DECFC-2025-968-MSM-INT
03/04/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 15166/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 42/25, por provisión de camas y colchones destinados a asistir vecinos dependientes de la Secretaria de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Infancia y Familia, que propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 42/25, a la firma CONCEPTO SIMPLE SAS, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora por provisión de camas y colchones destinados a asistir vecinos destinados a asistencia critica dependiente de la Secretaria de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera:
1. CONCEPTO SIMPLE SAS por menor precio la suma total de pesos cuarenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil ($47.645.000,00)
Condición de pago, inmediato dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-969-MSM-INT
03/04/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 15103/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 38/25 segundo llamado, por provisión de materiales de construcción destinados a asistir vecinos dependientes de la Secretaria de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel; y CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Infancia y Familia, que propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 38/25 segundo llamado, a la firma HIERRTODO SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora por provisión de materiales de construcción para los vecinos, destinados a asistencia critica dependiente de la Secretaria de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera:
1. HIERROTODO SA por menor precio la suma total de pesos sesenta millones doscientos sesenta y un mil ciento setenta ($60.261.170,00)
Condición de pago, inmediato dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-988-MSM-INT
04/04/2025
VISTO el Libro San Miguel en Imágenes; y
CONSIDERANDO:
QUE desde el área de Coordinación, Comunicación, Prensa y Eventos se publicó un libro destinado a retratar San Miguel incorporando en sus páginas historia del Partido, sus habitantes, costumbres, así como aquellos lugares emblemáticos que hacen a su identidad cultural, social y deportiva en todas sus dimensiones.
QUE el referido libro denominado “SAN MIGUEL EN IMÁGENES” que cuenta con imágenes, fotos y videos y por sus características ha sido considerado de interés municipal mediante Decreto DECFC-2024-3030-E-MSM-INT.
QUE el libro constituye una herramienta educativa histórica, social y cultural del municipio de San Miguel y se proyectó su distribución gratuita en escuelas públicas y privadas, centros culturales y demás instituciones afines con la conservación y divulgación de la historia del municipio y su identidad.
QUE el municipio tiene por objeto promover también la difusión del libro al público general – en virtud de su declaración de interés municipal. – razón por la cual resulta menester autorizar la comercialización de la obra literaria en las librerías del municipio al solo efecto de cubrir los costos de impresión y eventualmente destinar esos fondos a la generación de nuevas impresiones en el supuesto de que se verifique una mayor demanda de la obra.
QUE por conducto de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria Nº 28/2024 promulgada por DECFC Nº 2024-3818-E-MSM-INT la Municipalidad de encuentra facultada a comercializar productos elaborados de acuerdo a las disposiciones contenidas en el artículo 234° de la citada norma.
QUE atento lo expuesto resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1: Otórguese el acceso gratuito al libro “SAN MIGUEL EN IMÁGENES” por intermedio de las autoridades de la Biblioteca Municipal Domingo F. Sarmiento, al resto de las bibliotecas públicas del Distrito, de las escuelas de gestión estatal y privada y de otras instituciones interesadas.
ARTICULO 2º: Autorizase a las librerías del Distrito que lo requieran, la venta por consignación del Libro “San Miguel en Imágenes”, debiendo aquellas por libro comercializado transferir el valor del costo de impresión de cada ejemplar a la Cuenta General de la Tesorería Municipal, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 3°: Autorizase la publicación del libro en versión digital en el sitio web oficial del municipio a los efectos de que todos los vecinos puedan acceder al mismo por dicho medio.
ARTICULO 4° El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno, de Educación y Trabajo y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-989-MSM-INT
04/04/2025
VISTO la nota enviada por la Secretaría de Educación y Trabajo en la que se solicita se declare de interés la propuesta escolar “Conoce tu Municipio”, en el marco del Plan de Mejora; y
CONSIDERANDO
QUE se propone un programa educativo para los niños de nivel primario, cuyo objetivo es hacerlos conocer el centro cívico de San Miguel, comprendiendo la plaza principal, el palacio municipal, la catedral de San Miguel Arcángel, el banco Provincia y la escuela n°1 Domingo Faustino Sarmiento;
QUE, para esta recorrida, los alumnos tendrán a su disposición un cuadernillo con información sobre los diferentes sitios, edificios e instituciones, para así poder ampliar los conocimientos y, a la vez, profundizar el aprendizaje sobre la historia de cada uno de los lugares;
QUE, dentro de los objetivos, se hace hincapié en el fomento de la participación de los niños en la vida institucional de nuestro distrito, aportando así a la formación ciudadana dentro de la comunidad escolar, el cual resulta más próximo a su cotidianeidad;
QUE, este dispositivo constituye la posibilidad de recorrer el centro cívico de San Miguel y reconocer en sus edificios y monumentos elementos significativos de la historia local, por lo que se elaboró material pedagógico, una planificación del trayecto a realizar y juegos interactivos específicos que introducen a docentes y alumnos en la historia de los mencionados sitios y objetos;
QUE, ante lo expuesto, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar el acto administrativo pertinente, declarándolo de interés municipal; Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal la realización de la propuesta escolar “Conoce tu Municipio”.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el concurso será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-992-MSM-INT
04/04/2025
VISTO los expedientes administrativos Nº 4130-15178/25; y
CONSIDERANDO:
QUE por Ordenanza Nº 02/2024 el Municipio se adhiere a la ley 15394, la cual establece que los Municipios podrán disponer la condonación de las deudas cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas;
QUE en el ejercicio de tal delegación se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108º, inc. 16º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROCEDASE a condonar las deudas, por las razones expuestas en los considerandos del presente, por la Tasa de Servicios Municipales de las partidas y períodos que a continuación se detallan:
PARTIDA 241452, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 241453, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 241454, deuda al año/cuota 18/11
PARTIDA 241455, deuda al año/cuota 18/11
PARTIDA 241456, deuda al año/cuota 18/11
PARTIDA 094517, deuda al año/cuota 18/11
ARTÍCULO 2º: NOTIFIQUESE al beneficiario enunciado en el artículo 1º).
ARTÍCULO 3º: El presente decreto, será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pasar a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-994-MSM-INT
04/04/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº 15238/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por la obra “Intervención de veredas en Bella Vista”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Trescientos veintinueve millones cuatrocientos veinte mil ($329.420.000,00), mediante solicitud de pedido N° 1207/25,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Noventa y siete millones quinientos noventa y siete mil setecientos setenta y siete ($97.597.777,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 38/25 por la obra “Intervención de veredas en Bella Vista”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel. Valor del pliego $ 362.362,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, y otro medio.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Obras y Espacio Público.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-995-MSM-INT
04/04/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 14962/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la obra “Pavimentos asfálticos con cordón cuneta”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Dos mil millones ciento quince mil ($2.000.115.000,00) mediante solicitud de pedido N° 764/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Noventa y siete millones quinientos noventa y siete mil setecientos setenta y siete ($97.597.777,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 34/25, obra “Pavimentos asfálticos con cordón cuneta”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público.
Valor del pliego $ 2.200.126,50 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Espacios público de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-996-MSM-INT
04/04/2025
VISTO las actividades del “Ciclo de Eventos al aire libre” el cual serán desarrolladas durante el año 2025; y
CONSIDERANDO:
Que durante el año se desarrollan diferentes eventos artísticos, culturales en las Plazas del Distrito, a fin que la comunidad de San Miguel pueda participar y disfrutar de los mismos;
Que el objetivo es generar el fomento de actividades culturales, deportivas y de diversa índole desde el Municipio;
Que los eventos convocan cantantes, conjuntos, ballets, de nuestro distrito, quienes desarrollan diferentes manifestaciones culturales;
Que este Departamento Ejecutivo considera procedente declararlas de Interés Municipal, y dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal el “Ciclo de Eventos al Aire Libre”, a desarrollarse durante el presente año, en las diversas plazas del Distrito de San Miguel, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°: El gasto que demande lo enunciado en el artículo precedente, será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVESE.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-998-MSM-INT
07/04/2025
VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 028/2024; y
CONSIDERANDO:
QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 13434/2024 y en concordancia al Art. 38 inc. b, de la Ordenanza Fiscal Nº 028/2024. corresponde la devolución por PAGO REPETIDO, DE LA PARTIDA MUNICIPAL N°.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Apruébese la devolución de PESOS CIENTO VEITI DOS MIL DOSCIENTOS TRECE CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS. ($122.213,37.) al contribuyente CERRATO DIEGO NICOLÁS, de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO REPETIDO.
ARTICULO 2°: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-999-MSM-INT
07/04/2025
VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 028/2024; y
CONSIDERANDO:
QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 12624/2024 y en concordancia al Art. 38 inc. b, de la Ordenanza Fiscal Nº 028/2024. corresponde la devolución por PAGO ERRONEO, DE LA PARTIDA MUNICIPAL N°; y
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébese la devolución de PESOS VEINTI NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS. ($29.650,88). al contribuyente GOMEZ FERNANDO FABIAN, de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO ERRONEO.
ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-1000-MSM-INT
07/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1414/2025 por el cual se tramita la adquisición de dispenser de agua F/C y bidones de agua destinados a dependencias de las Secretarias de Salud e Infancia y Familia del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma POYFE de Poy Félix y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 182/22, del 23 de Mayo de 2023, este municipio ha recibido en comodato, “… acuerdan celebrar un contrato de préstamo de 87 (OCHENTA Y SIETE) dispensadores de agua fría caliente que el proveedor entrega en comodato….” y “… el proveedor entregará suficiente cantidad de envases de agua de su propiedad para ser utilizados con dichos dispensadores dejando constancia de las entregas y retiros de los mismos…”;
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados;
QUE, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a los términos del Contrato de Comodato registrado bajo Convenio B N° 182/22, del 23 de Mayo de 2023, al proveedor POYFE de Poy Félix, la adquisición de dispenser de agua F/C y bidones de agua destinados a dependencias de las Secretarias de Salud e Infancia y Familia del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Nueve millones setecientos veinticuatro mil cuatrocientos con 00/100 ($9.724.400,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al Beneficiario.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Infancia y familia, de Economía y Finanzas y Gobierno.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1001-MSM-INT
07/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1547/2025 producido por la Coordinación de Prensa y Comunicación del Municipio de San Miguel, por el cual se tramita el servicio de refrigerio para la realización del Foro San Miguel Sos Parte 2025 conforme al Decreto de Interés Municipal N° 132/2025, y,
CONSIDERANDO
QUE, la Unidad Ejecutora ha manifestado “… Con respecto al refrigerio es importante mencionar que el Colegio Máximo no permite la contratación de servicios de refrigerio externos, por lo que debemos optar por el servicio que ofrece el mismo colegio, el cual está descripto en el presupuesto presentado. Tenga a bien efectuar dicha contratación que será destinado a distintos encuentros que se realizarán a lo largo del corriente año…”
QUE, mediante Decreto N° 132/25 se ha declarado de interés municipal la realización de foro para alumnos sobre experiencias educativas con la participación de distintos sectores del municipio, cuyo miramiento principal es que los estudiantes, docentes y equipo directivo tomen conocimiento y puedan aprender aquellas actividades que se realicen en el ámbito público;
QUE, el municipio mediante Contrato N° 90/24 suscripto con la Asociación Civil Facultades Loyola para el uso de las instalaciones como así también la posibilidad de ampliar ese uso a otras dependencias además de las incorporadas en el contrato, mediante la correspondiente autorización y contratación. Asimismo, la mencionada Asociación manifiesta que, por políticas de la misma, no se permite el ingreso de alimentos del exterior no provistos por dicha institución;
QUE, dado la conformidad del responsable a cargo de la Coordinación de Prensa y Comunicación, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º incs. 1° y 10º de la L.O.M. y términos del Contrato registrado bajo Convenio B N° 90/24, al proveedor ASOCIACIÓN CIVIL FACULTADES LOYOLA, el servicio de refrigerio para la realización del Foro San miguel Sos Parte conforme al Decreto de Interés Municipal N° 132/2025, dependiente de la Coordinación de Prensa y Comunicación del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Seis millones quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos con 00/100 ($6.563.400,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTÍCULO 5º- Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas, Cumplido, Archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-1006-MSM-INT
08/04/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14782/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 31/2025, destinada a la obra: ampliación de puesto de seguridad – nuevo destacamento policial Bella Vista dependiente de la Secretaria de Seguridad del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio ¨ la obra fue originalmente presupuestada en noviembre… el aumento en la cotización presentada responde a los factores de inflación y aumentos de costos…´´;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Seguridad, que propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 31/25, a la firma G2M SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora destinada a la obra: ampliación de puesto de seguridad – nuevo destacamento policial Bella Vista dependiente de la Secretaria de Seguridad, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. G2M SRL por menor precio la suma total de pesos sesenta y nueve millones ciento noventa y tres mil cuatrocientos treinta y nueve ($69.193.439,00)
Condición de pago, anticipo del 30% y saldo a 15 días, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al Beneficiario.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Seguridad, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-1007-MSM-INT
08/04/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº 14670/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 24/25, para la adquisición de cajas de alimentos para asistir a vecinos, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…las marcas presentadas por Distribuidora Hermar S.R.L. reúnen las condiciones requeridas por el área, considerando menor precio y calidad… consideramos que la oferta… es la elección más conveniente para el municipio, dado el cumplimiento de los requisitos técnicos…”,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaría de Infancia y Familia, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 24/25, a la firma Distribuidora Hermar S.R.L., por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO Nº 1: Adjudicar, a la firma DISTRIBUIDORA HERMAR S.R.L., según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por menor precio y calidad, la provisión de cajas de alimentos para asistir a vecinos, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, en la suma total de Pesos Seiscientos cuarenta y nueve millones doscientos mil ($ 649.200.000,00). Condición de pago dentro de los 15 días recepción de factura, según artículo 10° del p.c.p., entrega según artículo 13° del p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO Nº 2: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO Nº 3: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO Nº 4: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y la señora Secretaria de Infancia y Familia.
ARTICULO Nº 5: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanza. Cumplido, Archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1008-MSM-INT
08/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1514/2025 producido por la Secretaria de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel, por el cual se tramita el Servicio Alimentario Escolar en formato PRESTACIONES PRESENCIALES, para Escuelas Estatales, conforme al Acta acuerdo para la implementación del SAE con el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO
QUE, la Unidad Ejecutora ha manifestado “… solicitar la Contratación Directa del Servicio Alimentario Escolar (S.A.E), en formato PRESTACIONES PRESENCIALES correspondiente a la primera quincena del mes de abril de 2025, para los establecimientos educativos públicos de gestión estatal del distrito. Esto es debido a que: 1. Por NO-2025-05254289-GDEBA-DSAEMDCGP del 14 de febrero de 2025, el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires modificó los montos a abonar por las prestaciones presenciales que se brindan en las escuelas de gestión pública, no habiendo tenido notificación alguna acerca de una actualización de precios hasta la fecha. 2. En el mismo sentido, por NO-2024-37556179-GDEBA-DSAEMDCGP, el Ministerio de desarrollo de la Comunidad, a fines del mes de octubre dicto nuevas instrucciones para los prestadores del servicio que deberán ser tenidas en cuenta durante el mes de diciembre de 2024 en cuanto a las prestaciones MESA, así como las presenciales. 3. Atento a cuestiones administrativas en cuanto a la agenda de aperturas de actos licitatorios es que resulta necesario efectuar procedimientos que garanticen la provisión de alimentos para los alumnos en las escuelas, conforme a lo manifestado en el punto 5, de la presente. 4. Las empresas de alimentos mayoristas que prestan este tipo de servicios se encuentran inmersos en un mercado sumamente volátil. En este sentido, se ha hecho una revisión de gramajes y minués por parte de la profesional actuante en nutrición como parte del menú de verano. 5. Siendo que no es dable impedir el acceso de los estudiantes a una alimentación saludable por cuestiones de índole externa, a saber, la volatilidad del mercado y la incorporación de nuevos tipos de prestaciones de manera continua es que solicita se realice a través de una contratación directa…”
QUE se han requerido diversos presupuestos a proveedores del rubro, a fin de dar respuesta urgente a la necesidad de provisión de alimentos;
QUE, la modalidad de contratación está dada por valor nutricional;
QUE, la Unidad ejecutora junto al profesional responsable del área nutricional, han evaluado las propuestas recibidas, sugiriendo la mejor para los cupos requeridos;
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, conforme al informe análisis de la nutricionista y al informe técnico producido por la Unidad ejecutora, el servicio de provisión de alimentos en formato PRESTACIONES PRESENCIALES, para escuelas estatales de San Miguel, hasta el 19 de abril de 2025, destinado a la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla:
1.1 BOUNSENSO SRL, ZONA N° 1 (29%):
Cupos servicio de comedor: 44792 unidades.
Cupos servicio de comedor listo consumo: 4488 unidades.
Cupos desayuno/merienda: 143869 unidades.
Cupos desayuno/merienda patología: 1584 unidades
Cupos servicio de comedor patología: 440 unidades
En la suma total de Pesos Ciento veintidós millones ciento doce mil cientos sesenta y seis con 00/100 ($122.112.166,00.-).
1.2 DISTRIBUIDORA PUNTA BALLENA SA, ZONA N° 2 (18%):
Cupos servicio de comedor: 14421 unidades.
Cupos servicio de comedor listo consumo: 1441 unidades.
Cupos desayuno/merienda: 126511 unidades.
Cupos desayuno/merienda patología: 1386 unidades
Cupos servicio de comedor patología: 176 unidades
En la suma total de Pesos Setenta y ocho millones doscientos ochenta y dos mil ochocientos nueve con 00/100 ($78.282.809,00.-).
1.3 DISTRIBUIDORA PUNTA BALLENA SA, ZONA N°3 (15%):
Cupos servicio de comedor: 36619 unidades.
Cupos servicio de comedor listo consumo: 3663 unidades.
Cupos desayuno/merienda: 48653 unidades.
Cupos desayuno/merienda patología: 539 unidades
Cupos servicio de comedor patología: 396 unidades
En la suma total de Pesos Sesenta y seis millones trescientos setenta y cuatro mil setecientos ochenta y uno con 00/100 ($66.374.781,00.-).
1.4 PA-SU-CO SA, ZONA N° 4 (15%):
Cupos servicio de comedor: 28633 unidades.
Cupos servicio de comedor listo consumo: 2871 unidades.
Cupos desayuno/merienda: 61919 unidades.
Cupos desayuno/merienda patología: 693 unidades
Cupos servicio de comedor patología: 286 unidades
En la suma total de Pesos Sesenta y tres millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil seiscientos diecinueve con 00/100 ($63.484.619,00.-).
1.5 PA-SU-CO SA, ZONA N° 5 (23%):
Cupos servicio de comedor: 41030 unidades.
Cupos servicio de comedor listo consumo: 4103 unidades.
Cupos desayuno/merienda: 97262 unidades.
Cupos desayuno/merienda patología: 1078 unidades
Cupos servicio de comedor patología: 2079 unidades
En la suma total de Pesos Noventa y seis millones novecientos setenta y un mil ochocientos cuarenta y dos con 00/100 ($96.971.842,00.-).
En todos los casos, condición de pago dentro de los 10 días hábiles de la fecha de recepción de las facturas. Plazo de entrega hasta el 19 de abril de 2025.
ARTICULO 2°: Convalidar, el servicio que ocurra desde el 1º de abril de 2025, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1009-MSM-INT
08/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1611/2025 por el cual se tramita el alquiler de oficinas móviles a utilizar en la Unidad Táctica de Operaciones Inmediatas, 2° trimestre 2025, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel y,
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma BASANI S.A. y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 5/25, del 02 de Enero de 2025, este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 3 meses, “… 2 (DOS) módulos habitacionales y 1 (UNO) módulo sanitario necesarios para alojar a personal perteneciente a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, en la Zona de Barrio Mitre, calle Pardo y Maestro Ferreyra, por un período de 3 (tres) meses, renovable automáticamente mediante orden de compra….”
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la seguridad, cuidado y optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados,
QUE, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a la Cláusula Primera del COMODATO registrado bajo Convenio B N° 5/25, del 02 de Enero de 2025, al proveedor BASANI S.A, la contratación del alquiler de oficinas móviles a utilizar en la Unidad Táctica de Operaciones Inmediatas, 2° trimestre 2025, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Diez millones noventa y nueve mil ochocientos cuarenta y uno con 46/100 ($10.099.841,46.-). Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2°: Convalidar, el servicio que ocurra desde el 01 de abril de 2025, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5°: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Seguridad.
ARTÍCULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, Archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-1010-MSM-INT
08/04/2025
VISTO la nota presentada por la Subsecretaría de Producción y Empleo, Secretaría de Educación y Trabajo, mediante la cual se solicita se declare de interés municipal el plan de “Formación continua para pymes, micropymes, comercios y emprendedores de San Miguel 2025”; y
CONSIDERANDO:
QUE dicha actividad se llevara adelante en el ámbito de la Subsecretaria de Producción y Empleo de la Municipalidad de San Miguel;
QUE dicho plan tiene por objeto brindar asistencias técnicas y capacitaciones al sector productivo y comercial de San Miguel, en orden a potenciar su participación en la actividad económica por medio del conocimiento de las herramientas técnicas necesarias para el cumplimiento de dicho fin;
QUE, para ello, se podrán realizar convenios con universidades, centros de formación profesional, cámaras empresariales, sindicatos, fundaciones y otras instituciones intermedias, con el objeto de establecer los programas de formación y también para la definición de los beneficiarios de las actividades a realizar;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. DECLARAR de Interés Municipal el plan de “Formación continua para pymes, micropymes, comercios y emprendedores de San Miguel 2025”.
ARTICULO 2º. El gasto que demande la realización del evento antes descripto, será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 4º. Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las secretarias de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1011-MSM-INT
08/04/2025
VISTO la nota presentada por la Subsecretaría de Producción y Empleo dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo, mediante la cual se solicita se declare de Interés Municipal la “7° Ronda de Negocios Multisectorial 2025”; y
CONSIDERANDO:
QUE dicha actividad tiene por objeto potenciar el intercambio productivo y comercial local por medio de la generación de redes de contacto entre los actores económicos de la ciudad y su ámbito de influencia;
QUE se desarrollará de forma articulada entre la Subsecretaria de Producción y Empleo de la Municipalidad de San Miguel y la Cámara de Comercio e Industria del Partido de San Miguel;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. DECLARAR de Interés Municipal la 7° Ronda de Negocios Multisectorial, San Miguel 2025” a desarrollarse en la semana del 11 al 15 de agosto del corriente año, en la Cámara de Comercio e Industria de San Miguel.
ARTICULO 2º. El gasto que demande la realización del evento antes descripto, será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 4º. Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las secretarias de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1012-MSM-INT
08/04/2025
VISTO la nota presentada por la Subsecretaria de Producción y Empleo dependiente de la Secretaria de Educación y Trabajo, mediante la cual se solicita se declare de interés municipal los Paseos Municipales de Diseño de Emprendedores del Partido de San Miguel, en el marco de las actividades de la Dirección de Desarrollo Emprendedor, dependiente de dicha Secretaria denominado “Paseo Municipal de Diseño San Miguel Emprende, a realizarse en diferentes espacios públicos del distrito, durante todo el año 2025; y
CONSIDERANDO:
QUE serán destinatarios de dichas actividades con prioridad, personas físicas o grupos asociativos, que se organicen en torno a la gestión del autoempleo en el marco de la Economía Social, que se realicen actividades de producción de manufacturas o comercialización de bienes o servicios y que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica y social;
QUE se hace necesario concientizar que estamos trabajando con una forma de ver las políticas sociales que no apunte solamente a la asistencia sino a la prevención y al trabajo autogestivo, enmarcado en la solidaridad y la cooperación de los emprendedores de la economía social;
QUE el autoempleo es uno de los motores del desarrollo local y regional, permitiendo el armado de encadenamientos productivos desarrollado por un segmento de la población muy amplia, contribuyendo, en definitiva, al crecimiento de nuestro Partido y de la economía general;
QUE atento a la importancia que reviste el evento este Departamento Ejecutivo considera conveniente dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal los Paseos Municipales de Diseño de Emprendedores del Partido de San Miguel, denominado “Paseo Municipal de Diseño San Miguel Emprende” a realizarse en diferentes espacios públicos del distrito durante todo el año 2025.
ARTICULO 2°: El gasto que demande la realización de lo referido en el artículo precedente, será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1013-MSM-INT
08/04/2025
VISTO la nota presentada por la Subsecretaría de Producción y Empleo dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo, mediante la cual se solicita se declare de interés municipal las actividades a realizar en el marco de la Incubadora Municipal de San Miguel durante el año 2025; y
CONSIDERANDO:
QUE la 12° edición de la Incubadora tiene por objetivo acompañar el desarrollo y empoderamiento del emprendedor hasta su transformación empresarial y su población destinataria incluye emprendedores y comerciantes en distintas etapas de desarrollo empresarial;
QUE dicha organización tiene por objeto acelerar el crecimiento e incrementar las posibilidades de éxito de los emprendimientos de San Miguel, por medio de la gestión de recursos y servicios que se ponen a disposición de los sectores productivos y comerciales locales;
QUE la Incubadora Municipal de Empresas ha generado más de noventa MicroPymes, de las cuales diez han evolucionado a Pymes lo cual evidencia su impacto positivo en la región;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. DECLARAR de Interés Municipal las actividades a realizar en el marco de Incubadora Municipal de San Miguel durante el año 2025.
ARTICULO 2º. El gasto que demande la realización del evento antes descripto, será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 4º. Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las secretarias de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1014-MSM-INT
08/04/2025
VISTO la solicitud de ayuda económica presentada por la Escuela Secundaria Técnica de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE se pretende incorporar equipamiento para el fortalecimiento del proceso de enseñanza en las áreas técnica, científica y tecnológica, permitiendo el acceso de los estudiantes a herramientas modernas que favorezcan su formación académica y profesional;
QUE el acceso a dispositivos tecnológicos adecuados, resulta imprescindible para el desarrollo académico;
QUE es una Institución Educativa de nuestro Distrito;
QUE este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio en carácter de reintegro de hasta $ 36.799.999,98.000 (Pesos treinta seis millones setecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve con 98/100) a la Escuela Secundaria Técnica de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) de San Miguel, para la adquisición de sesenta notebooks, a la firma Compugarden.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1045-MSM-INT
09/04/2025
VISTO la emergencia habitacional de la familia conformada por la Sra. Gil Laura Daniela y tres hijas menores, perteneciente a el Barrio El Polo; y
CONSIDERANDO:
QUE el grupo familiar se encuentra en situación de precariedad habitacional, carente de servicios básicos con riesgo para la salud del grupo familiar;
QUE la estructura habitacional se encuentra lindante al arroyo, con proliferación de todo tipo de animales;
QUE para el resguardo de la familia es necesario la relocalización a un ambiente óptimo, garantizando la disponibilidad de agua potable y condiciones habitacionales adecuadas para el grupo familiar;
QUE el informe socioeconómico realizado, surge la necesidad de otorgar lo solicitado a efectos de mejorar la calidad de vida de los integrantes de la familia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de $ 7.500.000.- (Pesos siete millones quinientos mil) a la señora Gil Laura Daniela, con domicilio en la ciudad de San Miguel, Partido de San Miguel, para solventar los gastos que demande la relocalización de su vivienda.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto de Gasto vigente.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-1052-MSM-INT
10/04/2025
VISTO la Ordenanza Fiscal nº28/2024; y
CONSIDERANDO:
QUE es de vital importancia promover la aplicación efectiva de los principios de equidad fiscal, evitando que las fuentes principales del financiamiento de los servicios públicos provengan de aquellos que con responsabilidad comunitaria cumplimentan adecuadamente sus deberes fiscales;
QUE la Tasa aplicada por el Banco Provincia en el mes de febrero de 2025 fue de 3.00% anual.
QUE en el Artículo 39º, inciso a) de la Ordenanza Fiscal vigente se faculta al Departamento Ejecutivo aplicar sobre los montos determinados para cada período fiscal hasta el doble de la mayor tasa activa vigente que perciba en sus operaciones el Banco de la Provincia de Buenos Aires para operaciones de descuento a treinta días, desde la fecha de vencimiento general de cada período fiscal hasta la de su efectivo pago, quedando el Departamento Ejecutivo autorizado para regular su aplicación.
QUE en consecuencia resulta indispensable adecuar las condiciones que regirán a partir del 1º de mayo de 2025;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Fijase desde el 1º de mayo en 6,00% mensual, los recargos por mora, calculados desde la fecha de vencimiento de cada periodo fiscal, hasta su efectivo pago.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 3º: Registrar, comunicar y publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-1053-MSM-INT
10/04/2025
VISTO lo dispuesto por la Ordenanza fiscal vigente en su Artículo 35ª, punto 2 inc. a) donde faculta al Departamento Ejecutivo a conceder a los contribuyentes y/o responsables, facilidades para el pago de sus obligaciones tributarias; y
CONSIDERANDO:
QUE se encuentra dentro del compromiso asumido por la presente administración la de contribuir a paliar las necesidades más acuciantes de los Contribuyentes del Partido de San Miguel;
QUE en consecuencia resulta indispensable fijar las condiciones que regirán dicho Régimen;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. MODIFIQUESE desde el 01 de mayo de 2025 el Régimen de planes de pago para la Tasa de Servicios Municipales, Derechos de construcción, Derecho de Habilitación, tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Derecho de electromecánica, Derecho por Publicidad y propaganda, tasa por verificación de Estructuras e Impuesto automotor (según ley Nº13.010), y Derechos de ocupación o uso de espacios públicos, vencidas o devengadas, según la tasa de que se trate, se podrán incorporar al plan de pagos deudas vencidas hasta el último día del mes anterior a la suscripción del plan y sus intereses y multas.
ARTICULO 2º. Se establece respecto de las obligaciones que se regularicen mediante el presente régimen la reducción de recargos o intereses por mora en el porcentaje establecido en el Artículo 4º
ARTICULO 3º. Las obligaciones incluidas en este régimen podrán ser canceladas mediante un plan de facilidades de pago en las siguientes condiciones:
1. Objeto. Se formulará un plan por cada tributo y por cada cuenta.
1. Cuotas. Las cuotas serán mensuales y consecutivas y el número máximo a otorgar podrá extenderse hasta 36 cuotas pudiendo contemplarse en casos excepcionales, hasta 60 cuotas con el respectivo Decreto autorizante, y el valor de la misma no puede ser inferior al valor nominal de la tasa que se trate.
1. Vencimiento. La primera cuota deberá abonarse al momento de la suscripción del convenio y el vencimiento de las restantes operará el día 15 de cada mes (en caso de ser no hábil se trasladará al día hábil anterior)
1. Mora. El pago fuera de término de las cuotas, en tanto no produzca la caducidad del plan de pago devengara por el periodo por mora un recargo de 4,5% mensual.
1. Intereses. Los intereses de financiación se fijarán en un 2.00% mensual sobre saldo.
ARTICULO 4º Las obligaciones regularizadas mediante el presente régimen recibirán el siguiente tratamiento en función de la modalidad de pago otorgada al Contribuyente.
Modalidad de regularización Reducción de Recargos
Pago de contado 25 %
Plan de pagos hasta 6 cuotas 15 %
Plan de pagos hasta 12 cuotas 10 %
Plan de pagos hasta 24 cuotas 5%
Plan de pagos hasta 36 cuotas 5%
Tratándose de la Tasa por inspección de seguridad e Higiene, los formularios de declaración jurada –original o rectificativa- correspondientes a los periodos que se regularicen, deberán ser presentados ante la Dirección General de Recursos Tributarios con antelación a la fecha de acogimiento al plan.
ARTICULO 5º Los Derechos de Habilitación cuyos montos superen los $120.000.- y en tanto la normativa vigente lo permita, podrán ser financiados en hasta 3 cuotas, previa consideración y aprobación del área respectiva.
ARTICULO 6º La falta de pago de una (1) cuota por el termino de noventa (90) días dará lugar a la caducidad del plan de pagos concedido cualquiera sea su régimen, así como la falta de pago de tres (3) cuotas correspondientes al año fiscal en curso, de los tributos y tasas.
ARTICULO 7º. El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 8º. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, archivar
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-1054-MSM-INT
10/04/2025
VISTO la nota emitida por la subsecretaría de Educación en la que se solicita se declare de interés municipal el dispositivo de Nucleamientos Educativos; y
CONSIDERANDO:
QUE, la presente iniciativa se configura como un dispositivo a ejecutarse en articulación con las instituciones educativas pertenecientes a los distintos niveles y modalidades de nuestra jurisdicción, en aras de consolidar un marco de cooperación institucional entre los actores implicados;
QUE, su propósito medular radica en fomentar la interacción efectiva entre las comunidades educativas y el entramado social, propiciando la exhibición de los trabajos y proyectos desarrollados a lo largo del ciclo lectivo por las Escuelas, orientados bajo un eje temático;
QUE se hará hincapié en una propuesta de un tema integrador; un encuentro con los equipos directivos para comunicar el proyecto anual de Nucleamientos Educativos y su organización; la organización de las redes de trabajo institucional-territorial; la definición de los espacios públicos en los que se organizarán las muestras; y la realización de las muestras;
QUE, ante lo expuesto, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar el acto administrativo pertinente, declarándolo de interés municipal;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal la realización del Dispositivo de Nucleamientos Educativos.
ARTICULO 2°: El gasto que demande la realización de lo expuesto precedentemente, será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1055-MSM-INT
10/04/2025
VISTO que la Subsecretaría de Producción y Empleo, Secretaría de Educación y Trabajo, realizará la Expo Empleo; y
CONSIDERANDO:
Que dicha propuesta está orientada a habilitar espacios de interacción directa entre empleadores y postulantes, teniendo como principal objetivo promover oportunidades de empleo formal mediante la vinculación estratégica con empresas locales;
Que esta iniciativa busca fomentar la participación activa de diversas empresas y organismos, ofreciendo procesos de selección, asesoramiento técnico especializado y programas de formación para potenciar las competencias laborales de los asistentes, incrementando su empleabilidad;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. DECLARAR de Interés Municipal la Expo-Empleo a realizarse durante el año 2025.
ARTICULO 2º. El gasto que demande la realización del evento antes descripto, será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 4º. Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las secretarias de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1056-MSM-INT
10/04/2025
VISTO los encuentros de ciencia que se realizarán en virtud del Plan Mejora Escolar; y
CONSIDERANDO
QUE se abordarán diversas instancias constituidas por dos actividades primordiales: capacitaciones y una Feria de Ciencias;
QUE, simultáneamente, se llevará a cabo la séptima edición de la Feria de Ciencias en la Fábrica del Arte, en la que participarán estudiantes de las escuelas implicadas, quienes presentarán en distintos formatos los trabajos que evidencien las experiencias desarrolladas a lo largo del año en las áreas de física y química;
QUE el objetivo principal de estos encuentros científicos radica en generar experiencias pedagógicas que integren contenidos del campo de la física y la química, con el propósito de reforzar y promover la conexión de los estudiantes con las ciencias naturales;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal los encuentros y la feria de Ciencias en la Fabrica del Arte que se realizara en virtud del Plan Mejora Escolar.
ARTICULO 2°: El gasto que demande la realización de lo enunciado en el artículo precedente será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Educación y Trabajo, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1057-MSM-INT
10/04/2025
VISTO el expediente N° 15120/2025 y la necesidad de contratar Personal Licenciado en Comunicación con conocimiento en Pymes y Micro Pymes; y
CONSIDERANDO:
QUE la Secretaría de Educación y Trabajo, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializada;
QUE, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
QUE la Secretaría de Educación y Trabajo, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno, de economía y finanzas y Educación y Trabajo.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1058-MSM-INT
10/04/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 15253/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 45/25, destinada a adquisición de refugios listos para colocar en distintos puntos del partido dependiente de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos, que propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 45/25, a la firma HIERROTODO SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora destinada a adquisición de refugios listos para colocar en distintos puntos del partido, dependiente de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. HIERROTODO SA por menor precio la suma total de pesos setenta y seis millones novecientos sesenta y cinco mil setecientos ($76.965.700,00).
Condición de pago, inmediato dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Obras y Espacios Públicos.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1059-MSM-INT
10/04/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14940/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 43/25, destinada al mantenimiento de columnas de alumbrado público dependiente de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos, que propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 43/25, a la firma BRONDO AGUSTIN, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora al mantenimiento de columnas de alumbrado público, dependiente de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. BRONDO AGUSTIN por menor precio la suma total de pesos noventa y cinco millones setecientos noventa y seis mil doscientos cincuenta ($95.796.250,00).
Condición de pago, inmediato dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Obras y Espacios Públicos.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1061-MSM-INT
11/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1416/2025 por el cual se tramita la adquisición de dispenser de agua F/C y bidones de agua destinados a dependencias de las Secretaria de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma BASILE GROSSO ANGELA y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 180/22, del 23 de Mayo de 2023, este municipio ha recibido en comodato, “… acuerdan celebrar un contrato de préstamo de 58 (CINCUENTA Y OCHO) dispensadores de agua fría-caliente que el proveedor entrega en comodato….” y “… el proveedor entregará suficiente cantidad de envases de agua de su propiedad para ser utilizados con dichos dispensadores dejando constancia de las entregas y retiros de los mismos…”;
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados;
QUE, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a los términos del Contrato de Comodato registrado bajo Convenio B N° 180/22, del 23 de mayo de 2023, al proveedor BASILE GROSSO ANGELA, la adquisición de dispenser de agua F/C y bidones de agua destinados a dependencias de las Secretaria de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Doce millones seiscientos ochenta y cuatro mil con 00/100 ($12.684.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al Beneficiario.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1062-MSM-INT
11/04/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 15101/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 39/25, destinada a obra: pavimentos Intertrabados con cordón cuneta destinados a la calle Santa Ana y Azcuénaga dependiente de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos, que propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 39/25, a la firma VIALVASA SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora destinada a la obra: pavimentos Intertrabados con cordón cuneta destinados a la calle Santa Ana y Azcuénaga, dependiente de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. VIALVASA SA por menor precio la suma total de pesos ochenta y nueve millones setenta y seis mil cien ($89.076.100,00). Condición de pago, inmediato dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Obras y Espacios Públicos
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1063-MSM-INT
11/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1610/2025 producido por la Secretaria de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel, por el cual se tramita el Servicio de Provisión de Módulos de Alimentos “Programa Mesa Bonaerense” para Escuelas Estatales, conforme al Acta acuerdo para la implementación del SAE con el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO
QUE, la Unidad Ejecutora ha manifestado “… solicitar la Contratación Directa del programa MESA BONAERENSE, para los establecimientos educativos públicos de gestión estatal del distrito. Esto es debido a que: 1. Mediante comunicado N° NO-2025-05254289-GDEBA-DSAEMDCGP, Referencia: AUMENTO DE VALORES SAE y MESA – marzo 2025 – c/ COM LC, el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires comunico los nuevos montos a abonar por las prestaciones que se brindan desde dicha cartera. 2. Conforme a lo solicitado en distintas oportunidades por el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires se volvió a enviar una propuesta de composición modular. 3. No fue sino hasta el día 28 de febrero de 2025 que esta dependencia obtuvo la aprobación sobre la propuesta de composición del módulo de alimentos para ser entregados en escuelas de gestión estatal. 4. Si bien está en proceso de contratación el período de entregas subsiguientes no es aconsejable no brindar los módulos conforme a los instrumentos suscriptos con la Provincia de Buenos Aires, representada por el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad. El pedido de contratación directa es por 32388 módulos del programa MESA BONAERENSE, según los valores dispuestos en la documentación antes mencionada. El Módulo de Alimentos abarca 30 días corridos con una única entrega. …”
QUE se han requerido diversos presupuestos a proveedores del rubro, a fin de dar respuesta urgente a la necesidad de provisión de alimentos;
QUE, la modalidad de contratación está dada por valor nutricional;
QUE, la Unidad ejecutora junto al profesional responsable del área nutricional, han evaluado las propuestas recibidas, sugiriendo la mejor para las zonas 1, 2, 3, 4 y 5;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, conforme al informe análisis de la nutricionista y al informe técnico producido por la Unidad Ejecutora, el servicio de provisión de módulos de alimentos para escuelas estatales de San Miguel “Programa Mesa Bonaerense”, destinado a la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan de la siguiente manera:
1.1 BUONSENSO SRL, ZONA N° 1: Módulos de Alimentos: 9846 unidades. En la suma total de Pesos Ciento veintiséis millones setecientos setenta y nueve mil quinientos cincuenta y siete con 50/100 ($126.779.557,50.-).
1.2 PA-SU-CO SA, ZONA N° 2: Módulos de Alimentos: 6498 unidades. En la suma total de Pesos Ochenta y tres millones seiscientos sesenta y nueve mil ochocientos setenta y dos con 50/100 ($83.669.872,50.-)
1.3 BUONSENSO SRL, ZONA N° 3: Módulos de Alimentos: 3960 unidades. En la suma total de Pesos Cincuenta millones novecientos ochenta y nueve mil novecientos cincuenta con 00/100 ($50.989.950,00.-)
1.4 DISTRIBUIDORA PUNTA BALLENA SA, ZONA N° 4: Módulos de Alimentos: 4463 unidades. En la suma total de Pesos Cincuenta y siete millones cuatrocientos cuarenta y seis mil setecientos tres con 75/100 ($57.446.703,75.-)
1.5 BUONSENSO SRL, ZONA N° 5: Módulos de Alimentos: 7621 unidades. En la suma total de Pesos Noventa y ocho millones ciento veintinueve mil novecientos uno con 25/100 ($98.129.901,25.-)
En todos los casos, condición de pago dentro de los 10 días hábiles de la fecha de recepción de las facturas.
ARTICULO 2°: Convalidar, el servicio que ocurra desde el 1º de abril de 2025, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1064-MSM-INT
11/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1415/2025 por el cual se tramita la adquisición de dispenser de agua F/C y bidones de agua destinados a dependencias de las Secretarias de Gobierno, Economía y Finanzas, Seguridad, Obras y Espacio Público, Educación y Trabajo e Infancia y Familia del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma EMBOTELLADORA DEL PLATA S.A. y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 181/22, del 23 de Mayo de 2023, este municipio ha recibido en comodato, “… acuerdan celebrar un contrato de préstamo de 149 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE) dispensadores de agua fría-caliente que el proveedor entrega en comodato….” y “… el proveedor entregará suficiente cantidad de envases de agua de su propiedad para ser utilizados con dichos dispensadores dejando constancia de las entregas y retiros de los mismos…”
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados,
QUE, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a los términos del Contrato de Comodato registrado bajo Convenio B N° 181/22, del 23 de Mayo de 2023, al proveedor EMBOTELLADORA DEL PLATA S.A., la adquisición de dispenser de agua F/C y bidones de agua destinados a dependencias de las Secretarias de Gobierno, Economía y Finanzas, Seguridad, Obras y Espacio Público, Educación y Cultura e Infancia y Familia del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Diecisiete millones ciento veintitrés mil cuatrocientos con 00/100 ($17.123.400,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al Beneficiario.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Seguridad, Obras y Espacio Público, Educación y Trabajo, Infancia y Familia, de Economía y Finanzas, y Gobierno.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-1065-MSM-INT
11/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1739/2025 a favor de la Sra. Díaz, Paola del Valle; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia numerosa, que, debido a un siniestro causado por un incendio, su vivienda sufrió daños totales y no cuentan con los ingresos suficientes para la reconstrucción de su hogar;
QUE conviven en una situación de hacinamiento, precariedad y riesgo habitacional;
QUE de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por el recurrente.
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.759.700,00- (Pesos un millón setecientos cincuenta y nueve mil setecientos) a la Sra. Díaz, Paola del Valle, con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1066-MSM-INT
11/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1753/2025 a favor de la Sra. Mendoza, Cristina Elisa; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia que conviven en una situación de precariedad habitacional y hacinamiento, y no cuentan con los recursos necesarios para poder remendar y mejorar las condiciones de su hogar;
QUE oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2024-3841-E-MSMINT;
QUE se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $3.100.500,00- (Pesos tres millones cien mil quinientos) a la Sra. Mendoza, Cristina Elisa, con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1067-MSM-INT
11/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1762/2025 a favor de la Sra. Silva, Marisol Daiana; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia de hecho a cargo de dos menores, uno de los cuales posee CUD, cuya vivienda se encuentra caracterizada por la precariedad y el hacinamiento, y no poseen los ingresos suficientes para poder remendar el hogar en el que habitan;
QUE oportunamente se otorgó subsidio por materiales de construcción mediante DECFC-2024-3901-E-MSM-INT;
QUE se ha constatado que continúa la situación habitacional, razón por la cual se realiza la segunda entrega de los materiales necesarios para la terminación del módulo habitacional;
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.012.000,00 (Pesos millón doce mil) a la Sra. Silva, Marisol Daiana con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1068-MSM-INT
11/04/2025
VISTO el expediente N° 15121/2025 y la necesidad de contratar un Psicólogo y/o Trabajador Social especializado en Emprendedurismo y trabajo autogestivo; y
CONSIDERANDO:
QUE la Secretaría de Educación y Trabajo, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializada;
QUE, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
QUE la Secretaría de Educación y Trabajo, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno, de Economía y Finanzas y Educación y Trabajo.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1069-MSM-INT
11/04/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 15509/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la adquisición de Tomógrafo helicoidal computarizado, destinado al Hospital Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Cuatrocientos veinte millones ($420.000.000,00) mediante solicitud de pedido N° 1222/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Noventa y siete millones quinientos noventa y siete mil setecientos setenta y siete ($97.597.777,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 42/25, por la adquisición de Tomógrafo helicoidal computarizado, destinado al Hospital Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud. Valor del pliego $ 462.000,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1070-MSM-INT
11/04/2025
VISTO, la importancia de fomentar la participación ciudadana en cuanto al mejoramiento de la Seguridad; y
CONSIDERANDO:
QUE, la Municipalidad de San Miguel mantiene como uno de sus bastiones principales la Seguridad de los habitantes, priorizando políticas tendientes a la proximidad y prevención de los vecinos, y teniendo como factor clave para mejorar la eficacia de la misma, la participación ciudadana;
QUE, en ese marco, en el año 2019 fue lanzado desde la Secretaría de Seguridad el programa “Conexión de alarmas vecinales” que consiste en la incorporación de alarmas comunitarias al sistema del Centro de Operaciones Municipales, mediante un llamado telefónico automático a cargo del vecino o vía GPRS cada vez que la alarma vecinal se activa, acortando el tiempo de propagación de la alerta y activado la esfera reactiva del sistema de seguridad local;
QUE, a su vez, en el año 2020, desde la Secretaría de Seguridad Municipal se lanzó el programa “Veredas protegidas” cuyo objetivo principal es el de conectar cámaras de seguridad vecinales periféricas al sistema de monitoreo del COM, esto es, las cámaras de los particulares que únicamente filman la vía pública;
QUE, estos dos programas anteriormente mencionados, han demostrado su eficacia y contribución al modelo de policía de proximidad, pregonando la participación ciudadana y consolidando el objetivo de un ambiente seguro;
QUE, con el fin de seguir fomentando los programas mencionados, y lograr captar la participación de un número mayor de vecinos, lo que provocará que el sistema de seguridad Municipal sea más eficaz, resulta menester el dictado del acto administrativo pertinente que los declare de interés Municipal.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1: DECLARAR de interés Municipal los programas “Conexión de alarmas vecinales” y “Veredas protegidas” que funcionan en la órbita de la Secretaría de Seguridad.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el concurso será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Seguridad.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-1071-MSM-INT
11/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1655/2025 por el cual se tramita la contratación de programa con soporte y configuración de infraestructura desarrollado para gestionar y visualizar en tiempo real estado de datos y operaciones, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, de acuerdo a lo manifestado por la Unidad Ejecutora: “… informo a Usted, que la decisión de implementar el uso de un sistema de control robusto, responde a la necesidad de garantizar el correcto estado de operatividad de los medios digitales. La falta de integración y control entre los diferentes sistemas de seguridad puede dar lugar a vulnerabilidades y una disminución en la operatividad. BSmart es una empresa de soluciones informáticas que se destaca por su capacidad para integrar diversas barreras de seguridad digital con las que cuenta el municipio, lo cual incluye: * Sistema de alarmas; * Paradas seguras; * Cámaras de vigilancia; *Veredas protegidas. A diferencia de otras opciones en el mercado, BSmart se ajusta adecuadamente a nuestras necesidades específicas. Sus principales ventajas son: * Integración de Sistemas: Permite la interconexión de diferentes herramientas de seguridad, proporcionando una visión holística del estado de nuestros medios digitales; * Monitoreo en Tiempo Real: Ofrece la capacidad de supervisar continuamente el estado de seguridad, facilitando respuestas rápidas y alarmas ante cualquier anomalía; * Aumento de la Operatividad: La implementación de su solución contribuirá al incremento de la operatividad al reducir el tiempo de inactividad y los riesgos asociados a brechas de seguridad. Asimismo, es importante destacar que la Empresa BSmart es el único proveedor que responde a nuestras necesidades esenciales y actuales, incluso representa una inversión en la seguridad y eficiencia operativa de la secretaria. Por otra parte, brinda la posibilidad de realizar ensayos a través de una plataforma DEMO, lo cual permite realizar pruebas preliminares y obrar en consecuencia para consolidar el producto final. Por lo anteriormente expuesto se solicita se encuadre dicha contratación bajo los términos del Art. 156 Inc. 1 de la Ley Orgánica Municipal…”
QUE, en virtud de las manifestaciones expuestas por le Unidad Ejecutora solicitante, y en vistas del resguardo de la seguridad y cuidado de los vecinos del partido, se considera oportuno dar curso a la contratación requerida;
QUE, en consecuencia, dado la conformidad de la Secretaria de Seguridad, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 1º de la L.O.M., al proveedor BS LAB S.A, la contratación de programa con soporte y configuración desarrollado para gestionar y visualizar en tiempo real estado de datos y operaciones, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Seis millones seiscientos veintiún mil quinientos cincuenta con 00/100 ($6.621.550,00.-). Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2°: Convalidar, el servicio que ocurra desde el 1º de abril de 2025, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTÍCULO 3°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Seguridad.
ARTÍCULO 6°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-1072-MSM-INT
11/04/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14780/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 31/25, solicitud de pedido 601/2025 por la adquisición, instalación y configuración de repetidora, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…cumple con los requisitos y especificaciones técnicas solicitadas, como así también presenta menor cotización…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Seguridad, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 31/25, a la firma ARBRAVIN S.R.L.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la adquisición, instalación y configuración de repetidora, dependiente de la Secretaría de Seguridad a la firma ARBRAVIN S.R.L. En la suma total de Pesos Ochenta y siete millones setecientos sesenta mil ($87.760.000,00). Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Seguridad.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-1073-MSM-INT
14/04/2025
VISTO los expedientes administrativos Nº 4130-15296/25; 15323/25; 15326/25; 15332/25; 15333/25; 15348/25; y
CONSIDERANDO:
QUE por Ordenanza Nº 02/2024 el Municipio se adhiere a la ley 15394, la cual establece que los Municipios podrán disponer la condonación de las deudas cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas; QUE en el ejercicio de tal delegación se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente; QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108º, inc. 16º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR
ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROCEDASE a condonar las deudas, por las razones expuestas en los considerandos del presente, por la Tasa de Servicios Municipales de las partidas y períodos que a continuación se detallan:
PARTIDA 185784, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 003963, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 000644, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 197931, deuda al año/cuota 16/12
PARTIDA 102966, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 199850, deuda al año/cuota 14/12
ARTÍCULO 2º: NOTIFIQUESE al beneficiario enunciado en el artículo 1º).
ARTÍCULO 3º: El presente decreto, será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pasar a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-1075-MSM-INT
14/04/2025
VISTO, la solicitud de pedido Nº 1541/25 por el cual se tramita el pago de derechos de inscripción anual Torneo Federación Metropolitana de Balonmano, requerido por la Subsecretaría de Deportes del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, mediante la solicitud de pedido Nº 1541/2025 se solicita el pago de derechos de inscripción anual Torneo Federación Metropolitana de Balonmano;
QUE, la Unidad Ejecutora, ha tomado intervención informando que: “… Por medio de la presente informo a usted con respecto al pago de derechos de inscripción anual Torneo apertura y clausura de balonmano FEMEBAL 2025 (SP N° 1541) comenzando en abril y finalizando en noviembre; los derechos que se abonan son afiliación, seguros y canones de jugadores como así también la compra de pelotas oficiales CH1. Se adjunta comunicado FEMEBAL con convenio de sponsoreo de la firma CH1 donde se anuncia el oficialismo, forma de adquirir dichos balones para los encuentros y lista de beneficiario de las categorías…”
QUE, apreciando que mediante Decreto de Interés Municipal N° 278/25, “la Municipalidad de San Miguel desplegará un programa deportivo para las actividades que son consideradas como Federadas…
QUE, entre las actividades, se destacan el atletismo, fútbol para personas con discapacidad y Handball…
QUE, en el ámbito de los equipos federados, los representantes de la Municipalidad de San Miguel se distinguen no solo por su excelencia deportiva, sino también por su destacada calidad humana.
Que este Departamento Ejecutivo considera procedente declarar estos actos de interés municipal.”
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, a la firma FEMEBAL (Federación Metropolitana de Balonmano), en forma directa, conforme al art. 156º inc. 1º de la L.O.M., por el pago de derechos de inscripción anual Torneo Federación Metropolitana de balonmano FEMEBAL 2025, requerido por la Subsecretaría de Deportes del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Diecisiete millones trescientos veinticinco mil quinientos setenta y ocho con 00/100 ($ 17.325.578,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a liberar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2025-1076-MSM-INT
14/04/2025
VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024; y
CONSIDERANDO;
QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 12941/24 y en concordancia al Art. 38 inc. b, de la Ordenanza Fiscal Nº 28/24. corresponde la devolución por PAGO DUPLICADO.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébese la devolución de PESOS DOSCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO C/UN CENTAVO ($202.775,01.- al contribuyente GIMENEZ MARIA CECILIA, de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO DUPLICADO.
ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-1077-MSM-INT
14/04/2025
VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024; y
CONSIDERANDO;
QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 15201/2025 y en concordancia al Art. 38 inc. B, de la Ordenanza Fiscal Nº 28/2024. Corresponde la devolución por PAGO EQUIVOCADO, DOMINIO –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébese la devolución de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($64.484,56.-) al contribuyente PLANES NATALIA BEATRIZ de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO EQUIVOCADO.
ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-1080-MSM-INT
15/04/2025
VISTO los expedientes administrativos Nº 4130-15187/25; 15228/25; 15268/25; 15276/25; 15279/25; 15295/25; y
CONSIDERANDO:
QUE por Ordenanza Nº 02/2024 el Municipio se adhiere a la ley 15394, la cual establece que los Municipios podrán disponer la condonación de las deudas cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas;
QUE en el ejercicio de tal delegación se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108º, inc. 16º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROCEDASE a condonar las deudas, por las razones expuestas en los considerandos del presente, por la Tasa de Servicios Municipales de las partidas y períodos que a continuación se detallan:
PARTIDA 099314, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 004983, deuda al año/cuota 18/01
PARTIDA 009672, deuda al año/cuota 18/12
PARTIDA 022878, deuda al año/cuota 16/12
PARTIDA 066617, deuda al año/cuota 15/07
PARTIDA 239296, deuda al año/cuota 18/12
ARTÍCULO 2º: NOTIFIQUESE al beneficiario enunciado en el artículo 1º).
ARTÍCULO 3º: El presente decreto, será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pasar a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-1083-MSM-INT
15/04/2025
VISTO, el expediente Nº 4130-6555/2017, por el cual la empresa “ALEJANDRO JOSE VILARIÑO S.R.L.” con C.U.I.T. N° 30-71799463-5, cuya actividad específica es “FRACCIONAMIENTO Y MEZCLAS DE ESPECIAS”, solicita la obtención del CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL, Ley N° 11.459 y sus normas reglamentarias; y
CONSIDERANDO:
QUE de acuerdo a los Decretos Provinciales N° 531/19 y N° 973/20, reglamentarios de la Ley Provincial N° 11.459 de Radicación Industrial, el establecimiento industrial mencionado ha cumplimentado con los requerimientos exigidos para la Clasificación del Nivel de Complejidad Ambiental (Fase 1), realizado a través del “Sistema Integrado de Trámites para Desarrollo Territorial”;
QUE de acuerdo a la Disposición digital emitida por el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires Nº 2469/2024 y su Certificado de Radicación, el Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) del establecimiento industrial corresponde a 6 puntos, siendo por lo tanto clasificado en PRIMERA CATEGORÍA;
QUE de acuerdo a la Ordenanza Municipal N° 5/2021, el establecimiento se encuentra instalado en zonificación homologable a “Zona B (Mixta)”, la cual resulta apta para el funcionamiento de establecimientos industriales de Primera Categoría;
QUE luego de haberse recibido y analizado toda la documentación solicitada por esta Autoridad de Aplicación, se da cumplimiento de las Fases 2 y 3;
QUE el día 16 de diciembre de 2024 se realizó la Inspección de Perfeccionamiento del Certificado de Aptitud Ambiental, según Acta de Constatación N° 555765;
QUE, por los informes obrantes, de fojas 143 a 171 del expediente Nº 4130-6555/2017, y según dictamen favorable de la Dirección de Evaluación y Control Ambiental, se comprueba que corresponde la emisión del Certificado de Aptitud Ambiental;
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL (CAA), a la empresa “ALEJANDRO JOSE VILARIÑO S.R.L.” con CUIT 30-71799463-5, ubicada en la calle San Lorenzo , de la localidad de San Miguel, con Nomenclatura Catastral: Circ. I; Secc. C; Manz. 165; Parc. 7c, cuya actividad específica es “FRACCIONAMIENTO Y MEZCLAS DE ESPECIAS”.
ARTÍCULO 2º: De conformidad con el Art. 1 de la Ley N° 15.107, el Certificado de Aptitud Ambiental tendrá una vigencia de 4 (cuatro) años.
ARTÍCULO 3º: La obtención del presente CAA no exime a la industria de cumplir con otros requerimientos y certificados exigidos por la normativa ambiental vigente.
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano y el Señor Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, publicar, y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. María de los Milagros Richards
DECFC-2025-1088-MSM-INT
16/04/2025
VISTO la necesidad de adecuar los valores de las Tasas, Derechos y Contribuciones contemplados en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria N° 28/24, correspondiente al presente ejercicio; y
CONSIDERANDO:
QUE los incrementos de precios de los últimos meses repercuten significativamente en los servicios generales y en la adquisición de los elementos necesarios para gestionar las distintas actividades;
QUE no obstante el esfuerzo económico financiero efectuado hasta el momento por el Municipio para sostener e incrementar los servicios que brinda, resulta necesario efectuar una actualización en las tasas que percibe la Comuna, ya que de lo contrario podría verse afectado seriamente el equilibrio de las finanzas públicas municipales;
QUE el artículo 106º de la Ordenanza Tarifaria N° 28/24 para el ejercicio 2025, faculta al Departamento Ejecutivo a actualizar los montos de las Tasas, Derechos y Contribuciones; en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, si este supera el 15% de variación interanual. QUE la inflación del mes de febrero fue del 2,4%.
QUE el Municipio de San Miguel, teniendo en cuenta la crisis económica que atraviesa el país, ha venido absorbiendo la mayor parte de los costos de dichas variables; debiendo proceder a trasladar a los montos de las Tasas, Derechos y Contribuciones vigentes, parte de las pérdidas ocasionadas por el efecto inflacionario.
QUE, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: INCREMENTESE en un 2,4% el coeficiente corrector de la valuación básica establecido en el Art. 2º inc. a de la Ordenanza Tarifaria vigente, con vigencia a partir del 1º de mayo de 2025.
ARTÍCULO 2º: INCREMENTESE a partir del 1° de mayo de 2025, en un 2,4% el valor de los módulos con que se expresan las tasas y derechos establecidos en los artículos 3º, 11º, 12º, 27º, 28º, 29º, 30º, 31º, 32º, 33º 34º, 35º, 38º, 39º, 40º, 41, 42º, 43, 43ºbis, 44º, 48º, 50º, 52º, 54º, 60º, 61º, 62º, 63º, 64º, 65º, 66º, 67º, 68º, 69º, 70º, 71º, 73º, 76º, 77º, 78º, 80º, 81º, 82º, 85º, 86º, 87º, 89º, 90º, 92º, 93º, 104º de la Ordenanza Tarifaria.
ARTÍCULO 3º: INCREMENTESE en la cuota 04-2025 un 2,4% el valor de los módulos con que se expresan las tasas establecidas en los artículos 15°, 16° 18°, 19º, 20º, 21º, 23º, 24º, 25º, 26º de la Ordenanza Tarifaria; y cuyo vencimiento opera a partir del 1º de mayo de 2025 según el Calendario fiscal vigente.
ARTÍCULO 4º: INCREMENTESE en un 2,4% los valores de las tasas y/o derechos establecidos en los artículos 7º y 12º.
ARTÍCULO 5º: Las Tasas por Servicios de Seguridad y la de Cuerpo de Bomberos Voluntarios, se fijará de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente.
ARTÍCULO 6°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTÍCULO 7°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-1102-MSM-INT
22/04/2025
VISTO la solicitud de la Sra. Díaz Nélida Alicia; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una adulta mayor con 81 años de edad que se encuentra sola, haciéndose cargo de su vivienda;
QUE la misma necesita asistencia para reparar el techo de su vivienda, dado que se encuentra malas condiciones en su estructura.
QUE de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente. Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 550.000,00.- (Pesos quinientos cincuenta mil) a la Sra. Díaz Nélida Alicia, con domicilio en la localidad de Muñiz, Pdo. de San Miguel.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente con Fuente del Financiamiento 1.1.0, del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3º: DEJASE establecido que la recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaria de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-1116-MSM-INT
23/04/2025
VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 028/2024; y
CONSIDERANDO;
QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 15197/2025 y en concordancia al Art. 38 inc. b, de la Ordenanza Fiscal Nº 028/2024. corresponde la devolución por PAGO REPETIDO, DE LA PARTIDA MUNICIPAL N° 56780.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébese la devolución de PESOS DIESISIETE MIL SEISCIENTOS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS. ($17.600,68.-) al contribuyente NIEVAS MATILDE ESTER, de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO REPETIDO.
ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-1117-MSM-INT
23/04/2025
VISTO que durante el año 2025 se desplegará un programa de ligas deportivas; y
CONSIDERANDO:
QUE el programa se basa en la Liga de Vóley, Hockey y de Fútbol en sus diferentes niveles;
QUE los encuentros deportivos están destinados a estimular el trabajo en equipo, la confraternidad y la inclusión social a través de las actividades deportivas para lograr una conducta de vida;
QUE los encuentros de vóley contaran con diferentes niveles, categorías y grupos de edad, asegurando la participación inclusiva de todos los estudiantes de las instituciones educativas del municipio;
QUE, la liga de hockey está destinada a instituciones educativas y entidades intermedias que pertenecen al municipio que desarrollen el deporte desde abril a noviembre, el cual se juega en dos fechas por categoría;
QUE la liga de fútbol se dividirá en el grupo de escolares, comprendiendo las categorías menores, cadetes y juveniles, y, por otra parte, la liga del grupo de infantes;
QUE se premiará a todos los competidores con medallas de participación y Copas para los campeones de cada categoría;
QUE se celebrarán partidos a lo largo del año, con un enfoque en la formación y el crecimiento personal de cada jugador, además de generar un ambiente de compañerismo y convivencia entre las distintas instituciones;
QUE este Departamento Ejecutivo considera procedente declarar estos actos de interés municipal.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal el programa de Escuelas Deportivas y los encuentros deportivos Intercolegiales 2025.
ARTICULO 2°: El gasto que demande la realización de los actos antes mencionados, será imputado a través de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
DECFC-2025-1118-MSM-INT
23/04/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14781/25 solicitud de pedido N°595/25, por el que tramita la Licitación Pública N° 32/25 por el servicio de aprovisionamiento de alimentos Secos, para Comedores y Merenderos, dependientes de la Secretaría de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Unidad Ejecutora, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cuales son las ofertas más convenientes, “…para la compra de Alimentos Secos, que, en virtud de los estudios realizados sobre estas ofertas respecto a mejor precio y calidad. Esta Secretaría sugiere adjudicar cada ítem de la siguiente manera:
DISTRIBUIDORA HERMAR S.R.L. – ITEMS N° 1 y 9.
PANIFICADORA JOSE C PAZ S.A. – ITEM N° 2
TUX S.A. – ITEM N° 3
PICKYTOYS S.R.L.– ITEM N° 4 y 7
ALIMENTOS FRANSRO S.R.L. – ITEM N° 5
CONCEPTO SIMPLE S.A.S. – ITEM N° 6
BUONSENSO S.R.L. – ITEM N° 8
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Infancia y Familia, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 32/25, a las firmas Distribuidora Hermar S.R.L., Panificadora José C. Paz S.A., Tux S.A., Pickytoys S.R.L., Alimentos Fransro S.R.L., Concepto Simple S.A.S. y Buonsenso S.R.L. por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el aprovisionamiento de alimentos Secos, para Comedores y Merenderos, dependientes de la Secretaría de Infancia y Familia a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 DISTRIBUIDORA HERMAR S.R.L. ítems N° 1 y 9. En la suma total de Pesos Veinticuatro millones novecientos sesenta y nueve mil seiscientos ($24.969.600,00)
1.2 PANIFICADORA JOSE C. PAZ S.A. ítem N° 2. En la suma total de Pesos Veintinueve millones setecientos mil ($ 29.700.000,00).
1.3 TUX S.A. ítem N° 3. En la suma total de Pesos Diecisiete millones cuatrocientos nueve mil seiscientos ($17.409.600,00).
1.4 PICKYTOYS S.R.L. ítems N° 4 y 7. En la suma total de Pesos Treinta y cinco millones quinientos veintitrés mil doscientos ($35.523.200,00).
1.5 ALIMENTOS FRANSRO S.R.L. ítem N° 5. En la suma total de Pesos Veintiún millones seiscientos mil ($21.600.000,00).
1.6 CONCEPTO SIMPLE S.A.S. ítem N° 6. En la suma total de Pesos Veintitrés millones trescientos ochenta y cinco mil cientos treinta y seis ($23.385.136,00).
1.7 BUONSENSO S.R.L. ítem N° 8. En la suma total de Pesos Cincuenta y cinco millones cuatrocientos mil ($55.400.000,00).
Condición de pago dentro de los 15 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1119-MSM-INT
23/04/2025
VISTO la Ordenanza Nº 31 sancionada con fecha 28 de noviembre de 2024; promulgada por Decreto DECFC 2024-3819-E-MSM–INT; y
CONSIDERANDO:
QUE mediante la mencionada Ordenanza aprueba el Presupuesto Gral. de Gastos para el ejercicio 2025, la cual contiene el Organigrama Funcional de la Municipalidad.
QUE se hace necesario efectuar una reestructuración orgánico-funcional en las Secretarias y distintas dependencias que componen la administración municipal.
QUE se incorporaran a las nuevas estructuras a las ya existentes. Que el art. 31º de la Ordenanza 31/24 faculta al Departamento Ejecutivo a crear nuevas dependencias o modificar las existentes.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Modificase la estructura orgánico-funcional del Organigrama de la Municipalidad de San Miguel, quedando conformado de acuerdo a los Anexos que forman parte del presente Decreto.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1120-MSM-INT
23/04/2025
VISTO lo solicitado mediante nota de requerimiento por la Secretaria de Obras y Espacio Público a la empresa Transporte Panizza SRL, prestadora del servicio de higiene urbana adjudicataria de la Licitación Pública Nº 42/2021; y
CONSIDERANDO:
QUE en virtud de la detección de situaciones excepcionales de acumulación de residuos y desperdicios en grandes magnitudes en diversos puntos del distrito que afectan la salubridad pública;
QUE, en la Parte 3 CONDICIONES PARTICULARES – CONDICIONES TENICAS PARTICULARES, en el Art. 13 del CAPITULO 3 se establece: “El contratista deberá dar cumplimiento a todos los requerimientos de servicios adicionales que disponga la Secretaria de Espacio Público y Atención Ciudadana, ya sea por cuestiones de trabajos especiales, operativos de limpieza y/o situaciones dispuestas por dicha dependencia, previa notificación fehaciente con una antelación no inferior a las 48 horas. Dichos servicios adicionales deberán ser abonados conjuntamente con los servicios del mes en curso …”, permitiendo el requerimiento a la empresa de los adicionales necesarios para dar solución a la problemática detectada;
QUE, tomando conocimiento de situaciones de acumulación constante que exceden los relevados al momento de la contratación del servicio y ante la necesidad de fomentar la erradicación y evitar la formación de nuevos puntos de acopio de residuos y desechos en la vía pública, bajo los supuestos mencionados y como contrapartida de la seguridad en la continuidad del servicio contratado, resulta indispensable reforzar los servicios contratados por licitación mediante la incorporación de 3 equipos adicionales de trabajo diarios por el plazo de 3 meses;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: REQUIERASE la ejecución de adicionales del servicio de limpieza de basurales dinámicos/crónicos de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 13 del Capítulo 3 – Parte 3 Condiciones Particulares – Condiciones Técnicas Particulares, de la Licitación Pública Nº 42/2021, Expte. N° 4130- 2331/2021.
ARTICULO 2º: Dispóngase la ejecución de dichos adicionales por el plazo de 3 meses abonándose dichos servicios al valor que surja de los términos de la Licitación Pública Nº 42/2021.
ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas y de Obras y Espacios Públicos.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1120-MSM-INT
23/04/2025
VISTO el CICLO DE PRACTICAS PROFESIONALIZANTES 2025; y
CONSIDERANDO:
QUE de dicha actividad participarán estudiantes de distintos establecimientos educativos de gestión estatal de todos los barrios del partido de San Miguel;
QUE el Municipio da cumplimiento a la Disposición de la Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional DI 2016 – 42 – GDEBA – DPETDGCYE, que regula la implementación del sistema de prácticas formativas.
QUE serán incluidos actividades de interés para la educación y la inserción al mundo laboral, como son las pasantías en empresas y comercios locales;
QUE ha sido política de este Municipio durante años ofrecer espacios de contención en ámbitos institucionales para el desarrollo de los jóvenes;
QUE es deber del Estado brindar actividades para los jóvenes, inculcando valores sociales;
QUE este departamento ejecutivo considera procedente acompañar la iniciativa;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal el CICLO DE PRACTICAS PROFESIONALIZANTES 2025, en el cual participarán estudiantes de escuelas de gestión estatal y no estatal del Partido de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento de lo mencionado en el artículo precedente será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Educación y Trabajo, Secretario de Gobierno y Secretario de Economía y Finanzas.
ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar y publicar para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1122-MSM-INT
23/04/2025
VISTO las solicitudes de pedido Nº 1261 y 1934 de la Secretaria de Obras y Espacio Público, mediante los cuales se requiere la contratación mediante alquiler de maquinaria; y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Obras y Espacio Público, no cuenta con personal idóneo y maquinaria;
Que se solicita una retroexcavadora Hyundai y una pala WA200 con sus respectivos maquinistas;
Que la Secretaria de Obras y Espacio Público, solicita se contraten, a fin de llevar a cabo tareas de limpieza y remoción de residuos en diversos predios del Distrito, como así también limpieza en Bº Madre Esperanza;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación mediante alquiler de las máquinas descriptas y su respectivo maquinista para realizar las tareas mencionadas.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Hacienda, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Secretarios de Economía y Finanzas y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y a las Secretarias de Economía y Finanzas y de Obras y Espacio Público. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1175-MSM-INT
28/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1746/2025 por el cual se tramita el servicio de digitalización de expedientes para la Subsecretaria de Obras Particulares y Desarrollo, dependiente de la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano del Municipio de San Miguel, por el período mayo-diciembre 2024; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que … “Por medio de la presente se informa desde la Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, que resulta indispensable dar continuidad al trabajo de digitalización y posterior guarda de documentación y expedientes pertenecientes a esta dependencia, en concordancia con los trabajos ya efectuados. Cabe mencionar que, dichos trabajo exceden las capacidades físicas y técnicas existentes en esta dependencia, por lo que se requirió determinar la existencia en el Municipio espacio físico y capacidad tecnológica para efectuar los mencionados trabajos. Ante dicho requerimiento se obtuvo una respuesta negativa mediante expediente N° 5970/2022… Por lo anteriormente expuesto, se deberá tener en cuenta la contratación de la misma empresa que viene trabajando desde el año 2022, para darle continuidad al servicio de guarda y digitalización de dicha documentación…” Asimismo, dicha dependencia expresa que … “En el mes de agosto del año 2022, se requiere relocalizar en un lugar acore la totalidad de los expedientes de la Subsecretaria de Obras Particulares y Desarrollo, y comenzar con un sistema de digitalización de los mismos. Este proceso consta de varias etapas, ya que realizar la digitalización total de los 35.000 expedientes con los que contaba la Subsecretaria era inviable en ese momento. La primera etapa incluía el servicio de traslado del volumen de expedientes desde el archivo de MSM hacia el nuevo lugar de guarda, los servicios mensuales de consulta, envío digital y guarda de la documentación hasta diciembre de 2022, dicho servicio fue adjudicado a través de un Concurso de Precios, a la empresa GC Gestión Compartida, por n° de Expediente: 5970/2022, Concurso de Precios: 218/2022, OC 126/2022. En el transcurso del año 2023 se realizaron dos órdenes de compra que cubrieron los servicios solicitados de guarda y digitalización, OC 2248/23 y OC 4988/23. Y, en 2024, se realizaron dos órdenes de compra más OC 2012/2024 y OC 4278/2024, para darle continuidad al servicio…”
QUE, tal como surgen de los antecedentes incorporados, la firma GC GESTION COMPARTIDA SA, ha desarrollado el trabajo de digitalización y se encuentra actualmente en guarda de expedientes de la mencionada Secretaria, siendo hasta la fecha el servicio brindado acorde a las necesidades de la misma y sin objeciones en su desarrollo, resultando necesario dar continuidad al proceso iniciado en el año 2022.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º 1°, de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
QUE, dado la conformidad de la Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe respaldatorio de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 1° de la LOM, al proveedor GC GESTION COMPARTIDA SA, el servicio de digitalización de expedientes para la Subsecretaria de Obras Particulares y Desarrollo, dependiente de la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Veintitrés millones doscientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos con 16/100 ($23.244.462,16.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2°: Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Planeamiento y Desarrollo Urbano.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. María de los Milagros Richards
DECFC-2025-1176-MSM-INT
28/04/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 15252/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 46/25 segundo llamado, contratación del servicio de demarcación horizontal dependiente de la Secretaria de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos, que propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 46/25 segundo llamado, a la firma FEVIAL SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora la contratación del servicio de demarcación horizontal, dependiente de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. FEVIAL SA por menor precio la suma total de pesos noventa y siete millones quinientos noventa y siete mil setecientos sesenta y cinco con 71/100 ($97.597.765,71).
Condición de pago, inmediato dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Espacio Público, de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1177-MSM-INT
28/04/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 15050/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 33/25, destinada a la provisión de materiales gruesos destinados a la plaza Azcuénaga y plaza SMA dependiente de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos, que propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 33/25, a las firmas INGRATTA NICOLAS INGRATTA DIEGO INGRATTA FABIO SH, JOSE CASERTA E HIJOS SA Y SRB OBRAS Y SERVICIOS SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora destinada a provisión de materiales gruesos destinados a la plaza Azcuénaga y plaza SMA, dependiente de la Secretaria de Obras y Espacios Públicos, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. INGRATTA NICOLAS INGRATTA DIEGO INGRATTA FABIO SH por menor precio los ítems 1.2.4.6.14.15.17.18.20 y por entrega inmediata los ítems 3,5 la suma total de pesos veintinueve millones novecientos cuarenta y cuatro mil ($29.944.000,00)
1. JOSE CASERTA E HIJOS SA por menor precio los ítems 7 al 11.16.19 la suma total de pesos cinco millones cuatrocientos treinta y un mil ($5.431.000,00)
1. SRB OBRAS Y SERVICIOS SA por menor precio los ítems 12.13 la suma total de pesos ochocientos ochenta y nueve mil novecientos cuatro ($889.904,00)
Condición de pago, inmediato dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1178-MSM-INT
28/04/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 14673/25, por el que tramita la Licitación Pública N° 27/25 por la adquisición de Hormigón H30 y H8 para mantenimiento y reparación de la vía pública, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, la modalidad de cotización establecida para la presente licitación es a mayor cantidad de metros cúbicos a proveer, con la previsión máxima establecida en el presupuesto oficial,
QUE, la oferta presentada por la firma C&E CONSTRUCCIONES S.A. fue realizada por error sólo por la cantidad de metros licitados, y con un costo unitario inferior a la previsión, por lo que la Secretaría de Obras Públicas, dio intervención a la Dirección de Asuntos Legales la cual, analizado el caso, resuelve que se solicite a la empresa su conformidad para ampliar la cantidad de metros a contratar enmarcados dentro del presupuesto oficial,
QUE, hecha la consulta a la firma en cuestión, se subsana el error de cotización ampliando la cantidad de metros a proveer, dentro del presupuesto establecido en la presente licitación,
QUE, según lo establecido por la unidad ejecutora, se ha requerido cotizar la mayor cantidad de material dentro del presupuesto oficial, con un anticipo financiero del 100% del monto del contrato el cual será pagado una vez retirada la orden de compra, en un plazo aproximado entre 15 a 20 días,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del señor Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 27/25, a la firma C&E Construcciones S.A., por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por menor precio ofertado, y mayor cantidad de material ofrecido para el presupuesto oficial establecido, a la firma C&E CONSTRUCCIONES S.A. la provisión de 1892.50 m3 de Hormigón H30, al valor unitario por m3 de $158.500,00, en la suma de pesos $299.961.250,00; y la provisión de 1.560 m3 de Hormigón H8, al valor unitario por m3 de $128.200,00, en la suma de pesos $199.992.000,00. Resultando el importe total de la oferta a adjudicar Pesos cuatrocientos noventa y nueve millones novecientos cincuenta y tres mil doscientos cincuenta ($499.953.250,00).
Condición de pago: según artículo 10° p.c.p. Anticipado 100% conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio. Plazo de entrega según artículo 12° p.c.p.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1179-MSM-INT
28/04/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 14672/24 por el que se tramita la Licitación Pública N° 26/25 para la obra “Belgrano”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Obras y Espacio Público, a través de su señor Secretario, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo, “…se constata que las propuestas presentadas cumplimentan debidamente las condiciones de precalificación establecidas en los pliegos licitatorios… Apreciadas las proposiciones presentadas por dichas Empresas, resulta que la oferta mejor calificada técnica y económicamente corresponde a la firma Cooperativa de Trabajo Puntanos Limitada, por presentar la mejor propuesta económica global y acompañar antecedentes técnicos que avalan su experiencia en la ejecución de obras de similar magnitud, motivo por el cual es opinión de esta Secretaria que la empresa mencionada debe ser PREADJUDICATARIA en la licitación de referencia…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 26/25, a la firma Cooperativa de Trabajo Puntanos Limitada por resultar ésta la más conveniente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio, de la Secretaría de Obras y Espacio Público por ser la oferta mejor calificada técnica y económicamente con menor oferta global, a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO PUNTANOS LIMITADA la obra “Belgrano”, en la suma total de Pesos Doscientos setenta y seis millones ciento cuarenta y siete mil novecientos ochenta y cuatro con 92/100 ($276.147.984,92). Plazo de ejecución 90 días.
Condición de pago: Anticipo 30%, y certificados a 30 días según artículo 10 p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1180-MSM-INT
28/04/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 14704/24 por el que se tramita la Licitación Pública N° 29/25 para la obra “Puesto de Seguridad y baños en Corredor Francia”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Obras y Espacio Público, a través de su señor Secretario, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo, “…se constata que las propuestas presentadas cumplimentan debidamente las condiciones de precalificación establecidas en los pliegos licitatorios… Apreciadas las proposiciones presentadas por dichas Empresas, resulta que la oferta mejor calificada técnica y económicamente corresponde a la firma Szimad S.A., por presentar la mejor propuesta económica global y acompañar antecedentes técnicos que avalan su experiencia en la ejecución de obras de similar magnitud, motivo por el cual es opinión de esta Secretaria que la empresa mencionada debe ser PREADJUDICATARIA en la licitación de referencia…”;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 29/25, a la firma Szimad S.A., por resultar ésta la más conveniente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio, de la Secretaría de Obras y Espacio Público por ser la oferta mejor calificada técnica y económicamente con menor oferta global, a la firma SZIMAD S.A., la obra “Puesto de Seguridad y baños en Corredor Francia”, en la suma total de Pesos Ciento treinta y nueve millones ($139.000.000,00). Plazo de ejecución 60 días. Condición de pago: Anticipo 30%, y certificados a 30 días según artículo 10 p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1182-MSM-INT
28/04/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 15455/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la obra “Hidráulica Barrio Mitre”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos novecientos cuarenta y nueve millones cuatrocientos cuarenta y seis mil ($949.446.000,00) mediante solicitud de pedido N°1381/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Noventa y siete millones quinientos noventa y siete mil setecientos setenta y siete ($97.597.777,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 41/25, obra “Hidráulica Barrio Mitre”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público.
Valor del pliego $ 1.044.391,26 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Espacio Público, de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1183-MSM-INT
28/04/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº15111/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por la adquisición de Concreto asfáltico, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Cuatrocientos cincuenta millones ($450.000.000,00), mediante solicitud de pedido N° 1020/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Noventa y siete millones quinientos noventa y siete mil setecientos setenta y siete ($97.597.777,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 36/25 por la adquisición de Concreto asfáltico, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel. Valor del pliego $ 495.000,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Espacio Público, de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-1184-MSM-INT
29/04/2025
VISTO la realización del Día del Adulto Mayor en el mes de septiembre del corriente año; y
CONSIDERANDO:
QUE un objetivo de estos encuentros es fomentar el esparcimiento y el encuentro con nuestros adultos. Que se presentaran las propuestas de las distintas actividades que se llevaran a cabo en la sede social de las instituciones.
QUE, en virtud de lograr progresivamente establecer la cotidianeidad de las relaciones entre pares e Instituciones, es la intención del desarrollo de las actividades.
QUE, según lo establecido por la Convención Interamericana Sobre La Protección De Los Derechos Humanos De Las Personas Mayores, revestida de jerarquía de carácter constitucional según la Ley Nacional N° 27700 en los términos del artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, se reza que: “… Reconociendo que la persona, a medida que envejece, debe seguir disfrutando de una vida plena, independiente y autónoma, con salud, seguridad, integración y participación activa en las esferas económica, social, cultural y política de sus sociedades; y … Decididos a incorporar y dar prioridad al tema del envejecimiento en las políticas públicas, así como a destinar y gestionar los recursos humanos, materiales y financieros para lograr una adecuada implementación y evaluación de las medidas especiales puestas en práctica;…” es intención de este Departamento Ejecutivo apoyar el desarrollo de las tareas, a fin de destacar su participación voluntaria para con el Distrito.
QUE, por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar el acto administrativo, declarándolo de interés municipal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: DECLARAR de Interés Municipal el Día del Adulto Mayor, a llevarse a cabo en el mes de septiembre del corriente año, en el Centro Recreativo Lorenzo Miguel – Puerta de Hierro, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°: El gasto que demande la realización de las actividades referidas en el artículo precedente, será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-1190-MSM-INT
29/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1993/2025 a favor de la Sra. Dalzoto, Lucia Milagros; y
CONSIDERANDO:
QUE la solicitante vive sola, no cuenta con agua potable debido a un incendio, y no posee los recursos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda la instalación de la estructura necesaria para poder tener agua potable en su hogar; Que el acceso al agua potable es de vital necesidad;
QUE de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por el recurrente.
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de hasta $2.690.000,00- (Pesos dos millones seiscientos noventa mil) a la Sra. Dalzoto, Lucia Milagros, con domicilio en el Pdo. de San Miguel por una perforación completa para equipo de compresor.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1191-MSM-INT
29/04/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1981/2025 a favor de la Sra. Ríos, Magali Ailen; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia monoparental, que, debido a un siniestro causado por un incendio, su vivienda sufrió daños parciales y no cuentan con los recursos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda el remiendo de la estructura edilicia en la que convive la familia toda;
QUE de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por el recurrente.
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia.
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.152.050,00- (Pesos Un millón ciento cincuenta y dos mil cincuenta) a la Sra. Ríos, Magali Ailen con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-1193-MSM-INT
29/04/2025
VISTO la nota de la Secretaria de Educación y Trabajo, mediante la cual solicitan se declare de interés la celebración del Día de los Jardines de Infantes y la maestra jardinera; y
CONSIDERANDO:
QUE se ha instituido el día de los Jardines de Infantes en homenaje a Rosario Vera Peñaloza quién fuera la fundadora del primer Jardín de Infantes del país.
QUE es propósito fomentar un espacio donde los niños crezcan entre juegos y aprendizaje, asegurando la educación de los niños a partir de los tres años de edad.
QUE desde el nivel inicial se forman hábitos, y se aprenden contenidos educativos, fundamentales que perduran durante la adolescencia.
QUE este Departamento Ejecutivo considera procedente declarar de Interés Municipal, y dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal la celebración del Día de los Jardines y maestras jardineras; que se realizará en el mes de mayo del corriente año, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°: El gasto que demande la realización de lo expuesto precedentemente, será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Educación y Trabajo y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar y publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-1194-MSM-INT
29/04/2025
VISTO el Expte. 15532/25 por el cual se solicita la adquisición de una camioneta transit minibús 17+1 2.0TD 165 hp manual. Incluyen flete, formularios y patentamiento, dependiente de la Secretaria de Seguridad de la Municipalidad de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, se ha consultado presupuesto para vehículos Citroën, Fiat y Ford;
QUE, el área requirente ha emitido la solicitud de pedido Nº 1791/25 tomando como referencia para sus necesidades operativa la camioneta Ford;
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención, produciendo el respectivo informe de adjudicación a la firma FORCAM SA;
QUE, los precios de las unidades, se encuentran dentro de los valores corrientes de plaza, encuadrándose para la contratación, dentro de los términos del art. 156° inc. 10 de la L.O.M.,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, en forma directa conforme al art. 156° inc. 10 de la L.O.M. la de 1 camioneta transit minibús 17+1 2.0TD 165 hp manual. Incluyen flete, formularios y patentamiento, dependiente de la Secretaria de Seguridad a la empresa FORCAM SA en la suma total ochenta y seis millones ochocientos treinta y seis mil cientos noventa y uno ($86.836.191,00).
Condición de pago: Contado, contra entrega. Plazo de Entrega: a convenir.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Seguridad.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-1195-MSM-INT
29/04/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 15234/24 por el que tramita la Licitación Privada 44/25 por la obra: remodelación integral de baños de médicos de cirugía e internación hombres del Hospital Larcade dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretaría de Salud se propicia la adjudicación de la Licitación privada Nº 44/25, a las firmas C&I CONSTRUCTORA SA Y PROMETIN SA por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora por la obra: remodelación integral de baños de médicos de cirugía e internación hombres del Hospital Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. C&I CONSTRUCTORA SA por menor precio Ítem 1 la suma total pesos diez millones doscientos mil ($10.200.000,00).
1. PROMETIN SA por menor precio Ítem 2 la suma total pesos diecinueve millones doscientos mil ($19.200.000,00).
Condición de pago inmediato, dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1196-MSM-INT
29/04/2025
VISTO el expediente administrativo N°15527/2025, en el que se solicita la contratación de especialistas en anatomía patológica; y
CONSIDERANDO:
QUE la Secretaría de Salud, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializado;
QUE, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
QUE la Secretaría de Salud, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y de Salud.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-1197-MSM-INT
29/04/2025
VISTO, el artículo 38 de la Ordenanza Fiscal Nº 028/2024; y
CONSIDERANDO:
QUE de acuerdo con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 15056/2025 y en concordancia al Art. 38 inc. b, de la Ordenanza Fiscal Nº 028/2024. corresponde la devolución por PAGO REPETIDO, DE LAS PARTIDAS MUNICIPALES N° 250122 Y 250131.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Apruébese la devolución de PESOS TRESCIENTOS VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON SESENTA Y DOS CENTAVOS. ($323.657,62.-) al contribuyente SERGIO MARCELO SANTA CRUZ, de acuerdo a la documentación adjunta, en concepto de PAGO REPETIDO.
ARTICULO 2º: Procédase a través de la Contaduría a la imputación del gasto en la partida que corresponda y posterior emisión de la respectiva Orden de Pago.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-1203-MSM-INT
29/04/2025
VISTO la Ordenanza N° 02 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 23 de abril de 2025, y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 108º inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROMULGASE la Ordenanza N° 02, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 23 de abril de 2025.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-1204-MSM-INT
29/04/2025
VISTO la Ordenanza N° 01 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 23 de abril de 2025, y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 108º inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: PROMULGASE la Ordenanza N° 01, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 23 de abril de 2025.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-1232-MSM-INT
30/04/2025
VISTO la solicitud de ayuda económica presentada por el señor Barretto Lautaro Ariel; y
CONSIDERANDO:
Que se está llevando adelante una liga de fútbol con diferentes clubes del Distrito;
Que el desarrollo del deporte en nuestros jóvenes, fomenta el compañerismo, el estímulo para desarrollar buenas actitudes de competencia;
Que es intención generar espacios donde el deporte sea un lugar ideal para la contención de los jóvenes;
Que, pese a los esfuerzos realizados, no pueden afrontar los gastos que originan la participación en la Liga de fútbol;
Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio al señor Barretto Lautaro Ariel, con domicilio en San Miguel; de $ 1.000.000.- (Pesos un millón) para solventar los gastos de organización de la Liga de fútbol, que se desarrollará durante el 2025.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto quincenalmente, por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVESE.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-1233-MSM-INT
30/04/2025
VISTO que el próximo mes de mayo se celebran fechas patrias; y
CONSIDERANDO:
QUE se conmemoran el Hundimiento del Ara Gral. Belgrano, Día del Himno, Día de la Escarapela y el 25 de mayo;
QUE, para celebrar dichos acontecimientos históricos, ligados a los sentimientos del pueblo argentino, esta Departamento Ejecutivo ha organizado una serie de actos al efecto;
QUE, con miramiento a rememorar la Revolución de Mayo, se pretende llevar a cabo distintas actividades conmemorativas, culminando con el Desfile Patrio;
QUE por todo lo expuesto se estima pertinente declarar dichas actividades de Interés Municipal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal los actos programados para el próximo mes de mayo en conmemoración de las fechas patrias que se celebran, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°: El gasto que demande la realización de los actos antes mencionados, será imputado a través de la Secretaría de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro