DECFC-2025-375-MSM-INT
04/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 744/2025 a favor del Sr. Maidana, Hernandez, Jon Alan; y
CONSIDERANDO:
Oue, se trata de una familia Monoparental, en los que varios integrantes del núcleo familiar padecen afecciones a su salud, en consecuencia, no cuentan con los ingresos suficientes para la reconstrucción de su hogar;
Que, de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por el recurrente;
Que, la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $2.763.391,37.- (Pesos Dos millones setecientos sesenta y tres mil trescientos noventa y uno con treinta y siete centavos) al Sr. Maidana, Hernandez, Jon Alan, con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-375-MSM-INT
04/02/2025
VISTO el expediente N° 14570/2025 por el cual se expone la necesidad de contratar personal licenciados en Psicopedagogía, psicología; psicología social; sociología; psicomotricidad; en nutrición; trabajo social o tecnicatura en minoridad y familia; en ciencias políticas y una terapista ocupacional; y
CONSIDERANDO;
Que la Secretaría de Infancia y Familia, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializada;
Que, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
Que la Secretaría de Infancia y Familia, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y de Infancia y Familia.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-378-MSM-INT
04/02/2025
VISTO el expediente N° 14591/2024 por el cual se expone la necesidad de contratar personal licenciados en Psicopedagogía, abogacía, psicología; nutrición; trabajo social o tecnicatura en minoridad y familia; un acompañante terapéutico; y un técnico en promoción socio comunitario; y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Infancia y Familia, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializada;
Que, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
Que la Secretaría de Infancia y Familia, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y de Infancia y Familia.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-393-MSM-INT
05/02/2025
VISTO la solicitud de ayuda económica de la Sra. Sadleir Maria del Carmen, para gastos de vivienda; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una mujer de 67 años de edad, cursando una enfermedad crónica, teniendo a cargo a su padre de 89 años de edad;
Que la solicitante no posees recursos económicos para afrontar los gastos inherentes a la vivienda;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 200.000.- (Pesos doscientos mil) a la Sra. Sadleir Maria del Carmen, con domicilio en la localidad de Santa Maria, Pdo. de San Miguel; para ser aplicado a gastos de vivienda.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente con Fuente del Financiamiento 1.1.0, del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3º: DEJASE establecido que la recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaria de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y la señora Secretaria de Infancia y Familia.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-407-MSM-INT
06/02/2025
VISTO el expediente N° 14679/2024 y la necesidad de contratar personal idóneo para llevar a cabo la capacitación en electricidad domiciliaria; y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Educación y Trabajo, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializada;
Que, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
Que la Secretaría de Educación y Trabajo, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y Educación y Trabajo.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-421-MSM-INT
10/02/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 14780/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la adquisición, instalación y configuración de repetidora, dependiente de la Secretaría de Seguridad, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos noventa y nueve millones cuatrocientos siete mil doce con 58/100 ($99.407.012,58) mediante solicitud de pedido N° 601/25,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Noventa y siete millones quinientos noventa y siete mil setecientos setenta y siete ($97.597.777,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 31/25, por la adquisición, instalación y configuración de repetidora, dependiente de la Secretaría de Seguridad. Valor del pliego $ 109.347,70 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Seguridad.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-423-MSM-INT
10/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 838/2025 a favor de la Sra. Urraco, Natalia Raquel; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia nuclear, a cargo de dos menores que presentan discapacidad con CUD, no cuentan con agua potable y no poseen los recursos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda la instalación de la estructura necesaria para poder tener agua potable en su hogar;
Que el acceso al agua potable es de vital necesidad;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por el recurrente.
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia.
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de hasta $2.690.000,00- (Pesos Dos millones seiscientos noventa mil) a la Sra. Urraco, Natalia Raquel, con domicilio en el Pdo. de San Miguel, por una perforación completa para equipo de compresor.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-424-MSM-INT
10/02/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº 14781/25 por el que tramita el llamado a Licitación Pública, por el servicio de aprovisionamiento de Alimentos secos. Destinados a asistir a comedores y merenderos de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos trescientos millones doscientos ochenta y ocho mil ($300.288.000,00), mediante solicitud de pedido N° 595/25,
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Noventa y siete millones quinientos noventa y siete mil setecientos setenta y siete ($97.597.777,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 32/25 por el servicio de aprovisionamiento de alimentos secos para asistir a comedores y merenderos de San Miguel, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel. Valor del pliego $330.316,80. (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Infancia y Familia.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-427-MSM-INT
10/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14101/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 03/25, solicitud de pedido 4265/2024 y su copia 102/2025 por el servicio de aprovisionamiento de Elementos de protección personal, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar: Por menor precio a la firma: GLAMAMED S.A. Ítem Nº: 3 MEDIPACK S.A. Ítem Nº: 5 Por calidad a la firma: GLAMAMED S.A. Ítem Nº: 1.4.6. PHARMA EXPRESS S.A. Ítems N°: 2.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 03/25, a las firmas Glamamed S.A., Medipack S.A., Pharma Express S.A.,
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Elementos de protección personal, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. GLAMAMED S.A., por menor precio Ítem Nº: 3 por calidad Ítem N°: 1.4.6. En la suma total de Pesos Setenta y nueve millones trescientos ochenta mil cuatrocientos sesenta y dos con 48/100 ($79.380.462,48).
1. MEDIPACK S.A., por menor precio Ítem N°: 5. En la suma total de Pesos Ciento ochenta y ocho mil ochocientos cincuenta ($188.850,00).
1. PHARMA EXPRESS S.A. por calidad Ítem Nº: 2. En la suma total de Pesos Novecientos ochenta mil doscientos ochenta ($980.280,00). Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-428-MSM-INT
10/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14104/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 06/25, solicitud de pedido 4410/2024 y su copia 105/2025 por el servicio de aprovisionamiento de Soluciones, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar: Por menor precio a la firma: GLAMAMED S.A. Ítem Nº: 8 Por calidad a la firma: LUMEDIC S.A. Ítem Nº: 1.3.4.5.7.9.10.12. DNM FARMA S.A. Ítems N°: 2.6.11.13.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 06/25, a las firmas Glamamed S.A., Lumedic S.A., DNM Farma S.A.,
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Elementos de protección personal, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. GLAMAMED S.A., por menor precio Ítem Nº: 8 En la suma total de Pesos Setecientos treinta y seis millones quinientos mil ($736.500,00).
2. LUMEDIC S.A., por calidad Ítem N°: 1.3.4.5.7.9.10.12. En la suma total de Pesos Ciento cuarenta y cuatro millones novecientos cuarenta y ocho mil ochocientos ($144.948.800,00).
3. DNM FARMA S.A. por calidad Ítem Nº: 2.6.11.13. En la suma total de Pesos Cincuenta y cinco millones ochocientos ochenta y cuatro mil ($55.884.000,00). Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud. ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-429-MSM-INT
10/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14243/24 solicitud de pedido N°5081/24 y su copia 309/25, por el que tramita la Licitación Pública N° 19/25 por el servicio de aprovisionamiento de alimentos Carne, destinados a Hospitales Municipales dependientes de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Unidad Ejecutora, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cuales son las ofertas más convenientes, “…para la provisión de Alimentos Carnes, para el Hospital Larcade y Hospital San Miguel Arcángel que, en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar por menor precio a la firma: TUX S.A. – ITEM N° 1-9 DISALAR S.R.L. – ITEM N° 2-5-6-10-13-14 DISTRIBUIDORA COFEX S.R.L. – N° 3-8-11-15 PANIFICADORA JOSE C PAZ S.A.– N° 4-7-12-16 QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 19/25, a las firmas Tux S.A., Disalar S.R.L., Distribuidora Cofex S.R.L.y Panificadora Jose C. Paz S.A., por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de alimentos a granel, destinados a Hospitales Municipales, dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 TUX S.A., por menor precio, los ítems N° 1-9 En la suma total de Pesos Diecinueve millones tres mil quince con 80/100 ($19.003.015,80).
1.2 DISALAR S.R.L. por menor precio, los ítems N° 2-5-6-10-13-14 En la suma total de Pesos Setenta y ocho millones doscientos ochenta y cinco mil seiscientos ($78.285.600,00).
1.3 DISTRIBUIDORA COFEX S.R.L. por menor precio, los ítems N° 3-8-11-15 En la suma total de Pesos Cincuenta y un millones cuatrocientos ochenta y seis mil treinta ($51.486.030,00).
1.4 PANIFICADORA JOSE C. PAZ S.A. por menor precio, los ítems N° 4-7-12-16 En la suma total de Pesos Veinte millones ciento cuarenta y dos mil ochocientos dos con 80/100 ($20.142.802,80). Condición de pago dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-430-MSM-INT
11/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14244/24 solicitud de pedido N°5080/24 y su copia 307/25, por el que tramita la Licitación Pública N° 20/25 por el servicio de aprovisionamiento de alimentos Frescos, destinados a Hospitales Municipales dependientes de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Unidad Ejecutora, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cuales son las ofertas más convenientes, “…para la provisión de Alimentos Frescos, para el Hospital Larcade y Hospital San Miguel Arcángel que, en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar por menor precio a la firma:
TUX S.A. – ITEM N° 22.37.38.41.65.80.81.84
DISALAR S.R.L. – ITEM N° 16.17.19.42.43.59.60.62.85.86
DISTRIBUIDORA COFEX S.R.L. – ITEM N° 23.24.25.26.27.28.29.30.31.32.33.34.36.39. 66.67.68.69.70.71. 72.73.74.75.76.77.79.82
PANIFICADORA JOSE C PAZ S.A.– ITEM N° 1.3.4.13.14.15.18.20.21.35.40.44.46.47.56.57.58.61.63.64.78. 83
DISTRIBUIDORA HERMAR S.R.L. – ITEM N° 2.5.6.7.8.9.10.11.12.45.48.49.50.51.52.53.54.55
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 19/25, a las firmas Tux S.A., Disalar S.R.L., Distribuidora Cofex S.R.L.y Panificadora Jose C. Paz S.A., por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de alimentos a granel, destinados a Hospitales Municipales, dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 TUX S.A., por menor precio, los ítems N° 22.37.38.41.65.80.81.84 En la suma total de Pesos Dos millones trescientos sesenta y cinco mil doscientos setenta con 86/100 ($2.365.270,86).
1.2 DISALAR S.R.L. por menor precio, los ítems N° 16.17.19.42.43.59.60.62.85.86 En la suma total de Pesos Catorce millones seiscientos dieciséis mil setecientos setenta ($14.616.770,00).
1.3 DISTRIBUIDORA COFEX S.R.L. por menor precio, los ítems N° 23.24.25.26.27.28.29.30.31. 32.33. 34.36.39. 66.67.68.69.70.71.72.73.74.75.76.77.79.82 En la suma total de Pesos Doce millones seiscientos veintiséis mil doscientos sesenta y dos ($12.626.262,00).
1.4 PANIFICADORA JOSE C. PAZ S.A. por menor precio, los ítems N° 1.3.4.13.14.15.18.20.21.35.40. 44.46.47.56.57.58.61.63.64.78. 83 En la suma total de Pesos Catorce millones ciento cincuenta y cuatro mil seiscientos noventa siete con 60/100 ($14.154.697,60). 1.5 DISTRIBUIDORA HERMAR S.R.L. por menor precio, los ítems N° 2.5.6.7.8.9.10.11.12.45. 48.49. 50.51.52.53.54.55 En la suma total de Pesos Once millones setecientos diez mil setecientos setenta y siete con 32/100 ($11.710.777,32). Condición de pago dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud. ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-431-MSM-INT
11/02/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 14520/24, por el que se tramita la Licitación Pública N° 21/25 solicitud de pedido N° 5200/24 y su reemplazo 64/25, para la obra “Control y puesta a punto anual de la instalación de gas” en Escuelas, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Educación y Trabajo, a través de su señor Secretario, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo, “…examinadas las ofertas formuladas, surge que los oferentes presupuestan la totalidad de lo requerido…, Evaluado el componente económico de las ofertas, se recomienda la pre adjudicación por mejor precio;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario de Educación y Trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 21/25, a las firmas Cima Construcciones S.R.L., y Prometin S.A., por resultar éstas las más convenientes;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, la obra “Control y puesta a punto anual de la instalación de gas” en Escuelas, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel, por ser las ofertas mejor calificadas, a las firmas según detalle, ítems:
1.1 CIMA CONSTRUCCIONES S.R.L., ítem 1 zona N°1 e ítem 4 zona N°4, en la suma total de Pesos Cuarenta y un millones setecientos treinta y siete mil ($ 41.737.000,00).
1.2 PROMETIN S.A., ítem 2 zona N°2 e ítem 3 zona N° 3, en la suma total de Pesos Sesenta y tres millones ochocientos cincuenta mil ($ 63.850.000,00).
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-433-MSM-INT
12/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 719/2025 producido por la Secretaria de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel, por el cual se tramita el Servicio de Provisión de Módulos de Alimentos “Programa Mesa Bonaerense” para Escuelas Estatales, conforme al Acta acuerdo para la implementación del SAE con el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO
QUE, la Unidad Ejecutora ha manifestado “… solicitar la Contratación Directa del programa MESA BONAERENSE, para los establecimientos educativos públicos de gestión estatal del distrito. Esto es debido a que: 1. Mediante comunicado N° NO-2024-24814132-GDEBA-DSAEMDCGP, Referencia: Comunicado aumento de valores SAE, el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires comunico los nuevos montos a abonar por las prestaciones que se brindan desde dicha cartera. 2. Conforme a lo solicitado en distintas oportunidades por el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires se volvió a enviar una propuesta de composición modular. 3. No fue sino hasta el día 20 de enero de 2025 que esta dependencia obtuvo la aprobación sobre la propuesta de composición del módulo de alimentos para ser entregados en escuelas de gestión estatal. 4. Siendo que resulta necesario para la correcta confección de estos contratos determinar previamente y de manera clara cuáles serán los productos es que solicita se realice el procedimiento que considere oportuno. El pedido de contratación directa es por 32388 módulos del programa MESA BONAERENSE, según los valores dispuestos en la documentación antes mencionada. El Módulo de Alimentos abarca 30 días corridos con una única entrega. …”
QUE se han requerido diversos presupuestos a proveedores del rubro, a fin de dar respuesta urgente a la necesidad de provisión de alimentos;
QUE, la modalidad de contratación está dada por valor nutricional;
QUE, la Unidad ejecutora junto al profesional responsable del área nutricional, han evaluado las propuestas recibidas, sugiriendo la mejor para las zonas 1, 2, 3, 4 y 5;
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, conforme al informe análisis de la nutricionista y al informe técnico producido por la Unidad Ejecutora, el servicio de provisión de módulos de alimentos para escuelas estatales de San Miguel “Programa Mesa Bonaerense”, destinado a la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan de la siguiente manera:
1.1 DISTRIBUIDORA PUNTA BALLENA SA, ZONA N° 1: Módulos de Alimentos: 9846 unidades. En la suma total de Pesos Ciento veintiséis millones setecientos setenta y nueve mil quinientos cincuenta y siete con 50/100 ($126.779.557,50.-).
1.2 PA-SU-CO SA, ZONA N° 2: Módulos de Alimentos: 6498 unidades. En la suma total de Pesos Ochenta y tres millones seiscientos sesenta y nueve mil ochocientos setenta y dos con 50/100 ($83.669.872,50.-)
1.3 BUONSENSO SRL, ZONA N° 3: Módulos de Alimentos: 3960 unidades. En la suma total de Pesos Cincuenta millones novecientos ochenta y nueve mil novecientos cincuenta con 00/100 ($50.989.950,00.-)
1.4 PA-SU-CO SA, ZONA N° 4: Módulos de Alimentos: 4463 unidades. En la suma total de Pesos Cincuenta y siete millones cuatrocientos sesenta y seis mil setecientos tres con 75/100 ($57.466.703,75.-)
1.5 BUONSENSO SRL, ZONA N° 5: Módulos de Alimentos: 7621 unidades. En la suma total de Pesos Noventa y ocho millones ciento veintinueve mil novecientos con 25/100 ($98.129.900,25.)
En todos los casos, condición de pago dentro de los 10 días hábiles de la fecha de recepción de las facturas.
ARTICULO 2°: Convalidar, el servicio que ocurra desde el 1º de febrero de 2025, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTICULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 5º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 6°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-434-MSM-INT
12/02/2025
VISTO la solicitud de ayuda económica de la Sra. Osores Lorena Paola, para gastos de vivienda; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una madre a cargo de dos hijos menores, no cuenta con vivienda propia;
QUE la solicitante no posee recursos económicos para afrontar los gastos inherentes a la vivienda;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 1.000.000.- (Pesos un millón), pagadero en cuatro cuotas de $ 250.000.- (Pesos doscientos cincuenta mil) a la Sra. Lorena Paola Osores, con domicilio en la localidad de Bella Vista, Pdo. de San Miguel; para ser aplicado a gastos de vivienda.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente con Fuente del Financiamiento 1.1.0, del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3º: DEJASE establecido que la recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaria de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-435-MSM-INT
12/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 644/2025 producido por la Secretaria de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel, por el cual se tramita el Servicio Alimentario Escolar en formato PRESTACIONES PRESENCIALES, para Escuelas Estatales, conforme al Acta acuerdo para la implementación del SAE con el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; y CONSIDERANDO QUE, la Unidad Ejecutora ha manifestado “… solicitar la Contratación Directa del Servicio Alimentario Escolar (S.A.E), en formato PRESTACIONES PRESENCIALES correspondiente al mes de marzo de 2025, para los establecimientos educativos públicos de gestión estatal del distrito. Esto es debido a que: 1. Por NO-2024-24814132-GDEBA-DSAEMDCGP del 17 de julio de 2024, el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires modificó los montos a abonar por las prestaciones presenciales que se brindan en las escuelas de gestión pública, no habiendo tenido notificación alguna acerca de una actualización de precios hasta la fecha. 2. Recientemente, se ha manifestado la necesidad en la comunidad educativa del distrito de contar con prestaciones para alumnos con patologías, como lo son la “CELIAQUIA”. Es por tanto que se debió confeccionar una nueva forma de distribución de cupos, revisión de las cantidades a contratar y un menú diferenciado para estos casos, tanto como para las prestaciones de comedor como para las de Desayuno/ Merienda. 3. En el mismo sentido, por NO-2024-37556179-GDEBA-DSAEMDCGP, el Ministerio de desarrollo de la Comunidad, a fines del mes de octubre dicto nuevas instrucciones para los prestadores del servicio que deberán ser tenidas en cuenta durante el mes de diciembre en cuanto a las prestaciones MESA, así como las presenciales. 4. Las empresas de alimentos mayoristas que prestan este tipo de servicios se encuentran inmersos en un mercado sumamente volátil. En este sentido, se ha hecho una revisión de gramajes y minués por parte de la profesional actuante en nutrición como parte del menú de verano. 5. Siendo que no es dable impedir el acceso de los estudiantes a una alimentación saludable por cuestiones de índole externa, a saber, la volatilidad del mercado y la incorporación de nuevos tipos de prestaciones de manera continua es que solicita se realice a través de una contratación directa…”
QUE se han requerido diversos presupuestos a proveedores del rubro, a fin de dar respuesta urgente a la necesidad de provisión de alimentos;
QUE, la modalidad de contratación está dada por valor nutricional;
QUE, la Unidad ejecutora junto al profesional responsable del área nutricional, han evaluado las propuestas recibidas, sugiriendo la mejor para los cupos requeridos;
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, conforme al informe análisis de la nutricionista y al informe técnico producido por la Unidad ejecutora, el servicio de provisión de alimentos en formato PRESTACIONES PRESENCIALES, para escuelas estatales de San Miguel, hasta el 31 de marzo de 2025, destinado a la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla:
1.1 BOUNSENSO SRL, ZONA N° 1 (29%): Cupos servicio de comedor: 73296 unidades. Cupos servicio de comedor listo consumo: 7344 unidades. Cupos desayuno/merienda: 235422 unidades. Cupos desayuno/merienda patología: 4320 unidades Cupos servicio de comedor patología: 3474 unidades En la suma total de Pesos Ciento setenta y dos millones doscientos mil setecientos cuarenta y dos con 56/100 ($172.200.742,56.-).
1.2 DISTRIBUIDORA PUNTA BALLENA SA, ZONA N° 2 (18%): Cupos servicio de comedor: 23598 unidades. Cupos servicio de comedor listo consumo: 2358 unidades. Cupos desayuno/merienda: 207018 unidades. Cupos desayuno/merienda patología: 3726 unidades Cupos servicio de comedor patología: 594 unidades En la suma total de Pesos Ciento nueve millones ochocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta con 64/100 ($109.844.450,64.-).
1.3 DISTRIBUIDORA PUNTA BALLENA SA, ZONA N°3 (15%): Cupos servicio de comedor: 58500 unidades. Cupos servicio de comedor listo consumo: 5850 unidades. Cupos desayuno/merienda: 79614 unidades. Cupos desayuno/merienda patología: 1422 unidades Cupos servicio de comedor patología: 288 unidades En la suma total de Pesos Ochenta y nueve millones seiscientos cincuenta y seis mil quinientos cincuenta y ocho con 92/100 ($89.656.558,92.-).
1.4 PA-SU-CO SA, ZONA N° 4 (15%): Cupos servicio de comedor: 46854 unidades. Cupos servicio de comedor listo consumo: 4698 unidades. Cupos desayuno/merienda: 101322 unidades. Cupos desayuno/merienda patología: 1818 unidades Cupos servicio de comedor patología: 486 unidades En la suma total de Pesos Ochenta y siete millones setecientos noventa y dos mil cuatrocientos treinta y dos con 48/100 ($87.792.432,48.-). 1.5 PA-SU-CO SA, ZONA N° 5 (23%): Cupos servicio de comedor: 68562 unidades. Cupos servicio de comedor listo consumo: 6858 unidades. Cupos desayuno/merienda: 159156 unidades. Cupos desayuno/merienda patología: 2844 unidades Cupos servicio de comedor patología: 666 unidades En la suma total de Pesos Ciento treinta y dos millones novecientos cincuenta y seis mil setecientos sesenta y siete con 62/100 ($132.956.767,62.-). En todos los casos, condición de pago dentro de los 10 días hábiles de la fecha de recepción de las facturas. Plazo de entrega hasta el 31 de marzo de 2025.
ARTICULO 2°: Convalidar, el servicio que ocurra desde el 1º de marzo de 2025, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTICULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 5º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 6°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-436-MSM-INT
12/02/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 14156/24 por el que se tramita la Licitación Pública N° 13/25 para la obra “Distribuidor Santa Ana y Azcuénaga”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Obras y Espacio Público, a través de su señor Secretario, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo, “…de la documentación presentada se constata que las propuestas presentadas cumplimentan debidamente las condiciones de precalificación establecidas en los pliegos licitatorios…. Apreciadas las propuestas presentadas por dichas Empresas, resulta que la oferta mejor calificada técnica y económicamente corresponde a la firma VIALVASA S.R.L., por presentar la mejor propuesta económica global y acompañar antecedentes técnicos que avalan su experiencia en la ejecución de obras de similar magnitud, motivo por el cual es opinión de esta Secretaria que la empresa mencionada debe ser PREADJUDICATARIA en la licitación de referencia…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 13/25, a la firma VIALVASA S.R.L., por resultar ésta la más conveniente;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio, de la Secretaría de Obras y Espacio Público por ser la oferta mejor calificada técnica y económicamente con menor oferta global, a la firma VIALVASA S.R.L., la obra “Distribuidor Santa Ana y Azcuénaga”, en la suma total de Pesos Cien millones cuatrocientos mil novecientos once con 15/100 ($100.460.911,15). Plazo de ejecución 180 días. Condición de pago: Anticipo 30%, y certificados a 30 días según artículo 10 p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir a la Dirección de Compras a liberar la correspondiente orden de compra según el artículo 1°.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-437-MSM-INT
12/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 840/2025 por el cual se tramita la adquisición de tubo de rayos para tomógrafo, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y CONSIDERANDO: QUE, de acuerdo a lo manifestado por la Unidad Ejecutora: “… en virtud del Cláusula 3, art. 3 del comodato N°000436-2024 solicito la adquisición del tubo de tomografía necesario para el correcto funcionamiento del equipo General Electric, Brightspeed, Model 5182488, N° de serie 280099HM3. La compra resulta imprescindible para garantizar la continuidad de los estudios de diagnósticos y cumplimiento de los servicios prestados a nuestros pacientes…”, es necesaria la contratación requerida a fin de velar por el correcto funcionamiento de los elementos recibidos en los términos del comodato suscripto con la firma EL PANTA SA;
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre dicha firma y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 436/24, del 01 de Noviembre de 2024, este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 3 años un tomógrafo CT Scanner Brand General Electric, Brightspeed, Model 5182488, N° de serie 280099HM3 y de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Tercera “… LA MUNICIPALIDAD asumirá las siguientes obligaciones frente a EL PANTA SA … III) LA MUNICIPALIDAD se compromete a adquirir el tubo de rayos x IV) LA MUNICIPALIDAD se compromete a realizar el mantenimiento preventivo del EQUIPAMIENTO con EL PANTA S.A., solventando los arreglos y/o repuestos que pudiese necesitar….”;
QUE, en consecuencia, este departamento ejecutivo considera dictar el acto administrativo.
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en virtud de los términos del Comodato registrado bajo Convenio B N° 436/24, Cláusula TERCERA, al proveedor EL PANTA S.A, la adquisición de tubo de rayos para tomógrafo, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Cincuenta y cuatro millones ciento once mil doscientos con 00/100 ($54.111.200,00.-) Condición de pago: dentro de los 07 días, fecha recepción factura.
ARTÍCULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretaria de Salud, de Economía y de Gobierno
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar, publicar, y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-438-MSM-INT
13/02/2025
VISTO, el expediente administrativo Nº 14111/24 por el que se tramita la Licitación Pública N° 12/25, solicitud de pedido 5044/2024 y su copia 199/2025 para la obra “Apertura Chapeaurouge entre Paraguay y Jujuy”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Obras y Espacio Público, a través de su señor Secretario, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo, “…se constata que las propuestas presentadas cumplimentan debidamente las condiciones de precalificación establecidas en los pliegos licitatorios.,.. Apreciadas las proposiciones presentadas por dichas Empresas, resulta que la oferta mejor calificada técnica y económicamente corresponde a la firma TRANS-PLUSS.R.L., por presentar la mejor propuesta económica global y acompañar antecedentes técnicos que avalan su experiencia en la ejecución de obras de similar magnitud, motivo por el cual es opinión de esta Secretaría que la empresa mencionada debe ser PREADJUDICATARIA en la licitación de referencia…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 12/25, a la firma Trans-Plus S.R.L., por resultar ésta la más conveniente;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe respaldatorio, de la Secretaría de Obras y Espacio Público por ser la oferta mejor calificada técnica y económicamente con menor oferta global, a la firma TRANS PLUS S.R.L., la obra “Apertura Chapeaurouge entre Paraguay y Jujuy”, en la suma total de Pesos Mil quinientos veinticinco millones seiscientos cincuenta y ocho mil quinientos ($1.525.658.500,00). Plazo de ejecución 180 días. Condición de pago: Anticipo 30%, y certificados a 30 días según artículo 10 p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir a la Dirección de Compras a liberar la correspondiente orden de compra según el artículo 1°.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-439-MSM-INT
13/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14242/24 solicitud de pedido N°5082/24 y su copia 311/25, por el que tramita la Licitación Pública N° 18/25 por el servicio de aprovisionamiento de alimentos Secos, destinados a Hospitales Municipales dependientes de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Unidad Ejecutora, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cuales son las ofertas más convenientes, “…para la provisión de Alimentos Secos, para el Hospital Larcade y Hospital San Miguel Arcángel que, en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar por menor precio a la firma:
– PANIFICADORA JOSE C PAZ S.A. – ITEM N° 1 – 3 – 5 – 22 – 23 – 25 – 27 – 29 – 31 – 32 – 34 – 36 – 38 – 39 – 52 – 53 – 55 – 57 – 66 – 67 – 74 – 75 – 77 – 79 – 81 – 86 – 88 – 89 – 90 – 103 – 104 – DISTRIBUIDORA HERMAR S.R.L. – ITEM N° 2 – 11 – 12 – 13 – 14 – 15 – 16 – 17 – 18 – 19 – 20 – 24 – 26 – 28 – 33 – 37 – 44 – 45 – 47 – 54 – 63 – 64 – 65 – 68 – 69 – 70 – 71 – 72 – 73 – 76 – 78 – 80 – 85 – 95 – 96 – 98
– DISTRIBUIDORA COFEX S.R.L. – N° 4 – 30 – 35 – 56 – 82 – 83 – 87
– TINTENFISH S.A.– N° 6 – 7 – 9 – 21 – 49 – 58 – 59 – 61 – 84 – 100
– FORAIN S.A.– N° 8 – 10 – 40 – 46 – 48 – 50 – 51 – 60 – 62 – 91- 97 – 99 – 101 – 102
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 18/25, a las firmas Panificadora Jose C. Paz S.A., Distribuidora Hermar S.R.L., Distribuidora Cofex S.R.L., Tintenfisch S.A. y Forain S.A. por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de alimentos a granel Secos, destinados a Hospitales Municipales, dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 PANIFICADORA JOSE C. PAZ S.A., por menor precio, los ítems N° 1 – 3 – 5 – 22 – 23 – 25 – 27 – 29 – 31 – 32 – 34 – 36 – 38 – 39 – 52 – 53 – 55 – 57 – 66 – 67 – 74 – 75 – 77 – 79 – 81 – 86 – 88 – 89 – 90 – 103 – 104. En la suma total de Pesos Trece millones cuatrocientos un mil novecientos treinta y cinco con 16/100 ($ 13.401.935,16).
1.2 DISTRIBUIDORA HERMAR S.R.L. por menor precio, los ítems N° 2 – 11 – 12 – 13 – 14 – 15 – 16 – 17 – 18 – 19 – 20 – 24 – 26 – 28 – 33 – 37 – 44 – 45 – 47 – 54 – 63 – 64 – 65 – 68 – 69 – 70 – 71 – 72 – 73 – 76 – 78 – 80 – 85 – 95 – 96 – 98. En la suma total de Pesos Catorce millones quinientos veintidós mil ochocientos uno con 49/100 ($14.522.801,49).
1.3 DISTRIBUIDORA COFEX S.R.L. por menor precio, los ítems N° 4 – 30 – 35 – 56 – 82 – 83 – 87. En la suma total de Pesos Un millón setecientos treinta y un mil setecientos treinta y dos ($1.731.732,00).
1.4 TINTENFISCH S.A. por menor precio, los ítems N° 6 – 7 – 9 – 21 – 49 – 58 – 59 – 61 – 84 – 100. En la suma total de Pesos Dos millones trescientos ochenta y cinco mil cincuenta y seis con 74/100 ($2.385.056,74).
1.5 FORAIN S.A. por menor precio, los ítems N° 8 – 10 – 40 – 46 – 48 – 50 – 51 – 60 – 62 – 91- 97 – 99 – 101 – 102. En la suma total de Pesos Diez millones seiscientos cincuenta y dos mil noventa y seis con 10/100 ($10.652.096,10). Condición de pago dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-440-MSM-INT
13/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14106/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 05/25, solicitud de pedido 4403/2024 y su copia 104/2025 por el servicio de aprovisionamiento de Medicamentos, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando …Análisis técnico… se aprueban las marcas Tecsolpar y Braun por experiencia de uso, …en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar: Por menor precio a la firma:
DNM FARMA S.A. – Ítem nº1. 13. 28. 31. 51. 52. 55. 66. 77. 80. 81. 91. 110. 115. 141. 155. 158. 164. 176. 180. 196. 197. 198. 250. 256. 269. 278. 288. 302. 307. 309. 311. 322.
DROGUERIA VARADERO S.A. – Ítem nº2. 5. 7. 53. 68. 71. 75. 79. 82. 83. 86. 87. 90. 97. 98. 140. 147. 149. 150. 193. 200. 201. 204. 219. 220. 264. 268. 273. 279. 295. 300. 301. 303. 324. MG INSUMOS S.A. – Ítem nº3. 9. 10. 36. 69. 74. 96. 99. 104. 135. 167. 188. 205. 207. 208. 210. 229. 232. 233. 237. 241. 246. 247. 249. 265. 272. 308.
GLAMAMED S.A. – Ítem nº4. 8. 30. 61. 101. 103. 107. 130. 131. 144. 170. 171. 190. 203. 228. 239. 242. 298. 306. 317.
SUIZO ARGENTINA S.A. – Ítem nº6. 11. 14. 15. 29. 40. 44. 48. 54. 56. 57. 60. 73. 78. 85. 89. 109. 120. 125. 126. 145. 146. 151. 159. 163. 168. 182. 194. 199. 212. 214. 221. 227. 240. 252. 254. 255. 260. 266. 267. 270. 275. 276. 283. 304. 320. 321. 323.
ALFARMA S.R.L. – Ítem nº12. 16. 19. 23. 26. 34. 35. 42. 43. 47. 88. 94. 95. 100. 108. 113. 118. 121. 122. 123. 124. 127. 128. 133. 134. 152. 161. 162. 166. 169. 173. 174. 179. 181. 192. 195. 202. 209. 211. 218. 224. 225. 230. 231. 234. 235. 236. 244. 257. 261. 262. 281. 289. 290. 292. 294. 312.
LUMEDIC S.A. – Ítem nº17. 24. 37. 76. 139. 142. 143. 160. 175. 186. 187. 189. 191. 271. 274. 285. 293.
DONNAX GROUP S.A. – Ítem nº20. 27. 32. 41. 58. 59. 105. 106. 153. 172. 177. 178. 184. 185. 206. 213. 215. 216. 223. 238. 299. 316.
FERAVAL S.A. – Ítem nº67.
Por calidad a la firma:
DROGUERIA VARADERO S.A. – Ítem nº21. 63. 72. 92. 119. 136. 258. 287. 319. LUMEDIC S.A. – Ítem nº25. 65. 137. 217. 297.
GLAMAMED S.A. – Ítem nº33. 46. 93. 251. 282.
SUIZO ARGENTINA S.A. – Ítem nº38. 45. 50. 62. 64. 70. 111. 112. 116. 154. 165. 222. 243. 245. 284. 286. 296. 305. 313. 314. 318.
DONNAX GROUP S.A. – Ítem nº39. 84. 114. 315.
DNM FARMA S.A. – Ítem nº49. 102. 117. 148. 156. 226. 259. 277. 310.
MG INSUMOS S.A. – Ítem nº129. 157. 280. 291.
FERAVAL S.A. – Ítem nº132. 253.
Por ajustarse al vencimiento requerido:
GLAMAMED S.A. – Ítem nº18.
SUIZO ARGENTINA S.A. – Ítem nº22.138.
DROGUERIA VARADERO S.A. – Ítem nº248.
DNM FARMA S.A. – Ítem nº183.
FERAVAL S.A. – Ítem nº263
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 01/25, a las firmas DNM Farma S.A., Droguería Varadero S.A., MG Insumos S.A., Glamamed S.A., Suizo Argentina S.A., Alfarma S.R.L, LUMEDIC S.A., Donnax Group S.A., Feraval S.A.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Medicamentos, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera, los ítems N°:
1. 1 DNM FARMA S.A., por menor precio: 1. 13. 28. 31. 51. 52. 55. 66. 77. 80. 81. 91. 110. 115. 141. 155. 158. 164. 176. 180. 196. 197. 198. 250. 256. 269. 278. 288. 302. 307. 309. 311. 322. por calidad: 49. 102. 117. 148. 156. 226. 259. 277. 310. por calidad (venc.): 183. En la suma total de Pesos Doscientos treinta y cinco millones seiscientos mil setenta y dos con 85/100 ($235.600.072,85).
1. 2 DROGUERIA VARADERO S.A., por menor precio: 2. 5. 7. 53. 68. 71. 75. 79. 82. 83. 86. 87. 90. 97. 98. 140. 147. 149. 150. 193. 200. 201. 204. 219. 220. 264. 268. 273. 279. 295. 300. 301. 303. 324. por calidad: 21. 63. 72. 92. 119. 136. 258. 287. 319. por calidad (venc.): 248. En la suma total de Pesos Noventa millones treinta y un mil seiscientos tres con 50/100 ($90.031.603,50).
1. 3 MG INSUMOS S.A. por menor precio: 3. 9. 10. 36. 69. 74. 96. 99. 104. 135. 167. 188. 205. 207. 208. 210. 229. 232. 233. 237. 241. 246. 247. 249. 265. 272. 308. por calidad: 129. 157. 280. 291. En la suma total de Pesos Ciento veinte millones trescientos setenta y siete mil novecientos cuarenta y uno ($120.377.941,00).
1. 4 GLAMAMED S.A. por menor precio: 4. 8. 30. 61. 101. 103. 107. 130. 131. 144. 170. 171. 190. 203. 228. 239. 242. 298. 306. 317. por calidad: 33. 46. 93. 251. 282. por calidad (venc.): 18. En la suma total de Pesos Cincuenta y seis millones doscientos ochenta y tres mil doscientos setenta y uno con 60/100 ($56.283.271,60).
1. 5 SUIZO ARGENTINA S.A. por menor precio: 6. 11. 14. 15. 29. 40. 44. 48. 54. 56. 57. 60. 73. 78. 85. 89. 109. 120. 125. 126. 145. 146. 151. 159. 163. 168. 182. 194. 199. 212. 214. 221. 227. 240. 252. 254. 255. 260. 266. 267. 270. 275. 276. 283. 304. 320. 321. 323. por calidad: 38. 45. 50. 62. 64. 70. 111. 112. 116. 154. 165. 222. 243. 245. 284. 286. 296. 305. 313. 314. 318. por calidad (ven.): 22. 138. En la suma total de Pesos Noventa y dos millones quinientos dos mil doscientos setenta y nueve con 97/100 ($92.502.279,97).
1. 6 ALFARMA S.R.L. por menor precio: 12. 16. 19. 23. 26. 34. 35. 42. 43. 47. 88. 94. 95. 100. 108. 113. 118. 121. 122. 123. 124. 127. 128. 133. 134. 152. 161. 162. 166. 169. 173. 174. 179. 181. 192. 195. 202. 209. 211. 218. 224. 225. 230. 231. 234. 235. 236. 244. 257. 261. 262. 281. 289. 290. 292. 294. 312. En la suma total de Pesos Ciento cincuenta y siete millones ciento setenta y nueve mil cuatrocientos veintinueve con 70/100 ($157.179.429,70).
1. 7 LUMEDIC S.A. por menor precio: 17. 24. 37. 76. 139. 142. 143. 160. 175. 186. 187. 189. 191. 271. 274. 285. 293. por calidad: 25. 65. 137. 217. 297. En la suma total de Pesos Sesenta y nueve millones ochocientos treinta y seis mil ochocientos diecinueve ($69.836.819,00).
1. 8 DONNAX GROUP S.A. por menor precio: 20. 27. 32. 41. 58. 59. 105. 106. 153. 172. 177. 178. 184. 185. 206. 213. 215. 216. 223. 238. 299. 316. por calidad: 39. 84. 114. 315. En la suma total de Pesos Ochenta y tres millones setecientos sesenta y cinco mil setecientos treinta y cinco ($83.765.735,00).
1. 9 FERAVAL S.A. por menor precio: 67. por calidad: 132. 253. por calidad (venc.): 263
En la suma total de Pesos Seis millones cuatrocientos treinta mil cuatrocientos cincuenta ($6.430.450,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-441-MSM-INT
13/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14105/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 02/25, solicitud de pedido 4238/2024 y su copia 101/2025 por el servicio de aprovisionamiento de Insumos Nutrición, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar: Por menor precio a la firma:
DNM FARMA S.A. Ítem Nº: 1.4.9.10.11.12.14.17.19.20.
MEDIPACK S.A. Ítem Nº: 2.3.5.13.15.16
DROGUERIA LUMA S.A. Ítem Nº: 6.
MG INSUMOS S.A. Ítems N°: 7.8.18.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 02/25, a las firmas DNM Farma S.A., Medipack S.A., Droguería Luma S.A. y MG Insumos S.A.,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Insumos Nutrición, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 DNM FARMA S.A., por menor precio Ítem Nº: 1.4.9.10.11.12.14.17.19.20. En la suma total de Pesos Veinticinco millones trescientos noventa y siete mil seiscientos cuarenta y seis con 95/100 ($25.397.646,95)
1.2 MEDIPACK S.A., por menor precio Ítem N°: 2.3.5.13.15.16. En la suma total de Pesos Treinta y dos millones ciento cuarenta y cuatro mil sesenta ($32.144.060,00).
1.3 DROGUERIA LUMA S.A., por menor precio Ítem Nº: 6. En la suma total de Pesos Veintiún millones novecientos mil ($21.900.000,00).
1.4 MG INSUMOS S.A., por menor precio Ítem Nº: 7.8.18. En la suma total de Pesos Veintidós millones cuatrocientos veintitrés mil ochocientos ($22.423.800,00). Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-449-MSM-INT
14/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14726/2025 por el que tramita la Licitación Privada N°15/2025, por la provisión de quipos de computación, para la Subsecretaria de Modernización, dependientes de Jefatura de Gabinete, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, según transcribe “…sugerimos la adjudicación de la presente Licitación por oferta económica más baja al Proveedor Dot 4 SA”;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de Jefatura de Gabinete, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada N.º 15/2025, a la firma Dot 4 SA, por resultar ésta las más convenientes para el Municipio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la provisión de equipos de computación, para la Subsecretaria de Modernización dependientes de Jefatura de Gabinete, del Municipio de San Miguel, a la firma Dot 4 SA, por mejor precio, en la suma total de Pesos ochenta y cuatro millones setecientos setenta y cinco mil seiscientos ($84.775.600,00). Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de facturas.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Jefatura de Gabinete.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-450-MSM-INT
14/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14240/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 16/25, solicitud de pedido 5119/2024 y su copia 108/2025 por el servicio de aprovisionamiento de Suturas, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar;
Por menor precio a la firma:
SEDESA S.A. Ítem: nº1. 2. 3. 6. 11. 12. 13. 14. 15. 22. 26. 44. 45.
EUROSWISS S.A. Ítem: nº7. 8. 16. 17. 21. 23. 24. 25. 32. 34. 36. 37. 38. 40. 41. 42. 43. 47.
Por calidad a la firma:
SEDESA S.A. Ítem: nº4. 5. 9. 10. 18. 19. 20. 27. 28. 29. 30. 31. 33. 35. 39. 46. 48. 49.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 16/25, a las firmas Sedesa S.A., Euroswiss S.A.;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Suturas, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 SEDESA S.A.
por menor precio Ítem N°: 1. 2. 3. 6. 11. 12. 13. 14. 15. 22. 26. 44. 45.
por calidad Ítem N°: 4. 5. 9. 10. 18. 19. 20. 27. 28. 29. 30. 31. 33. 35. 39. 46. 48. 49.
En la suma total de Pesos Cincuenta y cuatro millones trescientos noventa y seis mil setecientos cuatro con 66/100 ($54.396.704,66).
1.2 EUROSWISS S.A.
por menor precio Ítem N°: 7. 8. 16. 17. 21. 23. 24. 25. 32. 34. 36. 37. 38. 40. 41. 42. 43. 47.
En la suma total de Pesos Veintinueve millones setecientos noventa y un mil setecientos doce ($29.791.712,00). Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-453-MSM-INT
17/02/2025
VISTO la necesidad de contratar personal idóneo para realizar el mantenimiento y soporte del portal web y configurador de trámites on-line de Ventanilla Única; y
CONSIDERANDO:
QUE la Subsecretaria de Modernización, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializada;
QUE, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
QUE la Secretaría de Jefatura de Gabinete, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-460-MSM-INT
17/02/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº 14098/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 11/25 para la adquisición de alimentos programa Envión, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, analizando los valores, indicando a su criterio cual es la menor oferta global;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sra. Secretaria, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 11/25, a la firma Tux S.A., por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, a la firma TUX S.A., según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por mejor oferta global, la adquisición de alimentos programa Envión, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, en la suma total de Pesos Sesenta y cuatro millones ochocientos diecinueve mil trescientos treinta y seis con 02/100 ($64.819.336,02).
Condición de pago dentro de los 15 días recepción de factura, según artículo 10° del p.c.p., entrega según artículo 13° del p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-461-MSM-INT
17/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 567/2025 a favor de la Sra. Engel, Veronica; y
CONSIDERANDO:
QUE, se trata de una familia monoparental, cuya solicitante posee el Certificado Único de Discapacidad (CUD) y pensión, siendo este su único ingreso, que residen junto a su hijo en condiciones de hacinamiento y precariedad habitacional
QUE, con el propósito de dignificar su calidad de vida, se considera pertinente disponer la ampliación y restauración de la estructura edilicia en la que habita junto a su núcleo familiar
QUE, del informe socioeconómico realizado, y de las solicitudes presentadas por los recurrentes, surge la necesidad de otorgar lo solicitado;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $3.854.000,00 (Pesos tres millones ochocientos cincuenta y cuatro mil) a la Sra Engel, Veronica con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretaria de Infancia y Familia, Sra. Yesica Grillo
DECFC-2025-462-MSM-INT
17/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14108/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 01/25, solicitud de pedido 3945/2024 y 99/2025 por el servicio de aprovisionamiento de Medicamentos psicofarmacos, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando …Análisis técnico… se aprueban las marcas Tecsolpar y Braun por experiencia de uso, …en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar:
Por menor precio a la firma:
– LUMEDIC S.A., Ítem Nº: 1.5.9.10.16.31
– SUIZO ARGENTINA S.A., N°: 2.3.17.21.23.30.40.42
– DNM FARMA S.A. Ítem Nº: 4.6.11.12.14.19.20.22.25.29.33.35.36.38
– PILOÑA S.A. Ítem Nº: 7.13.37.44.45 – MG INSUMOS S.A. Ítem Nº: 8.41
– GLAMAMED S.A. Ítem Nº: 15.26.27
– DROGUERIA LUMA S.A. Ítem Nº: 24.32.
– DROGUERIA VARADERO S.A. Ítem Nº: 28
– FARMED S.A. Ítems N°: 34.39.43 Por ajustarse al vencimiento requerido a la firma:
– MG INSUMOS S.A. Ítem N°: 18.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 01/25, a las firmas LUMEDIC S.A., SUIZO ARGENTINA S.A., DNM FARMA S.A., PILOÑA S.A., MG INSUMOS S.A., GLAMAMED S.A., DROGUERIA LUMA S.A., DROGUERIA VARADERO S.A., FARMED S.A.
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Medicamentos psicofármacos, por un período aproximado trimestral, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. LUMEDIC S.A.,
por menor precio Ítem Nº: 1.5.9.10.16.31
En la suma total de Pesos Siete millones seiscientos cuarenta y dos mil ($7.642.000,00).
1. 2 SUIZO ARGENTINA S.A.,
por menor precio N°: 2.3.17.21.23.30.40.42
En la suma total de Pesos Nueve millones setecientos dieciséis mil ochocientos noventa con 90/100 ($9.716.890,90).
1. 3 DNM FARMA S.A.
por menor precio Ítem Nº: 4.6.11.12.14.19.20.22.25.29.33.35.36.38
En la suma total de Pesos Cincuenta y siete millones setecientos cuarenta y cuatro mil veinte ($57.744.020,00).
1. 4 PILOÑA S.A.
por menor precio Ítem Nº: 7.13.37.44.45
En la suma total de Pesos Un millón ochocientos treinta y tres mil cuatrocientos dieciocho ($1.833.418,00).
1. 5 MG INSUMOS S.A.
por menor precio Ítem Nº: 8.41
por calidad (ajustarse vencimiento requerido) Ítem N°: 18.
En la suma total de Pesos Ocho millones doscientos setenta y siete mil cien ($8.277.100,00).
1. 6 GLAMAMED S.A.
por menor precio Ítem Nº: 15.26.27
En la suma total de Pesos Dos millones doscientos sesenta y cuatro mil novecientos ($2.264.900,00).
1. 7 DROGUERIA LUMA S.A.
por menor precio Ítem Nº: 24.32.
En la suma total de Pesos Quinientos sesenta y dos mil quinientos ($562.500,00).
1. 8 DROGUERIA VARADERO S.A.
por menor precio Ítem Nº: 28
En la suma total de Pesos Un millón ochocientos treinta y siete mil novecientos sesenta y dos ($1.837.962,00).
1. 9 FARMED S.A.
Por calidad Ítems N°: 34.39.43
En la suma total de Pesos Dos millones cuatrocientos sesenta y dos mil seiscientos ($2.462.600,00)
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-463-MSM-INT
17/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14107/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 07/25, solicitud de pedido 4449/2024 y su copia 106/2025 por el servicio de aprovisionamiento Insumos de esterilización, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar:
Por menor precio a la firma:
EUROSWISS S.A. Ítem N°:1.14.15.17.18.19.
GLAMAMED S.A. Ítem Nº: 3.5.6.7.8.16.21.22.23.24.25.26.
HM BIOMEDIC S.A. Ítems N°: 12.
Por calidad a la firma:
GLAMAMED S.A. Ítem Nº: 2.4.9.13.
EUROSWISS S.A. Ítems N°: 10.11.
SEDESA S.A. Ítems N°: 20.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 07/25, a las firmas Euroswiss S.A., Glamamed S.A., HM Biomedic S.A. y Sedesa S.A.,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Insumos de Esterilización, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. EUROSWISS S.A.,
por menor precio Ítem N°:1.14.15.17.18.19.
por calidad Ítem N°: 10.11.
En la suma total de Pesos Ocho millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil doscientos cuatro con 84/100 ($ 8.449.204,84).
1. GLAMAMED S.A.,
por menor precio Ítem N°: 3.5.6.7.8.16.21.22.23.24.25.26.
por calidad Ítem N°: 2.4.9.13.
En la suma total de Pesos Ciento diecisiete millones cuatrocientos noventa y ocho mil setecientos veinticinco con 28/100 ($117.498.725,28).
1. HM BIOMEDIC S.A.
por calidad Ítem Nº: 12.
En la suma total de Pesos Ciento cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta y cuatro ($145.944,00).
1. SEDESA S.A.
por menor precio Ítem Nº: 20.
En la suma total de Pesos Dos millones cuatrocientos dos mil cuatrocientos sesenta ($2.402.460,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-465-MSM-INT
17/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14241/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 17/25, solicitud de pedido 5102/2024 y su copia 110/2025 por el servicio de aprovisionamiento de Desinfectantes, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando …en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar:
Por menor precio a la firma:
DNM FARMA S.A. – Ítem nº 23.
SUIZO ARGENTINA S.A. – Ítem nº 2.3.4.8.
DROGUERIA VARADERO S.A. – Ítem nº 1.10.22.
GLAMAMED S.A. – Ítem nº 11.12.13.16
VOORAF WORDEN S.R.L. – Ítem nº 14.19.20.21.
Por calidad a la firma:
SUIZO ARGENTINA S.A. – Ítem nº 9.17.18.
DROGUERIA VARADERO S.A. – Ítem nº 15.
VOORAF WORDEN S.R.L. – Ítem nº 5.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 17/25, a las firmas DNM Farma S.A., Suizo Argentina S.A., Droguería Varadero S.A., Glamamed S.A., y Vooraf Worden S.R.L.;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Desinfectantes, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera, los ítems N°:
1. 1 DNM FARMA S.A.,
por menor precio: 23.
En la suma total de Pesos Noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve ($99.999,00).
1. 2 SUIZO ARGENTINA S.A.,
por menor precio: 2.3.4.8.
por calidad: 9.17.18.
En la suma total de Pesos Treinta y seis millones trescientos setenta y cinco mil ochocientos ochenta y cuatro con 24/100 ($36.375.884,24).
1. 3 DROGUERIA VARADERO S.A.
por menor precio: 1.10.22.
por calidad: 15.
En la suma total de Pesos Cinco millones doscientos cuarenta y ocho mil setecientos diecinueve con 08/100 ($5.248.719,08).
1. 4 GLAMAMED S.A.
por menor precio: 11.12.13.16. En la suma total de Pesos Quince millones novecientos veintidós mil ciento veintinueve con 80/100 ($15.922.129,80).
1. 5 VOORAF WORDEN S.R.L.
por menor precio: 14.19.20.21.
por calidad: 5.
En la suma total de Pesos Un millón setecientos un mil trescientos trece con 50/100 ($1.701.313,50).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud. ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-465-MSM-INT
17/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14238/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 14/25, solicitud de pedido 5099/2024 y su copia 602/2025, por el servicio de lavandería y esterilización de ropa, destinado a los hospitales municipales y S.A.M.E., dependientes de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas… se sugiere adjudicar por mejor precio a la firma…”;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 14/25, a las firmas Tex Care Argentina S.A., y Lavadero H20 S.A, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, por menor precio según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de lavado hospitalario, dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. TEX CARE ARGENTINA S.A., ítems 1 y 3, Hospital Larcade y Hospital San Miguel Arcángel, en la suma total de Pesos Ciento cuarenta y tres millones doscientos noventa y nueve mil doscientos ($143.299.200,00).
1. LAVADERO H2O S.A. ítem 2, Hospital Santa María y S.A.M.E., en la suma total de Pesos Cuarenta millones quinientos mil ($40.500.000,00).
Condición de pago dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud. ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-466-MSM-INT
17/02/2025
VISTO la obra de restauración a realizar en la Casa Madre del Instituto Hermanas Pobres Bonaerenses de San José; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de un edificio histórico, cuya Capilla y Museos de la Venerable Madre Camila, se encuentran en este Distrito desde hace más de cien años;
QUE la restauración permitirá potenciar las actividades religiosas, educativas, humanitarias y culturales en bien de la población del Distrito;
QUE el edificio histórico cede central de la Congragación de Hermanas Pobres Bonaerenses de José presta sus servicios desde 1880 a niños, adolescentes y familias del Partido;
QUE este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar un subsidio, dictando para ello el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de $ 300.000 (Pesos trescientos mil) al Instituto Hermanas Pobres Bonaerenses de San José, con domicilio en la localidad de Muñiz, para solventar los gastos de restauración de la Casa Madre, el edificio histórico cede central de la Congregación.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-496-MSM-INT
18/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14109/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 04/25, solicitud de pedido 4267/2024 y su copia 103/2025 por el servicio de aprovisionamiento de Descartables especiales, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar:
Por menor precio a la firma:
-ZARATE CLAUDIO
Ítem N°: 1.6. 7. 10. 11. 12. 15. 19. 25. 26. 28. 29. 30. 31. 36. 38. 45. 46. 47. 48. 49. 50. 59. 60. 62. 63. 64. 68. 69. 76. 77. 81. 84. 85. 86. 87. 88. 89. 91. 94. 99. 103. 104. 111. 117. 118. 119. 128. 133. 138. 149. 153. 154.
-HM BIOMEDIC S.R.L.
Ítem N°: 2. 3. 5. 9. 13. 20. 27. 34. 35. 40. 53. 56. 57. 61. 66. 67. 70. 71. 72. 82. 83. 90. 92. 95. 96. 97. 100. 101. 106. 109. 110. 113. 114. 115. 116. 120. 121. 122. 129. 131. 132. 139. 140. 141. 142. 143. 145. 146. 147. 148. 150.
-SEDESA S.A.
Ítem N°: 4. 14. 16. 17. 18. 24. 51. 52. 65. 78. 79. 80. 107. 108. 123. 124. 125. 126. 127. 144.
Por calidad a la firma:
-ZARATE CLAUDIO
Ítem Nº: 8. 23. 37. 58. 73. 74. 75. 93.
-HM BIOMEDIC S.R.L.
Ítem Nº: 32. 33. 41. 42. 43. 44. 98. 102. 130. 152.
-0SEDESA S.A.
Ítem N°: 21. 22. 39. 105. 112. 134. 135. 136. 137. 151.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 04/25, a las firmas Claudio Zarate, HM Biomedic S.A., y Sedesa S.A.,
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Descartables especiales, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. 1 CLAUDIO ZARATE,
por menor precio Ítem N°:1.6. 7. 10. 11. 12. 15. 19. 25. 26. 28. 29. 30. 31. 36. 38. 45. 46. 47. 48. 49. 50. 59. 60. 62. 63. 64. 68. 69. 76. 77. 81. 84. 85. 86. 87. 88. 89. 91. 94. 99. 103. 104. 111. 117. 118. 119. 128. 133. 138. 149. 153. 154.
por calidad Ítem N°: 8. 23. 37. 58. 73. 74. 75. 93.
En la suma total de Pesos Sesenta y seis millones ciento nueve mil trescientos ochenta y cuatro con 66/100 ($66.109.384,66).
1. 2 HM BIOMEDIC S.R.L.,
por menor precio Ítem N°: 2. 3. 5. 9. 13. 20. 27. 34. 35. 40. 53. 56. 57. 61. 66. 67. 70. 71. 72. 82. 83. 90. 92. 95. 96. 97. 100. 101. 106. 109. 110. 113. 114. 115. 116. 120. 121. 122. 129. 131. 132. 139. 140. 141. 142. 143. 145. 146. 147. 148. 150.
por calidad Ítem N°: 32. 33. 41. 42. 43. 44. 98. 102. 130. 152.
En la suma total de Pesos Ochenta y cinco millones ochocientos setenta y ocho mil doscientos sesenta y ocho ($85.878.268,00).
1. 3 SEDESA S.A.
por menor precio Ítem N°: 4. 14. 16. 17. 18. 24. 51. 52. 65. 78. 79. 80. 107. 108. 123. 124. 125. 126. 127. 144.
por calidad Ítem Nº: 21. 22. 39. 105. 112. 134. 135. 136. 137. 151.
En la suma total de Pesos Dieciocho millones doscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos cinco con 43/100 ($18.253.405,43).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud. ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-511-MSM-INT
18/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14669/2025 por el que tramita la Licitación Privada N° 10/2025, por la provisión de hormigón H21, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, según transcribe “…que apreciando lo antes expuesto, esta Secretaria sugiere la adjudicación de los ítems requeridos, por menor precio a la firma: Hormigonera Piuterra SRL…”;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 10/2025, a la firma Hormigonera Piuterra SRL, por resultar ésta las más convenientes para el Municipio.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la provisión de hormigón H21, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma Hormigonera Piuterra SRL, por mejor precio, en la suma total de pesos noventa millones ciento treinta y dos mil novecientos ($90.132.900,00).
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-512-MSM-INT
19/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14367/24 por el que tramita la Licitación Privada N° 04/25- Segundo llamado, por la provisión de materiales para OH Fraga, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, según transcribe “… apreciando los antes expuestos se recomienda la pre adjudicación de la cotización de los ítems requeridos a las firmas:
- Ingratta Nicolas Ingratta Diego Ingratta Fabio SH: ítems 1,3,6,7,8.
- Hormigonera Piuterra SRL: ítem 2.
- Castillos Maria Victoria: ítems 4,5.
- SRB Obras y Servicios SRL: ítem 9.
- G2M SRL: ítems 10,11.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 04/2025, a las firmas Ingratta Nicolas Ingratta Diego Ingratta Fabio SH, Hormigonera Piuterra SRL, Castillos Maria Victoria, SRB Obras y Servicios SRL y G2M SRL, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la provisión de materiales para OH Fraga, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
– Ingratta Nicolás Ingratta Diego Ingratta Fabio SH: por mejor precio los ítems 1,3,6,7,8, En la suma total de Pesos veintiséis millones quinientos veinte mil ($26.520.000,00).
– Hormigonera Piuterra SRL: por mejor precio el ítem 2, en la suma total de Pesos cincuenta y un millones trescientos sesenta y dos mil ochocientos ($51.362.800,00).
– Castillos María Victoria: por mejor precio los ítems, 4,5 en la suma total de Pesos dos millones novecientos treinta y tres mil quinientos ($2.933.500,00).
– SRB Obras y Servicios SRL: por mejor precio el ítem 9, en la suma total de Pesos doscientos veintiocho mil quinientos cuarenta ($228.540,00).
– G2M: por mejor precio los ítems 10,11 en la suma total de Pesos ciento treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta ($137.450,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-513-MSM-INT
19/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14982/25, por el cual tramita la adquisición de 14 camionetas Marca Toyota Modelo Hilux 4×2, DC 2.4, incluye flete, dependiente de la Secretaria de Seguridad del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, se ha consultado presupuesto para vehículos Toyota, Ford, Chevrolet;
QUE, el área requirente ha emitido la solicitud de pedido N° 952/25 tomando como referencia para sus necesidades operativas las camionetas Toyota Hilux 4.2.
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención, produciendo el respectivo informe de adjudicación a la firma TOYOTA ARGENTINA SA.
QUE, los precios de las unidades se encuentran dentro de los valores corrientes de plaza, encuadrándose para la contratación, dentro de los términos del Art. 156° inc. 10 de la L.O.M.;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
Artículo 1º: Adjudicar, en forma directa, conforme a los términos del art. 156° inc. 10º de la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Pcia. de Bs. As., la adquisición de 14 camionetas Marca Toyota Modelo Hilux 4×2, DC 2.4, incluye flete, dependiente de la Secretaria de Seguridad del Municipio de San Miguel, a la Empresa TOYOTA ARGENTINA SA, en la suma total de Pesos Quinientos cuatro millones setecientos sesenta y un mil cuatrocientos diez con 30/100 ($ 504.761.410,30). Condición de pago: Contado contra entrega. Plazo de entrega: A convenir.
Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
Artículo 3º: El gasto que demande el cumplimiento del art. 1º, del presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Seguridad.
Artículo 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-524-MSM-INT
20/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 588/2025 por el cual se tramita la contratación de la instalación y abono mensual del sistema de alarmas para establecimientos educativos del distrito de San Miguel para el período febrero-junio 2025, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma NANO INTEGRAL S.R.L. y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 72/25, del 07 de enero de 2025, este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 5 mes, “… los equipos / dispositivos necesarios para brindar el servicio de Sistema de Alarma a instalarse / instalados en establecimientos educativos que más abajo se detallan (ANEXO I), por un período de 5 meses, renovable automáticamente mediante orden de compra…”;
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la seguridad, cuidado y optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados; QUE, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a la Cláusula Primera del COMODATO registrado bajo Convenio B N° 72/25, del 07 de Enero de 2025, al proveedor NANO INTEGRAL S.R.L, la contratación de la instalación y abono mensual del sistema de alarmas para establecimientos educativos del distrito de San Miguel para el período febrero-junio 2025, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Siete millones quinientos sesenta y cinco con 00/100 ($7.565.000,00). Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2°: Convalidar, el servicio que ocurra desde el 1º de febrero de 2025, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTÍCULO 3°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Seguridad.
ARTÍCULO 6°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-525-MSM-INT
20/02/2025
VISTO el expediente administrativo n° 4130-14731/2025, en el que se solicita la contratación de personal para realizar los exámenes pre-ocupacionales para evaluar la condición física del personal que se encuentra en proceso de incorporación a la Secretaria de Seguridad; y
CONSIDERANDO:
QUE la Secretaria de Seguridad, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializado;
QUE, consultada la Dirección Gral. de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
QUE la Secretaria de Seguridad, solicita se contrate profesional competente, a fin de llevar a cabo actividades referentes a la realización de los exámenes pre-ocupacionales para evaluar la condición física del personal que se encuentra en proceso de incorporación a contratar a la Secretaria de Seguridad;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerandos del presente Decreto.
ARTICULO 2°: Autorizar la contratación del agente para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3°: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1°, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto, será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Seguridad.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, archivar
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-526-MSM-INT
20/02/2025
VISTO el expediente administrativo n° 4130-15012/2025, en el que se solicita la contratación de personal para realizar instrucción y capacitación sobre el uso de dispositivos no letales Byrna al Grupo Alpha y Grupo de acción rápida (G.A.R.) de la Policía Municipal de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE la Secretaria de Seguridad, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializado;
QUE, consultada la Dirección Gral. de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
QUE la Secretaria de Seguridad, solicita se contrate profesional idóneo para realizar instrucción y capacitación sobre el uso de dispositivos no letales Byrna al Grupo Alpha y Grupo de acción rápida (G.A.R) de la Policía Municipal de San Miguel;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerandos del presente Decreto.
ARTICULO 2°: Autorizar la contratación del agente para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3°: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1°, será imputado a través de la Secretaria de Hacienda, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos.
ARTICULO 4°: El presente decreto, será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, y de Seguridad.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-540-MSM-INT
20/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14749/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 16/2025 por la provisión de reactivos sueltos de uso manual y descartables, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, según transcribe “…apreciando lo antes expuesto se recomienda la pre- adjudicación de los ítems requeridos, por menor precio ofertado, como por calidad y marca a las firmas…”:
Hollen A.G. LTDA. SRL: Ítems N° 1,2,3,5,10,11,12,13,14,17,19,20 Y 21.
Soto Viviana Elba: Ítems N° 4,6,8,9,16,18,24,26 y 27.
Zoocios Sociedad de Responsabilidad Limitada: Ítems N° 7,15,22,23,25,28 y 29
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Gobierno, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 16/2025, a las firmas, Hollen A.G. LTDA. SRL, Soto Viviana Elba y Zoocios Sociedad de Responsabilidad Limitada, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO Nº 1: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la provisión de insumos de zoonosis, dependientes de la Secretaría de Gobierno, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
Hollen A.G. LTDA. SRL por mejor precio los Ítems n°1,2,3,5,10,11,12,13,14,17,19,20 Y 21, en la suma total de pesos diecinueve millones quinientos ochenta y tres mil setecientos setenta y siete con 80/100 ($19.583.777,80).
Soto Viviana Elba por mejor precio los Ítems n° 4,6,8,9,16,18,24,26 y 27, en la suma total de pesos once millones seiscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta ($ 11.654.480,00) Zoocios Sociedad de Responsabilidad Limitada por mejor precio los Ítems n° 7,15,22,23,25,28 y 29, en la suma total de pesos nueve millones doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos setenta y cinco con 36/100 ($9.249.475,36).
Condición de Pago inmediato dentro de los 30 días de la recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto Licitatorio.
ARTICULO Nº 2: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTICULO Nº 3: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO Nº 4: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, y de Economía y Finanzas.
ARTICULO Nº 5: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, Archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-541-MSM-INT
21/02/2025
VISTO el expediente Nº 4130-15353/2009 Alc.1 por el cual la empresa “AGROCOMERCIAL S.A.” con C.U.I.T. N° 33-71081707-9, cuya actividad específica es “ELABORACIÓN DE SALAZONES Y EMBUTIDOS FRESCOS”, solicita la obtención del CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL DE PROYECTO, Ley N° 11.459 y sus normas reglamentarias; y
CONSIDERANDO:
QUE de acuerdo al Decreto Provincial N° 531/19, reglamentarios de la Ley Provincial N° 11.459 de Radicación Industrial, el establecimiento industrial mencionado ha cumplimentado con los requerimientos exigidos para la Clasificación del Nivel de Complejidad Ambiental (Fase 1), realizado a través del “Sistema Integrado de Trámites para Desarrollo Territorial”;
QUE de acuerdo a la Disposición digital emitida por el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires (ex OPDS) Nº 274/2020 y a su Certificado de Radicación, el Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) del establecimiento industrial corresponde a 22 puntos, siendo por lo tanto clasificado en SEGUNDA CATEGORÍA;
QUE de acuerdo a la Ordenanza Municipal N° 5/2021, el establecimiento se encuentra instalado en zonificación homologable a “Zona B (Zona mixta)”, la cual resulta apta para el funcionamiento de establecimientos industriales de Primera y Segunda Categoría; Que el 29 de octubre del 2020, obtuvo su Certificado de Aptitud Ambiental, conforme Decreto Municipal N° 1494/2020;
QUE luego de haberse recibido y analizado toda la documentación solicitada por esta Autoridad de Aplicación, se da cumplimiento de la Fase 2;
QUE el día 11 de noviembre de 2024 se realizó la Inspección de Perfeccionamiento del Certificado de Aptitud Ambiental de Proyecto, según Acta de Constatación N° 555755;
QUE, por los informes obrantes, de fojas 318 a 385 del expediente Nº 4130-15353/2009 Alc.1, y según dictamen favorable de la Dirección de Evaluación y Control Ambiental, se comprueba que corresponde la emisión del Certificado de Aptitud Ambiental de Proyecto;
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL DE PROYECTO (CAAP), a la empresa AGROCOMERCIAL S.A.”, con C.U.I.T. N° 33-71081707-9, ubicada en la localidad de Bella Vista, Nomenclatura Catastral: Circ. I; Secc. E; Manz. 1; Parc. 1C, cuya actividad específica es: “ELABORACIÓN DE SALAZONES Y EMBUTIDOS FRESCOS”.
ARTÍCULO 2º: De conformidad con el Anexo I del Decreto Provincial N° 531/2019 y el Anexo I de la Resolución Nº 565/2019, el CAAP tendrá una vigencia de 2 años.
ARTÍCULO 3º: La obtención del presente CAAP no exime a la industria de cumplir con otros requerimientos y certificados exigidos por la normativa ambiental vigente.
ARTÍCULO 4°: Previo al vencimiento determinado en el Artículo 2°, será obligatoria la presentación para la tramitación de la Fase 3 (Obtención del Certificado de Aptitud Ambiental) ante esta autoridad, de la siguiente documentación vigente:
-Actualización de la Auditoría Ambiental en el caso de haber diferencias o modificaciones en las actividades productivas al momento de obtener el Certificado de Aptitud Ambiental.
-Permiso de explotación y vuelco del recurso hídrico, emitido por la Autoridad del Agua.
ARTÍCULO 5°: Será obligatorio la presentación anual ante esta Autoridad de la siguiente copia de documentación:
-Certificado de Habilitación de Aparatos Sometidos a Presión vigente, emitido por el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 6º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano y el Señor Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 7°: Registrar, comunicar, publicar, y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. María de los Milagros Richards
DECFC-2025-542-MSM-INT
21/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14844/25 por el que tramita la Licitación Privada 17/25 por la contratación de la Obra: “Construcción de veredas en distintos puntos del partido”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente, según se transcribe “…De tal análisis se desprende que: – La oferta global presentada por la firma “TRANS-PLUS SRL” resulta la menos onerosa respecto de la cotización efectuada por las firmas: PIUTERRA SA, PROMETIN SA, VIALVASA SRL, JPF GRUPO SAS, SRB OBRAS Y SERVICIOS SRL Y C&I CONSTRUCTORA SA.”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 17/24, a la firma TRANS-PLUS SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
Articulo Nº 1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, la contratación de la Obra: “Construcción de veredas en distintos puntos del partido”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera:
1.1 TRANS-PLUS SRL – por mejor precio. En la suma total de Pesos Ochenta y un millones novecientos cincuenta mil con 00/100 ($81.950.000,00). Condición de pago dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
Articulo Nº 2: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
Articulo Nº 3: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia. Articulo Nº 4: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y de Obras y Espacio Público.
Articulo Nº 5: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido Archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-543-MSM-INT
21/02/2025
VISTO el Expte. 14983/25 por el cual se solicita la adquisición de 12 motos Honda XR300L Tornado incluye patentamiento, flete y alistamiento destinadas a la flota de patrulla motorizada dependiente de la Secretaria de Seguridad de la Municipalidad de San Miguel
CONSIDERANDO:
QUE, se ha consultado presupuesto para motos Honda y Yamaha
QUE, el área requirente ha emitido la solicitud de pedido Nº 954/25 tomando como referencia para sus necesidades operativa motos Honda.
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención, produciendo el respectivo informe de adjudicación a la firma SUCESION DE TITTA JORGE.
QUE, los precios de las unidades, se encuentran dentro de los valores corrientes de plaza, encuadrándose para la contratación, dentro de los términos del art. 156° inc. 10 de la L.O.M.,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, en forma directa conforme al art. 156° inc. 10 de la L.O.M. la adquisición de 12 motos Honda XR300L Tornado incluye patentamiento, flete y alistamiento destinadas a la flota de patrulla motorizada dependiente de la Secretaria de Seguridad, a la empresa SUCESION DE TITTA JORGE en la suma total ciento veintiún millones quinientos sesenta y seis mil ($121.566.000,00), plazo de Entrega: a convenir.
ARTICULO 2º- Instruir, a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y Seguridad
ARTICULO 5º- Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, Archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-544-MSM-INT
21/02/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº 14099/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 10/25 para la adquisición de alimentos a granel para Dispositivos Fortalecimiento familiar, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, analizando los valores, indicando a su criterio cual es la menor oferta global;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sra. Secretaria, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 10/25, a la firma Panificadora José C Paz S.A., por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO Nº 1: Adjudicar, a la firma PANIFICADORA JOSE C PAZ S.A., según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por mejor oferta global, la adquisición de alimentos a granel para Dispositivos Fortalecimiento familiar, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, en la suma total de Pesos Setenta y siete millones doscientos mil doscientos cinco con 35/100 ($77.200.205,35).
Condición de pago dentro de los 15 días recepción de factura, según artículo 10° del p.c.p., entrega según artículo 13° del p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO Nº 2: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO Nº 3: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO Nº 4: El presente Decretos será refrendado por los Señores Secretario de Gobierno, de Economía y Finanzas y por la señora Secretaria de Infancia y Familia.
ARTICULO Nº 5: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, Archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-545-MSM-INT
21/02/2025
Visto, el Expte. administrativo Nº 14100/24 por el que tramita la Licitación Pública N° 09/25 para la adquisición de alimentos a granel para CDIF, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, analizando los valores, indicando a su criterio cual es la menor oferta global;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sra. Secretaria, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 09/25, a la firma Panificadora José C Paz S.A., por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO Nº 1: Adjudicar, a la firma PANIFICADORA JOSE C PAZ S.A., según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por mejor oferta global, la adquisición de alimentos a granel para CDIF, dependiente de la Secretaría de Infancia y Familia, en la suma total de Pesos Ciento sesenta y seis millones setecientos noventa y nueve mil novecientos cuarenta y cinco con 70/100 ($166.799.945,70). Condición de pago dentro de los 15 días recepción de factura, según artículo 10° del p.c.p., entrega según artículo 13° del p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO Nº 2: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO Nº 3: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO Nº 4: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y por la señora Secretaria de Infancia y Familia.
ARTICULO Nº 5: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, Archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-546-MSM-INT
25/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 520/2025 por el cual se tramita el servicio de completamiento de base de datos de contribuyentes del municipio (Automotor/TSM/TISH), dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas del Municipio de San Miguel, y,
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que … “En el transcurso del año 2024 se realizó una orden de compra que cubrieron los servicios de cuitificación y depuración de la base municipal con el objetivo de actualizar la base de los contribuyentes, OC 4326/24. Por dicho motivo, a través de la siguiente, se solicita iniciar un suministro según el presupuesto adjunto, por los servicios de mail y número de teléfono, para dar continuidad al proceso comenzado en el año 2024; aplicando el Art. 156 inc. 1 de la Ley Orgánica de Municipalidades, al ser el único oferente capaz de realizar las tareas mencionadas como continuación del servicio…”
QUE, tal como surgen de los antecedentes mencionados y las certificaciones adjuntas, la firma EQUIFAX ARGENTINA SA. ha brindado el servicio de cuitificación, depuración y armado de base de datos de los contribuyentes, permitiendo optimizar las prestaciones brindadas por el Municipio.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º inc. 1º, de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
QUE, dado la conformidad del Secretario de Salud, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según informe respaldatorio de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. I° de la LOM, al proveedor EQUIFAX ARGENTINA SA, el servicio de completamiento de base de datos de contribuyentes del municipio (Automotor/TSM/TISH), dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos catorce millones cuatrocientos nueve mil setecientos treinta y dos con 70/100 ($14.409.732,70).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2°: Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-547-MSM-INT
25/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 560/2025 (copia de solicitud de pedido N° 5274/2024) por el cual se tramita la contratación de honorarios profesionales para el adiestramiento físico del personal perteneciente a la Subsecretaria de Seguridad por el período 1° de febrero al 30 de noviembre de 2025, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel y,
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud de los Contratos de Locación de Servicios de Capacitación suscriptos el Sr. Federico Guidobono y el Municipio de San Miguel, registrados bajo Convenio B N° 85/24, del 25 de Enero de 2024 y Convenio B N° 12/25, del 02 de Enero de 2025, los efectivos de la Subsecretaria de Seguridad recibirán actividades de capacitación en entrenamiento físico y capacitación especial de personal seleccionado para cursos de formación, ascensos y actividades de entrenamiento de la Secretaria de Seguridad, por el período que se extiende del 1° de Febrero al 30 de Noviembre de 2025, “… el servicio será prestado durante los períodos comprendidos entre el 1° de Febrero y 30 de Noviembre de 2025….” y “…El LOCATARIO encomienda al locador la ejecución de las acciones previstas en la cláusula primera y este, de acuerdo a su idoneidad profesional, deberá poner máxima diligencia y eficiencia para alcanzar las metas planteadas…”
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es necesario proceder con la tramitación requerida, por cuanto hace a la profesionalización y capacitación de los efectivos de la mencionada Secretaria.
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera pertinente dictar acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a la Cláusula Tercera de los Contratos de Locación de Servicios de Capacitación registrados bajo Convenio B N° 85/24, del 25 de Enero de 2024 y Convenio B N° 12/25, del 02 de Enero de 2025, al Sr. FEDERICO GUIDOBONO, contratación de honorarios profesionales para el adiestramiento físico del personal perteneciente a la Subsecretaria de Seguridad por el período 1° de febrero al 30 de noviembre de 2025, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Ocho millones ciento sesenta mil con 00/100 ($8.160.000,00). Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2°: Convalidar, el servicio que ocurra desde el 1º de febrero de 2025, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5°: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Seguridad.
ARTÍCULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, Archivar
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-548-MSM-INT
25/02/2025
VISTO el convenio Nº 357-B de fecha 30 de septiembre de 2024, celebrado con la Sociedad Cuerpo de Bomberos Voluntarios de General Sarmiento; y
CONSIDERANDO:
QUE en virtud de la instalación y puesta en funcionamiento del nuevo Destacamento, a ubicarse en la localidad de Bella Vista y siendo valorable la tarea que realizan en el Distrito; y
QUE atento a la necesidad de contar con la colaboración de la mencionada Institución, a fin de aunar esfuerzos para atender las necesidades de los habitantes de este Partido;
QUE este accionar redunda en beneficio de la comunidad, pues el Cuerpo de Bomberos Voluntarios requiere hacer frente a sus cargas de funcionamiento; Que por lo expuesto y teniendo en cuenta que la referida institución realiza una loable, riesgosa y solidaria asistencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar el acto administrativo de estilo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGAR un subsidio de $ 210.000.000 (pesos doscientos diez millones) a la Sociedad Cuerpo de Bomberos Voluntarios de General Sarmiento, con domicilio en la Av. Pte. Juan Domingo Perón 1664 de la ciudad de San Miguel, destinado a solventar los gastos de la obra del nuevo Destacamento y de funcionamiento de la Institución.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-549-MSM-INT
25/02/2025
VISTO la Ordenanza Fiscal y Tarifaria Nº 28/2024 promulgada por DECFC Nº 2024-3818-E-MSM-INT; y
CONSIDERANDO:
QUE mediante la citada Ordenanzas se autoriza al cobro por el dictado de carreras terciarias;
QUE a partir del ciclo lectivo 2025, el Instituto Superior de Formación Docente Técnica San Miguel Arcángel ampliara su oferta académica;
QUE se hace necesario poder financiar los gastos que generarán, tales como el personal docente, mantenimiento de las instalaciones entre otros, en virtud de la incorporación de nuevas Tecnicaturas;
QUE el mencionado Instituto fue creado mediante la Ordenanza N.º 156/97 promulgada por Decreto 1552 de fecha 11 de diciembre de 1997; Que por lo expuesto se hace necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Establézcase a partir del ciclo lectivo 2025, la percepción de cuotas 11 (once) mensuales, equivalentes hasta 21.740 módulos más la Tasa de Seguridad; establecido por los Art. 78º y 98º de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria.
ARTICULO 2º: El ingreso por las cuotas antes descriptas, serán imputadas conforme la Ord. Nº 156/97, en su Art. 14º, a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Educación y Trabajo y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-550-MSM-INT
25/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 991/2025 a favor de Ocampos, Karen Elizabeth en representación del menor Martínez, Matías; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de un niño menor que presenta diversas patologías;
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $459.999,98 (Pesos Cuatrocientos cincuenta y nueve mil novecientos noventa y nueve con noventa y ocho centavos), destinada a la compra de dos valvas Cortas AFO a medida para la beneficiaria Ocampos, Karen Elizabeth en favor del menor Martínez, Matías con domicilio en el Ptdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a los beneficiarios.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia. ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-551-MSM-INT
25/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 861/2025 a favor de la Sra. Páez, Rosa Beatriz; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia numerosa, donde varios integrantes presentan discapacidad con CUD y pensión, que viven en situación de precariedad y riesgo habitacional;
QUE, oportunamente, se le ha otorgado un primer subsidio por materiales de construcción bajo el Decreto N° DECFC-2024-3449-E-MSM-INT, pedido de suministro Nº 4916/2024;
QUE, se ha constatado que la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la familia al momento de iniciado el trámite, subsiste a la fecha;
QUE de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente.
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia.
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $1.838.571,60.- (Pesos Un millón ochocientos treinta y ocho mil quinientos setenta y uno con sesenta centavos) a la Sra. Páez, Rosa Beatriz, con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-552-MSM-INT
25/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 891/2025 a favor del Sr. Pacheco, Mariana Jeanette; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia Monoparental que, debido a un siniestro causado por un incendio de grandes dimensiones, su vivienda sufrió daños parciales y no cuentan con los ingresos suficientes para la reconstrucción de su hogar;
QUE de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente.
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia.
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $508.326,52. (Pesos Quinientos ocho mil trescientos veintiséis mil con cincuenta y dos centavos) a la Sra. Pacheco, Mariana Jeanette, con domicilio en Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-553-MSM-INT
25/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14736/25 por el que tramita la Licitación Privada 13/25 SEGUNDO LLAMADO por la adquisición de hidroelevador dependiente de la Secretaría de Obras y Espacios Publico del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretaría de Obras y Espacios Publico se propicia la adjudicación de la Licitación privada Nº 13/25 SEGUNDO LLAMADO, a la firma ANDRES BERTOTTO SAIC por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO Nº 1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora por la adquisición de hidroelevado dependiente de la Secretaría de Obras y Espacios Publico, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. ANDRES BERTOTTO SAIC por menor precio la suma total Pesos treinta millones ochocientos ochenta y dos mil doscientos sesenta y nueve con 28/100 ($30.882.269,28).
Condición de pago inmediato, dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO Nº 2: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTICULO Nº 3: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO Nº 4: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Obras y Espacios Públicos
ARTICULO Nº 5: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, Archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle
DECFC-2025-582-MSM-INT
26/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14837/25 por el que tramita la Licitación Privada 18/25 por la adquisición de prendas de vestir destinado al personal de coordinación territorial dependiente de la Secretaría de Gobierno del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretaría de Gobiernos se propicia la adjudicación de la Licitación privada Nº 18/25, a las firmas DK-TEX SA Y DEL VALLE GATTI LEONARDO por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora por la adquisición de prendas de vestir destinado al personal de coordinación territorial dependiente de la Secretaría de Gobierno, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. 1 DK-TEX SA: ítems 7 por menor precio a la suma seiscientos cuarenta mil ($640.000,00).
1. 2 DEL VALLE GATTI LEONARDO: los ítems 1.4.5.6 por menor precio y por calidad los Ítems
2.3 a la suma total de cuarenta y dos millones novecientos setenta y cinco mil trescientos diez ($42.975.310,00).
Condición de pago inmediato, dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-583-MSM-INT
26/02/2025
VISTO el expediente N° 14860/2025 y la necesidad de contratar Personal Licenciado en Nutrición para que se desarrollen los módulos MESA Y SAE; y
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Educación y Trabajo, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializada;
QUE, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
QUE la Secretaría de Educación y Trabajo, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-584-MSM-INT
26/02/2025
VISTO lo establecido en la Ordenanza Fiscal 28/2024 en cuanto a las fechas de vencimiento de los distintos tributos y derechos aprobados; y
CONSIDERANDO:
QUE mediante el artículo 70º de la Ordenanza Fiscal Vigente se establece que la Tasa por Servicios Municipales será mensual o bimestral, acordándole a este Departamento Ejecutivo la potestad de fijar su vencimiento;
QUE asimismo el artículo 115º establece el período fiscal para el pago de la Tasa por Seguridad e Higiene, conforme las modalidades que prevé la Ordenanza Tarifaria;
QUE el artículo 132º de la misma Ordenanza Fiscal ha determinado que el vencimiento en cuanto a la forma, condiciones y plazos de pago de la Tasa por Publicidad y Propaganda también será fijado por este Departamento Ejecutivo;
QUE mediante la Ley 13010 y su modificatorias se transfirió el cobro a los Municipios de los créditos fiscales en concepto de deuda por el Impuesto a los automotores, debiendo cada Municipio, instrumentarlo en función de la radicación de los automotores, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 228º de la Ley 10.397 Texto Ordenado 2011 y sus Leyes modificatorias 15079 – artículo 42º;
QUE mediante el artículo 174º de la Ordenanza Fiscal vigente, se establece que la Tasa por moto vehículos, será conforme al calendario que fije el Departamento Ejecutivo.
QUE las decisiones respecto al establecimiento de los calendarios de pago deben adoptarse con una antelación suficiente de modo que los contribuyentes los conozcan con una adecuada anticipación para poder cumplir en forma conveniente con sus obligaciones tributarias;
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: FIJANSE las fechas de vencimiento de la Tasa por Servicios Municipales, de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Tasa por Publicidad y Propaganda, Verificación de Estructuras, Tasa a las motos vehículos e Impuesto al Automotor según Ley 13.010 y sus modificatorias, percepción periódica al Ejercicio 2025, de acuerdo a lo establecido en el Anexo I, que forma parte integrante de este Decreto.
ARTICULO 2º: AUTORÍZASE a la Secretaría de Economía y Finanzas a establecer, en los casos en que lo considere razonable y conveniente, fecha límite posterior a los vencimientos generales fijados en el artículo anterior, para el pago tardío por intermedio de la red de cobranzas descentralizadas. A tal fin podrá reimprimirse en las respectivas emisiones, el monto de las multas y recargo, en casos de que se encuentren debidamente establecido, a ingresar, conjuntamente con el tributo vencido.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-596-MSM-INT
27/02/2025
VISTO el oficio judicial “Coronel Lautaro S/ Internación” (Expte 31396) del Juzgado de Familia Nº 1 con sede en San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de un adolescente, con problemas de adicciones, encontrándose internado en el Hospital Raúl. F. Larcade; Que el Juzgado antes mencionado resolvió la internación involuntaria del menor en la Asociación Civil Reconocerse, para ser tratado por su patología;
QUE “Reconocerse” envió periodo de tratamiento por rehabilitación de adicciones y/o patología asociada (consumo problemático);
QUE en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 3.000.000.- (Pesos tres millones), pagadero en 3 (tres) cuotas iguales y consecutivas mensuales de $ 1.000.000 (Pesos un millón) al menor Coronel Lautaro Daniel, con domicilio en el Partido de San Miguel, para afrontar los gastos de internación. Debiéndose realizar el pago a “Reconocerse” Programa Minnesota- Comunidad Terapéutica de rehabilitación, tratamiento, prevención e investigación de las adicciones y patologías asociadas.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente, del Presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que la Institución deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanza (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas y por la señora Secretaria de Infancia y Familia.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-597-MSM-INT
27/02/2025
VISTO el expediente 4130-14943/25, mediante el cual se solicita la contratación de personal idóneo para llevar a cabo tareas de consultoría en ciberseguridad; y
CONSIDERANDO:
QUE la Subsecretaría de Modernización, necesita la contratación de personal para coordinar y evaluar el desempeño del equipo local de seguridad informática;
QUE el objetivo es coordinar y evaluar el desempeño, indicando debilidades para un posterior tratamiento;
QUE, consultada la Dirección Gral. de Recursos Humanos, informa que no existe en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado con las características solicitadas;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación de un personal idóneo, para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-598-MSM-INT
27/02/2025
VISTO el expediente administrativo N° 4130-14703/2025, en el que se solicita la contratación de un arquitecto, programador, Licenciado en Informática, Técnico en Análisis de Sistemas, Ingeniero Industrial, Ingeniero Civil, Ingeniero en Sistemas y Licenciado en Administración de Empresas; y
CONSIDERANDO:
QUE la Subsecretaria de Modernización, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializada;
QUE, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
QUE la Secretaría de Jefatura de Gabinete, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno, de Economía y Finanzas y Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-599-MSM-INT
27/02/2025
VISTO la necesidad de contratar personal idóneo para llevar a cabo las tareas de Revisión, optimización, análisis y mejora de contenido y usabilidad en la página web institucional; y
CONSIDERANDO:
QUE la Subsecretaria de Modernización, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializada;
QUE, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
QUE la Secretaría de Jefatura de Gabinete, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
DECFC-2025-600-MSM-INT
27/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1018/2025 a favor de la Sra. Urraco, Natalia Raquel; y
CONSIDERANDO: Que se trata de una familia nuclear, a cargo de dos menores que presentan discapacidad con CUD, no cuentan con agua potable y no poseen los recursos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda la instalación de la estructura necesaria para poder tener agua potable en su hogar;
Que, oportunamente, se le ha otorgado un primer subsidio por materiales de construcción bajo el Decreto N° DECFC-2024-423-E-MSM-INT, pedido de suministro Nº 838/2025;
Que, se ha constatado que la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la familia al momento de iniciado el trámite, subsiste a la fecha;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente.
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de hasta $710.290,69- (Pesos setecientos diez mil doscientos noventa con sesenta y nueve centavos) a la Sra. Urraco, Natalia Raquel, con domicilio en el Pdo. de San Miguel, por una perforación completa para equipo de compresor.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-601-MSM-INT
27/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1006/2025 a favor de la Sra. Medina Norma Beatriz; y
CONSIDERANDO:
QUE se trata de una familia que convive en una situación de hacinamiento, y no cuentan con los recursos necesarios para poder remendar y mejorar las condiciones de su hogar;
QUE, oportunamente, se le ha otorgado un primer subsidio por materiales de construcción bajo el Decreto N° DECFC-2024-3792-E-MSM-INT, pedido de suministro Nº 5023/2024;
QUE, se ha constatado que la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la familia al momento de iniciado el trámite, subsiste a la fecha;
QUE de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por la recurrente.
QUE la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia. Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de materiales de construcción de hasta $903.028,72.- (Pesos novecientos tres mil veintiocho con setenta y dos centavos) a la Sra. Medina, Norma Beatriz, con domicilio en el Pdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Economía y Finanzas y de Gobierno
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-602-MSM-INT
27/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1061/2025 a favor del Sr. Verón, Ángel Alberto; y
CONSIDERANDO:
Que el solicitante presenta diversas patologías y no cuenta con los recursos necesarios para afrontar el gasto que demanda la adquisición de la prótesis;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $6.500.000,00 (Pesos seis millones quinientos mil), destinada a la compra de prótesis ortopédica a medida para el beneficiario Verón, Ángel Alberto con domicilio en el Ptdo. de San Miguel.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3°: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega a los beneficiarios.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-603-MSM-INT
27/02/2025
VISTO la solicitud de pedido Nº 1001/2025 a favor de la Sra. López, Iara Jacqueline; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una familia compuesta por dos adultos mayores que viven a en una situación de precariedad habitacional y déficit sanitario;
Que no cuentan con los recursos suficientes para poder afrontar los gastos que demanda la instalación de la estructura necesaria para poder tener agua potable en su hogar;
Que el acceso al agua potable es de vital necesidad;
Que de la encuesta socio ambiental se establece el otorgamiento de lo solicitado, por el recurrente.
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia.
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de hasta $2.690.00,00.- (Pesos dos millones seiscientos noventa mil) a la Sra. López, Iara Jacqueline con domicilio en el Pdo. de San Miguel, por una perforación completa para equipo de compresor.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-604-MSM-INT
27/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14784/25 por el que tramita la Licitación Privada 19/25 por la reparación de paradas seguras de dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretaría de Seguridad se propicia la adjudicación de la Licitación privada Nº 19/25, a la firma ARBRAVIN SRL por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora reparación de paradas seguras dependiente de la Secretaría de Seguridad, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. ARBRAVIN SRL por menor precio la suma total de cincuenta y cuatro millones novecientos noventa y seis mil quinientos ($54.996.500,00) Condición de pago inmediato, dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTICULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Seguridad.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-605-MSM-INT
27/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14786/25 por el que tramita la Licitación Privada 22/25 por la adquisición de calzado de seguridad destinado al personal de dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretaría de Seguridad se propicia la adjudicación de la Licitación privada Nº 22/25, a la firma DEL VALLE GATTI LEONARDO por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora adquisición de calzado de seguridad destinado al personal de dependiente de la Secretaría de Seguridad, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. DEL VALLE GATTI LEONARDO por menor precio la suma total de treinta y cuatro millones setecientos setenta y cinco mil setecientos cuatro ($34.775.704,00)
Condición de pago inmediato, dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTICULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Seguridad.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-606-MSM-INT
27/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14847/25 por el que tramita la Licitación Privada 21/25 por la adquisición de uniformes dependiente de la Secretaría de Seguridad del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretaría de Seguridad se propicia la adjudicación de la Licitación privada Nº 21/25, a la firma DEL VALLE GATTI LEONARDO por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO Nº 1: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora adquisición de uniformes dependiente de la Secretaría de Seguridad, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera:
1. DEL VALLE GATTI LEONARDO por menor precio la suma total de setenta y ocho millones ochenta y cinco mil quinientos cincuenta ($78.085.550,00)
Condición de pago inmediato, dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO Nº 2: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTICULO Nº 3: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO Nº 4: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Seguridad.
ARTICULO Nº 5: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, Archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-607-MSM-INT
27/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14835/25 por el que tramita la Licitación Privada N° 20/25, por provisión de alimentos secos destinados a Asistencia Critica dependiente de la Secretaria de Infancia y Familia del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Infancia y Familia, que propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 20/25, a las firmas PICKYTOYS SRL, DISTRIBUIDORA HERMAR SRL, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO Nº 1: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora por provisión de alimentos secos destinados a asistencia critica dependiente de la Secretaria de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. 1 PICKYTOYS SRL los ítems 1.3.4 por menor precio la suma total de pesos dieciocho millones ciento cinco mil seiscientos ($18.105.600,00) 1. 2 DISTRIBUIDORA HERMAR SRL ítems 2 por menor precio la suma total de pesos doce millones seiscientos veinticinco mil ($12.625.000,00)
Condición de pago, inmediato dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO Nº 2: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTICULO Nº 3: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO Nº 4: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Infancia y Familia.
ARTICULO Nº 5: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, Archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Seguridad, Dr. Héctor Nicolás Calvente
DECFC-2025-608-MSM-INT
27/02/2025
VISTO la necesidad de contratar personal idóneo para llevar a cabo las tareas de Soporte en Administración de Redes que contempla configuración, administración y monitoreo de la red de Datos/ Video/ Escuelas, los Firewalls de la red de Seguridad y del Palacio Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que la Subsecretaria de Modernización, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializada;
Que, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
Que la Secretaría de Jefatura de Gabinete, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
DECFC-2025-609-MSM-INT
27/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14698/25 por el que tramita la Licitación Privada 11/25 segundo llamado por provisión de servidor Storage dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretaría de Salud se propicia la adjudicación de la Licitación privada Nº 11/25 segundo llamado, a la firma DOT4 SA por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora por provisión de servidor y Storage dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. DOT4 SA por menor precio la suma total Pesos cincuenta y seis millones seiscientos setenta mil quinientos ($56.670.500,00).
Condición de pago inmediato, dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTICULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Salud.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan
DECFC-2025-664-MSM-INT
28/02/2025
VISTO, el Expte. administrativo Nº 14880/25 por el que tramita la Licitación Privada 24/25 por mantenimiento de equipos de aires acondicionados en escuelas estatales, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretaría de Educación y Trabajo se propicia la adjudicación de la Licitación privada Nº 24/25, a la firma MANRIQUE JOAQUIN por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora por el mantenimiento de equipos de aires acondicionados en escuelas estatales, dependiente de la Secretaría de Educación y trabajo, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1. MANRIQUE JOAQUIN por menor precio la suma total Pesos treinta y dos millones novecientos setenta y un mil quinientos ($32.971.500,00)
Condición de pago inmediato, dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al Beneficiario.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y Trabajo, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye
DECFC-2025-665-MSM-INT
28/02/2025
VISTO la nota presentada por la Secretaría de Educación y Trabajo, mediante la cual se solicita se declare de Interés Municipal las acciones que realice la Dirección de Taller de Producción y Oficios dependiente de la Secretaria de Educación y Trabajo, durante el año 2025; y
CONSIDERANDO: Que la Dirección de Taller de Producción y Oficios brinda instancias de formación en disciplinas como Carpintería, Electricidad Domiciliaria, Costura Industrial e Instalación de Aire Acondicionado, proporcionando a los vecinos conocimientos y habilidades esenciales para su inserción en el ámbito laboral y la generación de ingresos propios;
QUE dichas capacitaciones no solo impulsan el autoempleo, sino que también facultan a los participantes para realizar mejoras en sus hogares, promoviendo así el bienestar individual y la calidad de vida en la comunidad; Que el acceso a la educación en oficios fortalece la cohesión social y fomenta el espíritu emprendedor, garantizando la igualdad de oportunidades para todos los sectores de la sociedad, incluyendo jóvenes, adultos y personas en situación de vulnerabilidad;
QUE la formación en oficios no solo beneficia a los individuos que participan en las capacitaciones, sino que también impacta positivamente en la economía local, favoreciendo el crecimiento del empleo, el autoempleo y el desarrollo de nuevas unidades productivas en el Partido de San Miguel; Que este Departamento Ejecutivo considera oportuno y pertinente dictar el acto administrativo correspondiente.
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: DECLARAR de Interés Municipal las acciones que realice la Dirección de Taller de Producción y Oficios durante el año 2025 en el Partido de San Miguel.
ARTÍCULO 2º: El gasto que ocasione la implementación de estas acciones será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno. Cumplido, Archivar.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Marcelo Conzi
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye