,59,63,65,69,82,89,92,94,95,96,100,101,102,112,113,114,115,119,120,121,122,123,128,129,130,131,132,135,136,141,146,151,152,153,158,159,160,161, 162,167,168,169,170,171,172,178,184,185,186,188,191

Por calidad N°: 49,56,104,110,134,147,179,181,182,183,190 

GLAMAMED S.A. 

Por menor precio N°: 36,58,99,124,125,126,127,137,138 

Por calidad N°: 90,93,105,133,143 

HM BIOMEDIC S.R.L. 

Por menor precio N°: 78,79,87 

PHARMA EXPRESS S.A. 

Por menor precio N°: 189 

Por calidad N°: 31,35,44,45,46,47,48,52 

DROGUERIA BETA CAMPANA S.R.L. 

Por calidad N°: 8…” 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 56/25, a las firmas DCD Products S.R.L., Daydes S.A., Ciudad Hospitalaria S.R.L., Euroswiss S.A., Glamamed S.A., HM Biomedic S.R.L., Pharma Express S.A., Drogueria Beta Campana S.R.L. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Descartables generales, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, por menor precio:

1.1 DCD PRODUCTS S.R.L, ítems 

Por menor precio N°: 3,57,68,70,80,173,174,175,176,177 

Por calidad N°: 4,5,7,9,10,11,12,13,23,91,109,111,149 

En la suma total de Pesos Quince millones treinta y un mil seiscientos setenta y nueve con 10/100 ($15.031.679,10). 

1.2 DAYDES S.A., ítems Por menor precio N°: 6,83,85,86,88,106,150 

Por calidad N°: 1,2,14,15,53,54,180 En la suma total de Pesos Once millones ciento sesenta y nueve mil cientos tres con 83/100 ($11.169.103,83). 

1.3 CIUDAD HOSPITALARIA S.R.L., ítems Por menor precio N° 16,17,18,19,20,21,22,27,34,43,60,61,62,66,67,71,72,73,74,75,76,77,81,84,97, 98,107,108,116,117, 118, 139,140,142,144,145,154,155,156,157,163,164,165,166 

Por calidad N°: 26,55,103,148,187 

En la suma total de Pesos Ciento nueve millones setenta y seis mil trescientos treinta y cuatro ($109.076.334,00). 

1.4 EUROSWISS S.A., ítems 

Por menor precio N°: 24,25,28,29,30,32,33,37,38,39,40,41,42,50,51,59,63,65,69,82,89,92,94,95, 96,100,101,102,112,113,114,115,119,120,121,122,123,128,129,130,131,132,135,136,141,146,151,152,153,158,159,160,161,162,167,168,169,170,171,172,178,184,185,186,188,191 

Por calidad N°: 49,56,104,110,134,147,179,181,182,183,190 

En la suma total de Pesos Cuarenta y un millones ciento cuarenta y un mil siete con 10/100 ($41.141.007,10). 

1.5 GLAMAMED S.A., ítems 

Por menor precio N°: 36,58,99,124,125,126,127,137,138 

Por calidad N°: 90,93,105,133,143 

En la suma total de Pesos Quince millones trescientos cincuenta y siete mil doscientos cincuenta y siete con 88/100 ($15.357.257,88). 

1.6 HM BIOMEDIC S.A., ítems 

Por menor precio N°: 78,79,87 En la suma total de Pesos Quinientos cincuenta y nueve mil cientos noventa y uno con 92/100 ($559.191,92) 

1.7 PHARMA EXPRESS S.A., ítems Por menor precio N°: 189 Por calidad N°: 31,35,44,45,46,47,48,52 

En la suma total de Pesos Cincuenta millones seiscientos dos mil cuatrocientos noventa y seis con 10/100 ($50.602.496,10). 

1.8 DROGUERIA BETA CAMPANA S.R.L., ítems Por calidad N°: 8 

En la suma total de Pesos Doscientos ochenta y tres mil setecientos ($283.700,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.

ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente. 

ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Economía y Finanzas y de Gobierno. 

ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR. 

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2025-2644-MSM-INT
18/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16436/25 por el que tramita la Licitación Pública 65/25 por la adquisición de hormigón H30, H21 y H8, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cuales son las ofertas más convenientes, según se transcribe “… De dicha evaluación surge que las propuestas de provisión de hormigón reúnen las condiciones requeridas en las especificaciones técnicas del Pliego, lo que habilita a considerar el componente económico de las ofertas y analizar los precios ofertados para cada ítem. Del análisis realizado se desprende que: 

Ítem 1- Hormigón H30: La propuesta más conveniente corresponde a TRANS-PLUS SRL, que ofertó 3.205 m3 a un valor unitario de $151.250, alcanzando un total de $484.756.250. Esta oferta resulta la más beneficiosa al combinar el menor costo unitario con el mayor volumen de provisión, en comparación con las cotizaciones presentadas por Hormigonera Piuterra SRL, C&E Construcciones S.A. y H.F. Grant y Cía. S.A. 

Ítem 2 – Hormigón H21: La oferta más ventajosa es la de TRANS-PLUS SRL, que cotizó 305 m3 a un valor unitario de $147.620, con un total de $45.024.100. Este precio resulta menor respecto de las ofertas de Hormigonera Piuterra SRL, C&E Construcciones S.A. y H.F. Grant y Cía. S.A., garantizando además un mayor volumen de material dentro del tope presupuestario. 

Ítem 3 – Hormigón H8: La cotización más favorable corresponde a HORMIGONERA PIUTERRA SRL, que presentó un total de 2.275 m3 a un valor unitario de $128.260, alcanzando $291.719.500. Esta propuesta es la menos onerosa respecto de las restantes ofertas de Trans-Plus SRL, C&E Construcciones S.A. y H.F. Grant y Cía. S.A., además de aportar mayor volumen al menor precio unitario dentro del presupuesto oficial.

Por tal motivo, apreciando lo antes expuesto, se recomienda la pre adjudicación de los ítems requeridos de la siguiente forma:

 Ítem 1 (Hormigón H30) – TRANS-PLUS SRL 

Ítem 2 (Hormigón H21) – TRANS-PLUS SRL 

Ítem 3 (Hormigón H8) – HORMIGONERA PIUTERRA SRL…”; 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 65/25, a las firmas TRANSPLUS S.R.L. y HORMIGONERA PIUTERRA S.R.L., por resultar éstas las más convenientes para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL

DECRETA 

ARTICULO Nº1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la adquisición de hormigón H30, H21 y H8, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera: 

1.1 TRANS-PLUS S.R.L., por menor precio unitario y mayor volumen de provisión, los ítems N° 1 y 2. En la suma total de Pesos Quinientos veintinueve millones setecientos ochenta mil trescientos cincuenta con 00/100 ($529.780.350,00). 

1.2 HORMIGONERA PIUTERRA S.R.L., por menor precio unitario y mayor volumen de provisión, el ítem N° 3. En la suma total de Pesos Doscientos noventa y un millones setecientos noventa y un mil quinientos con 00/100 ($291.791.500,00). Condición de pago Anticipado 100%, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio. 

ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente. 

ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Espacio Público, de Economía y Finanzas y de Gobierno. 

ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2645-MSM-INT
18/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16837/25 por el que tramita la Licitación Privada N°104/25, por obra plaza Rio Diamante, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº104/25, a la firma SZIMAD SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por la obra plaza Rio Diamante, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: SZIMAD SA: por menor precio en la suma total de Pesos sesenta y seis millones cuatrocientos setenta y ocho mil ($66.478.000,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2646-MSM-INT
18/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4370/2025 solicitando ayuda económica a la Escuela Educación Secundaria Nº 31 de San Miguel, destinado a la compra de ventiladores y armarios; y 

CONSIDERANDO: 

Que la Escuela ha solicitado elementos y mobiliario para espacios fundamentales de la Institución;

Que la Institución requiere ventiladores y armarios para garantizar un ambiente adecuado y seguro; 

Que la demanda de ventiladores y mobiliario se dirige a mejorar la ventilación y la organización de espacios de trabajo y aprendizaje; 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia; 

Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de hasta $ 1.112.959 (Pesos Un millón ciento doce mil novecientos cincuenta y nueve) a la Escuela de Educación Secundaria Nº 31 de San Miguel, siendo la presidenta de la Cooperadora la Sra. Aranda, Carina para ser aplicado a la compra de ventiladores y armarios para la Institución, debiéndose realizar el pago a la Asociación Cooperadora Escuela Educación Secundaria N°31 de San Miguel. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: DEJASE establecido que la Institución deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanza (Contaduría). 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Educación y Trabajo y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2025-2647-MSM-INT
18/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4261/2025 a favor de la Sra. Bucolo, Sandra Noemi; y 

CONSIDERANDO: 

Que, trata de una familia extensa en la que varios miembros padecen graves afecciones de salud; 

Que conviven en una situación de hacinamiento que no cuentan con los ingresos suficientes para la reconstrucción de la estructura edilicia en la cual convive la familia toda; 

Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $3.581.200,00 (Pesos tres millones quinientos ochenta y un mil doscientos) a la Sra. Bucolo, Sandra Noemi con domicilio en Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR. 

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2648-MSM-INT
18/09/2025

VISTO la nota presentada por la Secretaria de Infancia y Familia, solicitando se declare de interés municipal el Cumpleaños N°10 del Centro de Desarrollo Infantil y Familiar “Semillitas del Polo” a realizarse el día 06 de octubre de 2025; y 

CONSIDERANDO: 

Que el CDIF “Semillitas de Polo” un espacio de socialización, crecimiento, formación y cuidado, donde niños y niñas descubren aptitudes que serán esenciales en su vida, ya sea para vincularse con su entorno, interactuar con sus pares, comunicarse, incorporar el desarrollo matemático, potenciar la creatividad o la imaginación; 

Que, en conmemoración del X aniversario de la puesta en funcionamiento del Centro de Desarrollo Infantil y Familiar “Semillitas de Polo”, se han planificado diversas actividades recreativas y comunitarias para celebrar y fortalecer el espíritu de comunidad y protección hacia los niños y niñas del CDIF, como así también un reconocimiento a la loable tarea que realizan las educadoras y responsables del centro; 

Que atento a los actos a realizarse en conmemoración a dicha fecha, este Departamento Ejecutivo considera procedente declararlo de Interés Municipal, y dictar el acto administrativo correspondiente; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal el Cumpleaños N°10 del Centro de Desarrollo Infantil y Familiar “Semillitas de Polo” a realizarse el día 06 de octubre de 2025; en la calle Padre Ustarroz y Pardo (Barrio El Polo), por los motivos expuestos en los considerandos. 

ARTICULO 2º: El gasto que demande la realización de los actos aludidos en el artículo precedente, será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.

 ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia. 

ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2649-MSM-INT
18/09/2025

VISTO el Expte. Nº 16485/25 por el que tramita el Licitación Pública N° 69/25 para la Contratación del Servicio de Hotelería, destinados a final de juegos Bonaerenses 2025 en Mar del Plata, dependiente de la Coordinación Comunicación Prensa y Eventos – Subsecretaría de Deportes, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…informo que en relación a la Licitación Pública N° 69/25 correspondiente a la “Contratación de Hotelería Final Juegos Bonaerenses 2025 en la ciudad de mar del plata, la oferta más conveniente por precio total y en la elección por parte de la subsecretaria de deportes de los hoteles Venezia y 30 de Junio debido a su cercanía entre ambos facilitando la tarea de los profesores y competidores en sus desplazamientos a los lugares de competencia, es para VELAZQUEZ NATALIA SOLEDAD…” 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Subsecretario de Deportes, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 69/25, a la firma VELAZQUEZ NATALIA SOLEDAD, por resultar ésta la más conveniente en su costo total para el municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO Nº1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la contratación del Servicio de Hotelería, destinados a final de juegos Bonaerenses 2025 en Mar del Plata, dependiente de la Coordinación Comunicación Prensa y Eventos – Subsecretaría de Deportes, del Municipio de San Miguel la firma: VELAZQUEZ NATALIA SOLEDAD, en la suma total de Pesos Doscientos siete millones ciento cincuenta mil con 00/100 ($ 207.150.000,00.). 

Condición de pago: Anticipado antes del ingreso del contingente, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.

ARTICULO N° 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente. 

ARTICULO N° 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO N° 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y Finanzas y de Gobierno. 

ARTICULO N° 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro


DECFC-2025-2650-MSM-INT
19/09/2025

VISTO que por Decreto DECFC-2025-2579-E-MSM-INT; y 

CONSIDERANDO: 

Que en el mismo se ha incurrido en un error material en el artículo 1º del mencionado Decreto; 

Que se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente a efectos de subsanar el error; 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Modificase el artículo 1º del Decreto DECFC-2025-2579-E-MSM-INT de fecha 17 de septiembre de 2025, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1º: Abónese a Combis a la Costa SRL, mediante factura Nº 00001-00011301, por un monto de $ 1.878.500 (pesos un millón ochocientos setenta y ocho mil quinientos) en virtud del viaje a la Ciudad de Mar de Ajo donde participaran los niños de la Escuela Especial 504 del Partido de San Miguel. 

ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno. 

ARTICULO 3º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro


DECFC-2025-2650-MSM-INT
19/09/2025

VISTO la necesidad de adecuar los valores de las Tasas, Derechos y Contribuciones contemplados en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria N° 28/24, correspondiente al presente ejercicio; y CONSIDERANDO: 

QUE los incrementos de precios de los últimos meses repercuten significativamente en los servicios generales y en la adquisición de los elementos necesarios para gestionar las distintas actividades; 

QUE no obstante el esfuerzo económico financiero efectuado hasta el momento por el Municipio para sostener e incrementar los servicios que brinda, resulta necesario efectuar una actualización en las tasas que percibe la Comuna, ya que de lo contrario podría verse afectado seriamente el equilibrio de las finanzas públicas municipales; 

QUE el artículo 106º de la Ordenanza Tarifaria N° 28/24 para el ejercicio 2025, faculta al Departamento Ejecutivo a actualizar los montos de las Tasas, Derechos y Contribuciones; en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, si este supera el 15% de variación interanual. 

QUE la inflación acumulada alcanza el 19.5%; QUE el Municipio de San Miguel, teniendo en cuenta la crisis económica que atraviesa el país, ha venido absorbiendo la mayor parte de los costos de dichas variables; debiendo proceder a trasladar a los montos de las Tasas, Derechos y Contribuciones vigentes, parte de las pérdidas ocasionadas por el efecto inflacionario; 

QUE, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; 

Por ello: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1º.- INCREMENTESE en la cuota 09-2025 un 5% el valor de los módulos con que se expresan las tasas establecidas en los artículos 15°, 16° 18°, 19º, 20º, 21º, 23º, 24º, 25º, 26º de la Ordenanza Tarifaria; y cuyo vencimiento opera a partir del 1º de octubre de 2025 según el Calendario fiscal vigente. 

ARTÍCULO 2°- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTÍCULO 3°. – Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi


DECFC-2025-2653-MSM-INT
22/09/2025

VISTO la Ordenanza Fiscal y Tarifaria Nº 28/24; y 

CONSIDERANDO: 

Que en el artículo Nº 75º de la Ordenanza mencionada en el Visto, se faculta al Departamento Ejecutivo a establecer las tarifas por estacionamiento medido. Que por convenio 007/2016 se acordó con la Universidad Nacional de La Plata la provisión del sistema de Estacionamiento Medido. 

Que este Departamento Ejecutivo considera procedente el dictado del acto administrativo correspondiente. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1º: Fíjese como tarifa de estacionamiento medido la de $ 500,00 (pesos quinientos) por cada hora, a partir del 1 de octubre de 2025, en las zonas de Estacionamiento Medido demarcadas exclusivamente a tal fin. 

ARTÍCULO 2º: El horario de Estacionamiento Medido será días hábiles de lunes a viernes, de 8:00 a 20:00 horas y los días sábados de 8:00 a 13:00 horas. Los días domingo y feriados, el estacionamiento será libre. 

ARTICICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro


DECFC-2025-2654-MSM-INT
22/09/2025

VISTO la nota emitida por el Centro de Formación Integral N° 1, mediante la cual solicita se le otorgue un subsidio para llevar a cabo el Campamento de Fin de curso a realizarse en la Ciudad de Santa Teresita; y 

CONSIDERANDO: 

Que la escuela tiene programada una salida educativa a la ciudad de Santa Teresita; 

Que la misma se realizará los días 23 24 y 25 de septiembre de 2025 y participarán 39 estudiantes y 8 docentes; 

Que el campamento de fin de curso pretende dar una experiencia educativa complementaria que favorece el desarrollo integral de los jóvenes, promoviendo habilidades técnicas y sociales; Que basado en la Declaración de los Derechos del Niño, ha sido diseñado para propiciar en cada niño, el desarrollo de sus propios potenciales: “aprender haciendo” y “jugar y divertirse aprendiendo” son para nosotros conceptos fundamentales; 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $3.000.000,00 (pesos tres millones) al Centro de Formación Integral N° 1 de San Miguel, pagadero a su Directora la Sra. Hidalgo Cecilia Beatriz, para solventar los gastos de traslado y hospedaje a la Ciudad de Santa Teresita, por las razones expuestas en los considerandos. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: Dejase establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada por el monto otorgado, ante la Contaduría y Secretaria de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Educación y Trabajo. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro


DECFC-2025-2655-MSM-INT
22/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4470/2025 a favor de la Sra. Mercado Maria Belen; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una familia ensamblada, donde unos de los integrantes presentan discapacidad cud y pensión, que conviven en una situación de déficit sanitario y precariedad habitacional con filtraciones; 

Que no cuentan con los recursos pertinentes para la ampliación y remiendo de la estructura edilicia en la cual convive la familia toda; 

Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.795.500,00 (Pesos un millón setecientos noventa y cinco mil quinientos) a la Sra. Mercado María Belén con domicilio en Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR. 

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2655-MSM-INT
22/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4381/2025 de ayuda económica presentada por distintos beneficiarios, para solventar la compra de anteojos; y 

CONSIDERANDO: 

Que los solicitantes no cuentan con recursos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda la adquisición de anteojos recetados; 

Que, del informe socioeconómico realizado, y de las solicitudes presentadas por los recurrentes, surge la necesidad de otorgar lo solicitado; 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo; 

POR ELLO 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $135.000,00 (Pesos Ciento treinta y cinco mil), cuyos beneficiarios serán: – Sauco, Glenda Fabiana, con domicilio en Carlos María de Alvear – Moran, Jorge Alejandro, con domicilio en el Ptdo. De San Miguel.

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a los beneficiarios. 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2657-MSM-INT
22/09/2025

VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024; y 

CONSIDERANDO: 

QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente N.º 16964/2025 y en concordancia al Art. 38 inc. B, de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024. Corresponde la devolución por PAGO EQUIVOCADO, DOMINIO MCF-123. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1º: Apruébese la devolución de PESOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON VEINTE CTVOS ($73.548,20.) al contribuyente CASTILLO GISELA FATIMA de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO EQUIVOCADO. 

ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago. 

ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi


DECFC-2025-2658-MSM-INT
22/09/2025

VISTO, el expediente administrativo Nº 17114/25, por la ejecución de la Obra: Pavimento de Hormigón Etapa II, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, para dicha adquisición se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Dos mil quinientos cuatro millones cuatrocientos mil con 00/100 ($2.504.400.000,00), mediante solicitud de pedido N° 3729/25; 

QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintinueve ($107.444.829,00) del Presupuesto Oficial; 

QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 76/25, por la ejecución de la Obra: Pavimento de Hormigón Etapa II, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público. Valor del pliego $ 2.754.840,00.- (incluye 10% tasa de Seguridad). 

ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio. 

ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público. 

ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2659-MSM-INT
22/09/2025

VISTO los expedientes administrativos N.º 4130-16801/25; 16802/25; 16803/25; 16804/25; 16805/25; y 

CONSIDERANDO: 

QUE por Ordenanza Nº 02/2024 el Municipio se adhiere a la ley 15394, la cual establece que los Municipios podrán disponer la condonación de las deudas cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas; 

QUE en el ejercicio de tal delegación se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente; QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108º, inc. 16º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades; 

POR ELLO 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL

 DECRETA 

ARTICULO 1°: PROCEDASE a condonar las deudas, por las razones expuestas en los considerandos del presente, por la Tasa de Servicios Municipales de las partidas y períodos que a continuación se detallan: 

PARTIDA 256713, deuda al año/cuota 16/12 

PARTIDA 230940, deuda al año/cuota 13/12 

PARTIDA 195386, deuda al año/cuota 18/12 

PARTIDA 130476, deuda al año/cuota 18/12 

PARTIDA 081249, deuda al año/cuota 18/09 

ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas. 

ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi


DECFC-2025-2661-MSM-INT
23/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16634/25 por el que tramita la Licitación Pública 71/25 por la ejecución de la Obra: Intertrabado calle Martín Irigoyen entre Senador Morón y San Martín, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cuales son las ofertas más convenientes, según se transcribe “…Vista La elevación efectuada por la Dirección de Compras. 

Considerando 

a. Preparación técnica, experiencia y competencia De la documentación presentada, se verifica que los tres oferentes cuentan con equipos técnicos, currículums y experiencia general que cumplen con los requisitos exigidos en el pliego. 

a. Obras similares Se constata a través de la documentación presentada que las tres firmas acreditan antecedentes de ejecución en pavimentos intertrabados superiores a 4.000 m² y en pavimentos de hormigón superiores a 80.000 m², dentro de los últimos cinco (5) años, con actas de recepción definitiva y/o provisoria. 

a. Antecedentes en UTE Ninguna de las empresas informó antecedentes de participación en Uniones Transitorias de Empresas (UTE), por lo que este punto no corresponde computar. 

a. Capacidad económico-financiera De los balances certificados presentados y la información disponible, se calculan los siguientes índices: 

Cooperativa de Trabajo Puntanos Ltda. 

Índice de liquidez: 2,24 

Índice de solvencia: 22,33 

Índice de endeudamiento: 0,08 

% Ventas proyectadas: 23,42% (oferta $260.273.720 / ventas $1.111.242.909) 

Piuterra S.A. 

Índice de liquidez: 1,37 

Índice de solvencia: 2,44 

Índice de endeudamiento: 0,41 % 

Ventas proyectadas: 2,97% (oferta $363.345.247,95 / ventas $12.237.196.277,09) 

SZIMAD S.A. 

Índice de liquidez: 3,52 

Índice de solvencia: 3,54 

Índice de endeudamiento: 0,28 % 

Ventas proyectadas: 73,5% (oferta $289.210.000 / ventas $393.181.511,58) 

Los índices demuestran que todas las empresas mantienen razonables niveles de liquidez y solvencia, siendo financieramente aptas para afrontar la obra. Análisis económico 

• Cooperativa de Trabajo Puntanos Ltda.: $260.273.720 → menor oferta 

• SZIMAD S.A.: $289.210.000 

• Piuterra S.A.: $363.345.247,95 La oferta más conveniente en términos económicos es la de la Cooperativa de Trabajo Puntanos Ltda., por ser la menos onerosa y encontrarse dentro de los parámetros técnicos y financieros requeridos. Por esta razón se recomienda la adjudicación a la Cooperativa de Trabajo Puntanos Ltda…”; 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 71/25, a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO PUNTANOS LTDA., por resultar éstas las más convenientes para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO Nº1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la ejecución de la Obra: Intertrabado calle Martín Irigoyen entre Senador Morón y San Martín, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera: 

1.1 COOPERATIVA DE TRABAJO PUNTANOS LTDA., por menor precio y antecedentes. En la suma total de Pesos Doscientos sesenta millones doscientos setenta y tres mil setecientos veinte con 20/100 ($260.273.720,20). 

Condición de pago: 30% anticipo financiero, certificados 30 días fecha de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio. 

ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente. 

ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Espacio Público, de Economía y Finanzas y de Gobierno. 

ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2662-MSM-INT
23/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16230/25 por el que tramita la Licitación Pública 54/25 por la ejecución de la Obra: Pasos a Nivel – Calles Salerno y Lebensohn, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cuales son las ofertas más convenientes, según se transcribe “…Vista la elevación efectuada por la Dirección de Compras, se ha procedido al análisis de las presentaciones realizadas por los licitantes. De tal estudio surge que los proponentes cumplen con la totalidad de los requisitos de forma respecto de su presentación, lo que permite la evaluación de sus ofertas. 

Ante tal situación, se procede a examinar las propuestas formuladas. De dicha evaluación surge que la documentación presentada por las firmas Servicios Emiser S.A. y Cemco S.A. reúne las condiciones requeridas en las especificaciones técnicas y administrativas previstas en el Artículo 7° del Pliego, lo que habilita a considerar los aspectos económicos de la licitación. 

En particular: 

En el punto a), ambas firmas acreditaron la preparación técnica, experiencia y competencia del personal propuesto, presentando títulos y antecedentes profesionales que respaldan su idoneidad, así como experiencia específica en trabajos de similar envergadura. 

En el punto b), se acompañaron antecedentes de obras similares concluidas en los últimos diez años, acreditadas mediante actas de recepción definitiva o provisoria, que resultan suficientes para cumplir con el requisito. 

En el punto c), ninguno de los oferentes informó participación en UTEs ni asociaciones empresariales, por lo que no corresponde computar antecedentes bajo esta modalidad. 

En el punto d), se acompañaron balances certificados que permiten verificar la capacidad económicofinanciera de los oferentes. 

En el punto e), se desprende de la documentación contable presentada que ambos oferentes mantienen indicadores de liquidez, solvencia y endeudamiento compatibles con la magnitud de la obra licitada, acreditando razonablemente su solvencia y capacidad para la ejecución. 

Del análisis económico se verifica que la firma Servicios Emiser S.A. presentó una oferta por $2.912.914.160,00, que excede en un 15,5% el presupuesto oficial, mientras que Cemco S.A. ofertó $2.522.480.015,69, ajustándose al monto oficial previsto. 

Por lo expuesto, y apreciando que ambas firmas cumplen con los requisitos técnicos y administrativos exigidos, corresponde recomendar la adjudicación de la Licitación Pública N° 54/25 a la firma CEMCO S.A., en virtud de resultar su propuesta la más conveniente en términos económicos para el Municipio, al ajustarse al presupuesto oficial y reunir todas las condiciones técnicas y legales exigidas…”; 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 54/25, a la firma CEMCO S.A., por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO Nº1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la ejecución de la Obra: Pasos a Nivel – Calles Salerno y Lebensohn, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:

 1. CEMCO S.A., por menor precio y antecedentes. En la suma total de Pesos Dos mil quinientos veintidós millones cuatrocientos ochenta mil quince con 69/100 ($2.522.480.015,69). 

Condición de pago: 30% anticipo financiero, certificados 30 días fecha de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio. 

ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente. 

ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Espacio Público, de Economía y Finanzas y de Gobierno. 

ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2663-MSM-INT
23/09/2025

VISTO, la solicitud de pedido Nº 3200/2025 por el cual se tramita la contratación de Mano de obra para ejecución de pavimentos por administración, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en virtud de la nota incorporada por la Unidad Ejecutora en que solicita el encuadre de la contratación bajo los lineamientos de la ley Nacional 20337 y Decreto Ley 6769/58 en que expresa: “… Se informa que la Solicitud de Pedido N° 3200/25 para la contratación de trabajos de: “CONTRATACION DE MANO DE OBRA PARA EJECUCION DE PAVIMENTOS POR ADMINISTRACION”; responde a los lineamientos del Decreto/Ley 6769/58 dispuestas en su Art. 156 inc. 11) y la ley Nacional 20337 respecto de la constitución, conformación actividades que regulan a las Cooperativa, de las cuales se desprende el tratamiento que deben recibir en cuanto a los procedimientos para su contratación y desarrollo….; 

QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, y dado la conformidad del Secretario de Obras y Espacio Público, se considera que debe darse el tratamiento requerido; 

QUE, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO Nº1: Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a los lineamientos de ley Nacional 20337 y Decreto Ley 6769/58, al proveedor COOPERATIVA DE TRABAJO PUNTANOS LIMITADA, la contratación de la Mano de obra para ejecución de pavimentos por administración, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Doscientos noventa y ocho millones con 00/100 ($298.000.000,00). 

Condición de pago: 30 días fecha recepción factura. 

ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente. 

ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Espacio Público, de Economía y Finanzas y de Gobierno. 

ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2664-MSM-INT
23/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16954/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 111/25, por el servicio de tendido y conectividad la red de fibra óptica, dependientes de la Secretaria de Seguridad, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Seguridad, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 111/25, a la firma FIBERCO SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por el servicio de tendido y conectividad la red de fibra óptica, dependientes de la Secretaria de Seguridad, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: FIBERCO SRL: por menor precio en la suma total de Pesos ciento cinco millones ochocientos cuarenta mil novecientos nueve con 43/100 ($105.840.909,43). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Seguridad. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2667-MSM-INT
23/09/2025

VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024; y 

CONSIDERANDO; 

QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 16950/2025 y en concordancia al Art. 38 inc. B, de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024. Corresponde la devolución por PAGO EQUIVOCADO, DOMINIO NFR-396. 

POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO lº: Apruébese la devolución de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO CON TREINTA Y OCHO CTVOS ($96.641,38.-) al contribuyente LENCINA ADRIAN MAXIMILIANO de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO EQUIVOCADO. 

ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago. 

ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas. 

ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi


DECFC-2025-2679-MSM-INT
24/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4440/2025 a favor del Sr. Torrilla, Fabio Cesar; y

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una familia numerosa, donde varios integrantes presentan discapacidad cud, que viven en situación de hacinamiento; 

Que para mejorar su calidad de vida se cavila pertinente la ampliación y remiendo de la estructura edilicia en la cual convive con su núcleo familiar; 

Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL

DECRETA 

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.320.400,00 (Pesos un millón trescientos veinte mil cuatrocientos) al Sr. Torrilla, Fabio Cesar con domicilio en Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR. 

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2680-MSM-INT
24/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4459/2025 a favor de la Sra. Portillo, Florencia Abigail; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una familia monoparental, que conviven en una situación de hacinamiento; 

Que no cuentan con los recursos pertinentes para la ampliación y remiendo de la estructura edilicia en la cual convive la familia toda; 

Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.222.950,00 (Pesos un millón doscientos veintidós mil novecientos cincuenta con cero centavos) a la Sra. Portillo, Florencia Abigail, con domicilio en Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR. 

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2691-MSM-INT
25/09/2025

VISTO el expediente administrativo N° 16931/2025, en el que se solicita la contratación de un profesional especializado en la elaboración de Planes Integrales de Abordaje, con enfoque paisajista y de movilidad; y 

CONSIDERANDO: 

Que la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializado; 

Que, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada; 

Que la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto; 

POR ELLO 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto. 

ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada. 

ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y de Planeamiento y Desarrollo Urbano. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR. 

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. Maria de los Milagros Richards


DECFC-2025-2692-MSM-INT
26/09/2025

VISTO el Expte. administrativo Nº 16647/25 por el que tramita la Licitación Pública 72/25 por la PRESTACIÓN DEL PROGRAMA MESA BONAERENSE, dependiente de la Secretaria de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cuales son las ofertas más convenientes, según se transcribe “…Conforme al puntaje descripto, aplicando la prerrogativa del punto 9° del Pliego de Condiciones Particulares en evaluación y adjudicación de las compañías con mayor índice se procede a asignar las zonas según lo que se detalla a continuación:

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Educación y Cultura, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 72/25, a las firmas PA SU CO S.A. y DISTRIBUIDORA PUNTA BALLENA S.A., en las cantidades y condiciones determinadas en virtud del informe técnico elaborado por la Unidad ejecutora junto al profesional responsable del área nutricional, quienes han evaluado las propuestas recibidas, sugiriendo las mejores ofertas para los cupos requeridos, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO Nº1: Adjudicar, según informe análisis de la nutricionista y al informe técnico producido por la Unidad ejecutora, la Prestación del Programa Mesa Bonaerense por los meses septiembre a diciembre, destinado a la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla: 

1.1 DISTRIBUIDORA PUNTA BALLENA SA, ZONA N° 1 (30.16%): Módulos de Alimentos: 49445 unidades. 

En la suma total de Pesos Setecientos cuarenta y cuatro millones ochocientos ochenta y ocho mil novecientos veinticinco con 00/100 ($744.888.925,00.-). 

1.2 DISTRIBUIDORA PUNTA BALLENA SA, ZONA N° 2 (20.17%): Módulos de Alimentos: 33060 unidades. 

En la suma total de Pesos Cuatrocientos noventa y ocho millones cuarenta y ocho mil novecientos con 00/100 ($498.048.900,00.-). 

1.3 PA-SU-CO SA, ZONA N°3 (12.38%): Módulos de Alimentos: 20300 unidades. 

En la suma total de Pesos Trescientos cinco millones ochocientos diecinueve mil quinientos con 00/100 ($305.819.500,00.-). 

1.4 PA-SU-CO SA, ZONA N° 4 (13.89%): Módulos de Alimentos: 22765 unidades. 

En la suma total de Pesos Trescientos cuarenta y dos millones novecientos cincuenta y cuatro mil setecientos veinticinco con 00/100 ($342.954.725,00.-). 

1.5 PA-SU-CO SA, ZONA N° 5 (23.40%): Módulos de Alimentos: 38355 unidades. En la suma total de Pesos Quinientos setenta y siete millones ochocientos dieciocho mil setenta y cinco con 00/100 ($577.818.075,00.-). 

Condición de pago dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio. 

ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente. 

ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y Trabajo, de Economía y Finanzas y de Gobierno. 

ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR. 

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2025-2693-MSM-INT
26/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº16992/25 por el que tramita la Licitación Privada N°112/25, por mantenimiento de aires acondicionados en escuelas, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de Secretaría de Educación y Trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº112/25, a la firma ISAURRALDE ADRIAN, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por mantenimiento de aires acondicionados en escuelas, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: ISAURRALDE ADRIAN: por menor precio en la suma total de Pesos veintidós millones trescientos treinta y cinco mil ($22.335.000,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Educación y Trabajo 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2025-2694-MSM-INT
26/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16993/25 por el que tramita la Licitación Privada N°115/25, por contratación de servicios de desagote de pozos para vecinos en situación de vulnerabilidad socio económica, dependientes de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Infancia y Familia, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 115/25, a la firma DATTOLI ALEJANDRO, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por contratación servicios de desagote de pozos para vecinos en situación de vulnerabilidad socio económica, dependientes de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera: DATTOLLI ALEJANDRO: por mejor precio los ítems en la suma total de Pesos cincuenta y seis millones setecientos mil ($56.700.000,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. 

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, e Infancia y Familia. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR. 

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2696-MSM-INT
26/09/2025

VISTO, el Expte. administrativo Nº 16765/25 por el que tramita la Licitación Privada N°96/25, por demarcación horizontal con pintura termoplástica dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, y 

CONSIDERANDO: 

QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; 

QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, 

QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaría Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 96/25, a la firma FEVIAL SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por demarcación horizontal con pintura termoplástica dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera: FEVIAL SA: por menor precio en la suma total de Pesos noventa y tres millones setecientos sesenta y cinco mil ($93.765.000,00). 

Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura. 

ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes. 

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.

ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público. 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR. 

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2025-2697-MSM-INT
26/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4508/2025 a favor de la menor Chávez Benitez, Alejandra Elizabeth; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una adolescente que presenta problemas relacionados con adicciones, quien ha sido derivada a un tratamiento de rehabilitación en la institución “Reconocerse” debido a la gravedad de su consumo y a las dificultades complejas que esto ha generado en su desarrollo y bienestar; 

Que la decisión de remitirlo a esta institución responde a la necesidad de ofrecerle un ámbito especializado y controlado que le brinde las herramientas y el apoyo necesarios para su recuperación; 

Que se solicita su internación en dicha institución, en modalidad cerrada, de alta calidad, considerando las características de su patología; 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo; 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio económico por la suma total de Pesos seis millones ($6.000.000.-) a la menor Chávez Benitez, Alejandra Elizabeth, con domicilio en Partido de San Miguel, a cargo de su madre la Sra. Benitez, Felisa Mabel, pagadero en 3 (tres) cuotas iguales y consecutivas mensuales de Pesos dos millones ($2.000.000.-) cada una, para afrontar los gastos de internación. Debiéndose realizar el pago a “Reconocerse” Programa Minnesota- Comunidad Terapéutica de rehabilitación, tratamiento, prevención e investigación de las adicciones y patologías asociadas. 

ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente, del Presupuesto en vigencia. 

ARTICULO 3°: DEJASE establecido que la Institución deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanza (Contaduría). 

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas y por la señora Secretaria de Infancia y Familia. 

ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2698-MSM-INT
26/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4426/2025 a favor de la Sra. Zeballos, Carmen Mariela; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una familia monoparental que convive en una situación de déficit sanitario y hacinamiento, con goteras y filtraciones, lo cual no es saludable para los menores que componen el grupo familiar; 

Que no cuentan con los ingresos suficientes para la reconstrucción de la estructura edilicia en la cual convive la familia toda; 

Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $549.700,00 (Pesos quinientos cuarenta y nueve mil setecientos) a la Sra. Zeballos, Carmen Mariela, con domicilio Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo


DECFC-2025-2699-MSM-INT
26/09/2025

VISTO la solicitud de pedido Nº 4328/2025 a favor de la Sra. Castro, Carina Mabel; y 

CONSIDERANDO: 

Que se trata de una familia nuclear, en la cual uno de los integrantes padece afecciones a su salud, con amputación de miembro lo que dificulta su desplazamiento; 

Que, a fin de mejorar la calidad de vida de toda la familia, se requiere la instalación de un baño accesible adaptado a las necesidades del grupo familiar. 

Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. 

Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. 

Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo. 

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL 

DECRETA 

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.146.680,09 (Pesos Un millón ciento cuarenta y seis mil seiscientos ochenta con nueve centavos) a la Sra. Castro, Carina Mabel con domicilio en el Pdo. de San Miguel. 

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia. 

ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario. 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno 

ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez

Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro

Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi

Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo