DECFC-2026-6-MSM-INT
02/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 5390/2025 por el cual se tramita la renovación de licencias PACS por el período enero-junio 2026, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que … “La Solicitud de Pedido N° 5390 de esta Unidad Ejecutora por los servicios de Renovación de Licencia Pacs, responde a los términos del Artículo 156, inciso 1 de la Ley Orgánica de las municipalidades de contratación directa, por lo que se solicito debe recibir al tratamiento de tal en cuanto a los procedimientos de su contratación…”.
QUE, en virtud de lo manifestado precedentemente y antecedentes, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º inc. 10º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 1° de la LOM, al proveedor INGE RAY S.R.L., la contratación del servicio de renovación de licencias PACS por el período Enero – junio 2026, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Nueve millones novecientos setenta y nueve mil doscientos con 00/100 ($9.979.200,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-7-MSM-INT
02/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 5092/2025 por el cual se tramita la contratación del servicio de mantenimiento de compresores – bombas de vacío y secador de aires del Hospital San Miguel Arcángel, Hospital Larcade y Hospital Santa María para el 1° semestre del año 2026, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que … “los servicios Mantenimiento programado de los compresores de bombas de vacío para los Htales, responde a los términos del Artículo 156, inciso 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de contratación directa, por lo que solicito debe recibir el tratamiento de tal en cuanto a los procedimientos de su contratación…”.
QUE, en virtud de lo manifestado precedentemente y antecedentes, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º inc. 8° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo. POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 8° de la LOM, al proveedor TAUROZZI JORGE AUGUSTO, la contratación del servicio de mantenimiento de compresores – bombas de vacío y secador de aires para los meses de enero a junio del año 2026, del Hospital Larcade, Hospital San Miguel Arcángel y Hospital Santa María, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Catorce millones cien mil con 00/100 ($14.100.000,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-8-MSM-INT
02/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 5083/2025 por el cual se tramita la contratación del servicio de mantenimiento de ascensores y montacargas del Hospital San Miguel Arcángel, Hospital Larcade y Depósito Farmacia para el 1° semestre del año 2026, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que “… los servicios Mantenimiento preventivo de Montacamillas y Montacargas, responde a los términos del Artículo 156, inciso 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de contratación directa, por lo que solicito debe recibir el tratamiento de tal en cuanto a los procedimientos de su contratación…”.
QUE, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º inc. 8° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 8° de la LOM, al proveedor ARGAÑARAZ JOSE ALEJANDRO, la contratación del servicio de mantenimiento de ascensores y montacargas para los meses de enero a junio del año 2026, del Hospital San Miguel Arcángel, Hospital Larcade y Depósito Farmacia, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Diez millones seiscientos sesenta y ocho mil seiscientos sesenta y ocho con 00/100 ($10.688.688,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-9-MSM-INT
02/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 5087/2025 por el cual se tramita el servicio de mantenimiento de esterilizadoras a vapor y por óxido de etileno del Hospital Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, por el período enero a junio de 2026; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que … “La Solicitud de Pedido N° 5087 de esta Unidad Ejecutora por los servicios Mantenimiento programado de esterilizadoras a vapor y óxido de etileno del Htal Larcade, responde a los términos del Artículo 156, inciso 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de contratación directa, por lo que solicito debe recibir el tratamiento de tal en cuanto a los procedimientos de su contratación…”.
QUE, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones médicas de los Sectores involucrados, sin comprometer la salud de los pacientes.
QUE, la firma SINTEG S.R.L. realiza los trabajos de mantenimiento de esterilizadoras a vapor y por óxido de etileno del Hospital Larcade sin objeción alguna sobre la prestación del servicio por parte de la Secretaria requirente.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º inc 8º, de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según informe respaldatorio de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 8° de la LOM, al proveedor SINTEG S.R.L., el servicio de mantenimiento de esterilizadoras a vapor y por óxido de etileno del Hospital Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, por el período enero a junio de 2026, en la suma total de Pesos Diecinueve millones doscientos mil con 00/100 ($19.200.000,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-10-MSM-INT
02/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 5082/25 por el cual se tramita la contratación del servicio de mantenimiento de red de gases del Hospital Larcade, Hospital Santa María y Hospital San Miguel Arcángel, para el 1° semestre del año 2026, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que “… La Solicitud de Pedido N° 5082 de esta Unidad Ejecutora por los servicios Mantenimiento programado de la Red de Gases Medicinales para los Htales Larcade, SMA y Santa María, responde a los términos del Artículo 156, inciso 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de contratación directa, por lo que solicito debe recibir el tratamiento de tal en cuanto a los procedimientos de su contratación…”.
QUE, en virtud de lo manifestado precedentemente, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, la firma VILLAMARIN LORENA KARINA realiza los trabajos de mantenimiento correctivo y preventivo de red de gases del Hospital Larcade, Hospital Santa María y Hospital San Miguel Arcángel, sin objeción alguna sobre la prestación del servicio por parte de la Secretaria requirente.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º inc. 8° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 8° de la LOM, al proveedor VILLAMARIN LORENA KARINA, la contratación del servicio de mantenimiento de red de gases medicinales para los meses de enero a junio del año 2026, del Hospital Larcade, Hospital San Miguel Arcángel y Hospital Santa María, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Veinte millones setecientos treinta mil con 00/100 ($20.730.000,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-11-MSM-INT
02/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 5079/2025 por el cual se tramita el servicio de mantenimiento programado para equipos de diagnóstico por imágenes (Equipo para radiología convencional PIMAX MICRO HF 601-33 DRIFP, N° DE SERIE 12320 / Equipo para radiología digital PIMAX MICRO HF601-33 DR2FP, N° DE SERIE 12488 / Equipo rodante ´PIMAX MICRO II-101, N° DE SERIE 10226D / Mamógrafo de alta resolución GENERAL MEDICA MERATE MOD. VIOLA N° DE SERIE VIOLA/0054/C2 / Sistema digitalizador de imágenes CR PIMAX, con escáner ICRco MOD 3600M para radiología general y mamografía, número de serie 1093- 8377) del Hospital San Miguel Arcángel, por el período enero-junio 2026, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que … “La Solicitud de Pedido N° 5079 de esta Unidad Ejecutora por los servicios Mantenimiento programado de Equipos del servicio de Diagnóstico por Imágenes, responde a los términos del Artículo 156, inciso 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de contratación directa, por lo que solicito debe recibir el tratamiento de tal en cuanto a los procedimientos de su contratación…”.
QUE, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones médicas de los Sectores involucrados, sin comprometer la salud de los pacientes. QUE, tal como surgen de los antecedentes incorporados, la firma RAYOS PIMAX S.R.L. realiza los trabajos de mantenimiento correctivo y preventivo de los equipos de diagnóstico por imágenes (Equipo para radiología convencional PIMAX MICRO HF 601-33 DRIFP, N° DE SERIE 12320 / Equipo para radiología digital PIMAX MICRO HF601-33 DR2FP, N° DE SERIE 12488 / Equipo rodante ´PIMAX MICRO II-101, N° DE SERIE 10226D / Mamógrafo de alta resolución GENERAL MEDICA MERATE MOD. VIOLA N° DE SERIE VIOLA/0054/C2 / Sistema digitalizador de imágenes CR PIMAX, con escáner ICRco MOD 3600M para radiología general y mamografía, N° ED SERIE 1093-8377) del Hospital San Miguel Arcángel sin objeción alguna sobre la prestación del servicio por parte de la Secretaria requirente.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º inc 8º, de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, dado la conformidad del Secretario de Salud, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según informe respaldatorio de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 8° de la LOM, al proveedor RAYOS PIMAX S.R.L., el servicio de mantenimiento programado para equipos de diagnóstico por imágenes, del Hospital San Miguel Arcángel, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Diecinueve millones quinientos mil con 00/100 ($19.500.000,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-12-MSM-INT
02/01/2026

Visto, el Expte. administrativo Nº 17468/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 97/25 para el servicio de viandas alimentarias para pacientes y personal autorizado, 180 días, ejercicio 2026, destinadas al Hospital Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la secretaría requirente, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el respectivo informe de evaluación técnica y económica sobre cumplimiento de requisitos legales y formales establecidos en el pliego, capacidad técnica y operativa demostrada, antecedentes y experiencia en prestación de servicios alimentarios en establecimientos de salud, calidad nutricional, presentación inocuidad y variedad de las viandas, plan de trabajo, distribución, logística y soporte digital, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente por responder a las necesidades del Hospital Larcade, garantizando eficiencia operativa, calidad nutricional y trazabilidad en la provisión de viandas,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 97/25, a la firma Catering MV S.R, L., por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, a la firma Catering MV S.R, L., el servicio de viandas alimentarias para pacientes y personal autorizado, 180 días, ejercicio 2026, destinadas al Hospital Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, por resultar la mejor oferta, en la suma total de Pesos Mil seiscientos sesenta y ocho millones novecientos noventa y un mil trescientos noventa y dos ($1.668.991.392,00).
Condición de pago dentro de los 15 días recepción de factura, según artículo 10° del p.c.p., entrega según artículo 13° del p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-14-MSM-INT
02/01/2026

VISTO, lo previsto en el artículo 35º, punto 2 inciso a), de la Ordenanza Fiscal 17/2025; y
CONSIDERANDO:
QUE mediante lo previsto en el inciso a) punto 2 Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente, el Honorable Concejo Deliberante autoriza a este Departamento Ejecutivo a conceder a los contribuyentes y/o responsables distintas facilidades para el pago de los tributos debidamente establecidos;
QUE se encuentra entre los objetivos de la presente administración estimular el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de este modo otorgar beneficios a los contribuyentes que abonen en forma total su período fiscal debido.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: OTÓRGASE un descuento del quince por ciento (15%) para los contribuyentes que cancelen en forma total el período fiscal 2026, correspondiente al pago de la Tasa por Servicios Municipales. El presente no es acumulativo con otros descuentos.
ARTICULO 2°: La vigencia del beneficio otorgado en el artículo 1º será el establecido según Calendario Fiscal 2026.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: Dese al Libro de Decretos, comuníquese, publíquese y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-15-MSM-INT
02/01/2026

VISTO el Artículo 35º, punto 2), inciso a) último párrafo, de la Ordenanza Fiscal 17/2025 donde se faculta al Departamento Ejecutivo a generar un descuento a los contribuyentes por las Tasas, contribuciones y demás derechos Municipales que estén al día con sus cuotas; y
CONSIDERANDO:
QUE este Departamento Ejecutivo desea alentar a los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones fiscales, estimulando a aquellos que están al día con el pago de sus tributos municipales;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Los contribuyentes de la Tasa de Servicios Municipales que tengan pagas sus obligaciones fiscales, tendrán un descuento de hasta el 5% (cinco por ciento) en el importe de las cuotas.
ARTICULO 2º: Para ser beneficiario del descuento establecido en el Artículo 1º del presente Decreto, se deberán tener pagas la totalidad de las cuotas cuyo vencimiento haya operado 50 (cincuenta) días corridos antes de la cuota en cuestión.
ARTICULO 3º Los contribuyentes que se adhieran al débito automático para el pago de la TSM, tendrán un descuento de hasta el 10% (diez por ciento) en el importe de las cuotas, acumulable con el beneficio del Artículo 1º.
ARTICULO 4º: Los descuentos mencionados en los Artículos 1º y 3º se harán efectivos hasta el día fijado para el vencimiento de la cuota según calendario fiscal vigente.
ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 6º: Registrar, comunicar y publicar. Para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, Archivar.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro


DECFC-2026-19-MSM-INT
05/01/2026

VISTO, el expediente administrativo Nº18096/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la contratación del Programa Mesa Bonaerense – Período Febrero/abril 2026, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Mil quinientos once millones seiscientos ochenta y dos mil trescientos sesenta con 00/100 ($1.511.682.360,00) mediante solicitud de pedido N° 6064/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos setenta y nueve con 00/100 ($107.444.879,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 110/25, por la contratación del Programa Mesa Bonaerense – Período Febrero/abril 2026, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo. Valor del pliego SIN COSTO.
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye

DECFC-2026-20-MSM-INT
05/01/2026

VISTO, el expediente administrativo Nº 18076/25, por el que se solicita la realización del llamado a Licitación Pública por la contratación del Servicio Alimentario Escolar – Verano/Invierno – Período marzo/mayo 2026, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, para dicho servicio se ha fijado un Presupuesto Oficial de Pesos Cinco mil ciento cuarenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y cinco mil seiscientos treinta y cuatro con 00/100 ($5.144.495.634,00) mediante solicitud de pedido N° 5961/25;
QUE, el Artículo 151º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, exige el llamado a Licitación Pública, para las adquisiciones y/o contrataciones que superen los Pesos Ciento siete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos setenta y nueve con 00/100 ($107.444.879,00) del Presupuesto Oficial;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 109/25, por la contratación del Servicio Alimentario Escolar – Verano/Invierno – Período marzo/mayo 2026, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo.
Valor del pliego SIN COSTO.
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2026-21-MSM-INT
05/01/2026

VISTO, el expediente administrativo Nº 17232/25, por el que tramita la Licitación Pública N° 78/25, para la obra “Reacondicionamiento eléctrico en EEST N°1”, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Educación y Trabajo, a través de su señor Secretario, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo, “…examinadas las ofertas formuladas, surge que los oferentes cotizan la totalidad de los requerimientos, conforme a los términos establecidos en el pliego…, Evaluado el componente económico de las propuestas, se recomienda la pre adjudicación… a la empresa Lucomp S.A. por resultar la oferta más conveniente…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario de Educación y Trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 78/25, a la firma Lucomp S.A., por resultar ésta la más conveniente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, a la firma LUCOMP S.A., la obra “Reacondicionamiento eléctrico en EEST N°1”, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo, por ser la oferta mejor calificada, en la suma total de Pesos Noventa y nueve millones cuatrocientos noventa y ocho mil novecientos ($ 99.498.900,00).
Condición de pago, 30 días recepción de facturas. Plazo de ejecución dos meses.
ARTICULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2026-22-MSM-INT
05/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17715/25 por el que tramita la Licitación Privada N°154/25 segundo llamado, por servicio de alquiler de baños y vestuarios destinado a colonias 2026, dependientes de la Secretaria de Comunicación y Deportes – Subsecretaria de Deportes, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de Secretaria de Comunicación y Deportes- Subsecretaria de Deportes, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 154/25 segundo llamado, a la firma B.A.SANI SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por servicio de alquiler de baños y vestuarios destinado a colonias 2026, dependientes de Secretaria de Comunicación y Deportes – Subsecretaria de Deportes, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera: B.A.SANI SA: por menor precio la suma total de Pesos cuarenta y ocho millones ciento tres mil trescientos ocho ($48.103.308,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-25-MSM-INT
05/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17504/25 por el que tramita la Licitación Privada N°137/25, por servicio de viandas destinado a colonias 2026, dependientes de la Secretaria de Comunicación y Deportes – Subsecretaria de Deportes, del Municipio de San Miguel, y CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Comunicación y Deportes – Subsecretaria de Deportes, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº137/25, a la firma DISTRIBUIDORA COFEX SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por servicio por de viandas destinado a colonias 2026, dependientes de la Secretaria de Comunicación y Deportes Subsecretaria de Deportes, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera: DISTRIBUIDORA COFEX SRL: por menor precio la suma total de Pesos setenta y cuatro millones cuatrocientos cuatro mil cuatrocientos ($74.404.400,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada

DECFC-2026-27-MSM-INT
05/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17698/25 por el que tramita la Licitación Privada N°155/25, mantenimiento de la red de fibra óptica de la red de datos (wifi en plazas, internet en escuelas y delegaciones municipales, bicicleteros, troncales principales) por 6 meses ejercicio 2026, dependientes de Jefatura de Gabinete – Subsecretaria de Modernización, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la jefatura de gabinete – Subsecretaria de Modernización, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº155/25, a la firma FIBERCO SRL por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, mantenimiento de la red de fibra óptica de la red de datos (wifi en plazas, internet en escuelas y delegaciones municipales, bicicleteros, troncales principales) por 6 meses ejercicio 2026, dependientes de jefatura de gabinete – Subsecretaria de Modernización, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
FIBERCO SRL: por menor precio en la suma total de Pesos setenta y cinco millones noventa y seis mil ($75.096.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, Jefatura de Gabinete.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-28-MSM-INT
05/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17860/25 por el que tramita la Licitación Privada N°166/25, por la obra: refacciones en jardín municipal, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de Secretaría de Educación y Trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 166/25, a la firma CIMA CONSTRUCCIONES SRL por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por la obra: refacciones en jardín municipal, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera: CIMA CONSTRUCCIONES SRL: por menor precio en la suma total de Pesos ochenta y cinco millones ($85.000.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2026-29-MSM-INT
05/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17697/25 por el que tramita la Licitación Privada N°158/25, por la obra: instalación eléctrica en EEP N°38 y EES N°09, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de Secretaría de Educación y Trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 158/25, a la firma FLORES MARCOS JAVIER, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por la obra: instalación eléctrica en EEP N°38 y EES N°09, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera: FLORES MARCOS JAVIER: por menor precio en la suma total de Pesos treinta y cuatro millones setecientos noventa y cuatro mil trescientos seis ($34.794.306,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2026-30-MSM-INT
05/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17819/25 por el que tramita la Licitación Privada N°165/25, por la obra: refacciones EEST Nº1, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de Secretaría de Educación y Trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 165/25, a la firma CIMA CONSTRUCCIONES SRL por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por la obra: refacciones EEST nº1, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
CIMA CONSTRUCCIONES SRL: por menor precio en la suma total de Pesos ochenta y tres millones ($83.000.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2026-35-MSM-INT
06/01/2026

VISTO, el expediente administrativo Nº 17362/25 por el que se tramita la Licitación Pública N°84/25 por la obra “Veredas en Centros Comerciales”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Obras y Espacio Público, a través de su señor Secretario, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo, “…ambas empresas presentan antecedentes y experiencia técnica suficientes, los equipos profesionales de cada firma cuentan con formación, certificaciones y experiencia acorde la envergadura del proyecto, considerando que la Cooperativa de Trabajo Puntanos Ltda… presenta la oferta de menor valor… se recomienda adjudicar la licitación pública N° 84/25 a dicha empresa…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 84/25, a la firma Cooperativa de Trabajo Puntanos Ltda., por resultar ésta la más conveniente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO PUNTANOS LTDA., la obra “Veredas en Centros Comerciales”, según informe respaldatorio de la Secretaría de Obras y Espacio Público, por reunir las condiciones técnicas y financieras requeridas y resultar la de menor valor, en la suma total de Pesos Quinientos noventa y cinco millones ochocientos setenta y dos mil ($595.872.000,00). Plazo de ejecución 6 meses.
Condición de pago: Anticipo 30%, y certificados a 30 días según artículo 10 p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2026-36-MSM-INT
06/01/2026

VISTO lo solicitado mediante nota de requerimiento por la Secretaria de Obras y Espacio Público a la empresa Transporte Panizza SRL, prestadora del servicio de higiene urbana adjudicataria de la Licitación Pública Nº 42/2021; y
CONSIDERANDO:
QUE, manteniéndose las condiciones manifestadas en los Decretos Municipales N° DECFC-2025-1120-EMSM-INT, N° DECFC-2025-1886-E-MSM-INT y N° DECFC-2025-2780-E-MSM-INT, en que se expresa y manifiesta la detección de situaciones excepcionales de acumulación de residuos y desperdicios en grandes magnitudes en diversos puntos del distrito que afectan la salubridad pública.
QUE, en la Parte 3 CONDICIONES PARTICULARES – CONDICIONES TENICAS PARTICULARES, en el Art. 13 del CAPITULO 3 se establece: “El contratista deberá dar cumplimiento a todos los requerimientos de servicios adicionales que disponga la Secretaria de Espacio Público y Atención Ciudadana, ya sea por cuestiones de trabajos especiales, operativos de limpieza y/o situaciones dispuestas por dicha dependencia, previa notificación fehaciente con una antelación no inferior a las 48 horas. Dichos servicios adicionales deberán ser abonados conjuntamente con los servicios del mes en curso …”, permitiendo el requerimiento a la empresa de los adicionales necesarios para dar solución a la problemática detectada.
QUE, ante la continuidad de situaciones de excepción que exceden los puntos relevados al momento de la contratación del servicio y manteniéndose la necesidad de fomentar la erradicación y evitar la formación de nuevos puntos de acopio de residuos y desechos en la vía pública, resulta indispensable reforzar los servicios contratados por licitación mediante la incorporación de 3 equipos adicionales de trabajo diarios por un nuevo plazo de 3 meses.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Requiérase la ejecución de adicionales del servicio de limpieza de basurales dinámicos/crónicos de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 13 del Capítulo 3 – Parte 3 Condiciones Particulares – Condiciones Técnicas Particulares, de la Licitación Pública Nº 42/2021, Expte. N° 4130-2331/2021.
ARTICULO 2º- Dispóngase la ejecución de dichos adicionales por el plazo de 3 meses abonándose dichos servicios al valor que surja de los términos de la Licitación Pública Nº 42/2021.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2026-37-MSM-INT
06/01/2026

VISTO, el expediente administrativo Nº 17287/25 por el que se tramita la Licitación Pública N°80/25 por la obra “Hidráulica de Araucano y de Defensa”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Obras y Espacio Público, a través de su señor Secretario, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo, “…ambas empresas presentan antecedentes y experiencia técnica suficientes, incluyendo la ejecución de obras de instalación de cañerías de desagües pluviales… los equipos profesionales de cada firma cuentan con formación, certificaciones y experiencia acorde la envergadura del proyecto, considerando que la Vialvasa S.R.L.… presenta la oferta de menor valor… se recomienda adjudicar la licitación pública N° 80/25 a dicha empresa…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 80/25, a la firma Vialvasa S.R.L., por resultar ésta la más conveniente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, a la firma VIALVASA S.R.L., la obra “Hidráulica de Araucano y de Defensa”, según informe respaldatorio de la Secretaría de Obras y Espacio Público, por reunir las condiciones técnicas y financieras requeridas y resultar la de menor valor, en la suma total de Pesos Cuatrocientos seis millones novecientos cincuenta y nueve mil setecientos ochenta y dos con 68/100 ($406.959.782,68). Plazo de ejecución 4 meses.
Condición de pago: Anticipo 30%, y certificados a 30 días según artículo 10 p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2026-38-MSM-INT
06/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17508/25 por el que tramita la Licitación Privada N°139/25 segundo llamado, por provisión de cestos de residuos, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº139/25 segundo llamado, a la firma SISTEMAS URBANOS SA, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por provisión de cestos de residuos, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
SISTEMAS URBANOS SA: por menor precio en la suma total de Pesos noventa y seis millones ochocientos mil ($96.800.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2026-50-MSM-INT
07/01/2026

VISTO la obra “Intertrabado de Martín Irigoyen entre Senador Morón y San Martín” que se tramitó mediante Licitación Pública N° 71/2025; y
CONSIDERANDO:
Que, a los fines de llevar adelante la correcta ejecución de la obra según Convenio, la firma adjudicada tiene un plazo de ejecución de 2 (DOS) meses, habiendo sido iniciada con fecha 13 de octubre de 2025;
Que, sin embargo, siendo la fecha de finalización de las obras el día 13 de diciembre de 2025 según surge del Acta de inicio, la realización de la obra ha sufrido inclemencias climáticas y asuetos decretados por la presidencia de la Nación, que han derivado en la dilación de los plazos dispuestos por convenio, de acuerdo a lo informado por la firma adjudicada COOPERATIVA DE TRABAJO PUNTANOS LTDA.;
Que, a tales efectos y a fin de la culminación de las obras, la firma adjudicada ha solicitado una ampliación de plazo de obra de 35 (treinta y cinco) días corridos;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: AMPLIAR de forma unilateral en un plazo de treinta y cinco (35) días corridos la ejecución de obra, correspondiente a la Licitación Pública N° 71/2025.
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 3º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2026-51-MSM-INT
07/01/2026

VISTO la obra “Pavimentos asfálticos con cordón cuneta” que se tramitó la Licitación Pública N° 34/2025; y
CONSIDERANDO:
Que, a los fines de llevar adelante la correcta ejecución de la obra según Convenio, la firma adjudicada tiene un plazo de ejecución de 6 (SIES) meses, habiendo sido iniciada con fecha 01 de julio de 2025;
Que, sin embargo, siendo la fecha de finalización de las obras el día 01 de enero de 2026 según surge del Acta de inicio, la realización de la obra ha sufrido inclemencias climáticas, que han derivado en la dilación de los plazos dispuestos por convenio, de acuerdo a lo informado por la firma adjudicada PIUTERRA S.A.;
Que, a tales efectos y a fin de la culminación de las obras, la firma adjudicada ha solicitado una ampliación de plazo de obra de 20 (veinte) días corridos;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: AMPLIAR de forma unilateral en un plazo de veinte (20) días corridos la ejecución de obra, correspondiente a la Licitación Pública N° 34/2025.
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 3º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2026-61-MSM-INT
09/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 5912/2025 por el cual se tramita la renovación de la contratación del servicio de mantenimiento de la Plataforma de Gestión Digital de Trámites de Identidad Digital – Período Enero-junio 2026, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención haciendo referencia en encuadrar la contratación, dentro de los términos del art. 156° inc. 1 de la L.O.M;
QUE, en virtud de lo expuesto por la Unidad Ejecutora, que expresa: “… Por medio de la presente, la Unidad Ejecutora solicita la contratación del servicio de mantenimiento de la Plataforma de Gestión Digital de Trámites de Identidad Digital, provisto por la empresa KMT Business Education. El fundamento de dicha solicitud radica en que la firma mencionada resultó adjudicataria de la Licitación Privada N° 59/25 para la provisión, desarrollo y mantenimiento de la plataforma, en el marco de la Orden de Compra N° 2370/2025, demostrando un desempeño óptimo durante su ejecución. En virtud de lo expuesto, y considerando que se trata del único proveedor con capacidad técnica y operativa para brindar este servicio, se solicita encuadrar la contratación correspondiente a partir del mes de enero del año 2026, conforme a lo establecido en el artículo 156, inciso 1 de la Ley Orgánica Municipal”.
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la seguridad, cuidado y optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, dado la conformidad del Sr. Jefe de Gabinete, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a lo dispuesto en el Art. 156 inc. 1° de la L.O.M., al proveedor KMT BUSINESS EDUCATION S.A., la contratación del servicio de mantenimiento de la Plataforma de Gestión Digital de Trámites de Identidad Digital – Período Enero/junio 2026, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Treinta millones con 00/100 ($30.000.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-62-MSM-INT
09/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 5453/25 por el cual se tramita la contratación del servicio de soporte y mantenimiento del Sistema Integrado de Salud de Historia Clínica para el período enero-junio del año 2026, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que … “solicita la contratación del soporte y mantenimiento del sistema de gestión clínica hospitalaria perteneciente a la Dir. Gral. de Transformación Digital provisto por la empresa PREVENCION TECNOLOGICA SA. El fundamente principal es que ésta es la firma que ha llevado a cabo el desarrollo de la primera versión del sistema de salud en el año 2011, habiendo sucesivamente ampliado y mejorado el mismo incorporando la gestión de la historia clínica digital y luego la gestión de internaciones. Durante el año 2022 se realizó la integración de todos los módulos citados en un único sistema integrado, la introducción de una herramienta de auditoría para seguimiento de cambio en los datos, brindando además soporte y mantenimiento del mismo durante todos estos años, según orden de compra nro. 2581/2025, 112/2025, 2660/24, 137/2024, 152/2024, 116/2023, 791/2022, 133/2021, 1680/2021, 22/2020 y orden de compra nro. 120/2019 y, por consiguiente, debe ser administrado por un único proveedor que garantice el correcto funcionamiento del dispositivo. En consecuencia, son ellos los únicos que pueden prestar el servicio y realizar los ajustes necesarios, ya que son los que poseen la propiedad del software y el título de la marca. Por lo tanto, solicitamos encuadrar dicha contratación para el primer semestre del ejercicio 2026 en los términos del art. 156 inc. 1 de la Ley Orgánica Municipal…”.
QUE, en virtud de lo manifestado precedentemente y antecedentes, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º inc. 1º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, en consecuencia, dado la conformidad del responsable a cargo de la Jefatura de Gabinete, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 1° de la LOM, al proveedor PREVENCION TECNOLOGICA S.A, la contratación del servicio de soporte y mantenimiento del Sistema Integrado de Salud de Historia Clínica para el período enero-junio del año 2026, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Diecinueve millones doscientos mil con 00/100 ($19.200.000,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-63-MSM-INT
09/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 5948/2025 por el cual se tramita la renovación de la contratación del servicio de soporte técnico y mantenimiento del aplicativo Ventanilla Única, para configurador de trámites online – Período Enero-junio 2026, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención haciendo referencia en encuadrar la contratación, dentro de los términos del art. 156° inc. 1 de la L.O.M;
QUE, en virtud de lo expuesto por la Unidad Ejecutora, que expresa: “… Por medio de la presente, la Unidad Ejecutora solicita la contratación del servicio de mantenimiento y soporte al portal web y del configurador de trámites online (Ventanilla única), perteneciente a la Dirección General de Transformación Digital, provisto por la empresa Synvelt. El fundamento de la presente solicitud se basa en que dicha firma inició la prestación del servicio en diciembre de 2022, conforme a la Orden de Compra N°. 4400/2022, evidenciando un desempeño óptimo desde el comienzo. Asimismo, se trata del único proveedor con capacidad para administrar el sistema, dado que posee los derechos de autor y el patentamiento del software utilizado, garantizando así su correcto funcionamiento y continuidad operativa. Cabe señalar que durante el año 2024 la contratación se formalizó mediante la OC n° 2964, y durante el año 2025 a través de las OC N° 1052 y OC N° 4023, manteniéndose la calidad y la consistencia del servicio. En consecuencia, son ellos los únicos que pueden prestar el servicio y realizar los ajustes necesarios. Por lo tanto, solicitamos encuadrar dicha contratación en los términos del Art. 156 inc. 1 de la Ley Orgánica Municipal”, y los antecedentes mencionados, se expone que la empresa es quien ha desarrollado el sistema, resultando la única empresa en contar con las herramientas para su mejora y actualización.
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la seguridad, cuidado y optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, dado la conformidad del Sr. Jefe de Gabinete, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a lo dispuesto en el art. 156 inc. 1° de la L.O.M., al proveedor SYNVELT S.R.L, la contratación del servicio de soporte técnico y mantenimiento del aplicativo Ventanilla Única, para configurador de trámites online – Período Enero/junio 2026, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Veinte millones setecientos noventa y seis mil doscientos setenta con 00/100 ($20.796.270,00). Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-64-MSM-INT
09/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17700/25 por el que tramita la Licitación Privada N°162/25, por el alquiler de equipos médicos destinados al Htal Larcade durante 3 meses, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaria de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 162/25, a la firma CARDIOHARD SRL, por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
QUE, la solicitud de pedido que diera origen N°5387/25 con pedido de cotización N° 4506/25, ha debido reemplazarse para el ejercicio en curso, para lo cual se ha emitido la solicitud de pedido siendo la misma: N°84/26
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por el alquiler de equipos médicos destinados al Htal Larcade durante 3 meses, dependientes de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera:
CARDIOHARD SRL: por mejor precio en la suma total de Pesos sesenta y tres millones novecientos cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta y siete ($63.951.447,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Salud.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-65-MSM-INT
09/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17820/25 por el que tramita la Licitación Privada N°164/25, por elementos de limpieza y productos químicos para piletas destinadas a las colonias 2026, dependientes de la Coordinación Comunación Prensa y Eventos – subsecretaria de Deportes, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Jefatura de gabinete – subsecretaria de Deportes, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº164/25, a las firmas DEL VALLE GATTI LEONARDO, FUNDACION SAN ALBERTO HURTADO Y VALDEZ JUAN FRANCISCO, por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por elementos de limpieza y productos químicos para piletas destinadas a las colonias 2026, dependientes de los expedientes de la Coordinación Comunación Prensa y Eventos – Subsecretaria de Deportes, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
DEL VALLE GATTI LEONARDO: por menor precio los ítems 3 al 7.9.10.13.14.15.17.20 al 23 en la suma total de Pesos tres millones cuatrocientos veintiocho mil doscientos ($3.428.200,00).
FUNDACION SAN ALBERTO HURTADO: por menor precio los ítems 1.2.8.16.18.19.24 en la suma total de Pesos nueve millones novecientos setenta y ocho mil quinientos cincuenta ($9.978.550,00).
VALDEZ JUAN FRANCISCO: por menor precio los ítems 11 y 12 en la suma total de Pesos un millón doscientos mil ($1.200.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Coordinación Comunicación Prensa y Eventos.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2026-66-MSM-INT
09/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17706/25 por el que tramita la Licitación Privada N°167/25, por la obra: reparación del techo de Defensa al Consumidor, dependientes de la Secretaría de Gobierno del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de Secretaría de Gobierno, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 167/25, a la firma CIMA CONSTRUCCIONES SRL por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por reparación del techo de Defensa al Consumidor, dependientes de la Secretaría de Gobierno del Municipio de San Miguel, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
CIMA CONSTRUCCIONES SRL: por menor precio en la suma total de Pesos cuarenta y ocho millones quinientos mil ($48.500.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-67-MSM-INT
09/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17470/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 95/25, solicitud de pedido 5074/2025 y N°38/2026 y 40/2026, por el servicio de lavandería y esterilización de ropa, un semestre, destinado a los Hospitales Municipales y Emergencias San Miguel, dependientes de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, se llevó a cabo el llamado a una mejora de ofertas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar los ítems por menor precio…”;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 95/25, a las firmas Tex Care Argentina S.A., y Lavadero H20 S.A., por resultar éstas las más convenientes para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, por menor precio según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de lavado hospitalario, dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:

  1. TEX CARE ARGENTINA S.A., solicitud de pedido N° 38/2026, ítems 1 y 3, Hospital San Miguel y Arcángel Hospital Larcade, en la suma total de Pesos Ciento noventa y un millones ochocientos ochenta mil ($191.880.000,00).
  2. LAVADERO H2O S.A., solicitud de pedido N° 40/2026, ítem 2, Hospital Santa María y Emergencias San Miguel, en la suma total de Pesos Cincuenta y seis millones quinientos veinte mil ($56.520.000,00).
    Condición de pago dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
    ARTICULO 2°: Convalidar, el servicio que ocurra desde el 1º de enero de 2026, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio en forma ininterrumpida, dado que los adjudicatarios son los actuales prestadores de los servicios.
    ARTICULO 3°: Instruir, a la Dirección de Compras, a liberar la orden de compra pertinente conforme a los artículos 1º y 2º.
    ARTICULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1° del presente decreto, será imputado a la Partida de gastos en vigencia.
    ARTÍCULO 5º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
    ARTICULO 6º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-68-MSM-INT
09/01/2026

VISTO, el expediente administrativo Nº 17233/25, solicitud de pedido 4530/2025 y 116/2026, por el que tramita la Licitación Pública N° 79/25, para la obra “Adecuación instalación eléctrica en Escuelas del partido de San Miguel”, E.P. N° 01, E.P. N° 03, E.P. N° 05, E.P. N° 16, E.S. N° 04, E.S. N° 14, E.S. N° 17, E.S. N° 36, E.P. N° 37, J.I. N° 901, J. MATERNAL N° 02”, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Educación y Trabajo, a través de su señor Secretario, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el informe técnico respectivo, “…examinadas las ofertas formuladas, surge que los oferentes cotizan la totalidad de lo requerido, todo en concordancia con los términos establecidos en el pliego…, Evaluado el componente económico de las propuestas, se recomienda la pre adjudicación por mejor precio… a la siguiente empresa Prometin S.A. ítems 1,2,4,5,6,10; Lucomp SA ítems 3,7,8,9,11…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario de Educación y Trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 79/25, a las firmas Prometin S.A. y Lucomp S.A., por resultar ésta la más conveniente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, la obra “Adecuación instalación eléctrica en Escuelas del partido de San Miguel”, E.P. N° 01, E.P. N° 03, E.P. N° 05, E.P. N° 16, E.S. N° 04, E.S. N° 14, E.S. N° 17, E.S. N° 36, E.P. N° 37, J.I. N° 901, J. Maternal N° 02”, dependiente de la Secretaría de Educación y Trabajo, por menor precio según detalle:
1.1 PROMETIN S.A. ítems 1, 2, 4, 5, 6 y 10, en la suma total de Pesos Trescientos doce millones ($ 312.000.000,00).
1.2 LUCOMP S.A. ítems 3, 7, 8, 9 y 11, en la suma total de Pesos Doscientos treinta y ocho millones quinientos mil ($ 238.500.000,00).
Condición de pago, 30 días recepción de facturas. Plazo de ejecución dos meses.
ARTICULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2026-69-MSM-INT
09/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 5946/2025 por el cual se tramita la contratación de renovación de licenciamiento para uso del sistema de control de asistencia, primer semestre 2026, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel; y CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención haciendo referencia en encuadrar la contratación, dentro de los términos del art. 156° inc. 1 de la L.O.M;
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que … “solicita la contratación destinada a la renovación de las licencias de uso del software de control de accesos y asistencias, provisto por la empresa CRONOS S.A.I.C. El requerimiento se fundamenta en que la mencionada realizó la implementación del sistema y la provisión de las licencias correspondientes, conforme a la Orden de Compra N° 2413/2025, la Orden de Compra N° 3838/2024 y el Concurso de Precios 214/2024, demostrando un desempeño satisfactorio y acorde a lo requerido. En consecuencia, son ellos los únicos que pueden brindar las licencias necesarias para el funcionamiento del software, garantizando el correcto funcionamiento de la plataforma. Por tanto, se solicita encuadrar la presente contratación para el primer semestre del ejercicio 2026, de acuerdo con lo establecido en el artículo 156, inciso 1, de la Ley Orgánica Municipal…”.
QUE, en virtud de lo requerido y antecedentes manifestados, es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º inc. 1º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, dado la conformidad del Sr. Jefe de Gabinete, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 1° de la LOM, al proveedor CRONOS S.A.I.C., la contratación de renovación de licenciamiento para uso del sistema de control de asistencia, primer semestre 2026, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Dieciocho millones quinientos sesenta y dos mil novecientos treinta con 68/100 ($18.562.930,68.-). Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-70-MSM-INT
12/01/2026

VISTO la nota presentada por Coordinación Comunicación Prensa y Eventos, mediante la cual solicita se declare de interés municipal el “Carnaval Criollo 2026”; y
CONSIDERANDO:
Que se han programado distintas actividades culturales y recreativas, las cuales contarán con la plena participación de la población local;
Que el evento contribuirá a la actividad económica de la zona, incentivando la circulación del público en comercios locales;
Que se realizarán días de encuentro y festejos en la Plaza de las Carretas, con la participación de diversos artistas que representan a nuestra comunidad, promoviendo la diversidad y la inclusión; asimismo, se implementarán acciones de difusión para ampliar el alcance regional y se procederá a la adecuada decoración del espacio para tal fin;
Que este Departamento Ejecutivo considera procedente declarar estos actos de interés municipal.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. DECLARAR de Interés Municipal el “Carnaval Criollo 2026”, a realizarse los días 14 y 15 de febrero de 2026, en la Plaza de las Carretas de San Miguel, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°. El gasto que ocasione la realización de los actos aludidos en el artículo precedente será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, archivar.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-71-MSM-INT
12/01/2026

VISTO la importancia que reviste el esparcimiento del sistema Ojos en Alerta; y
CONSIDERANDO:
Que el sistema de Ojos en Alerta ha acrecentado no solo su eficiencia sino también su popularidad que deviene como un resultado que decanta directamente del primer punto mencionado;
Que a lo largo del año 2026 se llevarán a cabo distintos viajes a diferentes localidades del país para así poder dar a conocer ésta implementación para que otras ciudades puedan beneficiarse también de éste sistema;
Que, se pretende seguir esparciendo el tan innovador y eficiente sistema cuyo núcleo primigenio ha sido incubado en el Distrito de San Miguel;
Que se considera entonces necesario el otorgamiento de los recursos que resulten pertinentes que se remitan a la concreción de los viajes para que el Sistema de Ojos en Alerta siga adquiriendo aún mayor relevancia y todavía un mayor alcance a nivel país;
Que por todo lo expuesto se considera pertinente declarar dichas actividades de Interés Municipal;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal la firma de convenios y asistencia a los distintos Municipios interesados en el sistema Ojos en Alerta durante el año 2026.
ARTICULO 2°. El gasto que demande la realización de los actos antes mencionados, será imputado a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada

DECFC-2026-72-MSM-INT
12/01/2026

VISTO la solicitud de ayuda económica presentada por el Club Regatas de Bella Vista, para solventar gastos de obras en el club; y
CONSIDERANDO:
Que el Club Regatas de Bella Vista es una institución deportiva con larga trayectoria, encontrándose vinculada a la comunidad desde el año 1895, constituyéndose en un referente histórico y social del Partido de San Miguel; Que el Club cuenta con una masa societaria aproximada de cuatro mil (4.000) socios, de los cuales un número significativo practica actividades tales como rugby, hockey, tenis, fútbol y pádel, evidenciando una amplia oferta deportiva a la comunidad;
Que la práctica del deporte contribuye a mejorar la salud física y mental, fortalece valores como el trabajo en equipo, la disciplina, el esfuerzo y el liderazgo, y favorece la cohesión social y el sentido de pertenencia comunitaria;
Que se encuentran en ejecución obras de infraestructura en las instalaciones del Club, destinadas a optimizar el desarrollo de las actividades deportivas, en particular en los sectores de vestuarios para hockey y rugby;
Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio, de $ 70.000.000 (Pesos setenta millones), al Club Regatas de Bella Vista, con domicilio en Av. Francia Nº 1956 de la Localidad de Bella Vista; para solventar gastos que demanden las obras en los vestuarios para hockey y rugby a realizarse en el Club.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la pertinente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada



DECFC-2026-73-MSM-INT
12/01/2026

VISTO la solicitud de ayuda económica presentada por el San Miguel Rugby y Hockey Club, para solventar gastos de obras en el club; y
CONSIDERANDO:
Que el San Miguel Rugby y Hockey Club es una institución deportiva con inserción significativa en la comunidad local, desarrollando de manera sostenida actividades vinculadas al rugby y al hockey;
Que la institución cuenta con aproximadamente cuatrocientos (400) socios, quienes participan activamente de las prácticas deportivas que allí se desarrollan, consolidándose como un espacio de referencia para niños y jóvenes;
Que el Club brinda a los niños y jóvenes la posibilidad de ejercer sus deportes favoritos, ofreciendo un ámbito de contención, integración social y formación en valores tales como el trabajo en equipo, la disciplina, el esfuerzo y el compromiso;
Que la práctica deportiva contribuye a mejorar la salud física y mental, fortalece la cohesión social y favorece el sentido de pertenencia comunitaria, generando beneficios que trascienden a los socios de la institución y alcanzan a la comunidad en su conjunto;
Que se encuentran en ejecución obras de infraestructura en las instalaciones del Club, destinadas a mejorar las condiciones edilicias y el normal desarrollo de las actividades deportivas, en particular en los sectores de vestuarios y sanitarios;
Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $ 70.000.000,00 (Pesos setenta millones), al Club San Miguel Rugby y Hockey siendo su presidente el Sr. Febles, Néstor Omar, para solventar gastos que demanden las obras en los vestuarios y baños del Club.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la pertinente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-74-MSM-INT
12/01/2026

VISTO la solicitud de ayuda económica presentada por el Club Vicentinos, para solventar los gastos de obras en el club; y
CONSIDERANDO:
Que el Club Vicentinos cuenta con una trayectoria sostenida en el fomento de actividades deportivas, encontrándose sólidamente inserto en la comunidad del Partido de San Miguel;
Que la institución posee aproximadamente ochocientos (800) socios, quienes practican disciplinas tales como rugby y hockey, constituyéndose en un espacio de referencia para el desarrollo deportivo local;
Que el Club se encuentra emplazado en un barrio periférico, lo cual contribuye de manera significativa a brindar oportunidades de inclusión y contención a niños y jóvenes en situación de vulnerabilidad social;
Que la práctica deportiva favorece la salud física y mental, promueve la integración social, fortalece valores como el trabajo en equipo, la disciplina y el esfuerzo, y contribuye indirectamente a la construcción de una comunidad más segura
Que, en virtud de lo expuesto, este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, a fin de fortalecer la infraestructura, el equipamiento y el normal funcionamiento de la institución, posibilitando la continuidad y ampliación de sus actividades deportivas;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio, de $ 70.000.000 (Pesos setenta millones), al Club Vicentinos, con domicilio en Av. Primera Junta Nº 3165 de la Localidad de San Miguel, siendo su presidente el Sr. Pociello Argerich, Fernando, para solventar los gastos que ocurran por obras de infraestructura, adquisición de materiales, maquinarias y equipamiento.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la pertinente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-116-MSM-INT
13/01/2026

VISTO lo dispuesto por la Ordenanza fiscal vigente en su Artículo 35ª, punto 2 inc. a) donde faculta al Departamento Ejecutivo a conceder a los contribuyentes y/o responsables, facilidades para el pago de sus obligaciones tributarias; y
CONSIDERANDO:
QUE se encuentra dentro del compromiso asumido por la presente administración la de contribuir a paliar las necesidades más acuciantes de los Contribuyentes del Partido de San Miguel;
QUE en consecuencia resulta indispensable fijar las condiciones que regirán dicho Régimen.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. ESTABLEZCASE hasta el 31 de Marzo de 2026 el Régimen de planes de pago para la Tasa de Servicios Municipales, Derechos de construcción, Derecho de Habilitación, Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Derechos de Cementerio, Derechos de Mensura Social, Derechos de Habilitación, Derechos por Publicidad y propaganda, Tasa por verificación de Estructuras e Impuesto automotor (según ley Nº13.010), y Derechos de ocupación o uso de espacios públicos, vencidas o devengadas, según la tasa de que se trate, se podrán incorporar al plan de pagos deudas vencidas hasta el último día del mes anterior a la suscripción del plan y sus intereses y multas.
ARTICULO 2º. Se establece respecto de las obligaciones que se regularicen mediante el presente régimen la reducción de recargos o intereses por mora en el porcentaje establecido en el Artículo 4º.
ARTICULO 3º. Las obligaciones incluidas en este régimen podrán ser canceladas mediante un plan de facilidades de pago en las siguientes condiciones:

  1. Objeto. Se formulará un plan por cada tributo y por cada cuenta.
  2. Cuotas. Las cuotas serán mensuales y consecutivas y el número máximo a otorgar podrá extenderse hasta 36 cuotas pudiendo contemplarse en casos excepcionales, hasta 60 cuotas con el respectivo Decreto autorizante, y el valor de la misma no puede ser inferior al valor nominal de la tasa que se trate.
  3. Vencimiento. La primera cuota deberá abonarse al momento de la suscripción del convenio y el vencimiento de las restantes operará el día 15 de cada mes (en caso de ser no hábil se trasladará al día hábil posterior)
  4. Mora. El pago fuera de término de las cuotas, en tanto no produzca la caducidad del plan de pago devengará interés por mora según lo establecido en el Art. 39 Inc. a) de la Ordenanza Fiscal vigente.
  5. Intereses. Los intereses de financiación se fijarán en un 2% mensual sobre saldo.
    ARTICULO 4º Las obligaciones regularizadas mediante el presente régimen recibirán el siguiente tratamiento en función de la modalidad de pago otorgada al contribuyente.
    Modalidad de regularización Reducción de Recargos
    Pago de contado y plan de pagos hasta 3 cuotas 50%
    Plan de pagos hasta 6 cuotas 30%
    Plan de pagos hasta 12 cuotas 20%
    Plan de pagos hasta 24 cuotas 10%
    Plan de pagos hasta 36 cuotas 5%
    ARTICULO 5º Los Derechos de Habilitación cuyos montos superen los $3.000.000.- y en tanto la normativa vigente lo permita, podrán ser financiados en hasta 3 cuotas, previa consideración y aprobación del área respectiva.
    ARTICULO 6º La falta de pago de una (1) cuota por el termino de noventa (90) días dará lugar a la caducidad del plan de pagos concedido cualquiera sea su régimen, así como la falta de pago de tres (3) cuotas correspondientes al año fiscal en curso, de los tributos y tasas.
    ARTICULO 7º. El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
    ARTICULO 8º. Registrar, comunicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaria de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, archivar.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-117-MSM-INT
13/01/2026

VISTO la Solicitud de Pedido N° 455/2026 de ayuda económica para la Sra. Osores Lorena Paola, para gastos de vivienda; y
CONSIDERANDO:
Que la solicitante es madre de dos hijos menores, y es necesario garantizar condiciones adecuadas de crianza, bienestar y seguridad para los menores;
Que la solicitante no cuenta con vivienda propia ni recursos económicos suficientes para afrontar los gastos inherentes a la vivienda;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $750.000,00.- (Pesos setecientos cincuenta mil), pagadero en tres cuotas de $ 250.000.- (Pesos doscientos cincuenta mil) a la Sra. Lorena Paola Osores de la localidad de Bella Vista, Pdo. de San Miguel; para ser aplicado a gastos de vivienda.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3º: DEJASE establecido que la recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaria de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-118-MSM-INT
13/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 286/2026 a favor de la Sra. Oberosler, Johanna; y
CONSIDERANDO:
Que la solicitante tiene 34 años de edad y presenta una fractura de codito rotador que requiere intervención quirúrgica;
Que es necesaria la provisión de un set de elementos quirúrgicos para la operación en FX de humero proximal izquierdo y demás insumos médicos indispensables para llevar a cabo la operación ya que no posee los recursos económicos suficientes para afrontar el costo del material requerido;
Que, del informe socioeconómico realizado, y de las solicitudes presentadas por el recurrente, surge la necesidad de otorgar lo solicitado;
Que la naturaleza de la presente erogación encuadra en el género de transferencia;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio de hasta $2.150.000,00.- (Pesos dos millones ciento cincuenta mil) a la Sra. Oberosler, Johanna, para adquirir un set de elementos quirúrgicos para la operación de Fx de Humero Proximal Izq.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3º: Instruir a la Dirección de Compras a ejecutar la gestión legal de compras y contrataciones, con el objeto de su posterior entrega al beneficiario.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2026-119-MSM-INT
13/01/2026

VISTO el expediente administrativo 4130-17225/2025; y
CONSIDERANDO;
QUE el proceso de regularización dominial del inmueble comprendido, resulta de interés social, teniendo en cuenta el nivel económico de los adquirientes y la necesidad de otorgar seguridad a la titularidad de dominio sobre los mismos;
QUE atento a la ordenanza N° 07 se encuentra sancionada por el Honorable Consejo Deliberante con fecha 13 de junio del 2018, en donde, faculta al departamento ejecutivo a disponer mediante el acto administrativo correspondiente, según lo establecido por la ley 24.320 (artículos 1° y 2°) los bienes privados que, por distintas circunstancias ingresen al dominio municipal y que posteriormente sean otorgados, excluyentemente, en el marco de “Interés Social-vivienda única y familiar-, a quienes habitan los mismos;
QUE el Decreto 1.424 del 21 de junio de 2018 refrenda la ordenanza 07 del 13 de junio el 2018;
QUE según los dispuesto por el Artículo 4° Inciso d) de la ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra facultada para intervenir en casos como los que se presentan;
QUE este Departamento Ejecutivo considera conveniente declarar dicha escrituración de interés social;
QUE el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108°, de la ley Orgánica de los Municipalidades;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARASE de INTERES social la escrituración NO ONEROSA del inmueble cuyos datos catastrales se consignan a continuación:
Expediente: 4130-17225/2025
BENEFICIARIO: MENDEZ, ALFONSA / LOBOS, ENERIO
Datos Catastrales:
Circ.: II – Sección: M -Manz.: 19F -Parc.: 7
Partida Provincial: N° –
ARTÍCULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Planeamiento y Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2026-121-MSM-INT
13/01/2026

VISTO el expediente administrativo N° 4130-17838/2025, en el que se solicita la contratación de distintos profesionales de la salud; a saber: un médico anestesista; un médico cirujano especialista en colangiografía retrógrada endoscópica; un médico especialista en Neumología; un médico Anatomopatólogo ; un médico nefrólogo con especialidad en diálisis; médico especialista en neonatología; médico endoscopista; un especialista en capacitación de enfermería neonatal y perinatal; un coordinador para hemoterapia, obstétricas e identificadores del recién nacido; asesoramiento en estadística, auditoría y gestión sanitaria; asesoramiento en economía, calidad de los servicios de salud y equidad del gasto público; especialista en orientación y supervisión en casos complejos de desarrollo psicomotriz; y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Salud, no cuenta con personal idóneo con antecedentes y formación especializado;
Que, consultada la Dirección de Recursos Humanos, informa que no existen en la planta permanente y/o temporaria de este Municipio, personal capacitado en el área indicada;
Que la Secretaría de Salud, solicita se contrate a los profesionales competentes, a fin de llevar a cabo la tarea descripta en el Visto del presente Decreto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reconocer la incompetencia en la tarea solicitada en el visto y considerando del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Autorizar la contratación del personal idóneo para realizar la tarea indicada.
ARTICULO 3º: El gasto que ocasione la realización de la tarea enunciada en el artículo 1º, será imputado a través de la Secretaria de Economía y Finanzas, a la partida correspondiente, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y de Salud.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan



DECFC-2026-124-MSM-INT
14/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 85/2026 (Copia solicitud de pedido N° 5379/2025) por el cual se tramita la contratación del servicio de impresiones para distintos sectores de la Municipalidad de San Miguel – Período Enero-junio 2026, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en virtud del Comodato suscripto entre la firma PERFECT COLOR S.R.L. y el Municipio de San Miguel, registrado bajo Convenio B N° 350/25, del 05 de Diciembre de 2025, este municipio ha recibido en comodato, y por el término de 6 meses, “… los equipos de impresión y Scanner, por un período de 6 meses, renovable automáticamente mediante orden de compra emitida por LA MUNICIPALIDAD, previo acuerdo de precio entre las partes, salvo que cualquiera de las Partes comunique fehacientemente a la otra parte su voluntad de no renovarlo, con una antelación de al menos 30 (treinta) días previos a la fecha del próximo vencimiento. Los equipos son los que se detallan a continuación…”.
QUE, este servicio fuera oportunamente contratado mediante proceso licitatorio (Licitación Privada N° 20/2022), prestando satisfactorio servicio sin observaciones por parte de la dependencia requirente, brindando el mismo desde el año 2022.
QUE, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, es esencial velar por la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la prestación de los diversos servicios de los Sectores involucrados. QUE, en consecuencia, dado la conformidad del responsable a cargo de la Jefatura de Gabinete, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme a la Cláusula Primera del COMODATO registrado bajo Convenio B N° 350/25, al proveedor PERFECT COLOR S.R.L, la contratación servicio de impresiones para distintos sectores de la Municipalidad de San Miguel, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel, por el período Enero-Junio 2026, en la suma total de Pesos Ciento doce millones ciento catorce mil quinientos cincuenta con 00/100 ($112.114.550,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Convalidar el servicio que ocurra desde el 2º de enero de 2026, hasta la fecha del registro de compromiso de la orden de compra, para el caso en que los tiempos administrativos se contrapongan con la necesidad de contar con dicho servicio, a los efectos de mantener su continuidad.
ARTICULO 3º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 5º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 6°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-125-MSM-INT
14/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 6000/2025 por el cual se tramita la contratación de renovación del servicio de Chatbot de Atención al Vecino y Ojos en Alerta de la Municipalidad de San Miguel, por el ejercicio 2026, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención haciendo referencia en encuadrar la contratación, dentro de los términos del art. 156° inc. 1 de la L.O.M;
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que … “solicita la contratación del servicio Chatbot perteneciente a la Dir. Gral. de Transformación Digital provisto por la empresa Chat Tonic. El fundamento principal es que ésta es la firma que ha llevado a cabo el desarrollo e implementación del servicio Chatbot, según orden de compra nro 4057/2025 y 4012/2024. En consecuencia, son ellos los únicos que pueden prestar el servicio y realizar los ajustes necesarios garantizando el correcto funcionamiento de la plataforma. Por lo tanto, solicitamos encuadrar dicha contratación para el año 2026 en los términos del Art. 156 inc. 1 de la Ley Orgánica Municipal…”.
QUE, en virtud de lo manifestado precedentemente, antecedentes de contratación (Concurso Precios N° 227/24), es esencial mantener la continuidad del servicio en forma ininterrumpida, por cuanto hace a la optimización de las prestaciones de los Sectores involucrados.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º incs. 1º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, dado la conformidad del Sr. Jefe de Gabinete, en consecuencia, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según requerimiento de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 1° de la LOM, al proveedor MINIATURE S.R.L., la contratación de renovación de renovación del servicio de Chatbot de Atención al Vecino y Ojos en Alerta de la Municipalidad de San Miguel, por el ejercicio 2026, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Cincuenta millones setecientos ochenta y cuatro mil con 00/100 ($50.784.000,00.-).
Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Jefatura de Gabinete.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-133-MSM-INT
15/01/2026

VISTO, el expediente administrativo Nº 17842/25, por el que tramita el llamado a Licitación Pública N° 105/25 por la adquisición de Hormigón H30, y H8 para mantenimiento y reparación de la vía pública, 2026, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en su primer llamado, se presentó un único oferente;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente continuar con el acto administrativo realizando un segundo llamado;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llamar a Licitación Pública Nº 105/25 – segundo llamado, por la adquisición de Hormigón H30, y H8, para mantenimiento y reparación de la vía pública, 2026, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público. Valor del pliego $ 385.000,00 (incluye 10% tasa de Seguridad).
ARTICULO 2º: Publicar por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en otro medio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2026-134-MSM-INT
15/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17473/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 92/25, solicitud de pedido 4837/2025 y su copia 304, 305, 306, 307, y 308/2026 por el servicio de aprovisionamiento Insumos de esterilización, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar por precio y/o calidad a las firmas:
PHARMA EXPRESS SA – Ítems N°:1-2-3-8
DROGUERIA BETA CAMPANA SRL – Ítems N°:5-17
CIUDAD HOSPITALARIA SRL – Ítems N°:4-6-7-12-13-14-15-16
EUROSWISS SA – Ítems N°:11
DAYDES SA – Ítems N°:9-10
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 92/25, a las firmas Pharma Express S.A., Droguería Beta Campana S.R.L., Ciudad Hospitalaria S.R.L., Eurowiss S.A., Daydes S.A.,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Insumos de Esterilización, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 Solicitud pedido N° 304/26 PHARMA EXPRESS S.A., Ítems N°:1-2-3-8.
En la suma total de Pesos Catorce millones novecientos setenta y cinco mil trescientos veinticuatro ($14.975.324,00).
1.2 Solicitud pedido N° 305/26 DROGUERIA BETA CAMPANA S.R.L, Ítems N°:5-17.
En la suma total de Pesos Dos millones trescientos setenta y cinco mil setecientos sesenta ($2.375.760,00).
1.3 Solicitud pedido N° 306/26 CIUDAD HOSPITALARIA S.R.L., Ítems N°:4-6-7-12-13-14-15-16.
En la suma total de Pesos Quince millones setecientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y cinco con 40/100 ($15.741.665,40).
1.4 Solicitud pedido N° 307/26 EUROSWISS S.A. Ítems N°:11.
En la suma total de Pesos Un millón doscientos setenta y seis mil trescientos ocho ($1.276.308,00).
1.5 Solicitud pedido N° 308/26 EUROSWISS S.A. Ítems N°:9-10.
En la suma total de Pesos Ochenta y un millones setecientos seis mil novecientos cuarenta y nueve con 20/100 ($81.706.949,20).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-136-MSM-INT
15/01/2026

Visto la Solicitud de Pedido N° 90/2026, mediante la cual el Concejo Escolar solicita se otorgue un subsidio para cubrir los gastos de traslado de estudiantes de San Miguel al Centro de Formación Integral N° 1, en el marco del Programa Escuelas de Verano; y
CONSIDERANDO:
Que el concejo tiene programadas 16 salidas educativas al centro de Formación Integral N°1; Que las mismas tendrán lugar a largo de enero de 2026 y participarán todos los estudiantes del distrito;
Que basado en la Declaración de los Derechos del Niño, ha sido diseñado para propiciar en cada niño, el desarrollo de sus propios potenciales: “aprender haciendo” y “jugar y divertirse aprendiendo” son para nosotros conceptos fundamentales;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTORGASE un subsidio de $3.200.000,00 (pesos tres millones doscientos mil) al Sr. Machado Gastón Alejandro, para solventar los gastos de traslado al Centro de Formación Integral N°1 por las razones expuestas en los considerandos.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: Dejase establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada por el monto otorgado, ante la Contaduría y Secretaria de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario a de Educación y Trabajo, Dn. Andrés Lagalaye


DECFC-2026-137-MSM-INT
15/01/2026

VISTO, la Solicitud de Pedido N° 5983/2025, por el que se tramitó la obra “Pavimentos asfálticos con cordón cuneta”, Licitación Pública N° 34/25, adjudicada mediante DECFC-2025-1540-MSM-E-INT, orden de compra N °2145/25, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, de la Municipalidad de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la Ley Orgánica de las Municipalidades establece en su artículo 146° “…el Departamento Ejecutivo podrá disponer aumentos o reducciones de ítems contratados o creaciones de nuevos ítems cuyo valor que no exceda en conjunto del 20% del monto total contratado, los que serán obligatorios para el contratista…”;
QUE, ha tomado intervención la Unidad Ejecutora produciendo el informe de obra indicando “ampliar la obra en ejecución por la empresa adjudicada en un 20%, … así como el plazo de obra de seis a nueve meses en función de la ampliación de trabajos… se fundamenta en la necesidad de incorporar nuevos frentes de pavimentación que si bien no fueron incluidos en el proyecto original, requieren intervención inmediata debido al vínculo directo que poseen con la red vial y pluvial ejecutada recientemente en la zona, constituyendo tramos complementarios indispensables para el correcto funcionamiento del sistema en su conjunto…”;
QUE, se ha generado la solicitud de pedido N°5983/25, a fin de ampliar la obra conforme al informe técnico, contrato de ampliación N° 324/25;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar la ampliación de la contratación de la obra realizada mediante orden de compra N° 2145/25, según informe respaldatorio de la Secretaría de Obras y Espacio Público, y contrato de ampliación N° 324/25; en los términos de los artículos 146° de la L.O.M., y 205° del Reglamento de contabilidad, a la firma PIUTERRA S.A. en la suma total de Pesos Trescientos noventa y dos millones ciento ochenta mil ochocientos sesenta y seis ($392.180.866,00), conforme al pliego licitatorio y demás condiciones de la licitación pública N° 34/25.
ARTICULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle

DECFC-2026-138-MSM-INT
15/01/2026

Visto, el Expte. administrativo Nº 14111/25, por el que se tramitó la obra “Apertura Chapeaurouge entre Paraguay y Jujuy”, Licitación Pública N° 12/25, adjudicada mediante decreto N° DECFC2025-438-MSM-E-INT orden de compra N°642/25, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, de la Municipalidad de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la Ley Orgánica de las Municipalidades establece en su artículo 146° “…el Departamento Ejecutivo podrá disponer aumentos o reducciones de ítems contratados o creaciones de nuevos ítems cuyo valor que no exceda en conjunto del 20% del monto total contratado, los que serán obligatorios para el contratista…”;
QUE, ha tomado intervención la Unidad Ejecutora produciendo el informe de obra indicando “ampliar un único ítem de la obra actualmente en ejecución por la empresa adjudicataria, equivalente a un seis por ciento (6%) del monto contractual…, asimismo la ampliación del plazo de ejecución considerando que el contrato original establecía 6 meses… al cual se adicionaron 69 días como consecuencia de las dificultades generadas por inclemencias climáticas sufridas a lo largo del desarrollo de la obra… como la finalidad inmediata es mejorar la fluidez de tránsito en la obra a ejecutar… habiendo aceptado la contratista el mantenimiento de las mismas condiciones de contratación en cuanto a costo, siendo más que conveniente y beneficioso en resguardo del erario municipal, se solicita la ampliación de la O/C para poder ampliar la cantidad de superficie de pavimento rígido a ejecutar…”
QUE, se ha generado la solicitud de pedido N° 5993/2025 y su reemplazo N° 21/2026, a fin de ampliar la obra conforme al informe técnico, y contrato de ampliación N° 325/2025 por el 6% equivalente a 394.80 m2 en la suma total de $ 49.744.800,00, sin embargo, por redondeo de m2 para la emisión de la solicitud de pedido, corresponde 394 m2, y el importe final en $ 49.644.000,00;
QUE, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo considera procedente dictar acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar la ampliación de la contratación de la obra realizada mediante orden de compra N° 642/2025, según informe respaldatorio de la Secretaría de Obras Públicas y contrato de ampliación N° 325/2025; en los términos de los artículos 146° de la L.O.M., y 205° del Reglamento de contabilidad, a la firma TRANS PLUS S.R.L., en la suma total de Pesos Cuarenta y nueve millones seiscientos cuarenta y cuatro mil ($ 49.644.000,00), conforme al pliego licitatorio y demás condiciones de la licitación pública N°12/25.
ARTICULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2026-139-MSM-INT
15/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17475/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 90/25, solicitud de pedido N° 4981/2025 y su reemplazo N° 344, 345, 346, 347, 348, 350, 351, y 352/2026 por el servicio de aprovisionamiento Medicamentos Psicofármacos, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Salud, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar por precio a las firmas:
DNM FARMA SA – Ítems N°:1-8-12-13-16-17-18-23-25-26-27-31-32-42-43-46-47-51-53-54-55-56-58-60-62-63-66-67-6 9-70-71-73.
DONNAX GROUP SA – Ítems N°:30-34-40-41.
FARMED SA – Ítems N°:2-5-7-9-11-14-24-28-29-39-59-64-65-68.
FERAVAL SA – Ítems N°:19-49.
GLAMAMED SA – Ítems N°:10-20-22-44-50.
DROGUERIA LUMA SA – Ítems N°:3-4-33-36-52.
MG INSUMOS SA – Ítems N°:37.
DROGUERIA VARADERO SA – Ítems N°:6-15-21-35-38-45-48-57-61-72.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 90/25, a las firmas DNM Farma S.A., Donnax Group S.A., Farmed S.A., Feraval S.A., Glamamed S.A., Drogueria Luma S.A., MG Insumos S.A., Drogueria Varadero S.A.,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Medicamentos Psicofármacos, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 Solicitud pedido N° 344/26 DNM FARMA S.A., Ítems N°: 1-8-12-13-16-17-18-23-25-26-27-31-32-42-43-46-47-51-53-54-55-56-58-60-62-63-66-67-69-7 0-71- 73.
En la suma total de Pesos Ochenta y dos millones quinientos cincuenta y cinco mil novecientos veinticuatro ($82.555.924,00).
1.2 Solicitud pedido N° 345/26 DONNAX GROUP S.A., Ítems N°:30-34-40-41.
En la suma total de Pesos Tres millones ciento ocho mil doscientos cincuenta y dos ($3.108.252,00).
1.3 Solicitud pedido N° 346/26 FARMED S.A., Ítems N°:2-5-7-9-11-14-24-28-29-39-59-64-65-68.
En la suma total de Pesos Setenta y seis millones doscientos nueve mil novecientos sesenta ($76.209.960,00).
1.4 Solicitud pedido N° 347/26 FERAVAL S.A., Ítems N°:19-49.
En la suma total de Pesos Veinticuatro millones veinticinco mil trescientos noventa y siete ($24.025.397,00).
1.5 Solicitud pedido N° 348/26 GLAMAMED S.A., Ítems N°:10-20-22-44-50.
En la suma total de Pesos Veinticinco millones doscientos diecisiete mil novecientos ($25.217.900,00).
1.6 Solicitud pedido N° 350/26 DROGUERIA LUMA S.A., Ítems N°:3-4-33-36-52.
En la suma total de Pesos Dos millones doscientos cincuenta y tres mil seiscientos ($2.253.600,00).
1.7 Solicitud pedido N° 351/26 MG INSUMOS S.A., Ítems N°:37.
En la suma total de Pesos Sesenta mil veintisiete ($60.027,00).
1.8 Solicitud pedido N° 352/26 DROGUERIA VARADERO S.A., Ítems N°:6-15-21-35-38-45-48-57-61-72.
En la suma total de Pesos Quince millones ciento veintidós mil cientos ochenta ($15.122.180,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-140-MSM-INT
15/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17472/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 93/25, solicitud de pedido N° 4993/2025 y su reemplazo N° 399, 400, 401, 402 y 403/2026 por el servicio de aprovisionamiento de Insumos de Nutrición, destinados a la Farmacia Central Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas; QUE, ha tomado intervención la Secretaría de Salud, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar por precio a las firmas:
PILOÑA SA – Ítems N°:1-3-4-5-6-8-10-14-17-22-23-24.
DAYDES SA – Ítems N°:7-19-20-21-25-26.
DNM FARMA SA – Ítems N°:2-12-18.
DROGUERIA LUMA SA – Ítems N°:16.
MG INSUMOS SA – Ítems N°:9-11-13-15.
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Secretario de Salud, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 93/25, a las firmas Piloña S.A., Daydes S.A., DNM Farma S.A., Drogueria Luma S.A., MG Insumos S.A.;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar, según informe técnico respaldatorio de la Unidad Ejecutora, el servicio de aprovisionamiento de Nutrición, destinados a la Farmacia Central Larcade dependiente de la Secretaría de Salud, a las firmas que a continuación se detallan, de la siguiente manera:
1.1 Solicitud pedido N° 399/26 PILOÑA S.A., Ítems N°:1-3-4-5-6-8-10-14-17-22-23-24.
En la suma total de Pesos Veintitrés millones cuatrocientos treinta y ocho mil quinientos veinte ($23.438.520,00).
1.2 Solicitud pedido N° 400/26 DAYDES S.A., Ítems N°:7-19-20-21-25-26.
En la suma total de Pesos Cuarenta y seis millones doscientos treinta y siete mil quinientos setenta y tres con 90/100 ($46.237.573,90).
1.3 Solicitud pedido N° 401/26 DNM FARMA S.A., Ítems N°:2-12-18.
En la suma total de Pesos Seis millones novecientos cuarenta y un mil setecientos treinta y cuatro con 20/100 ($6.941.734,20).
1.4 Solicitud pedido N° 402/26 DROGUERIA LUMA S.A., Ítems N°:16.
En la suma total de Pesos Dos millones doscientos ochenta mil ($2.280.000,00).
1.5 Solicitud pedido N° 403/26 MG INSUMOS S.A., Ítems N°:9-11-13-15.
En la suma total de Pesos Veinte millones tres mil cuatrocientos ochenta ($20.003.480,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días recepción de factura, conforme con sus ofertas y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2º: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Economía y Finanzas y de Gobierno.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.
Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-180-MSM-INT
20/01/2026

VISTO la nota presentada por la Secretaría de Educación y Trabajo, mediante la cual se solicita se declare de Interés Municipal las acciones que realice la Dirección de Taller de Producción y Oficios dependiente de la Secretaria de Educación y Trabajo, durante el año 2026; y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Taller de Producción y Oficios brinda instancias de formación en disciplinas como Carpintería, Electricidad Domiciliaria, Costura Industrial e Instalación de Aire Acondicionado, proporcionando a los vecinos conocimientos y habilidades esenciales para su inserción en el ámbito laboral y la generación de ingresos propios;
Que dichas capacitaciones no solo impulsan el autoempleo, sino que también facultan a los participantes para realizar mejoras en sus hogares, promoviendo así el bienestar individual y la calidad de vida en la comunidad;
Que el acceso a la educación en oficios fortalece la cohesión social y fomenta el espíritu emprendedor, garantizando la igualdad de oportunidades para todos los sectores de la sociedad, incluyendo jóvenes, adultos y personas en situación de vulnerabilidad;
Que la formación en oficios no solo beneficia a los individuos que participan en las capacitaciones, sino que también impacta positivamente en la economía local, favoreciendo el crecimiento del empleo, el autoempleo y el desarrollo de nuevas unidades productivas en el Partido de San Miguel;
Que este Departamento Ejecutivo considera oportuno y pertinente dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: DECLARAR de Interés Municipal las acciones que realice la Dirección de Taller de Producción y Oficios durante el año 2026 en el Partido de San Miguel.
ARTÍCULO 2º: El gasto que ocasione la implementación de estas acciones será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno. Cumplido, Archivar.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. Maria de los Milagros Richards


DECFC-2026-181-MSM-INT
20/01/2026

VISTO la nota presentada por la Secretaría de Educación y Trabajo, mediante la que solicita se declare de interés municipal el proyecto “Comunidad STEAM” durante todo el ejercicio; y
CONSIDERANDO
Que el proyecto promueve habilidades tecnológicas, creativas y de resolución de problemas, favoreciendo la inclusión digital y el fortalecimiento de competencias clave para el futuro;
Que la iniciativa consta de 13 tramos de formación, impartidos en las dependencias municipales de UTEC y Punto Digital, bajo la metodología de pares pedagógicos, conformados por un docente y un técnico;
Que el proyecto se articula en dos programas: “Travesías Tecnológicas Junior”, dirigido a niños de primaria entre 9 y 12 años, con seis tramos de formación utilizando kits de Cubroit de fácil armado, e “Innovadores Tech”, orientado a jóvenes de secundaria entre 13 y 19 años, con seis tramos enfocados en el uso de kits de Arduino;
Que el seguimiento, evaluación y gestión del proyecto se realizan a través de la plataforma ASISTIR, lo que permite obtener indicadores precisos y planificar acciones futuras;
Que “Comunidad STEAM” representa una iniciativa innovadora y alineada con las políticas públicas de inclusión y desarrollo tecnológico, promoviendo la igualdad de oportunidades y el crecimiento integral de los niños y jóvenes del municipio.
Que teniendo en cuenta lo expuesto, este Departamento Ejecutivo considera procedente declarar el proyecto “Comunidad STEAM”, de Interés Municipal, y dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal al proyecto “Comunidad STEAM”.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el presente decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. Maria de los Milagros Richards


DECFC-2026-182-MSM-INT
20/01/2026

VISTO la nota presentada por la Secretaría de Educación y Trabajo, mediante la que solicita se declare de interés municipal el programa “Escuela Inspiradora” a desarrollarse durante el 2026; y
CONSIDERANDO
Que, la capacitación continua del cuerpo docente constituye un pilar esencial para amplificar el alcance y garantizar la sostenibilidad de las iniciativas tecnológicas en el ámbito educativo;
Que, la implementación de talleres y exposiciones anuales propicia la conformación de redes de aprendizaje colaborativo y promueve la adopción de prácticas pedagógicas innovadoras;
Que, el programa “Tecno Docente” tiene por finalidad la formación de instructores en el ámbito educativo para la integración y enseñanza de contenidos tecnológicos en las aulas, abarcando la instrucción en pensamiento computacional, robótica, electrónica e impresión 3D en los niveles primario, secundario y técnico, así como la ejecución de cuatro comisiones, dirigidas a un total de 100 docentes;
Que, el programa “Aprender Haciendo” persigue el fortalecimiento del vínculo con los docentes previamente capacitados en tecnología, especialmente en robótica, brindándoles apoyo en la planificación y ejecución de contenidos en el aula, a través de espacios de acompañamiento y formación continua.
Que teniendo en cuenta lo expuesto, este Departamento Ejecutivo considera procedente declarar el programa “Escuela Inspiradora”, de Interés Municipal, y dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal al proyecto “Escuela Inspiradora” y las actividades previstas para el año en curso.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el presente decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. Maria de los Milagros Richards


DECFC-2026-183-MSM-INT
20/01/2026

VISTO la realización del Congreso Educativo “Educar en la Realidad”; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un encuentro destinado a equipos de conducción y docentes del partido de San Miguel;
Que se contará con ponencias de especialistas, educadores y responsables de programas municipales destinados a la comunidad educativa, mediante las cuales se compartirán experiencias, se reflexionará sobre las prácticas en el aula y se realizarán propuestas tendientes a incentivar la búsqueda del saber por medio de la resolución de problemas concretos;
Que este Departamento Ejecutivo, considera procedente dictar el acto administrativo de estilo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. DECLARAR de Interés Municipal la realización del Congreso Educativo “Educar en la Realidad” a realizarse en el mes de febrero en el Colegio Máximo.
ARTICULO 2º. El gasto que ocasione la realización de los eventos aludidos en el artículo precedente, será imputado a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4º. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. Maria de los Milagros Richards


DECFC-2026-185-MSM-INT
20/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 18075/25 por el que tramita la Licitación Privada N°169/25 segundo llamado, por instalación pluvial EEP n°11, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaría de Educación y Trabajo, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 169/25 segundo llamado, a la firma C&I CONSTRUCTORA SA por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
QUE, la solicitud de pedido que diera origen N°5944/25 con pedido de cotización N° 4975/25, ha debido reemplazarse para el ejercicio en curso, para lo cual se ha emitido la solicitud de pedido siendo la misma: N°264/26
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, por instalación pluvial EEP N°11, dependientes de la Secretaría de Educación y Trabajo, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera: C&I CONSTRUCTORA SA: por mejor precio en la suma total de Pesos cuarenta y siete millones novecientos mil ($47.900.000,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Educación y Trabajo.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. Maria de los Milagros Richards


DECFC-2026-185-MSM-INT
21/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17696/25 por el que tramita la Licitación Privada N°163/25, servicio de extracción de ejemplares arbóreos que se encuentran en mal estado y posterior reforestación, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaría de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 163/25, a la firma LA TORTUGA AEREA DEPORTIVA SRL por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
QUE, la solicitud de pedido que diera origen N°5520/25 con pedido de cotización N° 4524/25, ha debido reemplazarse para el ejercicio en curso, para lo cual se ha emitido la solicitud de pedido siendo la misma: N°244/26.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, servicio de extracción de ejemplares arbóreos que se encuentran en mal estado y posterior reforestación, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera: LA TORTUGA AEREA DEPORTIVA SRL: por mejor precio en la suma total de Pesos setenta y cinco millones doscientos doce mil cientos veinte ($75.212.120,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Obras Y Espacio Público.
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2026-203-MSM-INT
21/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17696/25 por el que tramita la Licitación Privada N°163/25, servicio de extracción de ejemplares arbóreos que se encuentran en mal estado y posterior reforestación, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente,
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaría de Obras y Espacio Público, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 163/25, a la firma LA TORTUGA AEREA DEPORTIVA SRL por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
QUE, la solicitud de pedido que diera origen N°5520/25 con pedido de cotización N° 4524/25, ha debido reemplazarse para el ejercicio en curso, para lo cual se ha emitido la solicitud de pedido siendo la misma: N°244/26.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, servicio de extracción de ejemplares arbóreos que se encuentran en mal estado y posterior reforestación, dependientes de la Secretaría de Obras y Espacio Público, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera:
LA TORTUGA AEREA DEPORTIVA SRL: por mejor precio en la suma total de Pesos setenta y cinco millones doscientos doce mil cientos veinte ($75.212.120,00).
Condición de pago: dentro de los 30 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y Obras Y Espacio Público
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2026-204-MSM-INT
21/01/2026

VISTO la nota presentada por la Secretaria de Infancia Y Familia en la que se solicita se declare de interés municipal el Programa “Camino de la Embarazada”; y
CONSIDERANDO:
Que, el Programa “Camino de la Embarazada” tiene como propósito informar a las mujeres embarazadas sobre la salud y el cuidado obstétrico que deben realizar para prevenir o evitar situaciones de riesgo durante el periodo de gestación;
Que se garantiza un acompañamiento psicológico de contención y apoyo y se articula con distintas áreas del municipio para abordar integralmente las problemáticas de la embarazada y su familia, abarcando materias socio-ambientales, educativas, habitacionales o bien, laborales;
Que, el programa propone difundir la información necesaria, para proporcionar el acceso a la salud de la mujer embarazada;
Que, el acto a realizarse está dirigido tanto al personal de Secretaría de Infancia y Familia como también a todas las familias que se encuentran acobijadas por los distintos programas que son llevados a cabo por dicha Secretaría;
Que por todo lo expuesto se cavila pertinente declarar dichas actividades de Interés Municipal;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°. DECLARAR de Interés Municipal el Programa “Camino de la Embarazada” y consecuentemente todos los eventos, operativos y actividades relacionadas a dicho programa durante el año 2026.
ARTICULO 2°. El gasto que demande la realización de los actos antes mencionados, será imputado a través de la Secretaría de Infancia y Familia, a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Infancia y Familia y Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, Archivar.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-205-MSM-INT
21/01/2026

VISTO la nota presentada por la Secretaria de Educación y Trabajo mediante la cual se solicita se declare de interés municipal la “Feria de Moda Circular” impulsada desde la Dirección de Desarrollo Emprendedor; y
CONSIDERANDO:
Que en el Distrito hay una comunidad creciente de emprendedores ecológicos y sustentables, a quienes se pretende acompañar;
Que la economía circular cobra principal relevancia al convertirse en una gran oportunidad para los emprendedores locales;
Que la comercialización es una vertical estratégica en la vida de todos los emprendimientos;
Que es indispensable generar espacios para que los emprendedores puedan exponer y comercializar sus productos, de acuerdo a su plan de negocios;
Que es un objetivo principal de la Dirección de Desarrollo Emprendedor la implementación de acciones en pos del ecosistema emprendedor local de triple impacto;
Que atento a la importancia que reviste el evento este Departamento Ejecutivo considera conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal la “Feria de Moda Circular” a realizarse durante el año 2026 en el Predio “El colibrí” ubicado en Av. Papa Francisco y Defensa de la Ciudad de Santa Maria.
ARTICULO 2°: El gasto que demande la realización de lo referido en el artículo precedente, será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 4º: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. Maria de los Milagros Richards


DECFC-2026-207-MSM-INT
21/01/2026

Visto, el Expte. administrativo Nº 17114/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 76/25 para la obra “Pavimento de hormigón etapa II”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la secretaría requirente, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el respectivo informe de evaluación, “…considerando que Trans Plus S.R.L. cumple con todos los requisitos técnicos y económico-financieros exigidos en el pliego y presenta la oferta de menor valor total, se recomienda adjudicar…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 76/25, a la firma Trans Plus S.R.L. por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, a la firma TRANS PLUS S.R.L., la obra “Pavimento de hormigón etapa II”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, por resultar la mejor oferta en la suma total de Pesos Dos mil doscientos cinco millones setenta y dos mil ($2.205.072.000,00).
Condición de pago: Anticipo 30%, y certificados a 30 días según artículo 10 p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2026-208-MSM-INT
21/01/2026

Visto, el Expte. administrativo Nº 17627/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 101/25 para la obra “Puesta en valor sector Maternidad”, destinadas al Hospital Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la secretaría requirente, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el respectivo informe de evaluación, “…en virtud de los estudios realizados sobre las ofertas, esta Secretaría sugiere adjudicar por mejor oferta global al proveedor DCYC S.A.… ya que la oferta responde a las necesidades de dicho hospital…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 101/25, a la firma DCYC S.A. por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, a la firma DCYC S.A. la obra “Puesta en valor sector Maternidad”, destinadas al Hospital Larcade, dependiente de la Secretaría de Salud, por resultar la mejor oferta global, en la suma total de Pesos Novecientos treinta y tres millones seiscientos treinta y siete mil cuatrocientos ochenta y tres ($933.637.483,00).
Condición de pago: Anticipo 30%, y certificados a 30 días según artículo 10 p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTICULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Salud.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Salud, Dr. Luis Alberto Costan


DECFC-2026-209-MSM-INT
21/01/2026

Visto, el Expte. administrativo Nº 17285/25 por el que tramita la Licitación Pública N° 81/25 para la obra “Repavimentación asfáltica”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención la secretaría requirente, evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, produciendo el respectivo informe de evaluación, “…considerando que Piuterra S.A. cumple con todos los requisitos técnicos y económico-financieros exigidos en el pliego y presenta la oferta de menor valor, se recomienda adjudicar…”
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad del Sr. Secretario, se propicia la adjudicación de la Licitación Pública Nº 81/25, a la firma Piuterra S.A. por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Adjudicar, a la firma PIUTERRA S.A., por la obra “Repavimentación asfáltica”, dependiente de la Secretaría de Obras y Espacio Público, por resultar la mejor oferta en la suma total de Pesos Ochocientos sesenta y siete millones doscientos mil ($867.200.000,00).
Condición de pago: Anticipo 30%, y certificados a 30 días según artículo 10 p.c.p., conforme con su oferta y demás documentación del acto licitatorio.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar la orden de compra pertinente.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas, y de Obras y Espacio Público.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretario de Obras y Espacio Público, Ing. Federico Randle


DECFC-2026-212-MSM-INT
21/01/2026

VISTO la nota de la Sub Secretaria de Producción y Empleo, dependiente de la Secretaria de Educación y Trabajo, mediante la cual solicita se declare de interés municipal las acciones que realice la Dirección de Empleo, a desarrollarse durante el año 2026; y
CONSIDERANDO
Que desde la Dirección de Empleo se implementa un abanico de políticas laborales activas que se dirigen tanto a la población económicamente activa como a las empresas radicadas en el partido, bajo el propósito de promover la integración socio laboral y la intermediación entre la oferta y la demanda de empleo local;
Que los servicios de la Oficina de Empleo se orientan a que los vecinos puedan insertarse en un empleo digno y las empresas locales cubrir sus vacantes de recursos humanos; y, por otro lado, mediante el asesoramiento, las capacitaciones y la ejecución de programas de empleo, a promover el desarrollo de la empleabilidad, con énfasis en los perfiles más vulnerables;
Que, durante el año 2026 se llevan adelante jornadas, talleres y capacitaciones de orientación laboral, formación para el empleo y desarrollo de habilidades laborales, así como acciones de intermediación laboral y articulación con el sector productivo, educativo y organismos públicos, contribuyendo al fortalecimiento del desarrollo productivo local.
Que, entre las principales actividades desarrolladas se destacan las Jornadas de Empleabilidad, programas de formación en búsqueda de empleo, talleres en el marco del Programa Nacional Fomentar Empleo, jornadas de networking laboral, convenios para pasantías y prácticas laborales, capacitaciones para PyMEs, talleres de orientación laboral y vocacional, acciones de inclusión laboral de personas con discapacidad y jornadas de concientización dirigidas a empresas.
Que atento a la importancia que reviste el evento este Departamento Ejecutivo considera conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: DECLARAR de Interés Municipal las acciones que realice la Dirección de Empleo, a desarrollarse durante el año 2026, por las razones expuestas en los considerandos del presente Decreto.
ARTICULO 2°: El gasto que demande la realización del evento antes descripto, será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICLO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Educación y Trabajo.
ARTICULO 4°: Registrar, comunicar, publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarías de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. Maria de los Milagros Richards


DECFC-2026-213-MSM-INT
21/01/2026

VISTO la nota presentada desde la Secretaria de Infancia y Familia, mediante la cual solicita se declare de interés municipal el programa “1.000 días” dependiente de la Secretaria de Infancia y Familia, a desarrollarse durante el transcurso del año 2026; y
CONSIDERANDO:
Que el nombre del programa se debe a que su objetivo es promover el sano desarrollo, nutrición, estimulación, juego y salud en los primeros mil (1000) días del niño, comprendiendo así un período entre la gestación y los dos años del menor;
Que el programa, diligenciado por coordinadores, nutricionista, psicólogos, pediatras, trabajadora social, acompañantes familiares y una directora, está destinado a acompañar y fortalecer a familias con niños de hasta dos años en situación de extrema vulnerabilidad;
Que se pretende hacer hincapié en el acompañamiento, enfocado en un seguimiento personalizado a través de visitas domiciliarias periódicas en las cuales se abordan problemáticas a través de la articulación de éstas en con junto con distintas áreas municipales;
Que, al trabajar de manera integral con las familias, el objetivo principal se remite a revertir las causales por las que ingresaron al programa a través de la promoción de la autogestión y el crecimiento;
Que el programa se desarrolla territorialmente en todos los barrios de San Miguel y se realizan actividades compartidas con las familias del barrio, contando éstos con controles pediátricos, talleres de nutrición y cocina, ropero solidario, talleres de desarrollo personal;
Que, para el dictado de talleres, se precisan elementos de librería y el uso de servicio de impresión de folletería; así como también se brindan cajas alimentarias y catres a las familias más carenciadas;
Que el Departamento Ejecutivo considera procedente dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. DECLARAR de Interés Municipal el programa llevado a cabo por la Secretaria de Infancia y Familia denominado “1000 días”.
ARTICULO 2º. El gasto que ocasione la realización del evento aludido en el artículo precedente será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Secretaria de Infancia y Familia.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar y publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y Economía y Finanzas.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-213-MSM-INT
21/01/2026

VISTO la nota presentada desde la Secretaria de Infancia y Familia, mediante la cual solicita se declare de interés municipal el “Proyecto de Vida”, a desarrollarse durante el transcurso del 2026; y
CONSIDERANDO:
Que el Proyecto de Vida está destinado a mujeres, jefas de familia, madres y embarazadas, teniendo como objetivo fortalecerlas tanto a ellas como a sus familias;
Que se buscará revertir situaciones tales como círculos de violencia, dependencia económica, soledad, falta de motivación y autoestima, ausencia de vínculos saludables, falta de expectativas a mediano y a corto plazo, entre otras;
Que los dos pilares son la educación y el trabajo autogestivo divididos en dos módulos;
Que en el módulo de Desarrollo Personal se trabajan temas como la autoestima, la autovaloración, la crianza, la motivación, los vínculos saludables, el manejo de emociones, el trabajo en equipo, y las dinámicas familiares, fomentando una mejora integral en la calidad de vida de las participantes;
Que el módulo de talleres de oficio ofrece capacitaciones prácticas en disciplinas como peluquería, costura y otras áreas específicas, que incluyen los artículos varios de librería y materiales para ser realizados, con el objetivo de facilitar la inserción laboral y fortalecer la autonomía económica;
Que se llevará a cabo en barrios periféricos: Santa Brígida, Sarmiento, Don Alfonso, Rosa Mística, Barrufaldi, Obligado, El Polo, Trujui, Mitre y Mariló;
Que el Departamento Ejecutivo considera procedente dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º. DECLARAR de Interés Municipal el “Proyecto de Vida”, que consistirá en encuentros semanales de dos horas con dos módulos: uno de desarrollo personal y otro de taller de oficio, a desarrollarse durante el transcurso del 2026, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2º. El gasto que ocasione la realización del evento aludido en el artículo precedente será imputado, a la partida correspondiente del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Secretaria de Infancia y Familia.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar y publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a las Secretarias de Gobierno y Economía y Finanzas.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-227-MSM-INT
23/01/2026

VISTO la nota presentada por el P. Juan Carlos Barrios, sj, de la comunidad Parroquial de la Capilla San Pedro Claver, para la realización de obras de reparación del techo del edificio donde desarrollan sus actividades; y
CONSIDERANDO:
Que, la Capilla San Pedro Claver, perteneciente a la Parroquia Patriarca San José I.C., cumple una función religiosa, social y comunitaria de vital importancia en nuestro distrito;
Que, en dicho espacio se desarrollan actividades educativas, solidarias y de contención social, entre ellas el Movimiento Eucarístico Juvenil (MEJ), un comedor comunitario y diversas acciones de asistencia a la comunidad;
Que, el edificio presenta un deterioro edilicio significativo en su techo, afectando el normal desarrollo de las actividades y la seguridad de quienes concurren;
Que, la comunidad parroquial no cuenta con los recursos económicos suficientes para afrontar la totalidad de las reparaciones necesarias;
Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando para ello el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE un subsidio a la Parroquia Patriarca San José I.C. de hasta $ 45.000.000,00- (Pesos cuarenta y cinco millones), siendo su Párroco el P. Ignacio Rey Nores, para solventar los gastos que demande la realización de obras de reparación del techo de la carpilla San Pedro Claver, ubicada en el partido de San Miguel, Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 3°: DEJASE establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada del gasto por el monto asignado, ante la Secretaría de Economía y Finanzas (Contaduría).
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretarías de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-228-MSM-INT
23/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 500/2026 a favor del Sr. Correa, Miguel Héctor, para gastos de vivienda; y
CONSIDERANDO:
Que el solicitante es una persona adulta mayor que no cuenta con vivienda propia ni dispone de recursos económicos para afrontar los gastos inherentes a la vivienda;
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera conveniente otorgar lo solicitado, dictando el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: OTÓRGASE un subsidio económico al Sr. Correa, Miguel Héctor por la suma total de Pesos trescientos veinte mil ($320.000,00), pagadero en cuatro (4) cuotas mensuales, consecutivas y no acumulativas, de Pesos ochenta mil ($80.000,00) cada una, correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y abril del corriente año.
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 3°: Dejase establecido que el recurrente deberá rendir cuenta documentada por el monto otorgado, ante la Contaduría, Secretaría de Economía y Finanzas.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Infancia y Familia, de Gobierno y de Economía y Finanzas.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno y de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-228-MSM-INT
23/01/2026

VISTO, el Expte. administrativo Nº 17702/25 por el que tramita la Licitación Privada N°159/25 segundo llamado, provisión de alimentos destinados a dispositivos, dependientes de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, en el mismo se han formulado diversas propuestas;
QUE, ha tomado intervención el Sector requirente evaluando las propuestas elevadas por la Dirección de Compras, indicando a su criterio cual es la oferta más conveniente;
QUE, como consecuencia de los estudios realizados, dado la conformidad de la Secretaría de Infancia y Familia, se propicia la adjudicación de la Licitación Privada Nº 159/25 segundo llamado, a la firma TUX SA por resultar ésta la más conveniente para el Municipio;
QUE, la solicitud de pedido que diera origen N°5488/25 con pedido de cotización N° 4447/25, ha debido reemplazarse para el ejercicio en curso, para lo cual se ha emitido la solicitud de pedido siendo la misma: N °376/26
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1°: Adjudicar, según informe respaldatorio de la Unidad Ejecutora, provisión de alimentos destinados a dispositivos, dependientes de la Secretaría de Infancia y Familia, del Municipio de San Miguel, a la firma que a continuación se detalla, de la siguiente manera: TUX SA: por mejor precio en la suma total de Pesos cien millones noventa y ocho mil quinientos cincuenta y siete con 92/100 ($100.098.557,92).
Condición de pago: 15 días de recepción de factura.
ARTÍCULO 2°: Instruir, a la Dirección de Compras, a librar las órdenes de compra pertinentes.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas e Infancia y Familia
ARTÍCULO 5°: Registrar, comunicar y publicar y para conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría de Gobierno. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Juan Francisco Nigro
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada


DECFC-2026-271-MSM-INT
26/01/2026

VISTO la solicitud de pedido Nº 349/2026 por el cual se tramita el servicio de digitalización de expedientes para la Subsecretaria de Obras Particulares y Desarrollo Urbano, dependiente de la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano del Municipio de San Miguel; y
CONSIDERANDO:
QUE, la unidad ejecutora ha tomado intervención manifestando que “… Por medio de la presente se informa desde la Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, que resulta indispensable dar continuidad al trabajo de digitalización y posterior guarda de documentación y expedientes pertenecientes a esta dependencia, en concordancia con los trabajos ya efectuados. Cabe mencionar que, dichos trabajo exceden las capacidades físicas y técnicas existentes en esta dependencia, por lo que se requirió determinar la existencia en el Municipio espacio físico y capacidad tecnológica para efectuar los mencionados trabajos. Ante dicho requerimiento se obtuvo una respuesta negativa mediante expediente N° 5970/2022… Por lo anteriormente expuesto, se deberá tener en cuenta la contratación de la misma empresa que viene trabajando desde el año 2022, para darle continuidad al servicio de guarda y digitalización de dicha documentación…” Asimismo, dicha dependencia expresa que “… En el mes de agosto del año 2022, se requiere relocalizar en un lugar acorde la totalidad de los expedientes de la Subsecretaria de Obras Particulares y Desarrollo, y comenzar con un sistema de digitalización de los mismos. Este proceso consta de varias etapas, ya que realizar la digitalización total de los 35.000 expedientes con los que contaba la Subsecretaria era inviable en ese momento. La primera etapa incluía el servicio de traslado del volumen de expedientes desde el archivo de MSM hacia el nuevo lugar de guarda, los servicios mensuales de consulta, envío digital y guarda de la documentación hasta diciembre de 2022, dicho servicio fue adjudicado a través de un Concurso de Precios, a la empresa GC Gestión Compartida, por n° de Expediente: 5970/2022, Concurso de Precios: 218/2022, OC 126/2022. En el transcurso del año 2023 se realizaron dos órdenes de compra que cubrieron los servicios solicitados de guarda y digitalización, OC 2248/23 y OC 4988/23. Y, en 2024, se realizaron dos órdenes de compra más OC 2012/2024 y OC 4278/2024, en 2025 se realizó una orden de compra anual OC 1738/25, para darle continuidad al servicio…”.
QUE, tal como surgen de los antecedentes incorporados, la firma GC GESTION COMPARTIDA SA, ha desarrollado el trabajo de digitalización y se encuentra actualmente en guarda de expedientes de la mencionada Secretaria, siendo hasta la fecha el servicio brindado acorde a las necesidades de la misma y sin objeciones en su desarrollo, resultando necesario dar continuidad al proceso iniciado en el año 2022.
QUE, razones de mérito y conveniencia ameritan la contratación mediante el mecanismo de compra directa, según el Artículo 156º 1°, de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
QUE, en consecuencia, dado la conformidad de la Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, este Dpto. ejecutivo considera dictar acto administrativo.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
DECRETA
ARTICULO 1º- Adjudicar, según informe respaldatorio de la unidad ejecutora, en forma directa conforme al art. 156º inc. 1° de la LOM, al proveedor GC GESTION COMPARTIDA SA, el servicio de digitalización de expedientes para la Subsecretaria de Obras Particulares y Desarrollo Urbano, dependiente de la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano del Municipio de San Miguel, en la suma total de Pesos Cincuenta y cinco millones novecientos nueve mil quinientos ochenta y tres con 64/100 ($55.909.583,64.-). Condición de pago: dentro de los 30 días, fecha recepción factura.
ARTICULO 2º- Instruir a la Dirección de Compras a liberar la Orden de Compra pertinente hasta la suma prevista en el artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado con cargo a la partida correspondiente al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 4º- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Planeamiento y Desarrollo Urbano.
ARTICULO 5°: Registrar, comunicar, publicar y para su conocimiento y cumplimiento pase a la Secretaria de Gobierno y a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, ARCHIVAR.

Firmado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Jaime Méndez
Sr. Secretario a cargo de Coordinación de Gabinete Dn. Joaquín Estrada
Sr. Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Sra. Maria de los Milagros Richards